Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadodapacvalles slp
Dirección de Agua Potable y Alcantarillado y Saneamiento de Ciudad Valles

Periodo
11 Noviembre2023

ObligaciónLas convocatorias e información acerca de los permisos, licencias, concesiones, licitaciones de obra, adquisiciones, arrendamientos, prestaciones de servicios y autorizaciones otorgadas

Obligación específica.
Las convocatorias e información acerca de los permisos, licencias, concesiones, licitaciones de obra, adquisiciones, arrendamientos, prestaciones de servicios y autorizaciones otorgadas por las entidades públicas, así como las opiniones argumentos, datos finales incluidos los expedientes y documentos que contengan los resultados de los procedimientos administrativos aludidos. Cuando se trate del otorgamiento de concesiones y licencias, permisos o autorizaciones a particulares, la información al respecto deberá contener el nombre o razón social del titular, el concepto y los objetivos de la concesión, licencia, autorización o permiso, el fundamento legal y el tiempo de vigencia.

A ) Artículo84

B ) FracciónXXXIII

C ) Inciso


Registro general

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LTAIPSLP84XXXIII.xlsx

Hipervinculo
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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgadas LTAIPSLP84XXXIII La información de cualquier tipo de concesión, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, de acuerdo con sus atribuciones. La información se organizará por acto jurídico y publicarse a partir de la fecha en la que éste inició. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Tipo de acto jurídico (catálogo) Número de control interno asignado, en su caso, al contrato, convenio, concesión, entre otros. Objeto de la realización del acto jurídico Fundamento jurídico por el cual se llevó a cabo el acto Unidad(es) o área(s) responsable(s) de instrumentación Sector al cual se otorgó el acto jurídico (catálogo) Nombre(s) del titular al cual se otorgó el acto jurídico Primer apellido del titular al cual se otorgó el acto jurídico Segundo apellido del titular al cual se otorgó el acto jurídico Razón social del titular al cual se otorgó el acto jurídico ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 01/07/2023 -> Sexo (catálogo) Fecha de inicio de vigencia del acto jurídico Fecha de término de vigencia del acto jurídico Cláusula en que se especifican los términos y condiciones del acto jurídico Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión Monto total o beneficio, servicio y/o recurso público aprovechado Monto entregado, bien, servicio y/o recurso público aprovechado al periodo que se informa Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso Se realizaron convenios modificatorios (catálogo) Hipervínculo al convenio modificatorio, si así corresponde Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2023 01/11/2023 30/11/2023 Contrato AA-83-G58-824013981-N-9-2023 MATERIAL PARA LA REGULARIZACION DE USUARIOS MOROSOS ARTICULO 42 Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público RECURSOS MATERIALES Privado NO SE GENERO NO SE GENERO NO SE GENERO PLASTICOS RACO S DE RL DE CV Hombre 07/11/2023 30/11/2023 PRIMERA http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/nombre_de_la_vista/0E3988A33BE3F29F06258A820066F85D/$File/CONVENIO+MODIFICATORIO+(1).pdf 268656.00 0.00 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/nombre_de_la_vista/E5E9AC7E19EE2C8206258A820066EA6D/$File/DESGLOSE+DE+GASTOS.pdf http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/nombre_de_la_vista/15050F3C656FFA9906258A82006705D0/$File/MONTO+TOTAL+EROGADO.pdf http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/nombre_de_la_vista/0D8B15F407C6035F06258A8200671212/$File/CONTRATO+PLURIANUAL.pdf No http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/nombre_de_la_vista/FB851231B38EAE3506258A8200673796/$File/CONVENIO+MODIFICATORIO+(1).pdf RECURSOS MATERIALES 08/12/2023 08/12/2023 Estos procedimiento se llevaron a cabo por adjudicación directa, en apego a la LEY DE ADQUISICIONES DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, la cual en su ARTICULO 25 Determina que Los titulares de las instituciones podrán, bajo su responsabilidad, ordenar al área administrativa la adjudicación directa de adquisiciones, arrendamientos o servicios, en aquéllos casos en que de cuya resolución inmediata y expedita dependa la preservación del orden social, la continuidad en la prestación de los servicios públicos, la economía, la salubridad, la seguridad pública, el ecosistema de una región, así como en los casos de siniestros o desastres producidos por fenómenos naturales que requieran atención emergente. Las contrataciones que se realizan NO es para la realización de obra, sino más bien para solventar las necesidades diarias del mismo o realizar trabajos de mantenimiento y/o reparación en cuanto a los servicios que se proporcionan, los procedimientos que realiza son de adjudicación directa y ésta se lleva a cabo en apego a los artículos 41, 42 y 43 de la ley de Adquisiciones del Estado de San Luis Potosí, los cuales detallan: CAPITULO V, De la Invitación Restringida y Adjudicación Directa. ARTÍCULO 41.- El procedimiento de invitación restringida se inicia en el área administrativa, con el requerimiento del departamento correspondiente de la institución, o por acuerdo del comité; y termina con la expedición de la orden de compra, orden de servicio o contrato respectivo. La invitación a todo proveedor deberá hacerse por escrito, indicando la información necesaria con el objeto de que los participantes se impongan de los requisitos exigibles al respecto. ARTÍCULO 42.- El procedimiento de invitación restringida a cuando menos tres proveedores, deberá realizarse en forma sumaria, en una sola etapa conforme a las siguientes formalidades: I. Entrega de propuesta económica, firmada por quien esté autorizado legalmente para ello, misma que será obsequiada en sobre cerrado dirigido al requeriente, conteniendo las especificaciones técnicas del bien o servicio de que se trate; II. El acto de apertura de propuesta económica se llevará a cabo sin la presencia de los correspondientes proveedores pero, invariablemente, se invitará al representante del órgano de control de la institución; III. Recepcionadas las propuestas económicas, las áreas administrativas elaborarán cuadros comparativos de éstas, autorizados con la firma del titular y el representante del órgano de control; IV. Para llevar a cabo la adjudicación se deberá contar con un mínimo de dos propuestas económicas. De no existir éstas, el procedimiento se declarará desierto, quedando obligada el área administrativa a iniciar un nuevo procedimiento; V. En las solicitudes de cotización, se indicarán como mínimo la calidad y descripción de los bienes o servicios requeridos, plazo, lugar de entrega y condiciones de pago; y VI. Los plazos para la presentación de las proposiciones se fijarán en cada operación, atendiendo al tipo de bienes o servicios requeridos, así como a la complejidad para elaborar
la propuesta y llevar a cabo su evaluación. ARTÍCULO 43.- Las áreas administrativas de las instituciones estarán facultadas para observar bajo su responsabilidad y justificación comprobada, el procedimiento de adjudicación directa conforme al monto previsto en términos de ley. EL FORMATO FUE LLENADO EN APEGO A LOS CRITERIOS DE FORMATO, EL PROVEEDOR NO CUENTA CON DOMICILIO EN EL EXTRANJERO. 2023 01/11/2023 30/11/2023 Contrato AA-83-G58-824013981-N-11-2023 MATERIAL PARA LA REPARACION DE FUGAS DE AGUA ARTICULO 42 Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público RECURSOS MATERIALES Privado JOSE DE JESUS WONG CORTEZ JOSE DE JESUS WONG CORTEZ Hombre 10/11/2023 15/12/2023 PRIMERA http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/nombre_de_la_vista/0E3988A33BE3F29F06258A820066F85D/$File/CONVENIO+MODIFICATORIO+(1).pdf 269626.73 0.00 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/nombre_de_la_vista/E5E9AC7E19EE2C8206258A820066EA6D/$File/DESGLOSE+DE+GASTOS.pdf http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/nombre_de_la_vista/15050F3C656FFA9906258A82006705D0/$File/MONTO+TOTAL+EROGADO.pdf http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/nombre_de_la_vista/0D8B15F407C6035F06258A8200671212/$File/CONTRATO+PLURIANUAL.pdf No http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/nombre_de_la_vista/FB851231B38EAE3506258A8200673796/$File/CONVENIO+MODIFICATORIO+(1).pdf RECURSOS MATERIALES 08/12/2023 08/12/2023 Estos procedimiento se llevaron a cabo por adjudicación directa, en apego a la LEY DE ADQUISICIONES DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, la cual en su ARTICULO 25 Determina que Los titulares de las instituciones podrán, bajo su responsabilidad, ordenar al área administrativa la adjudicación directa de adquisiciones, arrendamientos o servicios, en aquéllos casos en que de cuya resolución inmediata y expedita dependa la preservación del orden social, la continuidad en la prestación de los servicios públicos, la economía, la salubridad, la seguridad pública, el ecosistema de una región, así como en los casos de siniestros o desastres producidos por fenómenos naturales que requieran atención emergente. Las contrataciones que se realizan NO es para la realización de obra, sino más bien para solventar las necesidades diarias del mismo o realizar trabajos de mantenimiento y/o reparación en cuanto a los servicios que se proporcionan, los procedimientos que realiza son de adjudicación directa y ésta se lleva a cabo en apego a los artículos 41, 42 y 43 de la ley de Adquisiciones del Estado de San Luis Potosí, los cuales detallan: CAPITULO V, De la Invitación Restringida y Adjudicación Directa. ARTÍCULO 41.- El procedimiento de invitación restringida se inicia en el área administrativa, con el requerimiento del departamento correspondiente de la institución, o por acuerdo del comité; y termina con la expedición de la orden de compra, orden de servicio o contrato respectivo. La invitación a todo proveedor deberá hacerse por escrito, indicando la información necesaria con el objeto de que los participantes se impongan de los requisitos exigibles al respecto. ARTÍCULO 42.- El procedimiento de invitación restringida a cuando menos tres proveedores, deberá realizarse en forma sumaria, en una sola etapa conforme a las siguientes formalidades: I. Entrega de propuesta económica, firmada por quien esté autorizado legalmente para ello, misma que será obsequiada en sobre cerrado dirigido al requeriente, conteniendo las especificaciones técnicas del bien o servicio de que se trate; II. El acto de apertura de propuesta económica se llevará a cabo sin la presencia de los correspondientes proveedores pero, invariablemente, se invitará al representante del órgano de control de la institución; III. Recepcionadas las propuestas económicas, las áreas administrativas elaborarán cuadros comparativos de éstas, autorizados con la firma del titular y el representante del órgano de control; IV. Para llevar a cabo la adjudicación se deberá contar con un mínimo de dos propuestas económicas. De no existir éstas, el procedimiento se declarará desierto, quedando obligada el área administrativa a iniciar un nuevo procedimiento; V. En las solicitudes de cotización, se indicarán como mínimo la calidad y descripción de los bienes o servicios requeridos, plazo, lugar de entrega y condiciones de pago; y VI. Los plazos para la presentación de las proposiciones se fijarán en cada operación, atendiendo al tipo de bienes o servicios requeridos, así como a la complejidad para elaborar la propuesta y llevar
a cabo su evaluación. ARTÍCULO 43.- Las áreas administrativas de las instituciones estarán facultadas para observar bajo su responsabilidad y justificación comprobada, el procedimiento de adjudicación directa conforme al monto previsto en términos de ley. EL FORMATO FUE LLENADO EN APEGO A LOS CRITERIOS DE FORMATO, EL PROVEEDOR NO CUENTA CON DOMICILIO EN EL EXTRANJERO. 2023 01/11/2023 30/11/2023 Contrato AA-83-G58-824013981-N-12-2023 MATERIAL PARA LA REPARACION DE FUGAS DE AGUA ARTICULO 42 Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público RECURSOS MATERIALES Privado ADAN LARRAGA ORTEGA ADAN LARRAGA ORTEGA Hombre 14/11/2023 30/12/2023 PRIMERA http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/nombre_de_la_vista/0E3988A33BE3F29F06258A820066F85D/$File/CONVENIO+MODIFICATORIO+(1).pdf 269626.70 0.00 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/nombre_de_la_vista/E5E9AC7E19EE2C8206258A820066EA6D/$File/DESGLOSE+DE+GASTOS.pdf http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/nombre_de_la_vista/15050F3C656FFA9906258A82006705D0/$File/MONTO+TOTAL+EROGADO.pdf http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/nombre_de_la_vista/0D8B15F407C6035F06258A8200671212/$File/CONTRATO+PLURIANUAL.pdf No http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/nombre_de_la_vista/FB851231B38EAE3506258A8200673796/$File/CONVENIO+MODIFICATORIO+(1).pdf RECURSOS MATERIALES 08/12/2023 08/12/2023 Estos procedimiento se llevaron a cabo por adjudicación directa, en apego a la LEY DE ADQUISICIONES DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, la cual en su ARTICULO 25 Determina que Los titulares de las instituciones podrán, bajo su responsabilidad, ordenar al área administrativa la adjudicación directa de adquisiciones, arrendamientos o servicios, en aquéllos casos en que de cuya resolución inmediata y expedita dependa la preservación del orden social, la continuidad en la prestación de los servicios públicos, la economía, la salubridad, la seguridad pública, el ecosistema de una región, así como en los casos de siniestros o desastres producidos por fenómenos naturales que requieran atención emergente. Las contrataciones que se realizan NO es para la realización de obra, sino más bien para solventar las necesidades diarias del mismo o realizar trabajos de mantenimiento y/o reparación en cuanto a los servicios que se proporcionan, los procedimientos que realiza son de adjudicación directa y ésta se lleva a cabo en apego a los artículos 41, 42 y 43 de la ley de Adquisiciones del Estado de San Luis Potosí, los cuales detallan: CAPITULO V, De la Invitación Restringida y Adjudicación Directa. ARTÍCULO 41.- El procedimiento de invitación restringida se inicia en el área administrativa, con el requerimiento del departamento correspondiente de la institución, o por acuerdo del comité; y termina con la expedición de la orden de compra, orden de servicio o contrato respectivo. La invitación a todo proveedor deberá hacerse por escrito, indicando la información necesaria con el objeto de que los participantes se impongan de los requisitos exigibles al respecto. ARTÍCULO 42.- El procedimiento de invitación restringida a cuando menos tres proveedores, deberá realizarse en forma sumaria, en una sola etapa conforme a las siguientes formalidades: I. Entrega de propuesta económica, firmada por quien esté autorizado legalmente para ello, misma que será obsequiada en sobre cerrado dirigido al requeriente, conteniendo las especificaciones técnicas del bien o servicio de que se trate; II. El acto de apertura de propuesta económica se llevará a cabo sin la presencia de los correspondientes proveedores pero, invariablemente, se invitará al representante del órgano de control de la institución; III. Recepcionadas las propuestas económicas, las áreas administrativas elaborarán cuadros comparativos de éstas, autorizados con la firma del titular y el representante del órgano de control; IV. Para llevar a cabo la adjudicación se deberá contar con un mínimo de dos propuestas económicas. De no existir éstas, el procedimiento se declarará desierto, quedando obligada el área administrativa a iniciar un nuevo procedimiento; V. En las solicitudes de cotización, se indicarán como mínimo la calidad y descripción de los bienes o servicios requeridos, plazo, lugar de entrega y condiciones de pago; y VI. Los plazos para la presentación de las proposiciones se fijarán en cada operación, atendiendo al tipo de bienes o servicios requeridos, así como a la complejidad para elaborar la propuesta y llevar a cabo su e
valuación. ARTÍCULO 43.- Las áreas administrativas de las instituciones estarán facultadas para observar bajo su responsabilidad y justificación comprobada, el procedimiento de adjudicación directa conforme al monto previsto en términos de ley. EL FORMATO FUE LL



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad0AD468B659DF900C06258A8200675AF7Creado el 12/11/2023 12:49:28 PM
Carátula de registroE42BB7A647710CC606258A8200675E44Autordapacvalles slp
RegistroF53C2D041BD2239F06258A82006767ECTipo de documento1 Registro general




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