Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadoccl slp
Centro de conciliación laboral

Periodo
11 Noviembre2022

ObligaciónLas condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos.

Obligación específica.
Los trámites, requisitos y formatos que ofrecen.

A ) Artículo84

B ) FracciónXXV

C ) Inciso


Registro general

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LTAIPSLP84XXV.xlsx

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2022.nsf/nombre_de_la_vista/20C3463450C6740C862589150009EB72/$File/LTAIPSLP84XXV.xlsx




Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Trámites ofrecidos LTAIPSLP84XXV La información relacionada con las tareas administrativas que realizan los sujetos obligados en sus diferentes ámbitos con el objeto de atender las peticiones que realicen los particulares ya sea para la obtención de un beneficio, o cumplir con alguna obligación ante una autoridad, de conformidad con la normatividad respecto de los trámites que realizan. Generalmente éstos implican la entrega de información ante una autoridad por parte de los particulares. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Nombre del trámite Descripción de trámite Tipo de usuario y/o población objetivo Modalidad del trámite Hipervínculo a los requisitos para llevar a cabo el trámite Documentos requeridos, en su caso Hipervínculo al/los formatos respectivos Última fecha de publicación en el medio de difusión Tiempo de respuesta por parte del sujeto Obligado Plazo con el que cuenta el sujeto obligado para prevenir al solicitante Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención Vigencia de los resultados del trámite "Área y datos de contacto del lugar donde se realiza el trámite
Tabla_549861" Monto de los derechos o aprovechamientos aplicables, en su caso Sustento legal para su cobro "Lugares donde se efectúa el pago
Tabla_549863" Fundamento jurídico-administrativo de la existencia del trámite Derechos del usuario Información adicional del trámite, en su caso "Medio que permita el envío de consultas y documentos
Tabla_566306" "Lugares para reportar presuntas anomalías
Tabla_549862" Hipervínculo al Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios o sistema homólogo Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2022 01/11/22 30/11/22 Soilicitud de Audiencia Conciliactoria Prejudicial Antes de acudir a los Tribunales, los trabajadores y patrones deberán asistir al Centro de Conciliación correspondiente para solicitar el inicio del procedimiento de conciliación, con excepción de aquellos supuestos que están eximidos de agotarla, conforme a lo previsto en esta Ley Trabajadores y patrones Comparecencia no se genera información "1.- Identificacion Oficial de solicitante o citado 2.- Tratándose de apoderado, la personalidad se acreditará conforme a las siguientes reglas: I. Cuando el compareciente actúe como apoderado de persona física, podrá hacerlo mediante poder notarial o carta poder firmada por el otorgante y ante dos testigos, sin necesidad de ser ratificada ante el Tribunal; II. Los abogados patronos o asesores legales de las partes, sean o no apoderados de éstas, deberán acreditar ser abogados o licenciados en derecho con cédula profesional o personas que cuenten con carta de pasante vigente expedida por la autoridad competente para ejercer dicha profesión. Sólo se podrá autorizar a otras personas para oír notificaciones y recibir documentos, pero éstas no podrán comparecer en las audiencias ni efectuar promoción alguna; III. Cuando el compareciente actúe como apoderado de persona moral, podrá acreditar su personalidad mediante testimonio notarial o carta poder otorgada ante dos testigos, previa comprobación de que quien le otorga el poder está legalmente autorizado para ello; y IV. Los representantes de los sindicatos acreditarán su personalidad con la certificación que les extienda la autoridad registradora correspondiente, de haber quedado inscrita la directiva del sindicato. También podrán comparecer por conducto de apoderado legal, quien en todos los casos deberá ser abogado, licenciado en derecho o pasante." http://www.cegaipslp.org.mx/HV2022.nsf/nombre_de_la_vista/BCC9AA4666DFB600862588D7006E037A/$File/LTAIPSLP84XXV.xlsx 10/09/22 En el mismo dia 03 dias apartir de la recepción de la solicitud 03 dias apartir del dia siguiente en que surta efectos la notificacion 30/11/22 1, 2, 3, 4 0 no se genera informacion 1 Capitulo trece bis de la Ley federal del Trabajo Salvaguardar los derechos irrenunciables del trabajador; Observar los principios de conciliación, imparcialidad, neutralidad, flexibilidad, legalidad, equidad, buena fe, información, honestidad, y confidencialidad; Tratar con la debida equidad y respeto a los interesados, procurando que todas las conciliaciones que se realicen concluyan en arreglos satisfactorios para los mismos respetando los derechos de las partes no se genera información 1 1 no se genera información Coordinacion de Conciliación 10/12/22 10/12/22 ninguna



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidadD6FBF83D4DB22C23862589150009D3F6Creado el 12/10/2022 07:48:20 PM
Carátula de registro0D18D9526A52980B862589150009DBC7Autorccl slp
Registro20C3463450C6740C862589150009EB72Tipo de documento1 Registro general




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