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Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí | |
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| Sujeto Obligado |  | santa maria slp |
 |  | Santa María del Río |  |  |  |
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| Periodo |  |
| 09 Septiembre |  | 2024 |
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| Obligación |  | Donaciones hechas a terceros en dinero o en especie. |
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| Obligación específica. |  |  |  |  |  |
 |  | Donaciones en dinero realizadas. |
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| A ) Artículo |  | 84 |  |  |  |
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| B ) Fracción |  | LI |  |  |  |
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| C ) Inciso |  | A |  |  |  |
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Registro general |
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 |  | Para Consultar el documento |  |  |  |
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Acceso directo: 84LI.xlsx |
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| Hipervinculo |  |  |  |  |  |
| http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2024.nsf/nombre_de_la_vista/ACB02D46D6B164C606258DD50009B2A9/$File/84LI.xlsx |
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| Visor de Datos abiertos |  | Datos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08 |
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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Donaciones en dinero y en especie realizadas 44 LGT_Art_70_Fr_XLIV Se deberá publicar la información relativa a las “Asignaciones que los entes públicos destinan por causa de utilidad social para otorgar donativos a instituciones no lucrativas destinadas a actividades educativas, culturales, de salud, de investigación científica, de aplicación de nuevas tecnologías o de beneficencia, en términos de las disposiciones aplicables”
Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Tipo de donación (catálogo) Personalidad jurídica de la persona beneficiaria(catálogo) Nombre(s) de la persona beneficiaria de la donación Primer apellido de la persona beneficiaria de la donación Segundo apellido de la persona beneficiaria de la donación Sexo (catálogo) Razón social (Persona Moral); en su caso Tipo de persona moral, en su caso Nombre(s) de la persona física facultada por la persona beneficiaria para suscribir el contrato de donación Primer apellido (s) persona física facultada por la persona beneficiaria para suscribir el contrato de donación Segundo apellido (s) persona física facultada por la persona beneficiaria para suscribir el contrato de donación Persona física facultada: Sexo: Cargo que ocupa la persona física facultada Nombre(s) de la persona servidora pública facultada para suscribir el contrato Primer apellido de la persona servidora pública facultada para suscribir el contrato Segundo apellido de la persona servidora pública facultada para suscribir el contrato Sexo (catálogo) Cargo o nombramiento de la persona servidora pública Monto otorgado de la donación Descripción del bien donado Actividades a las que se destinará (catálogo) Hipervínculo al contrato de donación Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de actualización Nota
2024 01/09/2024 30/09/2024 Donaciones en dinero Persona física No se genero No se genero No se genero Hombre No se genero No se genero No se genero No se genero No se genero Hombre No se genero No se genero No se genero No se genero Hombre No se genero 0 No se genero Educativas http://www.cegaipslp.org.mx/HV2024Dos.nsf/nombre_de_la_vista/EEC4351D97C9D60B06258DD500097FA9/$File/Informe+16.pdf Tesorería 09/04/2026 "Este sujeto obligado sí está facultado para generar la información requerida. De conformidad con los artículos 79 y 81, fracciones I, II, VIII y IX de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí, la Tesorería Municipal de Santa María del Río posee la facultad de intervenir en la gestión financiera, llevar la contabilidad y formular los estados financieros, lo que incluye la obligación de documentar las donaciones en dinero y en especie realizadas. En este sentido, la obligación de transparencia prevista en el artículo 84, fracción LI de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí es competencia directa de esta unidad administrativa. No obstante, se informa que para el mes de septiembre de 2024 no se cuenta con información disponible, derivado de que la administración municipal saliente (periodo 2021–2024) omitió realizar la entrega de los expedientes, registros contables, documentos originales y soportes documentales necesarios durante el proceso legal de entrega-recepción, contraviniendo lo estipulado en el artículo 19 de la referida Ley Orgánica. Esta falta de antecedentes contraviene además los artículos 10, 11 y 17 de la Ley de Archivos del Estado de San Luis Potosí, que imponen al servidor público saliente la responsabilidad ineludible de garantizar la entrega organizada de los archivos a quien lo sustituya al concluir su encargo. Ante esta situación, esta Tesorería realizó una búsqueda exhaustiva en los archivos físicos, sistemas digitales y bases de datos institucionales bajo los principios de máxima publicidad y documentación establecidos en los artículos 12, 19 y 160 de la Ley de Transparencia local, sin obtener resultados positivos para localizar dicha información. Por tales omisiones y la probable sustracción de información pública, se han formulado los señalamientos administrativos correspondientes para el deslinde de responsabilidades bajo el marco de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, notificando a las autoridades competentes y al órgano de control interno. Como sustento de estas actuaciones, se referencian e integran como soporte los siguientes documentos: el Acta Circunstanciada de verificación física preliminar del contenido del expediente de entrega-recepción de la administración pública 2024, de fecha 29 de septiembre de 2024; la Denuncia ante la Fiscalía General del Estado por el presunto delito de robo de documentos y bienes del dominio público, de fecha 19 de septiembre de 2024; y la Denuncia ante la Fiscalía General de la República por las omisiones en la entrega de información que impiden la comprobación del manejo de recursos y la rendición de cuentas. Esta Tesorería Municipal reitera su compromiso institucional con la transparencia, agotando las vías jurídicas para recuperar la información pública que la administración antecesora omitió resguardar y entregar conforme a derecho." |
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