Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadocd valles slp
Cuidad Valles

Periodo
11 Noviembre2021

ObligaciónLos sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan

Obligación específica.
Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables.

A ) Artículo84

B ) FracciónV

C ) Inciso


Registro general

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LTAIPSLP84V-NOVIEMBRE 2021.xls

Hipervinculo
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Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Estructura Orgánica_Estructura Orgánica LTAIPSLP84V Se deberá publicar la estructura vigente, es decir, la que está en operación en el sujeto obligado y ha sido aprobada y/o dictaminada por la autoridad competente. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Denominación del área Denominación del puesto Denominación del cargo (de conformidad con nombramiento otorgado) Área de adscripción inmediata superior Denominación de la norma Fundamento legal Atribuciones, responsabilidades y/o funciones, según sea el caso Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso Número total de prestadores de servicios profesionales Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2021 01/11/2021 30/11/2021 ARCHIVO MUNICIPAL COORDINADORA COORDINADORA ARCHIVO MUNICIPAL LEY DE ARCHIVOS DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI Y LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA GESTION DE ARCHIVOS ARTICULO 13 DE LA LEY, ARTICULO 31 DEL LINEAMIENTO Establecer los criterios generales técnicos en materia de organización y conservación de la documentación en posesión de las instituciones públicas y privadas en el Estado. Funciones. I. Diseñar, proponer, desarrollar, instrumentar y evaluar, los planes, programas, y proyectos de desarrollo archivístico II. Establecer políticas y medidas técnicas para la regulación de los procesos archivísticos durante el ciclo vital de los documentos de archivo. III. Formular los instrumentos, procesos y métodos de control archivístico IV. Promover la operación del comité de información y coadyuvar en la integración de los reglamentos de operación y programa anual de trabajo; V. Elaborar y presentar los modelos técnicos o manuales para la organización y procedimientos de los archivos de trámite concentración, y en su caso histórico del ente obligado, en coordinación con el comité de información y presentarlo a los responsables de dichas unidades, atendiendo a estos Lineamientos; VI. Coordinar los trabajos para la elaboración los principales instrumentos de control archivístico dentro del ente obligado, proponiendo el diseño, Página 78 desarrollo, implementación y actualización del sistema de Clasificación Archivística, el Catalogo de Disposición Documental y los inventarios que se elaboren para la identificación y descripción de los archivos institucionales; VII. Establecer, en coordinación con la instancia responsable de la función dentro del ente obligado, un amplio programa de capacitación en la materia, así como las principales estrategias para el desarrollo profesional que se dedique al desempeño de las funciones archivísticas; VIII. Coadyuvar con la instancia responsable de la función dentro del ente obligado, en la elaboración de un programa de necesidades para la normalización de los recursos materiales que se destinen a los archivos, propiciando la incorporación de mobiliario, equipo técnico, de conservación y seguridad, e instalaciones apropiadas para los archivos, de conformidad con las funciones y servicios que éstos brindan, y IX. Coadyuvar con la instancia responsable de la función, en el diseño, desarrollo, establecimiento y actualización de la normatividad que sea aplicable dentro del ente obligado, para la adquisición de tecnologías de la información para los archivos, así como para la automatización de archivos, la digitalización o Microfilmación de los documentos de archivo o para la gestión, administración y conservación de los documentos electrónicos. X. Y las demás que le indique el Presidente Municipal. http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Dos.nsf/nombre_de_la_vista/B332999283AEDC56862586060056923D/$File/Ley+de+Archivos+del+Estado+01+Octubre+2018.pdf 0 OFICIALIA MAYOR 06/12/2021 06/12/2021 Todos son servidores públicos de conformidad con el Artículo 2, fracción II de la Ley de Responsabilidades de los servidores públicos, por lo cual no son prestadores de servicios profesionales. 2021 01/11/2021 30/11/2021 ABASTO POPULAR COORDINADORA COORDDINADORA ABASTO POPULAR REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE ABASTO POPULAR ARTICULO 99 Apoyo a la poblacion de las colonias y comunidades marginadas del Municipio con productosde la canasta basica a precios accesibles, para elevar el nivel de nutricion y abatir los indices de pobreza alimentaria http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Dos.nsf/nombre_de_la_vista/266C82B1EACEE98D862586060053597A/$File/Reglamento+interno+de+la+administracion+publica+de+Ciudad+valles+(21-SEP-2017).pdf 0 OFICIALIA MAYOR 06/12/2021 06/12/2021 Todos son servidores públicos de conformidad con el Artículo 2, fracción II de la Ley de Responsabilidades de los servidores públicos, por lo cual no son prestadores de servicios profesionales. 2021 01/11/2021 30/11/2021 ACCION CIVICA JEFA DE DEPARTAMENTO JEFA DE DEPARTAMENTO ACCION CIVICA REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE ACCION CIVICA ARTICULO 88 Fortalecer la identidad nacional y el respeto a los Simbolos Patrios http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Dos.nsf/nombre_de_la_vista/266C82B1EACEE98D862586060053597A/$File/Reglamento+interno+de+la+administracion+publica+de+Ciudad+valles+(21-SEP-2017).pdf 0 OFICIALIA MAYOR 06/12/2021 06/12/2021 Todos son servidores públicos de conformidad con el Artículo 2, fracción II de la Ley de Responsabilidades de los servidores públicos, por lo cual no son prestadores de servicios profesionales. 2021 01/11/2021 30/11/2021 ALMACEN MUNICIPAL COORDINADOR COORDINADOR ALMACEN MUNICIPAL REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE ALMACEN MUNICIPAL ARTICULO 49 Proponer y establecer politicas, lieneamientos y mecanismos administrativos para el registro, control, suministro, preservacion y mantenimiento de bienes muebles asignados a las dependencias y unidades administrativas del municipio. http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Dos.nsf/nombre_de_la_vista/266C82B1EACEE98D862586060053597A/$File/Reglamento+interno+de+la+administracion+publica+de+Ciudad+valles+(21-SEP-2017).pdf 0 OFICIALIA MAYOR 06/12/2021 06/12/2021 Todos son servidores públicos de conformidad con el Artículo 2, fracción II de la Ley de Responsabilidades de los servidores públicos, por lo cual no son prestadores de servicios profesionales. 2021 01/11/2021 30/11/2021 ASUNTOS INDIGENAS JEFE JEFE ASUNTOS INDIGENAS REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE ASUNTOS INDIGENAS ARTICULO 12 Gestionar, promover y coordinar planteamientos de necesidades de los grupos indígenas del Municipio, además de los procesos de planeación participativa en sus comunidades, ser enlace entre el Gobierno Municipal en coordinación con los Gobiernos Federales y Estatales. Funciones: I. Proponer y gestionar programas, proyectos que por ello implica la existencia de un documento legal que regule el funcionamiento y organización del departamento de asuntos indígenas apegado a lo que dispone en las referidas leyes. II. Impulsar la coordinación del Ayuntamiento con la CDI, CNA, CEA, SCT y JEC para la elaboración de proyectos ejecutivos y ejecución mediante convenios de obras de infraestructura prioritarias en la zona de atención de la Dirección de Asuntos Indígenas. Página 263 III. Coordinarse con la CDI y SAGARPA para la puesta en marcha y operación de proyectos productivos en la zona de atención de la Dirección de Asuntos Indígenas. IV. Realizar propuestas para los planes de desarrollo municipal y los programas de obras correspondientes. V. Dar cumplimiento de las estrategias de supervisión de obras y servicios establecidos por el Ayuntamiento dirigido a los pueblos y comunidades indígenas. VI. Participar activamente en la creación de los programas de organización y participación comunitaria, en los trabajos colectivos de beneficio común que permita una mejor cooperación entre autoridades y habitantes del municipio conforme a los usos y costumbres de cada región étnica. VII. Asesorar a los pueblos y comunidades indígenas en la formulación de programas y financiamiento de los servicios públicos municipales para ampliar su cobertura y mejorar su prestación, siempre con apego y respeto a sus usos y costumbres. VIII. Coordinar con otras instancias de dependencias municipales las acciones e información referente a los programas que se manejen en el ámbito municipal, para beneficio de los pueblos y comunidades indígenas. IX. Gestionar las diferentes solicitudes que le sean expuestas por las autoridades o habitantes de los pueblos indígenas entre las autoridades competentes para su posible solución. X. Fomentar las actividades culturales y recreativas de sano esparcimiento, además de fomentar y fortalecer los valores históricos y cívicos de los pueblos y comunidades indígenas. XI. Y las demás que designe el Secretario de Gestión Publica y Participación Ciudadana. "http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Dos.nsf/nombre_de_la_vista/D0BE3BF06E6BA27A8625860600588675/$File/Reglamento+del+Departamento+de+Asuntos+Indígenas++(12-SEP-09).pdf
" 0 OFICIALIA MAYOR 06/12/2021 06/12/2021 Todos son servidores públicos de conformidad con el Artículo 2, fracción II de la Ley de Responsabilidades de los servidores públicos, por lo cual no son prestadores de servicios profesionales. 2021 01/11/2021 30/11/2021 ATENCION A LA CIUDADANIA DIRECTORA DIRECTORA ATENCION A LA CIUDADANIA REGLAMENTO INTERNO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ARTÍCULO 85 Promover la atención ciudadana en la solución de sus demandas o necesidades prioritarias, brindando el apoyo necesario a los ciudadanos cuando lo requieran y a grupo vulnerables existente en nuestro Municipio. Funciones: I. Hacer que se cumpla en tiempo y forma cada uno de los apoyos solicitados. II. Asistir a los eventos en los que se encuentren ciudadanos que por su condición requieran de gestión por parte de la autoridad. III. Vigilar la asistencia del personal a su cargo en los diferentes recorridos marcados en la agenda pública del Presidente Municipal. IV. Verificar que se cumplan los requerimientos del Presidente Municipal ya sea dentro o fuera del recinto oficial. V. Cumplir con la elaboración y entrega de sus informes de actividades en forma bimestral. Página 245 VI. Escuchar al ciudadano para ofrecerle una asesoría adecuada que le ofrezca la solución a sus problemas. VII. Canalizar de ser necesario a las dependencias estatales y/o federales para la solución de problemas existentes. VIII. Mantener una relación cordial con todas las dependencias y delegaciones federales y estatales con fin de facilitar las gestiones que se hagan necesarias. IX. Asesorar al ciudadano de los derechos y obligaciones que tienen al momento de llegar a solicitar apoyo a las direcciones de la Secretaría. X. Autorizar cada uno de los apoyos que ofrece las Dirección de Atención a la Ciudadanía. XI. Atender necesidades sobre compra de medicamentos así como donativos de los mismos para familias de escasos recursos económicos de nuestro municipio. XII. Atender necesidades de diversos estudios clínicos que plantean los ciudadanos de nuestro municipio y de otorgar descuentos a través de laboratorios y clínicas de esta localidad con los que se celebraran convenios de colaboración. XIII. Brindar ayuda para pagos de pasajes a familias de escasos recursos para acudir a citas médicas en hospitales de segundo y tercer nivel fuera de la ciudad. XIV. Ayudar con despensas básicas o compra de alimentos para familias de escasos recursos económicos. XV. Brindar apoyo a familias de escasos recursos de gastos funerarios y donaciones de ataúdes. XVI. Realizar un programa de recolección de medicamento en las colonias e Instituciones de Salud del Municipio. Página 246 XVII. Realizar convenios con empresas de transporte de pasajeros para solicitar apoyos con descuentos o cortesías a las personas que acuden a citas médicas en hospitales de segundo y tercer nivel fuera de la Ciudad. XVIII.Proporcionar ayuda económica a comunidades y ejidos cuyos recursos resultan insuficientes para hacer frente a gastos específicos de carácter extraordinario, necesarios para evitar o paliar situaciones de emergencia o marginación social. XIX. Apoyar económicamente a instituciones sociales, a organizaciones que son reconocidas ampliamente por los ciudadanos del Municipio, y no solo a las que se ocupan de los problemas de las personas, sino a formas estructuradas que una sociedad reconoce perfectamente y que son de diferentes ámbitos, siempre en pro de la Ciudadanía. XX. Y Las que indiquen el marco legal aplicable o las que indique el Presidente Municipal y el Secretario de Gestión Pública y Participación Ciudadana. http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Dos.nsf/nombre_de_la_vista/266C82B1EACEE98D862586060053597A/$File/Reglamento+interno+de+la+administracion+publica+de+Ciudad+valles+(21-SEP-2017).pdf 0 OFICIALIA MAYOR 06/12/2021 06/12/2021 Todos son servidores públicos de conformidad con el Artículo 2, fracción II de la Ley de Responsabilidades de los servidores públicos, por lo cual no son prestadores de servicios profesionales. 2021 01/11/2021 30/11/2021 ATENCION A LA JUVENTUD DIRECTORA DIRECTORA ATENCION A LA JUVENTUD REGLAMENTO DE LA DIRECCION DE ATENCION A LA JUVENTUD ARTICULO 4,5,6,10 Crear actividades que mantengan alejados a los jóvenes de las adicciones, induciendo una conciencia de los trastornos que estas ocasionarían en su salud; además se fomenta en los jóvenes los valores y una cultura emprendedora, reconociendo los talentos artísticos de los jóvenes y su capacidad para desarrollar sus habilidades, aptitudes y actitudes, a través de talleres de capacitación. Funciones: I. Administrar y representar legalmente la Dirección Municipal de Atención a la Juventud. II. Establecer y suscribir convenios de coordinación y concertación previa autorización del Cabildo Municipal con el Gobierno Federal, Estatal y Municipal, así como con organismos sociales y privados en materia de su competencia. Página 274 III. Someter a la consideración del Presidente Municipal de Ciudad Valles S.L.P, los planes y programas de trabajo de la Dirección, a efecto de obtener, en su caso, la aprobación correspondiente; IV. Presentar el informe anual de labores de la Dirección. V. Ejecutar los acuerdos tomados por el Presidente Municipal. VI. Designar y remover libremente al personal de la Dirección, efectuando los nombramientos y estableciendo las relaciones laborales de acuerdo con las disposiciones legales vigentes y el presente reglamento. VII. Proponer al Presidente Municipal las políticas generales de la Dirección de Atención a la Juventud. VIII. Crear las coordinaciones y áreas de la Dirección que sean necesarias para su buen funcionamiento, apegando a su presupuesto autorizado. IX. Vigilar el cumplimiento del objeto de la Dirección. X. Presentar al Presidente Municipal, los planes de trabajo, propuestas de presupuestos, informe de actividades y de estados financieros anuales del organismo, acompañados por los informes respectivos que se le requieren. XI. Recabar la información pertinente y los elementos estadísticos sobre las funciones de la Dirección de Atención a la Juventud, para mejorar su desempeño. XII. Dirigir, programar, conducir, coordinar y evaluar las acciones que el Instituto realice para el debido cumplimiento de las funciones que le competen. XIII. Elaborar, a más tardar el último dí



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad7E8C8CC149C4B512862587A30070CED9Creado el 12/06/2021 02:33:50 PM
Carátula de registroE05B0509D71B18EF862587A30070D621Autorcd valles slp
RegistroEA2085DC433CB0EE862587A30070F645Tipo de documento1 Registro general




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