Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadoslp slp
San Luis Potosí

Periodo
08 Agosto2019

ObligaciónLos sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan

Obligación específica.
La información contenida en las minutas, acuerdos y actas de las reuniones oficiales de sus órganos colegiados, salvo que por disposición expresa de la Ley, se determine que deban realizarse con carácter reservado.

A ) Artículo84

B ) FracciónXIII

C ) Inciso


Registro general

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LTAIPSLP84XIII.xlsx

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2019.nsf/nombre_de_la_vista/EFBFF338C79C2620862585F80068AE65/$File/LTAIPSLP84XIII.xlsx




Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Minutas, acuerdos y actas de las reuniones oficiales de los órganos colegiados de los sujetos obligados. LTAIPSLP84XIII Minutas, acuerdos y actas de las reuniones oficiales de los órganos colegiados de los sujetos obligados. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Nombre del órgano colegiado de que se trate, de acuerdo con la normatividad aplicable Fecha del acta o reunión Hipervínculo a los asuntos tratados y/o acuerdos tomados En caso de que no haber sesionado se debe señalar de manera explícita mediante una leyenda En su caso, hipervínculo al catálogo de los expedientes clasificados como reservados Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de Actualización Nota
2019 01/08/2019 31/08/2019 CABILDO 15/07/2019 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019Tres.nsf/nombre_de_la_vista/0D44F66768628E498625846A005515AE/$File/29'15'JULIO'19'DECIMATERCERA'ORDINARIA.doc SI SE LLEVO A CABO SESION http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020.nsf/nombre_de_la_vista/E806EE0E07C132C986258512005B5E3A/$File/FUNDAMENTACIÓN'84XIII.docx SECRETARIA GENERAL 05/11/2020 05/10/2020 "SESION PUBLICA-PRIV; REGLAMENTO INTERNO DEL MUNICPIOLIBRE DE SAN LUIS POTOSI, SLP
En este caso la Sesión es Pública, por lo tanto no se considera como clasificado o reservado. Según lo que se señala en los artículos que se mencionan. Artículo 27.- Por su naturaleza las sesiones del Cabildo serán ordinarias, extraordinarias, solemnes y permanentes, por regla general públicas, salvo las excepciones que prevé este Reglamento Interno. (Reforma publicada en el P.O. del día 13 de noviembre de 2012)
Artículo 29.- Se entenderá por sesiones ordinarias aquellas que se celebren, y que serán dos al mes, para aprobar los informes mensuales de la Tesorería y tratar aquellos asuntos de competencia del Cabildo de los que se solicite informe o resolución, se llevarán a cabo en las fechas que el propio Ayuntamiento acuerde para su realización, previa convocatoria la cual incluirá el orden del día, por lo menos con cuarenta y ocho horas de anticipación. En las sesiones de Cabildo no habrá asuntos generales y sólo se tratarán los puntos agendados en el orden del día. Artículo 38.- Podrán celebrarse sesiones privadas a petición del Presidente Municipal o de la mayoría simple de los miembros del Cabildo, cuando existan elementos suficientes para ello, y cualquiera de los siguientes casos: I.- Las acusaciones o denuncias que se hagan contra alguno de los miembros del Ayuntamiento y en general cuando se traten asuntos relativos a la responsabilidad de los integrantes del Ayuntamiento o los funcionarios, empleados y servidores públicos de la Administración Municipal. (Reforma aprobada en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 15 de junio de 2010) II.- Las comunicaciones que se reciban con la anotación de confidencial. III.- Cuando deban rendirse informes en materia contenciosa. IV.- Cuando se vayan a tratar asuntos de índole financiera que así lo ameriten. V.- Las quejas relativas a las comisiones y a sus integrantes. VI.- Cuando por la propia naturaleza delicada de los asuntos a tratar el Cabildo considere que se afectaría la honra de un particular por el hecho de discutirlos en público, pudiendo hacer dicha solicitud cualquiera de los miembros del Cabildo o el Secretario del Ayuntamiento antes o durante el mismo curso de la sesión. VII.- Todo aquello que a consideración del Cabildo deba tratarse confidencialmente. VIII.- Cuando se tenga algún requerimiento por parte de autoridad judicial, que deba tratarse con secrecía para no obstaculizar la prosecución legal del asunto. IX.- En el caso que señala el artículo 26 fracción II de este Reglamento. Artículo 39.- A las sesiones privadas sólo asistirán los integrantes del Cabildo y el Secretario y en su caso los directamente involucrados en el asunto a tratar. El acta que de las mismas se levante, una vez leída, discutida, aprobada y firmada por las participantes y autentificada por el Secretario del Ayuntamiento será archivada en lugar seguro. De dicha acta, no podrá girarse copia más que a los directamente involucrados, asentándose en el Libro de Actas de Cabildo únicamente la esencia de los acuerdos que se tomen. Artículo 40.- En las sesiones privadas el Secretario del Ayuntamiento podrá solicitar a los miembros del H. Cabildo la permanencia en la Sesión de personal de la Dirección de asuntos Jurídicos y/o del Departamento de Normatividad, para el apoyo en la misma, quienes deberán de ser apercibidos legalmente para mantener la secrecía de lo que se ventile en la Sesión. 2019 01/08/2019 31/08/2019 CABILDO 29/07/2019 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019Tres.nsf/nombre_de_la_vista/5EC665DB22719C188625846A004A6B1D/$File/30'29'JULIO'19'DECIMACUARTA'ORDINARIA'DEFINITIVA.doc SI SE LLEVO A CABO SESION http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020.nsf/nombre_de_la_vista/E806EE0E07C132C986258512005B5E3A/$File/FUNDAMENTACIÓN'84XIII.docx SECRETARIA GENERAL 05/11/2020 05/10/2020 "SESION PUBLICA-PRIV; REGLAMENTO INTERNO DEL MUNICPIOLIBRE DE SAN LUIS POTOSI, SLP
En este caso la Sesión es Pública, por lo tanto no se considera como clasificado o reservado. Según lo que se señala en los artículos que se mencionan. Artículo 27.- Por su naturaleza las sesiones del Cabildo serán ordinarias, extraordinarias, solemnes y permanentes, por regla general públicas, salvo las excepciones que prevé este Reglamento Interno. (Reforma publicada en el P.O. del día 13 de noviembre de 2012)
Artículo 29.- Se entenderá por sesiones ordinarias aquellas que se celebren, y que serán dos al mes, para aprobar los informes mensuales de la Tesorería y tratar aquellos asuntos de competencia del Cabildo de los que se solicite informe o resolución, se llevarán a cabo en las fechas que el propio Ayuntamiento acuerde para su realización, previa convocatoria la cual incluirá el orden del día, por lo menos con cuarenta y ocho horas de anticipación. En las sesiones de Cabildo no habrá asuntos generales y sólo se tratarán los puntos agendados en el orden del día. Artículo 38.- Podrán celebrarse sesiones privadas a petición del Presidente Municipal o de la mayoría simple de los miembros del Cabildo, cuando existan elementos suficientes para ello, y cualquiera de los siguientes casos: I.- Las acusaciones o denuncias que se hagan contra alguno de los miembros del Ayuntamiento y en general cuando se traten asuntos relativos a la responsabilidad de los integrantes del Ayuntamiento o los funcionarios, empleados y servidores públicos de la Administración Municipal. (Reforma aprobada en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 15 de junio de 2010) II.- Las comunicaciones que se reciban con la anotación de confidencial. III.- Cuando deban rendirse informes en materia contenciosa. IV.- Cuando se vayan a tratar asuntos de índole financiera que así lo ameriten. V.- Las quejas relativas a las comisiones y a sus integrantes. VI.- Cuando por la propia naturaleza delicada de los asuntos a tratar el Cabildo considere que se afectaría la honra de un particular por el hecho de discutirlos en público, pudiendo hacer dicha solicitud cualquiera de los miembros del Cabildo o el Secretario del Ayuntamiento antes o durante el mismo curso de la sesión. VII.- Todo aquello que a consideración del Cabildo deba tratarse confidencialmente. VIII.- Cuando se tenga algún requerimiento por parte de autoridad judicial, que deba tratarse con secrecía para no obstaculizar la prosecución legal del asunto. IX.- En el caso que señala el artículo 26 fracción II de este Reglamento. Artículo 39.- A las sesiones privadas sólo asistirán los integrantes del Cabildo y el Secretario y en su caso los directamente involucrados en el asunto a tratar. El acta que de las mismas se levante, una vez leída, discutida, aprobada y firmada por las participantes y autentificada por el Secretario del Ayuntamiento será archivada en lugar seguro. De dicha acta, no podrá girarse copia más que a los directamente involucrados, asentándose en el Libro de Actas de Cabildo únicamente la esencia de los acuerdos que se tomen. Artículo 40.- En las sesiones privadas el Secretario del Ayuntamiento podrá solicitar a los miembros del H. Cabildo la permanencia en la Sesión de personal de la Dirección de asuntos Jurídicos y/o del Departamento de Normatividad, para el apoyo en la misma, quienes deberán de ser apercibidos legalmente para mantener la secrecía de lo que se ventile en la Sesión. 2019 01/08/2019 31/08/2019 CABILDO 13/08/2019 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019Tres.nsf/nombre_de_la_vista/CD033407BC0D7BFC8625846A0055EFF3/$File/31'13'AGOSTO'19'DECIMAQUINTA'ORDINARIA.doc SI SE LLEVO A CABO SESION http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020.nsf/nombre_de_la_vista/E806EE0E07C132C986258512005B5E3A/$File/FUNDAMENTACIÓN'84XIII.docx SECRETARIA GENERAL 05/11/2020 05/10/2020 "SESION PUBLICA-PRIV; REGLAMENTO INTERNO DEL MUNICPIOLIBRE DE SAN LUIS POTOSI, SLP
En este caso la Sesión es Pública, por lo tanto no se considera como clasificado o reservado. Según lo que se señala en los artículos que se mencionan. Artículo 27.- Por su naturaleza las sesiones del Cabildo serán ordinarias, extraordinarias, solemnes y permanentes, por regla general públicas, salvo las excepciones que prevé este Reglamento Interno. (Reforma publicada en el P.O. del día 13 de noviembre de 2012)
Artículo 29.- Se entenderá por sesiones ordinarias aquellas que se celebren, y que serán dos al mes, para aprobar los informes mensuales de la Tesorería y tratar aquellos asuntos de competencia del Cabildo de los que se solicite informe o resolución, se llevarán a cabo en las fechas que el propio Ayuntamiento acuerde para su realización, previa convocatoria la cual incluirá el orden del día, por lo menos con cuarenta y ocho horas de anticipación. En las sesiones de Cabildo no habrá asuntos generales y sólo se tratarán los puntos agendados en el orden del día. Artículo 38.- Podrán celebrarse sesiones privadas a petición del Presidente Municipal o de la mayoría simple de los miembros del Cabildo, cuando existan elementos suficientes para ello, y cualquiera de los siguientes casos: I.- Las acusaciones o denuncias que se hagan contra alguno de los miembros del Ayuntamiento y en general cuando se traten asuntos relativos a la responsabilidad de los integrantes del Ayuntamiento o los funcionarios, empleados y servidores públicos de la Administración Municipal. (Reforma aprobada en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 15 de junio de 2010) II.- Las comunicaciones que se reciban con la anotación de confidencial. III.- Cuando deban rendirse informes en materia contenciosa. IV.- Cuando se vayan a tratar asuntos de índole financiera que así lo ameriten. V.- Las quejas relativas a las comisiones y a sus integrantes. VI.- Cuando por la propia naturaleza delicada de los asuntos a tratar el Cabildo considere que se afectaría la honra de un particular por el hecho de discutirlos en público, pudiendo hacer dicha solicitud cualquiera de los miembros del Cabildo o el Secretario del Ayuntamiento antes o durante el mismo curso de la sesión. VII.- Todo aquello que a consideración del Cabildo deba tratarse confidencialmente. VIII.- Cuando se tenga algún requerimiento por parte de autoridad judicial, que deba tratarse con secrecía para no obstaculizar la prosecución legal del asunto. IX.- En el caso que señala el artículo 26 fracción II de este Reglamento. Artículo 39.- A las sesiones privadas sólo asistirán los integrantes del Cabildo y el Secretario y en su caso los directamente involucrados en el asunto a tratar. El acta que de las mismas se levante, una vez leída, discutida, aprobada y firmada por las participantes y autentificada por el Secretario del Ayuntamiento será archivada en lugar seguro. De dicha acta, no podrá girarse copia más que a los directamente involucrados, asentándose en el Libro de Actas de Cabildo únicamente la esencia de los acuerdos que se tomen. Artículo 40.- En las sesiones privadas el Secretario del Ayuntamiento podrá solicitar a los miembros del H. Cabildo la permanencia en la Sesión de personal de la Dirección de asuntos Jurídicos y/o del Departamento de Normatividad, para el apoyo en la misma, quienes deberán de ser apercibidos legalmente para mantener la secrecía de lo que se ventile en la Sesión. 2019 01/08/2019 31/08/2019 CONSEJO DE DESARROLLO SOCIAL MUNICIPAL 29/08/2019 "http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019Tres.nsf/nombre_de_la_vista/59FB8BA0263FDA258625846A005311BB/$File/ACTA+DE+ASAMBLEA+ORDINARIA+NO.+46+AGOSTO+2019.pdf " SE REALIZO SESIÓN http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019Tres.nsf/nombre_de_la_vista/CD275678967AC4258625848E00535143/$File/COLUMNA+H.docx DIRECCION DE DESARROLLO SOCIAL MUNICIPAL 05/11/2020 05/10/2020 NO HAY NOTA DEBIDO A QUE SI SE REALIZO SESION; SE INDICA QUE EN EL PERIODO QUE SE INFORMA EL CATÁLOGO DE LOS EXPEDIENTES CLASIFICADOS COMO RESERVADOS RELATIVO A LA OBLIGACION DE TRANSPARENCIA DICATADA EN EL ARTICULO 84 FRACCIÓN XIII DE LA LTAIPSLP
2019 01/08/2019 31/08/2019 COMISION PERMANENTE DE ALUMBRADO Y OBRAS PUBLICAS 20/02/2020 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020.nsf/nombre_de_la_vista/810638E197FB298F86258512005A9A92/$File/NO+SE+GENERÓ+INFORMACIÓN+EN+ESTE+PERIODO.docx La Comisión señalada, no sesiono durante en el mes, por lo tanto, no generó información.Es Importante mencionar que la Comisión en comento no está obligada a sesionar mensualmente y tampoco se establecen fechas en concreto para que se lleven a cabo dichas sesiones. Esto con fundamento en artículo 73 párrafo segundo, del Reglamento interno del Municipio libre de San Luis Potosí. http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019Tres.nsf/nombre_de_la_vista/CD275678967AC4258625848E00535143/$File/COLUMNA+H.docx COORDINACION ADMINISTRATIVA DE REGIDORES 05/11/2020 05/10/2020 La Comisión señalada, no sesiono durante en el mes, por lo tanto, no generó información.Es Importante mencionar que la Comisión en comento no está obligada a sesionar mensualmente y tampoco se establecen fechas en concreto para que se lleven a cabo dichas sesiones. Esto con fundamento en artículo 73 párrafo segundo, del Reglamento interno del Municipio libre de San Luis Potosí. SE SELECCIONO LA FECHA DE ACTA O REUNION UTILIZANDO LA FECHA DE ACTUALIZACIÓN DE ACUERDO A LAS OBSERVACIONES HECHAS EN LA MEMORIA TECNICA DE LA VERIFICACIÓN VINCULANTE; SE INDICA QUE EN EL PERIODO QUE SE INFORMA EL CATÁLOGO DE LOS EXPEDIENTES CLASIFICADOS COMO RESERVADOS RELATIVO A LA OBLIGACION DE TRANSPARENCIA DICATADA EN EL ARTICULO 84 FRACCIÓN XIII DE LA LTAIPSLP
2019 01/08/2019 31/08/2019 COM.PERMANENTE DEL AGUA POTABLE ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO 30/08/2019 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019Tres.nsf/nombre_de_la_vista/5A1848D33F1D790F8625846C006AF922/$File/orden+del+día+Com.+Agua+30+de+agosto+2019.PDF SE REALIZO SESIÓN http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019Tres.nsf/nombre_de_la_vista/CD275678967AC4258625848E00535143/$File/COLUMNA+H.docx COORDINACION ADMINISTRATIVA DE REGIDORES 05/11/2020 05/10/2020 SE INDICA QUE EN EL PERIODO QUE SE INFORMA EL CATÁLOGO DE LOS EXPEDIENTES CLASIFICADOS COMO RESERVADOS RELATIVO A LA OBLIGACION DE TRANSPARENCIA DICATADA EN EL ARTICULO 84 FRACCIÓN XIII DE LA LTAIPSLP



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad781517AB0FFD3507862585F8006882C6Creado el 10/05/2020 01:03:23 PM
Carátula de registro478942F7EC5AC2F2862585F800688834Autorslp slp
RegistroEFBFF338C79C2620862585F80068AE65Tipo de documento1 Registro general




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
derecho de acceso a la información púbica.
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