Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadotampamolon slp
Tampamolón Corona

Periodo
08 Agosto2025

ObligaciónCualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.

Obligación específica.
Más información relacionada_Preguntas frecuentes.

A ) Artículo84

B ) FracciónLIII

C ) IncisoB


Registro general

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LTAIPSLP84LIIIB.xlsx

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2025.nsf/nombre_de_la_vista/05FA3F341D719F2006258CF8004B0FE1/$File/LTAIPSLP84LIIIB.xlsx




Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Más información relacionada_Preguntas frecuentes LTAIPSLP84LIIIB Con base en el análisis de la información estadística con que cuentan los sujetos obligados respecto a las preguntas frecuentes realizadas por las personas, se determinará un listado de temas y se publicarán las preguntas planteadas, así como las respuestas a cada una de éstas
Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Temática de las preguntas frecuentes (Redactada con perspectiva de género) Planteamiento de las preguntas frecuentes Respuesta a cada una de las preguntas frecuentes planteadas Hipervínculo al Informe estadístico (en su caso) Número total de preguntas realizadas por las personas al sujeto obligado Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de actualización Nota
2025 01/08/2025 31/08/2025 Acceso a la Información Pública ¿Cómo acceder a la Información Pública De acuerdo al del articulo 6o. De la Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos, Es una garantía constitucional, que otorga el derecho de conocer aquella información creada, administrada o en posesión de los Entes o sujetos obligados, exceptuando la clasificada como reservada o confidencial. http://www.cegaipslp.org.mx/almanaque.nsf/BuscadorWEBlightSO2023?OpenForm 0 Unidad de Transparencia 01/09/2025 Son preguntas frecuentes entre la ciudadania, respecto a la Administración Pública. 2025 01/08/2025 31/08/2025 Acceso a la Información Pública ¿En Cuánto tiempo se recibirá respuesta a la solicitud de información? "La respuesta a la solicitud deberá ser notificada al interesado en el menor tiempo posible, que no
podrá exceder de diez días, contados a partir del día siguiente a la presentación de aquélla. Excepcionalmente, el plazo referido en el párrafo anterior podrá ampliarse hasta por diez días más, siempre y cuando existan
razones fundadas y motivadas, las cuales deberán ser aprobadas por el Comité de Transparencia, mediante la
emisión de una resolución que deberá notificarse al solicitante, antes de su vencimiento." http://www.cegaipslp.org.mx/almanaque.nsf/BuscadorWEBlightSO2023?OpenForm 0 Unidad de Transparencia 01/09/2025 Son preguntas frecuentes entre la ciudadania, respecto a la Administración Pública. 2025 01/08/2025 31/08/2025 Información General Número telefonico de la Presidencia Municipal 489 37 8 80 78, 489 37 8 83 10 http://www.cegaipslp.org.mx/almanaque.nsf/BuscadorWEBlightSO2023?OpenForm 0 Unidad de Transparencia 01/09/2025 Son preguntas frecuentes entre la ciudadania, respecto a la Administración Pública. 2025 01/08/2025 31/08/2025 Información General Número telefonico de la oficialia del Registro Civil 489 37 8 83 11 http://www.cegaipslp.org.mx/almanaque.nsf/BuscadorWEBlightSO2023?OpenForm 0 Unidad de Transparencia 01/09/2025 Son preguntas frecuentes entre la ciudadania, respecto a la Administración Pública. 2025 01/08/2025 31/08/2025 Acceso a la Información Pública Los Consejos Municipales de la Juventud no deben ser entendidos únicamente como una exigencia legal, sino como espacios estratégicos para promover la participación, el diálogo y la corresponsabilidad de las y los jóvenes en la vida pública. Por tanto, el cumplimiento del artículo 49 Bis de la Ley de la Persona Joven para el Estado y Municipios de San Luis Potosí no representa una formalidad administrativa, sino una medida clave para consolidar políticas públicas con enfoque juvenil, basadas en la participación real y efectiva. La falta de cumplimiento por parte de los ayuntamientos constituye una omisión grave que restringe el ejercicio del derecho de participación ciudadana de las juventudes y debilita los mecanismos creados para garantizar su representación democrática. En virtud de lo anterior, y con fundamento en el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; el Principio 4 de la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; el artículo 19.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como el artículo 4 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, solicitamos se nos proporcione la información relacionada con la conformación de los Consejos Municipales de la Juventud en el Estado de San Luis Potosí, detallando con precisión lo siguiente: Información requerida: 1. ¿Se encuentra actualmente instalado el Consejo Municipal de la Juventud en su municipio? o En caso negativo, se solicita que se expongan de manera clara y fundamentada las razones por las cuales no se ha cumplido con dicha obligación legal, considerando que esto constituye un incumplimiento al artículo 49 Bis de la Ley de la Persona Joven para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, lo que podría derivar en la imposición de sanciones administrativas a quienes resulten responsables. 2. En caso afirmativo, se requiere la siguiente información detallada: a. Fecha de instalación del Consejo Municipal de la Juventud correspondiente al periodo 2024–2027. b. Convocatoria emitida para la conformación del Consejo Municipal de la Juventud, incluyendo fecha de publicación, medios de difusión utilizados, y plazos establecidos. c. Listado completo de personas jóvenes postulantes, señalando sus nombres, edades, y, de ser posible, su zona de residencia dentro del municipio. d. Criterios de evaluación y selección utilizados para conformar el Consejo Municipal de la Juventud. Es importante especificar si estos criterios estuvieron alineados con principios de inclusión, representatividad y participación equitativa. e. Integración actual del Consejo Municipal de la Juventud, enlistando los nombres de las personas jóvenes seleccionadas, así como su cargo o representación dentro del mismo. f. Datos sobre la representatividad de grupos prioritarios, especificando cuántas personas integrantes del Consejo se identifican como parte de los pueblos y comunidades indígenas, y cuántas pertenecen a la comunidad LGBTTTIQ+. Esta información es fundamental para verificar el cumplimiento del principio de representatividad y diversidad en la integración del Consejo. g. Actas de Cabildo y de Comisión que documenten la aprobación tanto de la convocatoria como de la conformación del Consejo Municipal de la Juventud, en apego al marco normativo correspondiente. h. Número de sesiones realizadas por el Consejo Municipal de la Juventud desde su instalación hasta la fecha de presentación de esta solicitud. En caso de haberse celebrado sesiones, indicar también las fechas y el tipo de acuerdos adoptados. i. Relación de acciones implementadas en beneficio de las juventudes del municipio, derivadas del trabajo conjunto entre el Consejo y la Administración Municipal. Se solicita que cada acción sea descrita brevemente, incluyendo su objetivo, población beneficiada y resultados obtenidos. Me permito dar respuesta a tu petición. Información proporcionada por el área responsable de la misma. De igual forma por este conducto se hace de su conocimiento de los medios de defensa que le asisten para inconformarse con la presente solicitud de información, dentro del término de 15 días hábiles, a partir de la notificación de la Presente (Ver Artículo 166, 167 y 169 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí) Atentamente C.P. Araceli Sánchez Marín Jefa Unidad de Transparencia http://www.cegaipslp.org.mx/almanaque.nsf/BuscadorWEBlightSO2023?OpenForm 1 Unidad de Transparencia 01/09/2025 Pregunta recibida a través de una solicitud de transparencia



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad2AD1AB4DF3A869F206258CF8004AF686Creado el 09/01/2025 07:39:52 AM
Carátula de registro42768C1058AFF59606258CF8004B0395Autortampamolon slp
Registro05FA3F341D719F2006258CF8004B0FE1Tipo de documento1 Registro general




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
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