Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadocedral slp
Cedral

Periodo
11 Noviembre2023

ObligaciónLos sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan

Obligación específica.
Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables.

A ) Artículo84

B ) FracciónV

C ) Inciso


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Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Estructura Orgánica LTAIPSLP84V Se deberá publicar la estructura vigente, es decir, la que está en operación en el sujeto obligado y ha sido aprobada y/o dictaminada por la autoridad competente. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Denominación del área Denominación del puesto Denominación del cargo (de conformidad con nombramiento otorgado) Área de adscripción inmediata superior Denominación de la norma que establece atribuciones, responsabilidades y/o funciones y el fundamento legal (artículo y/o fracción) Atribuciones, responsabilidades y/o funciones, según sea el caso Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso Número total de prestadores de servicios profesionales Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2023 01/11/2023 30/11/2023 CABILDO PRESIDENTE MUNICIPAL PRESIDENTE CABILDO LEY ORGANICA DEL MUNICIPIO LIBRE DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI ARTICULO 70 I.- CUMPLIR Y HACER CUMPLIR LA LEY ORGANICA DEL MUNICIPIO LIBRE, EL BANDO DE POLICIA Y BUEN GOBIERNO, LOS REGLAMENTOS Y DEMAS ORDENAMIENTOS DEL MUNICIPIO, Y LAS RESOLUCIONES DEL CABILDO QUE ESTEN APEGADAS A DERECHO, http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/nombre_de_la_vista/19C8B963D7EAD8C206258A8A0068FA5E/$File/PERFIL+DE+PUESTOS+EN+GENERAL.docx 0 SECRETARIA GENERAL 26/01/2024 26/12/2023
2023 01/11/2023 30/11/2023 CABILDO SINDICO SINDICO CABILDO LEY ORGANICA DEL MUNICIPIO LIBRE DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI ARTICULO 75 "I. LA PROCURACIÓN, DEFENSA Y PROMOCIÓN DE LOS INTERESES MUNICIPALES; II. LA REPRESENTACIÓN JURÍDICA DEL AYUNTAMIENTO EN LOS ASUNTOS EN QUE ÉSTE SEA PARTE, Y EN LA GESTIÓN DE LOS NEGOCIOS DE LA HACIENDA MUNICIPAL, CON TODAS LAS FACULTADES DE UN APODERADO GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS, PUDIENDO ADEMÁS NOMBRAR ANTE LOS TRIBUNALES, DELEGADOS, REPRESENTANTES LEGALES, APODERADOS, COADYUVANTES, SEGÚN SEA EL CASO, ELLO EN LOS TÉRMINOS QUE ESTABLEZCA LA LEY QUE RIJA LA MATERIA EN CUYO PROCEDIMIENTO COMPAREZCA; III. VIGILAR LA CORRECTA APLICACIÓN DEL PRESUPUESTO MUNICIPAL; IV. ASISTIR EN COORDINACIÓN CON EL CONTRALOR INTERNO, A LAS VISITAS DE INSPECCIÓN QUE SE HAGAN A LA TESORERÍA MUNICIPAL; V. VIGILAR CON LA OPORTUNIDAD NECESARIA, QUE SE PRESENTE AL CONGRESO DEL ESTADO EN TIEMPO Y FORMA LA CUENTA PÚBLICA ANUAL; ASIMISMO, CERCIORARSE DE QUE SE ORDENE LA PUBLICACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS MENSUALES, PREVIO CONOCIMIENTO DEL AYUNTAMIENTO; VI. LEGALIZAR LA PROPIEDAD DE LOS BIENES MUNICIPALES E INTERVENIR EN LA FORMULACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE LOS INVENTARIOS DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES DEL MUNICIPIO, EN COORDINACIÓN CON LA OFICIALÍA MAYOR O TESORERÍA, PROCURANDO QUE SE ESTABLEZCAN LOS REGISTROS ADMINISTRATIVOS NECESARIOS PARA SU CONTROL Y VIGILANCIA; VII. ASISTIR PUNTUALMENTE A LAS SESIONES DEL CABILDO Y PARTICIPAR EN LAS DISCUSIONES CON VOZ Y VOTO; VIII. REFRENDAR CON SU FIRMA, CONJUNTAMENTE CON LAS DEL PRESIDENTE MUNICIPAL Y DEL SECRETARIO, LOS CONTRATOS, CONCESIONES Y CONVENIOS QUE AUTORICE EL CABILDO, RESPONSABILIZÁNDOSE DE QUE LOS DOCUMENTOS SE APEGUEN A LA LEY; IX. PRESIDIR LAS COMISIONES PARA LAS CUALES FUERE DESIGNADO; X. INTERVENIR COMO ASESOR EN LAS DEMÁS COMISIONES CUANDO SE TRATE DE DICTÁMENES O RESOLUCIONES QUE AFECTEN AL MUNICIPIO; XI. FUNGIR COMO AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO EN LOS CASOS QUE DETERMINEN LAS LEYES DE LA MATERIA; XII. ASISTIR Y ACREDITAR LOS CURSOS DE INDUCCIÓN, TALLERES DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN QUE INSTRUMENTE E IMPARTA EL EJECUTIVO DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE LA DEPENDENCIA DEL RAMO CORRESPONDIENTE, O POR UNIVERSIDADES PÚBLICAS O PRIVADAS, UNA VEZ QUE CUENTEN CON LA CONSTANCIA DE LA AUTORIDAD ELECTORAL QUE LOS ACREDITE COMO TALES Y ANTES DE TOMAR POSESIÓN DE SU CARGO; ASÍ COMO ASISTIR A LOS CURSOS DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN QUE INSTRUMENTE E IMPARTA LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO, DURANTE EL TIEMPO DEL EJERCICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PARA LA CUAL FUE ELECTO; XIII. PRESENTAR LAS DENUNCIAS Y QUERELLAS ANTE EL MINISTERIO PÚBLICO QUE CORRESPONDA, DENTRO DE LOS TREINTA DÍAS SIGUIENTES A LA EXPEDICIÓN DE LOS DICTÁMENES O RESOLUCIONES QUE EMITA LA CONTRALORÍA INTERNA MUNICIPAL, DENTRO DE LOS PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIOS ADMINISTRATIVOS PROMOVIDOS EN CONTRA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS, CUANDO SE PRESUMA LA PROBABLE COMISIÓN DE UN DELITO, Y
XIV. LAS DEMÁS QUE LE CONCEDAN O LE IMPONGAN LAS LEYES, LOS REGLAMENTOS O EL AYUNTAMIENTO. " http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/nombre_de_la_vista/19C8B963D7EAD8C206258A8A0068FA5E/$File/PERFIL+DE+PUESTOS+EN+GENERAL.docx 0 SECRETARIA GENERAL 26/01/2024 26/12/2023
2023 01/11/2023 30/11/2023 CABILDO REGIDOR REGIDOR CABILDO LEY ORGANICA DEL MUNICIPIO LIBRE DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI ARTICULO 74. "I. Asistir puntualmente a las sesiones del Cabildo participando en las discusiones con voz y voto;II. Desempeñar las comisiones que les encomiende el cabildo, informando a más tardar cada dos
meses en sesión ordinaria, del trabajo realizado y de los resultados obtenidos; III. Proponer al cabildo los acuerdos que deban dictarse para la eficaz prestación de los servicios
públicos, o el mejor ejercicio de las funciones municipales cuya vigilancia les haya sido
encomendada; IV. Vigilar los ramos de la administración municipal que les correspondan, para lo cual contarán
con la información suficiente y expedita de las dependencias municipales, informando
periódicamente de ello al Cabildo; V. Suplir al Presidente en sus faltas temporales en la forma prevista en esta Ley; VI. Concurrir a las ceremonias oficiales y a los demás actos que fueren citados por el Presidente
Municipal; VII. Solicitar se convoque a sesiones ordinarias y extraordinarias al Cabildo. Cuando se rehusare el
Presidente Municipal a convocar a sesión sin causa justificada, o cuando por cualquier motivo no
se encontrare en posibilidad de hacerlo, los regidores podrán convocar en los términos del último
párrafo del artículo 21 de la presente Ley;VIII. Suplir las faltas temporales de los síndicos suplentes en funciones, cuando para ello fueren
designados por el Cabildo;IX. Asistir y acreditar los cursos de inducción, talleres de capacitación y formación que instrumente
e imparta el Ejecutivo del Estado, por conducto de la dependencia del Ramo correspondiente, o
por universidades públicas o privadas, una vez que cuenten con la constancia de la autoridad
electoral que los acredite como tales y antes de tomar posesión de su cargo; así como asistir a los
cursos de capacitación y formación que instrumente e imparta la Auditoría Superior del Estado,
durante el tiempo del ejercicio de la administración para la cual fue electo, yX. Las demás que les otorguen la Ley y los reglamentos aplicables." http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/nombre_de_la_vista/19C8B963D7EAD8C206258A8A0068FA5E/$File/PERFIL+DE+PUESTOS+EN+GENERAL.docx 0 SECRETARIA GENERAL 26/01/2024 26/12/2023
2023 01/11/2023 30/11/2023 JEFES DE DEPARTAMENTO OFICIAL DE REGISTRO CIVIL DIRECTOR OFICIAL DE REGISTRO CIVIL LEY ORGANICA DEL MUNICIPIO LIBRE DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI ARTICULO 82 "I Contar con título profesional de nivel licenciatura; II. No ser pariente consanguíneo o por afinidad, hasta el cuarto grado, de cualquiera de los
integrantes del ayuntamiento, yIII. No haber sido condenado, por sentencia firme, por la comisión de delitos patrimoniales que
hayan ameritado pena privativa de la libertad." http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/nombre_de_la_vista/19C8B963D7EAD8C206258A8A0068FA5E/$File/PERFIL+DE+PUESTOS+EN+GENERAL.docx 0 SECRETARIA GENERAL 26/01/2024 26/12/2023
2023 01/11/2023 30/11/2023 JEFES DE DEPARTAMENTO SECRETARIO DE AYUNTAMIENTO DIRECTOR SECRETARIA GENERAL LEY ORGANICA DEL MUNICIPIO LIBRE DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI ARTICULO 77 "I. Tener bajo su responsabilidad la recepción, organización, sistematización de su contenido,
conservación y dirección del Archivo General del Ayuntamiento; II. Controlar la correspondencia y dar cuenta diaria de todos los asuntos al Presidente Municipal,
para acordar el trámite correspondiente; III. Citar por escrito a los miembros del Ayuntamiento a las sesiones de Cabildo, formando el orden
del día para cada sesión; IV. Estar presente en todas las sesiones de Cabildo con voz informativa, disponiendo de los
antecedentes necesarios para el mejor conocimiento de los negocios que se deban resolver; V. Levantar las actas al término de cada sesión y recabar las firmas de los miembros del
Ayuntamiento presentes, así como de aquellos funcionarios municipales que deban hacerlo; VI. Vigilar que oportunamente en los términos de ley se den a conocer a quienes corresponda, los
acuerdos del Cabildo y del Presidente Municipal, autentificándolos con su firmaVII. Expedir cuando proceda, las copias, credenciales y demás certificaciones que acuerden el
Cabildo y el Presidente Municipal;VIII. Autentificar con su firma las actas y documentos emanados del Cabildo y del Presidente
Municipal;IX. Suscribir las pólizas de pago de la Tesorería, así como los títulos de crédito que se emitan por
el Ayuntamiento, en unión del Presidente Municipal, y del Tesorero, previa revisión del Contralor
Interno; X. Distribuir entre los departamentos o secciones en que se divida la administración municipal los
asuntos que les correspondan, cuidando proporcionar la documentación y datos necesarios para el
mejor despacho de los asuntos; XI. Presentar en las sesiones ordinarias de Cabildo, informe del número de asuntos que hayan sido
turnados a comisiones, los despachados y el total de los pendientes; XII. Expedir las circulares y comunicados en general, que sean necesarios para el buen despacho
de los asuntos del Municipio; XIII. Proporcionar asesoría jurídica a las dependencias municipales; XIV. Compilar las disposiciones jurídicas que tengan vigencia en el Municipio; XV. Coadyuvar con las autoridades federales y estatales cuando así proceda, para el cumplimiento
de lo dispuesto por el artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; XVI. Cuidar el funcionamiento de la Junta Municipal de Reclutamiento; XVII. En los municipios que no cuenten con Oficial Mayor, atender lo relativo a las relaciones
laborales con los empleados del Ayuntamiento; XVIII. Imponer sanciones a quienes corresponda, por violación al Reglamento Interior del
Ayuntamiento, y
XIX. Las demás que le señalen las leyes y reglamentos municipales." http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/nombre_de_la_vista/A1CB520338D1966406258A8A0068E320/$File/PERFIL+DE+SECRETARIO.docx 0 SECRETARIA GENERAL 26/01/2024 26/12/2023
2023 01/11/2023 30/11/2023 JEFES DE DEPARTAMENTO TESORERO DIRECTOR TESORERIA MUNICIPAL LEY ORGANICA DEL MUNICIPIO LIBRE DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI ARTICULO 79 "I. Intervenir en la elaboración de los proyectos de leyes, reglamentos y demás disposiciones
relacionadas con el manejo de los asuntos financieros del Municipio; II. Asumir bajo su estricta responsabilidad lo relativo a las erogaciones que realice fuera de los
presupuestos y programas aprobados por el Ayuntamiento; III. Determinar, liquidar y recaudar los impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos y
aprovechamientos que correspondan al Municipio conforme a la respectiva ley de ingresos
municipal y demás leyes fiscales; así como administrar las participaciones y transferencias en
contribuciones federales y estatales;IV. Resguardar los ingresos que en efectivo recaude por los conceptos enunciados en la fracción
anterior que correspondan al municipio, en términos de la ley de ingresos respectiva, y realizar el
depósito bancario de los mismos al día hábil siguiente de su recaudación; se exceptúa de esta
obligación al ayuntamiento que no cuente en su municipio con institución bancaria, en cuyo caso,
el depósito lo deberá efectuar a más tardar el tercer día hábil siguiente al de su recepción; V. Vigilar el cumplimiento de la leyes, reglamentos y demás disposiciones de carácter fiscal;VI. Tener al corriente el padrón fiscal municipal, así como ordenar y practicar visitas de auditoría
conforme a derecho, a los obligados en materia de contribuciones hacendarias municipales;VII. Ejercer la facultad para hacer efectivo el pago de las contribuciones cuyo cobro le corresponda
al municipio;VIII. Llevar la contabilidad del municipio;IX. Formular mensualmente un estado financiero de los recursos municipales, y presentarlo al
Cabildo, debiendo enviarlo posteriormente para su fiscalización al Congreso del Estado; asimismo,
en los términos acordados por el Ayuntamiento, deberá publicarlo en los primeros diez días del
mes siguiente y exhibirlo en los estrados del ayuntamiento;X. Ejercer el presupuesto anual de egresos y vigilar que los gastos se apliquen de acuerdo con los
programas aprobados por el ayuntamiento, exigiendo que los comprobantes respectivos estén
visados por el presidente municipal, el secretario del ayuntamiento y el presidente de la Comisión
de Hacienda;XI. Intervenir en la formulación de convenios de coordinación fiscal con el Gobierno del EstadoXII. Elaborar el proyecto y someter a la aprobación del cabildo en forma oportuna, la cuenta pública
anual municipal y el presupuesto anual de egresos, el cual deberá incluir los tabuladores
desglosados de las remuneraciones que se propone perciban sus servidores públicos, sujetándose
a las bases previstas en el artículo 133 de la Constitución Política del Estado, y XIII. Las demás que le señalen las leyes y reglamentos municipales." http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/nombre_de_la_vista/084983F848088BDA06258A8A0068EF4A/$File/PERFIL+DE+TESORERO.docx 0 SECRETARIA GENERAL 26/01/2024 26/12/2023
2023 01/11/2023 30/11/2023 JEFES DE DEPARTAMENTO COORDINACION DE DESARROLLO SOCIAL DIRECTOR DESARROLLO SOCIAL LEY ORGANICA DEL MUNICIPIO LIBRE DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI ARTICULO 16 "I. ADMINISTRAR, COORDINAR, Y SUPERVISAR EL DESARROLLO DE PROGRAMAS Y OBRAS DE LOS FONDOS MUNICIPALES PROVENIENTES DEL RAMO 33. II. COORDINAR OBRAS Y ACCIONES FINANCIADAS POR EL FONDO DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL Y EL FONDO DE FORTALECIMIENTO MUNICIPAL. III. GESTIONAR RECURSO CON DEPENDENCIAS FEDERALES Y ESTATALES YA SEA DE MANERA DIRECTA O CONVENIADAS. IV. DAR SEGUIMIENTO A LOS ACUERDOS DEL CONSEJO DE DESARROLLO SOCIAL CADA FIN DE MES, PARA LA APLICACIÓN Y EJECUCIÓN DE LOS PROGRAMAS A SU CARGO, DE ACUERDO A LO QUE ESTABLE LA LEY PARA LA ADMINISTRACIÓN DE LAS APORTACIONES TRANSFERIDAS A ESTADOS Y MUNICIPIOS DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ. V. ATENDER LAS DEMANDAS DE LAS COMUNIDADES DEL MUNICIPIO EN BASE A SOLICITUDES DE LA POBLACIÓN Y PRIORIDADES DE BENEFICIO COMÚN. VI. RECIBIR PROPUESTAS DE OBRAS Y ACCIONES QUE TENGAN QUE VER CON EL DESARROLLO SOCIAL QUE PLANTEEN LAS COMUNIDADES. VII. SUPERVISAR EL DESEMPEÑO DE LAS LABORES ENCOMENDADAS AL PERSONAL ASIGNADO AL ÁREA. VIII. ELABORAR LOS PLANES Y PROGRAMAS DEL ÁREA, CON SUS RESPECTIVOS INDICADORES UTILIZANDO ALGUNOS DE LOS CRITERIOS DE: EFICIENCIA, EFICACIA, ECONOMÍA Y CALIDAD, SEGÚN SEA EL CASO Y ALINEADOS AL PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO. IX. DAR RESPUESTA A LAS SOLICITUDES DE INFORMACIÓN CUANDO LE SEAN REQUERIDAS POR LA UNIDAD DE INFORMACIÓN PÚBLICA. X. ELABORAR INFORME DE LAS ACTIVIDADES REALIZADAS DE SU ÁREA Y PRESENTARLO A SU JEFE



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidadC5DDA62D1F538D5206258A910072113BCreado el 12/26/2023 02:46:55 PM
Carátula de registro6CA954983292333106258A910072176DAutorcedral slp
Registro819285B1CF1FAF6A06258A91007228A8Tipo de documento1 Registro general




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de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
derecho de acceso a la información púbica.
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