Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadocecyte slp
Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de San Luis Potosí

Periodo
01 Enero2024

ObligaciónLa información sobre los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la versión pública del expediente respectivo y de los contratos celebrados, que deberá contener, por lo menos, lo siguiente.

Obligación específica.
Los convenios que realicen con la federación, con otros estados y con los municipios, siempre que no versen sobre seguridad nacional o seguridad pública.

A ) Artículo84

B ) FracciónXXXIX

C ) Inciso


Registro general

Para Consultar el documento
Acceso directo:
LTAIPSLP84XXXIX CON GUB ENER 2024.xlsx

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2024.nsf/nombre_de_la_vista/BFFECA028EB7E6A506258AC1004D9359/$File/LTAIPSLP84XXXIX+CON++GUB+ENER+2024.xlsx




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CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA LA IMPARTICIÓN DE “PROGRAMA DE ACTIVIDADES RELATIVAS A EDUCACIÓN SEXUAL Y LA PREVENCIÓN EN ADOLESCENTES” QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL CONSEJO ESTATAL DE POBLACIÓN DE SAN LUIS POTOSÍ, EN LO SUCESIVO IDENTIFICADO COMO “COESPO”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LA LIC. MAYRA EDITH VELÁZQUEZ LOERA EN SU CARÁCTER DE SECRETARIA TÉCNICA DEL CONSEJO, POR OTRA PARTE,EL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI EN LO SUCESIVO IDENTIFICADO COMO CECYTE REPRESENTADO POR EL ENCARGADO DE LA DIRECCION GENERAL EL CP. OMAR SALVADOR GARCIA OLIVEROS CUANDO COMPARECEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARA COMO “LAS PARTES”, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: D E C L A R A C I O N E S I. DECLARA “EL COESPO”: I.1.- Que es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de San Luis Potosí, con personalidad jurídica y patrimonio propio de acuerdo al artículo 1° del Decreto Administrativo por el cual se crea el Consejo Estatal de Población de San Luis Potosí, publicado con fecha 14 de octubre de 1988 en el Periódico Oficial del Estado. I.2.- Que la Licenciada MAYRA EDITH VELÁZQUEZ LOERA, Secretaria Técnica del Consejo Estatal de Población, acredita su personalidad jurídica mediante el nombramiento para ejercer dicho cargo expedido a su favor por el pleno del Consejo Estatal de Población del Estado, el día 26 de septiembre del 2021, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 7°, fracción III del Decreto Modificatorio de fecha 27 de noviembre del 2012. I.3.- Que el Maestro RAYMUNDO ROBERTO RAMÍREZ URBINA, Director de la Coordinación Interinstitucional, es nombrado como enlace para los efectos del presente convenio por parte del COESPO y que para efecto de este Convenio se le denominará “EL ENLACE DEL COESPO”. I.4.- Que para efectos del presente Convenio señala como su domicilio legal el ubicado en la Calle Miguel Barragán número 515, Barrio de San Miguelito, Código Postal 78339 en la Ciudad de San Luis Potosí, S.L.P. II. DECLARA “CECYTESLP”: II.1 Es una institución educativa, creada como un organismo público descentralizado, sectorizado en la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, según lo establece el Decreto que crea al Colegio, de fecha 13 de marzo de 2008 y publicado en el Periódico Oficial del Estado, el día 26 de abril de 2008. II.2 De conformidad con el artículo 12, fracción VI del decreto Administrativo mediante el cual se crea el Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de San Luis Potosí, publicado el 26 de abril de 2008 en el periódico oficial del estado, las y los integrantes de la H. Junta Directiva de “EL CECYTESLP”, por unanimidad y a propuesta del Poder Ejecutivo nombran Al CP. Omar Salvador García Oliveros, como Encargado de la Dirección General del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de San Luís Potosí a partir del 30 de noviembre de 2023, por lo que se encuentra plenamente facultado para suscribir el presente convenio. II.3 Se nombra a la LIC. NANCY LOPEZ HERNANDEZ Directora de Vinculación, como la encargada de coordinar y supervisar todo lo relativo al cumplimiento de este convenio. II.4 Entre sus funciones se encuentran la de formular disposiciones técnicas y administrativas propias, para la organización, desarrollo, superación y evolución de la educación del nivel medio superior, destinado a formar técnicos profesionales que la industria requiere. II.5. . Dentro de sus programas educativos se contempla el ofrecer diferentes servicios, mediante programas y acciones, que se contemplan en las cláusulas contenidas en este instrumento. II.6. Para los efectos legales derivados de este instrumento jurídico, señala como su domicilio el ubicado en Jesús Goytortúa No. 370 2° Piso, Despacho 13 Fracc. Tangamanga, C.P. 78269, en la Ciudad de San Luis Potosí, SLP. III. DECLARAN “LAS PARTES”: ÚNICO. - De conformidad con el contenido de las declaraciones anteriores, se reconocen la personalidad jurídica y capacidad legal con que se ostentan. Asimismo, conocen el alcance y contenido de este instrumento jurídico y están de acuerdo en someter su compromiso a los términos y condiciones insertos en las siguientes: C L Á U S U L A S PRIMERA. – OBJETO. El presente convenio tiene como objeto coordinar los esfuerzos de colaboración en torno al “PROGRAMA DE ACTIVIDADES RELATIVAS A EDUCACIÓN SEXUAL Y LA PREVENCIÓN EN ADOLECENTES” como parte de las acciones para el cumplimiento de la Estrategia Nacional para la Prevención del Embarazo en Adolescentes y de la Estrategia Estatal Alerta Verde, en San Luis Potosí, dicho programa contendrá las acciones y calendarización de las mismas, que de manera conjunta acuerden “LAS PARTES”. SEGUNDA. – MODIFICACIONES. El presente Convenio podrá ser modificado o adicionado por voluntad de “LAS PARTES”, siempre por escrito y mediante la suscripción obligatoria del Convenio Modificatorio o Adendum correspondiente, en el entendido que prevalecerán vigentes aquellas cláusulas que no sean modificadas o suprimidas. TERCERA. – RELACIÓ LABORAL. El personal asignado por “LAS PARTES” para la ejecución de las actividades de cooperación y capacitación objeto del presente convenio, continuará bajo la dirección y dependencia de la institución a la que pertenezca, por lo que no se crearán relaciones de carácter laboral, civil, ni de seguridad social con la contraparte, a la que en ningún caso se le considerará como patrón sustituto o solidario. El personal enviado por una de “LAS PARTES” a la otra se someterá en el lugar de su ocupación a las disposiciones normas y reglamentos de la parte receptora. Este personal no podrá dedicarse a actividad ajena alguna a sus funciones, ni recibirá remuneración de ninguna especie, sin la previa autorización de “LAS PARTES”. CUARTA. – CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN. Convienen “LAS PARTES” en no divulgar información ni documentación de carácter técnico legal o financiero que se origine o intercambie con motivo de la ejecución del presente Convenio y que sea identificada como reservada o confidencial. “LAS PARTES” podrán proporcionar información a su propio personal, siempre que éste tenga la necesidad de conocer la misma y que no contravenga las disposiciones contenidas en la legislación de la materia. Ninguna de “LAS PARTES” incurrirá en responsabilidad cuando la información que se haya proporcionado sea del dominio público o se vuelva del dominio público durante la vigencia del presente convenio; haya sido entregada previamente a cualquiera de “LAS PARTES” por un tercero con el cual no se haya pactado confidencialidad al respecto; y en el caso de que la información deba de ser proporcionada por mandamiento expreso de autoridad competente, deberá de hacerse del conocimiento de la contraparte. “LAS PARTES” están de acuerdo en que la información que sea identificada como confidencial y que reciba de la contraparte es y seguirá siendo propiedad de ésta última; también están de acuerdo en usar dicha información únicamente de la manera y para los propósitos autorizados en este convenio. La obligación de mantener la confidencialidad de la información que con ese carácter se entreguen “LAS PARTES”, subsistirá hasta 3 (tres) años después del término de la vigencia del presente instrumento. QUINTA. – PROPIEDAD INTELECTUAL
“LAS PARTES” convienen que cualquiera de ellas podrá publicar los resultados de sus actividades conjuntas (estudios, diagnósticos, artículos, entre otros) en sus labores de investigación, siempre que no contengan información que sea identificada como “confidencial”, dando el debido reconocimiento a los autores, previa autorización por escrito de la otra Parte. Queda expresamente entendido que “LAS PARTES” podrán utilizar los resultados obtenidos de las actividades amparadas por el presente instrumento en sus funciones sustantivas. SEXTA. – VIGENCIA
El presente convenio entrará en vigor a partir del día de su firma y tendrá vigencia hasta el término de la actual administración Estatal. SÉPTIMA. – TERMINACIÓN ANTICIPADA
Cualquiera de “LAS PARTES” podrá dar por terminado el presente instrumento con antelación a su vencimiento mediante aviso por escrito a su contraparte, En tal situación, ambas partes tomarán las medidas necesarias para evitar perjuicios tanto a ellas como a terceros, en el entendido de que deberán continuar hasta su total conclusión las acciones ya iniciadas establecidas en este convenio. OCTAVA. – RESPONSABILIDAD. Queda expresamente pactado que “LAS PARTES” no tendrán responsabilidad civil por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, particularmente por la suspensión de labores, o por cualquier otra causa que esté fuera de su control, en la inteligencia de que, una vez superados estos eventos, se reanudarán las actividades en la forma y términos que determinen las partes. Leído que fue por “LAS PARTES” el presente convenio de colaboración y enteradas de su contenido y alcance legal, lo ratifican y firman por duplicado en la ciudad de San Luis Potosí, S.L.P., el día 17 de enero de 2024 POR EL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS DEL ESTADO DE SLP. CP. Omar Salvador García Oliveros Encargado de la Dirección General POR EL CONSEJO ESTATAL DE POBLACIÓN DE SAN LUIS POTOSI Lic. Mayra Edith Velázquez Loera Secretaria Técnica



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidadE27F1FECA43C786006258AC1004D7AC5Creado el 02/12/2024 08:07:19 AM
Carátula de registroD55DD405A0E0E68B06258AC1004D811AAutorcecyte slp
RegistroBFFECA028EB7E6A506258AC1004D9359Tipo de documento1 Registro general




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
derecho de acceso a la información púbica.
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