Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadoase slp
Auditoria Superior del Estado de San Luis Potosí

Periodo
11 Noviembre2023

ObligaciónLos sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan

Obligación específica.
Ingresos recibidos por cualquier concepto por el sujeto obligado.

A ) Artículo84

B ) FracciónIV

C ) IncisoA


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Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Ingresos_Ingresos recibidos por cualquier concepto por el sujeto obligado LTAIPSLP84IVA Los sujetos obligados publicarán información sobre los recursos recibidos por cualquier concepto, de conformidad con la respectiva ley de ingresos, incluidos, los obtenidos por impuestos, cuotas y aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, ventas de bienes y servicios, participaciones y aportaciones, transferencias, asignaciones, subsidios, ayudas e ingresos derivados de financiamientos
Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Rubro de los ingresos Tipo de ingresos Monto de los ingresos Fuente de los ingresos Denominación de la entidad o dependencia que entregó los ingresos Fecha de los ingresos recibidos Hipervínculo a los informes de destino de los ingresos recibidos Número de entero Concepto Contribuyente (persona física/ persona moral) Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2023 01/11/2023 30/11/2023 5 Productos 51 Productos 3.49 14 Ingresos propios BBVA MÉXICO S.A. 01/11/2023 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/nombre_de_la_vista/0C9F71140C8E845C06258A7F006AC80E/$File/PresupuestoIngresos_Ene_Nov.pdf 0 Rendimientos Persona moral Coordinación General de Administración-Contabilidad 08/12/2023 08/12/2023 Sin notas/“La información contenida en el presente documento debe apegarse a lo estipulado en el artículo Transitorio Segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí que refiere: “En tanto se armonizan las leyes secundarias conforme a lo establecido en este Decreto, las referencias que hagan a la Auditoría Superior del Estado se entenderán hechas al Instituto de Fiscalización Superior del Estado.” Así como a los artículos Séptimo y Décimo Transitorios de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de San Luis Potosí que establecen: SÉPTIMO. El Instituto de Fiscalización Superior dentro del plazo de los ciento veinte días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de este Decreto, realizará la armonización de sus disposiciones reglamentarias y demás normatividad aplicable, conforme a las disposiciones de la nueva Ley que se expide mediante el presente Decreto. DÉCIMO. Los recursos humanos, financieros y materiales con los que actualmente cuenta la Auditoría Superior del Estado pasarán a formar parte del Instituto de Fiscalización Superior, por lo que el personal conservará y se le tendrá por reconocida su antigüedad, así como todos sus derechos y prestaciones previamente adquiridas. Igualmente las obligaciones de cualquier tipo previamente adquiridas por la Auditoría Superior del Estado, se entenderán del Instituto de Fiscalización Superior.”
2023 01/11/2023 30/11/2023 No se genera No se genera 73 No se genera Instituto de Fiscalización Superior del Estado de San Luis Potosí 21/11/2023 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/nombre_de_la_vista/0C9F71140C8E845C06258A7F006AC80E/$File/PresupuestoIngresos_Ene_Nov.pdf F-0180 Reintegro de viáticos Persona física Coordinación General de Administración-Contabilidad 08/12/2023 08/12/2023 Depósitos por concepto de devoluciones de viáticos y otros concepto que no generan Clasificadores por rubro de Ingresos (CRI)/“La información contenida en el presente documento debe apegarse a lo estipulado en el artículo Transitorio Segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí que refiere: “En tanto se armonizan las leyes secundarias conforme a lo establecido en este Decreto, las referencias que hagan a la Auditoría Superior del Estado se entenderán hechas al Instituto de Fiscalización Superior del Estado.” Así como a los artículos Séptimo y Décimo Transitorios de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de San Luis Potosí que establecen: SÉPTIMO. El Instituto de Fiscalización Superior dentro del plazo de los ciento veinte días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de este Decreto, realizará la armonización de sus disposiciones reglamentarias y demás normatividad aplicable, conforme a las disposiciones de la nueva Ley que se expide mediante el presente Decreto. DÉCIMO. Los recursos humanos, financieros y materiales con los que actualmente cuenta la Auditoría Superior del Estado pasarán a formar parte del Instituto de Fiscalización Superior, por lo que el personal conservará y se le tendrá por reconocida su antigüedad, así como todos sus derechos y prestaciones previamente adquiridas. Igualmente las obligaciones de cualquier tipo previamente adquiridas por la Auditoría Superior del Estado, se entenderán del Instituto de Fiscalización Superior.”
2023 01/11/2023 30/11/2023 No se genera No se genera 102 No se genera Instituto de Fiscalización Superior del Estado de San Luis Potosí 21/11/2023 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/nombre_de_la_vista/0C9F71140C8E845C06258A7F006AC80E/$File/PresupuestoIngresos_Ene_Nov.pdf F-0181 Reintegro de viáticos Persona física Coordinación General de Administración-Contabilidad 08/12/2023 08/12/2023 Depósitos por concepto de devoluciones de viáticos y otros concepto que no generan Clasificadores por rubro de Ingresos (CRI)/“La información contenida en el presente documento debe apegarse a lo estipulado en el artículo Transitorio Segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí que refiere: “En tanto se armonizan las leyes secundarias conforme a lo establecido en este Decreto, las referencias que hagan a la Auditoría Superior del Estado se entenderán hechas al Instituto de Fiscalización Superior del Estado.” Así como a los artículos Séptimo y Décimo Transitorios de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de San Luis Potosí que establecen: SÉPTIMO. El Instituto de Fiscalización Superior dentro del plazo de los ciento veinte días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de este Decreto, realizará la armonización de sus disposiciones reglamentarias y demás normatividad aplicable, conforme a las disposiciones de la nueva Ley que se expide mediante el presente Decreto. DÉCIMO. Los recursos humanos, financieros y materiales con los que actualmente cuenta la Auditoría Superior del Estado pasarán a formar parte del Instituto de Fiscalización Superior, por lo que el personal conservará y se le tendrá por reconocida su antigüedad, así como todos sus derechos y prestaciones previamente adquiridas. Igualmente las obligaciones de cualquier tipo previamente adquiridas por la Auditoría Superior del Estado, se entenderán del Instituto de Fiscalización Superior.”
2023 01/11/2023 30/11/2023 5 Productos 51 Productos 50.51 14 Ingresos propios BBVA MÉXICO S.A. 01/11/2023 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/nombre_de_la_vista/0C9F71140C8E845C06258A7F006AC80E/$File/PresupuestoIngresos_Ene_Nov.pdf 0 Rendimientos Persona moral Coordinación General de Administración-Contabilidad 08/12/2023 08/12/2023 Sin notas/“La información contenida en el presente documento debe apegarse a lo estipulado en el artículo Transitorio Segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí que refiere: “En tanto se armonizan las leyes secundarias conforme a lo establecido en este Decreto, las referencias que hagan a la Auditoría Superior del Estado se entenderán hechas al Instituto de Fiscalización Superior del Estado.” Así como a los artículos Séptimo y Décimo Transitorios de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de San Luis Potosí que establecen: SÉPTIMO. El Instituto de Fiscalización Superior dentro del plazo de los ciento veinte días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de este Decreto, realizará la armonización de sus disposiciones reglamentarias y demás normatividad aplicable, conforme a las disposiciones de la nueva Ley que se expide mediante el presente Decreto. DÉCIMO. Los recursos humanos, financieros y materiales con los que actualmente cuenta la Auditoría Superior del Estado pasarán a formar parte del Instituto de Fiscalización Superior, por lo que el personal conservará y se le tendrá por reconocida su antigüedad, así como todos sus derechos y prestaciones previamente adquiridas. Igualmente las obligaciones de cualquier tipo previamente adquiridas por la Auditoría Superior del Estado, se entenderán del Instituto de Fiscalización Superior.”
2023 01/11/2023 30/11/2023 No se genera No se genera 215 No se genera Órgano Fiscalizador/Personal de fiscalización 06/11/2023 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/nombre_de_la_vista/0C9F71140C8E845C06258A7F006AC80E/$File/PresupuestoIngresos_Ene_Nov.pdf F-0136 Devolución a favor gastos de viaje Persona física Coordinación General de Administración-Contabilidad 08/12/2023 08/12/2023 Depósitos por concepto de devoluciones de viáticos y otros concepto que no generan Clasificadores por rubro de Ingresos (CRI)/“La información contenida en el presente documento debe apegarse a lo estipulado en el artículo Transitorio Segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí que refiere: “En tanto se armonizan las leyes secundarias conforme a lo establecido en este Decreto, las referencias que hagan a la Auditoría Superior del Estado se entenderán hechas al Instituto de Fiscalización Superior del Estado.” Así como a los artículos Séptimo y Décimo Transitorios de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de San Luis Potosí que establecen: SÉPTIMO. El Instituto de Fiscalización Superior dentro del plazo de los ciento veinte días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de este Decreto, realizará la armonización de sus disposiciones reglamentarias y demás normatividad aplicable, conforme a las disposiciones de la nueva Ley que se expide mediante el presente Decreto. DÉCIMO. Los recursos humanos, financieros y materiales con los que actualmente cuenta la Auditoría Superior del Estado pasarán a formar parte del Instituto de Fiscalización Superior, por lo que el personal conservará y se le tendrá por reconocida su antigüedad, así como todos sus derechos y prestaciones previamente adquiridas. Igualmente las obligaciones de cualquier tipo previamente adquiridas por la Auditoría Superior del Estado, se entenderán del Instituto de Fiscalización Superior.”
2023 01/11/2023 30/11/2023 No se genera No se genera 300018.72 No se genera Instituto de Fiscalización Superior del Estado de San Luis Potosí 07/11/2023 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/nombre_de_la_vista/0C9F71140C8E845C06258A7F006AC80E/$File/PresupuestoIngresos_Ene_Nov.pdf 0 Inversión BBVA MÉXICO S.A. Coordinación General de Administración-Contabilidad 08/12/2023 08/12/2023 Depósitos por concepto de devoluciones de viáticos y otros concepto que no generan Clasificadores por rubro de Ingresos (CRI)/“La información contenida en el presente documento debe apegarse a lo estipulado en el artículo Transitorio Segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí que refiere: “En tanto se armonizan las leyes secundarias conforme a lo establecido en este Decreto, las referencias que hagan a la Auditoría Superior del Estado se entenderán hechas al Instituto de Fiscalización Superior del Estado.” Así como a los artículos Séptimo y Décimo Transitorios de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de San Luis Potosí que establecen: SÉPTIMO. El Instituto de Fiscalización Superior dentro del plazo de los ciento veinte días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de este Decreto, realizará la armonización de sus disposiciones reglamentarias y demás normatividad aplicable, conforme a las disposiciones de la nueva Ley que se expide mediante el presente Decreto. DÉCIMO. Los recursos humanos, financieros y materiales con los que actualmente cuenta la Auditoría Superior del Estado pasarán a formar parte del Instituto de Fiscalización Superior, por lo que el personal conservará y se le tendrá por reconocida su antigüedad, así como todos sus derechos y prestaciones previamente adquiridas. Igualmente las obligaciones de cualquier tipo previamente adquiridas por la Auditoría Superior del Estado, se entenderán del Instituto de Fiscalización Superior.”
2023 01/11/2023 30/11/2023 No se genera No se genera 3734.89 No se genera Intituto de Fiscalización Superior del Estado de San Luis Potosí 07/11/2023 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/nombre_de_la_vista/0C9F71140C8E845C06258A7F006AC80E/$File/PresupuestoIngresos_Ene_Nov.pdf F-0137 Cancelación fondo de consumo por jornadas extraordinarias Personas físicas Coordinación General de Administración-Contabilidad 08/12/2023 08/12/2023 Depósitos por concepto de devoluciones de viáticos y otros concepto que no generan Clasificadores por rubro de Ingresos (CRI)/“La información contenida en el presente documento debe apegarse a lo estipulado en el artículo Transitorio Segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí que refiere: “En tanto se armonizan las leyes secundarias conforme a lo establecido en este Decreto, las referencias que hagan a la Auditoría Superior del Estado se entenderán hechas al Instituto de Fiscalización Superior del Estado.” Así como a los artículos Séptimo y Décimo Transitorios de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de San Luis Potosí que establecen: SÉPTIMO. El Instituto de Fiscalización Superior dentro del plazo de los ciento veinte días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de este Decreto, realizará la armonización de sus disposiciones reglamentarias y demás normatividad aplicable, conforme a las disposiciones de la nueva Ley que se expide mediante el presente Decreto. DÉCIMO. Los recursos humanos, financieros y materiales con los que actualmente cuenta la Auditoría Superior del Estado pasarán a formar parte del Instituto de Fiscalización Superior, por lo que el personal conservará y se le tendrá por reconocida su antigüedad, así como todos sus derechos y prestaciones previamente adquiridas. Igualmente las obligaciones de cualquier tipo previamente adquiridas por la Auditoría Superior del Estado, se entenderán del Instituto de Fiscalización Superior.”
2023 01/11/2023 30/11/2023 No se genera No se genera 3761 No se genera Órgano Fiscalizador/Personal de fiscalización 09/11/2023 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/nombre_de_la_vista/0C9F71140C8E845C06258A7F006AC80E/$File/PresupuestoIngresos_Ene_Nov.pdf F-0138 Devolución a favor gastos de viaje Persona física Coordinación General de Administración-Contabilidad 08/12/2023 08/12/2023 Depósitos por concepto de devoluciones de viáticos y otros concepto que no generan Clasificadores por rubro de Ingresos (CRI)/“La información contenida en el presente documento debe apegarse a lo estipulado en el artículo Transitorio Segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí que refiere: “En tanto se armonizan las leyes secundarias conforme a lo establecido en este Decreto, las referencias que hagan a la Auditoría Superior del Estado se entenderán hechas al Instituto de Fiscalización Superior del Estado.” Así como a los artículos Séptimo y Décimo Transitorios de la Ley de Fiscalización Superior del Estad



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidadDAA04513F8AEDB7F06258A7F006AE816Creado el 12/08/2023 01:28:50 PM
Carátula de registro8F8B9EA2A2432CF006258A7F006AEB39Autorase slp
Registro17C58EA967C9FD6F06258A7F006B02CFTipo de documento1 Registro general




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