Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadosoledad slp
Soledad de Graciano Sánchez

Periodo
01 Enero2026

ObligaciónLos sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan

Obligación específica.
Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables.

A ) Artículo84

B ) FracciónV

C ) Inciso


Registro general

Para Consultar el documento
Acceso directo:
LTAIPSLP84V.xlsx

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2026.nsf/nombre_de_la_vista/2C696C41197D601506258D9500622F59/$File/LTAIPSLP84V.xlsx




Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Estructura Orgánica LTAIPSLP84V Se deberá publicar la estructura vigente, es decir, la que está en operación en el sujeto obligado y ha sido aprobada y/o dictaminada por la autoridad competente. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Denominación del área Denominación del puesto (Redactados con perspectiva de género) Denominación del cargo (de conformidad con el nombramiento otorgado) Área de adscripción inmediata superior Denominación de la norma que establece atribuciones, responsabilidades y/o funciones y el fundamento legal (artículo y/o fracción) Atribuciones, responsabilidades y/o funciones, según sea el caso (Redactadas con perspectiva de género) Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso (Redactados con perspectiva de género) Por cada área, en su caso, incluir el número total de personas prestadoras de servicios profesionales o miembros Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de actualización Nota
2026 01/01/2026 31/01/2026 PANTEON MUNICIPAL DOS ALBAÑIL B ALBAÑIL B DIRECCION DE SERVICIOS MUNICIPALES ARTICULO 81 DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ S.L.P. Artículo 81. Son facultades y atribuciones de Panteón 1 y Panteón 2, dependientes de la Dirección de Servicios Municipales, las siguientes: I. II. III. IV. V. VI. Administrar la operación y gestión del panteón, asegurando su buen funcionamiento y cumplimiento con las normativas vigentes; Gestionar y expedir las autorizaciones necesarias para la inhumación, exhumación, exhumación prematura (cuando proceda, en los términos legales aplicables), cremación, para el uso de los espacios en el Panteón cumpliendo con la normativa vigente y a la presentación de los documentos expedidos por las diferentes dependencias, tales como certificado y acta de defunción, identificación del interesado (preferentemente familiar directo del finado), comprobante de domicilio del interesado, documento que acredite el parentesco y el pago de derechos correspondiente; En el panteón 1, autorizar la instalación, colocación y/o construcción de placas, lapidas y monumentos funerarios, en el panteón 2 se regirá con base al reglamento interior propio; Proporcionar información detallada a los deudos que lo soliciten por escrito, acerca de la ubicación de los restos humanos y cadáveres, y otros aspectos relacionados con los inhumados; Llevar a cabo el registro de inhumaciones, así como el control de predios ocupados y disponibles en el panteón, manteniendo un inventario actualizado y accesible en los términos legales de transparencia y acceso a la información; Realizar las demás funciones que le encomiende el Director Municipal de Servicios Públicos, dentro del ámbito de su competencia. http://www.municipiosoledad.gob.mx/transparencia/456 1 RECURSOS HUMANOS 05/02/2026 En el campo Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso; se sugiere copiar y pegar el hipervinculo de consulta en su navegador
2026 01/01/2026 31/01/2026 PANTEON MUNICIPAL DOS ASESOR DE DEPARTAMENTO ASESOR DE DEPARTAMENTO DIRECCION DE SERVICIOS MUNICIPALES ARTICULO 81 DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ S.L.P. Artículo 81. Son facultades y atribuciones de Panteón 1 y Panteón 2, dependientes de la Dirección de Servicios Municipales, las siguientes: I. II. III. IV. V. VI. Administrar la operación y gestión del panteón, asegurando su buen funcionamiento y cumplimiento con las normativas vigentes; Gestionar y expedir las autorizaciones necesarias para la inhumación, exhumación, exhumación prematura (cuando proceda, en los términos legales aplicables), cremación, para el uso de los espacios en el Panteón cumpliendo con la normativa vigente y a la presentación de los documentos expedidos por las diferentes dependencias, tales como certificado y acta de defunción, identificación del interesado (preferentemente familiar directo del finado), comprobante de domicilio del interesado, documento que acredite el parentesco y el pago de derechos correspondiente; En el panteón 1, autorizar la instalación, colocación y/o construcción de placas, lapidas y monumentos funerarios, en el panteón 2 se regirá con base al reglamento interior propio; Proporcionar información detallada a los deudos que lo soliciten por escrito, acerca de la ubicación de los restos humanos y cadáveres, y otros aspectos relacionados con los inhumados; Llevar a cabo el registro de inhumaciones, así como el control de predios ocupados y disponibles en el panteón, manteniendo un inventario actualizado y accesible en los términos legales de transparencia y acceso a la información; Realizar las demás funciones que le encomiende el Director Municipal de Servicios Públicos, dentro del ámbito de su competencia. https://www.municipiosoledad.gob.mx/pdf/transparencia/19_fraccionII/funciones_perfiles_puestos.pdf 1 RECURSOS HUMANOS 05/02/2026 En el campo Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso; se sugiere copiar y pegar el hipervinculo de consulta en su navegador
2026 01/01/2026 31/01/2026 BIBLIOTECAS MUNICIPALES ASESOR ASESOR DIRECCION DE EDUCACION Y ACCION CIVICA ARTICULO 105 DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ S.L.P. Artículo 105. Son facultades y atribuciones de la Coordinación de Bibliotecas, dependiente de la Dirección de Educación, las siguientes: I. El desarrollo de esquemas y servicios innovadores que fomenten la lectura y favorezcan el acceso a la cultura en la población del municipio; PERIÓDICO OFICIAL PLAN DE SAN LUIS II. MIÉRCOLES 07 DE MAYO DE 2025 55 Supervisar el funcionamiento de todas las bibliotecas municipales, asegurando que brinden servicios de calidad y accesibles para todos los sectores de la población; III. IV. V. Gestionar la adquisición, conservación, catalogación y actualización de los fondos bibliográficos y recursos digitales de las bibliotecas, asegurando que se cubran las necesidades informativas y culturales de los usuarios; Fomentar el uso de las bibliotecas como espacios culturales y de encuentro comunitario, promoviendo su uso para eventos, exposiciones y otras actividades que refuercen su rol como centros de cultura y educación, y Las demás funciones que le encomiende el Director de Educación. https://www.municipiosoledad.gob.mx/pdf/transparencia/19_fraccionII/funciones_perfiles_puestos.pdf 1 RECURSOS HUMANOS 05/02/2026 En el campo Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso; se sugiere copiar y pegar el hipervinculo de consulta en su navegador
2026 01/01/2026 31/01/2026 BIBLIOTECAS MUNICIPALES ASESOR TECNICO A ASESOR TECNICO A DIRECCION DE EDUCACION Y ACCION CIVICA ARTICULO 105 DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ S.L.P. Artículo 105. Son facultades y atribuciones de la Coordinación de Bibliotecas, dependiente de la Dirección de Educación, las siguientes: I. El desarrollo de esquemas y servicios innovadores que fomenten la lectura y favorezcan el acceso a la cultura en la población del municipio; PERIÓDICO OFICIAL PLAN DE SAN LUIS II. MIÉRCOLES 07 DE MAYO DE 2025 55 Supervisar el funcionamiento de todas las bibliotecas municipales, asegurando que brinden servicios de calidad y accesibles para todos los sectores de la población; III. IV. V. Gestionar la adquisición, conservación, catalogación y actualización de los fondos bibliográficos y recursos digitales de las bibliotecas, asegurando que se cubran las necesidades informativas y culturales de los usuarios; Fomentar el uso de las bibliotecas como espacios culturales y de encuentro comunitario, promoviendo su uso para eventos, exposiciones y otras actividades que refuercen su rol como centros de cultura y educación, y Las demás funciones que le encomiende el Director de Educación. https://www.municipiosoledad.gob.mx/pdf/transparencia/19_fraccionII/funciones_perfiles_puestos.pdf 3 RECURSOS HUMANOS 05/02/2026 En el campo Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso; se sugiere copiar y pegar el hipervinculo de consulta en su navegador
2026 01/01/2026 31/01/2026 BIBLIOTECAS MUNICIPALES ASESOR TECNICO B ASESOR TECNICO B DIRECCION DE EDUCACION Y ACCION CIVICA ARTICULO 105 DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ S.L.P. Artículo 105. Son facultades y atribuciones de la Coordinación de Bibliotecas, dependiente de la Dirección de Educación, las siguientes: I. El desarrollo de esquemas y servicios innovadores que fomenten la lectura y favorezcan el acceso a la cultura en la población del municipio; PERIÓDICO OFICIAL PLAN DE SAN LUIS II. MIÉRCOLES 07 DE MAYO DE 2025 55 Supervisar el funcionamiento de todas las bibliotecas municipales, asegurando que brinden servicios de calidad y accesibles para todos los sectores de la población; III. IV. V. Gestionar la adquisición, conservación, catalogación y actualización de los fondos bibliográficos y recursos digitales de las bibliotecas, asegurando que se cubran las necesidades informativas y culturales de los usuarios; Fomentar el uso de las bibliotecas como espacios culturales y de encuentro comunitario, promoviendo su uso para eventos, exposiciones y otras actividades que refuercen su rol como centros de cultura y educación, y Las demás funciones que le encomiende el Director de Educación. https://www.municipiosoledad.gob.mx/pdf/transparencia/19_fraccionII/funciones_perfiles_puestos.pdf 1 RECURSOS HUMANOS 05/02/2026 En el campo Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso; se sugiere copiar y pegar el hipervinculo de consulta en su navegador
2026 01/01/2026 31/01/2026 BIBLIOTECAS MUNICIPALES ASESOR TECNICO C ASESOR TECNICO C DIRECCION DE EDUCACION Y ACCION CIVICA ARTICULO 105 DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ S.L.P. Artículo 105. Son facultades y atribuciones de la Coordinación de Bibliotecas, dependiente de la Dirección de Educación, las siguientes: I. El desarrollo de esquemas y servicios innovadores que fomenten la lectura y favorezcan el acceso a la cultura en la población del municipio; PERIÓDICO OFICIAL PLAN DE SAN LUIS II. MIÉRCOLES 07 DE MAYO DE 2025 55 Supervisar el funcionamiento de todas las bibliotecas municipales, asegurando que brinden servicios de calidad y accesibles para todos los sectores de la población; III. IV. V. Gestionar la adquisición, conservación, catalogación y actualización de los fondos bibliográficos y recursos digitales de las bibliotecas, asegurando que se cubran las necesidades informativas y culturales de los usuarios; Fomentar el uso de las bibliotecas como espacios culturales y de encuentro comunitario, promoviendo su uso para eventos, exposiciones y otras actividades que refuercen su rol como centros de cultura y educación, y Las demás funciones que le encomiende el Director de Educación. https://www.municipiosoledad.gob.mx/pdf/transparencia/19_fraccionII/funciones_perfiles_puestos.pdf 1 RECURSOS HUMANOS 05/02/2026 En el campo Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso; se sugiere copiar y pegar el hipervinculo de consulta en su navegador
2026 01/01/2026 31/01/2026 BIBLIOTECAS MUNICIPALES ASISTENTE GENERAL ASISTENTE GENERAL DIRECCION DE EDUCACION Y ACCION CIVICA ARTICULO 105 DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ S.L.P. Artículo 105. Son facultades y atribuciones de la Coordinación de Bibliotecas, dependiente de la Dirección de Educación, las siguientes: I. El desarrollo de esquemas y servicios innovadores que fomenten la lectura y favorezcan el acceso a la cultura en la población del municipio; PERIÓDICO OFICIAL PLAN DE SAN LUIS II. MIÉRCOLES 07 DE MAYO DE 2025 55 Supervisar el funcionamiento de todas las bibliotecas municipales, asegurando que brinden servicios de calidad y accesibles para todos los sectores de la población; III. IV. V. Gestionar la adquisición, conservación, catalogación y actualización de los fondos bibliográficos y recursos digitales de las bibliotecas, asegurando que se cubran las necesidades informativas y culturales de los usuarios; Fomentar el uso de las bibliotecas como espacios culturales y de encuentro comunitario, promoviendo su uso para eventos, exposiciones y otras actividades que refuercen su rol como centros de cultura y educación, y Las demás funciones que le encomiende el Director de Educación. https://www.municipiosoledad.gob.mx/pdf/transparencia/19_fraccionII/funciones_perfiles_puestos.pdf 1 RECURSOS HUMANOS 05/02/2026 En el campo Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso; se sugiere copiar y pegar el hipervinculo de consulta en su navegador
2026 01/01/2026 31/01/2026 BIBLIOTECAS MUNICIPALES AUX ADMINISTRATIVO C AUX ADMINISTRATIVO C DIRECCION DE EDUCACION Y ACCION CIVICA ARTICULO 105 DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ S.L.P. Artículo 105. Son facultades y atribuciones de la Coordinación de Bibliotecas, dependiente de la Dirección de Educación, las siguientes: I. El desarrollo de esquemas y servicios innovadores que fomenten la lectura y favorezcan el acceso a la cultura en la población del municipio; PERIÓDICO OFICIAL PLAN DE SAN LUIS II. MIÉRCOLES 07 DE MAYO DE 2025 55 Supervisar el funcionamiento de todas las bibliotecas municipales, asegurando que brinden servicios de calidad y accesibles para todos los sectores de la población; III. IV. V. Gestionar la adquisición, conservación, catalogación y actualización de los fondos bibliográficos y recursos digitales de las bibliotecas, asegurando que se cubran las necesidades informativas y culturales de los usuarios; Fomentar el uso de las bibliotecas como espacios culturales y de encuentro comunitario, promoviendo su uso para eventos, exposiciones y otras actividades que refuercen su rol como centros de cultura y educación, y Las demás funciones que le encomiende el Director de Educación. https://www.municipiosoledad.gob.mx/pdf/transparencia/19_fraccionII/funciones_perfiles_puestos.pdf 1 RECURSOS HUMANOS 05/02/2026 En el campo Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso; se sugiere copiar y pegar el hipervinculo de consulta en su navegador
2026 01/01/2026 31/01/2026 BIBLIOTECAS MUNICIPALES AUXILIAR AUXILIAR DIRECCION DE EDUCACION Y ACCION CIVICA ARTICULO 105 DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ S.L.P. Artículo 105. Son facultades y atribuciones de la Coordinación de Bibliotecas, dependiente de la Dirección de Educación, las siguientes: I. El desarrollo de esquemas y servicios innovadores que fomenten la lectura y favorezcan el acceso a la cultura en la población del municipio; PERIÓDICO OFICIAL PLAN DE SAN LUIS II. MIÉRCOLES 07 DE MAYO DE 2025 55 Supervisar el funcionamiento de todas las bibliotecas municipales, asegurando que brinden servicios de calidad y accesibles para todos los sectores de la población; III. IV. V. Gestionar la adquisición, conservación, catalogación y actualización de los fondos bibliográficos y rec



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad2ADDF8CBC19B6DE106258D9500621C07Creado el 02/05/2026 11:52:26 AM
Carátula de registro4D8C096512E84A8D06258D9500622507Autorsoledad slp
Registro2C696C41197D601506258D9500622F59Tipo de documento1 Registro general




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
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