Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadocedh slp
Comisión Estatal de Derechos Humanos

Periodo
05 Mayo2026

ObligaciónRelacionadas con Derechos Humanos.

Obligación específica.
El listado y las versiones públicas de las recomendaciones emitidas, su destinatario o autoridad a la que se recomienda y el estado que guarda su atención, incluyendo, en su caso, las minutas de comparecencias de los titulares que se negaron a aceptar las recomendaciones.

A ) Artículo88

B ) FracciónII

C ) IncisoA


Registro general

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LTAIPSLP88IIA MAY26.xlsx

Hipervinculo
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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Recomendaciones emitidas en materia de derechos humanos LTAIPSLP88IIA Información y documentos relativos a las recomendaciones que realicen los organismos de protección de derechos humanos a las autoridades y/o servidores públicos
Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Número de recomendación Número de expediente "Autoridad(es) responsable(s) y/o persona(s) servidora(s) pública(s)
Tabla_547063" Presuntas violaciones a los derechos humanos Breve descripción de la(s) recomendación(es) Aceptación de la(s) recomendación(es) Estado del cumplimiento de la recomendación Hipervínculo a la versión pública de la recomendación o acuerdo no responsabilidad Hipervínculo de la fundamentación y motivo de la negativa de la autoridad y/o persona servidora pública de las recomendaciones emitidas no sean aceptadas o cumplidas Hipervínculo a minutas de comparecencias de autoridades, en su caso Hipervínculo a los documentos relacionados con las acciones de seguimiento y con las pruebas del cumplimiento de las recomendaciones aceptadas por la autoridad y/o persona servidora pública Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de actualización Nota
2026 01/05/2026 31/05/2026 005/2026 2VQU-0051/2026 1 Derecho a la dignidad humana, en su dimensión post mortem, Derecho al trato digno de restos humanos, Derecho a la protección de la salud, Derecho de petición PRIMERA. Se realicen las gestiones necesarias para garantizar que los restos mortales materia del presente expediente sean inhumados o, en su caso, resguardados de manera digna, conforme a la normatividad sanitaria aplicable. SEGUNDA. Se instruya a la Dirección de Panteones para que, en lo sucesivo, todo procedimiento de exhumación e inhumación se realice previa verificación de los requisitos legales y sanitarios correspondientes, dejando constancia documental de ello en cada caso. TERCERA. Se giren instrucciones a las áreas correspondientes para que, en el ámbito de sus atribuciones, se supervise de manera periódica el manejo de restos humanos dentro de los panteones municipales, a fin de garantizar condiciones de respeto, salubridad y dignidad. CUARTA. Se emita respuesta formal, fundada y motivada a las solicitudes presentadas por la persona quejosa, en términos de la normatividad aplicable. QUINTA. Se adopten las medidas necesarias para que el personal de la Dirección de Panteones conozca y observe las disposiciones legales y sanitarias aplicables en materia de exhumación e inhumación. SEXTA. Se designe a una persona servidora pública de alto nivel de decisión que fungirá como enlace con esta Comisión Estatal, para dar seguimiento al cumplimiento de la presente Recomendación. Aceptada En tiempo para presentar elementos de cumplimiento http://www.cegaipslp.org.mx/HV2026.nsf/nombre_de_la_vista/6D62C8A23973B6C206258E0A004EE84F/$File/Recomendación+05-2026.pdf http://www.cegaipslp.org.mx/HV2026.nsf/nombre_de_la_vista/6D62C8A23973B6C206258E0A004EE84F/$File/Recomendación+05-2026.pdf http://www.cegaipslp.org.mx/HV2026.nsf/nombre_de_la_vista/6D62C8A23973B6C206258E0A004EE84F/$File/Recomendación+05-2026.pdf http://www.cegaipslp.org.mx/HV2026.nsf/nombre_de_la_vista/6D62C8A23973B6C206258E0A004EE84F/$File/Recomendación+05-2026.pdf Unidad de Seguimiento de Recomendaciones 09/06/2026 Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, se informa que respecto a la emisión de Recomendaciones, el artículo 33 de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí, señala las atribuciones de la persona Titular de la Presidencia de este Organismo, entre las que están las de emitir Recomendaciones, por lo tanto, la Unidad de Seguimiento de Recomendaciones, es la encargada de solicitar a la autoridad respectiva las evidencias a su cumplimiento, y brindar la atención e información a las víctimas respecto a su cumplimiento.



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad6B02B778D3944A3F06258E11006FF93BCreado el 06/09/2026 02:27:20 PM
Carátula de registro5148E8B283111FDB06258E1100700205Autorcedh slp
Registro8BAD9553EFEA514506258E1100705DE7Tipo de documento1 Registro general




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