Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadoguadalcazar slp
Guadalcázar

Periodo
07 Julio2022

ObligaciónLos sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan

Obligación específica.
Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables.

A ) Artículo84

B ) FracciónV

C ) Inciso


Registro general

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LTAIPSLP84V (32).xlsx

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Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Estructura Orgánica LTAIPSLP84V Se deberá publicar la estructura vigente, es decir, la que está en operación en el sujeto obligado y ha sido aprobada y/o dictaminada por la autoridad competente. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Denominación del área Denominación del puesto Denominación del cargo (de conformidad con nombramiento otorgado) Área de adscripción inmediata superior Denominación de la norma que establece atribuciones, responsabilidades y/o funciones y el fundamento legal (artículo y/o fracción) Atribuciones, responsabilidades y/o funciones, según sea el caso Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso Número total de prestadores de servicios profesionales Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2023 01/07/2023 31/07/2023 DIRECCION DE ALCOHOLES DIRECTOR DIRECTOR DE ALCOHOLES SECRETARIA GENERAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE GUADALCÁZAR ARTICULO 52. REGLAMENTO INTERIOR DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA DEL H. AYUNTAMIENTO DE GUADALCÁZAR, S.L.P. REGULAR LA VENTA, DISTRIBUCIÓN, CONSUMO Y SUMINISTRO Y PERMISOS DE VENTA DE BEBIDAS ALCOHOLICAS EN EL MUNICIPIO Y COMBATIR EL ABUSO EN EL CONSUMO DE ESTAS. http://www.cegaipslp.org.mx/HV2021Tres.nsf/nombre_de_la_vista/75D8B3CA184BD152862587A400662193/$File/PERFIL+DE+PUESTO+DE+TRABAJO+84V.pdf 0 INSPECCIÓN DE ALCOHOLES 21/12/2023 21/12/2023 EL DEPARTAMENTO YA SE ENTREGO AL SINDICO LA PROPUESTA DE REGLAMENTO INTERNO, PARA SER PROPUESTO A LA MESA DE CABILDO, PARA LO CUAL DE FORMA PROVISIONA LAS FUNCIONES Y FUNDAMENTOS LEGALES SE DENOMINAN DE ACUERDO AL REGLAMENTO ESTATAL AL DIA DE HOY. 2023 01/07/2023 31/07/2023 Cultura Director Director Secretaria Genaral Articulo 1 en relacion con el articulo 25 Coordinar, fomentar, organizar, promover, apoyar, planear todas las actividades culturales que se realicen en el municipio de Guadalcazar s.l.p. http://www.cegaipslp.org.mx/HV2022Dos.nsf/nombre_de_la_vista/9D77645540F543968625896B00717EE2/$File/CURRICULUM.pdf 3 CULTURA 21/12/2023 21/12/2023 sin notas
2023 01/07/2023 31/07/2023 Deporte Director Director Dirección deporte Reglamento Interno de la Administracion Publica Coordinar, fomentar, organizar, promover, apoyar y planear todas las actividades deportivas que se realicen en el municipio de Guadalcazar s.l.p. http://www.cegaipslp.org.mx/HV2021Dos.nsf/nombre_de_la_vista/5D39B9BF7541A8C486258787006F109A/$File/curriculum.pdf 3 DEPORTE 21/12/2023 21/12/2023 SIN NOTAS
2023 01/07/2023 31/07/2023 Archivo Municipal Director Director de Archivo Municipal Secretaria General Reglamento Interno coordinar los trabajos para la elaboracion de los principales instrumentos de control archivistica dentro del ente obligado establecer en coordinacion con la instancia responsable coadyuvar con la instancia responsable de la funcion dentro del ente obligado http://www.cegaipslp.org.mx/HV2021Dos.nsf/nombre_de_la_vista/333461E69557AC7386258789005AC9D4/$File/OFICIO+V.pdf 0 Archivo Municipal 21/12/2023 21/12/2023 Sin Nota
2023 01/07/2023 31/07/2023 CONTRALORÍA INTERNA CONTRALOR INTERNO CONTRALOR INTERNO CONTRALORÍA INTERNA LEY ORGANICA DEL MINICIPIO LIBRE DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ "• Facilitar el reconocimiento de las operaciones de ingresos, gastos, activos, pasivos y patrimoniales de los entes públicos; • Facilite el registro y control de los inventarios de los bienes muebles e inmuebles de los entes públicos. • Cuidar que el cumplimiento de las atribuciones, funciones y programas de la administración municipal se lleven a cabo con estricto apego a los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, y eficiencia que deben regir al servicio público. • Vigilar que la ejecución de los programas y el ejercicio del presupuesto se ajuste a las normas y disposiciones que regulen su funcionamiento. • Vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales, planes, políticas, normas, y procedimientos aplicables a las operaciones de la administración municipal. • Verificar que el manejo y aplicación de los recursos humanos, materiales y financieros, se realice en términos de economía, eficiencia, y eficacia, ajustados a las políticas de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria aprobada por el Ayuntamiento. • Prevenir y combatir la corrupción, negligencia, ineficiencia y deshonestidad de los servidores públicos de la administración municipal. • Planear, programar, organizar y coordinar el sistema de control y evaluación municipal. • Fiscalizar el ingreso y el ejercicio del gasto público municipal, y su congruencia con el presupuesto de egresos, y la Legislación de la materia. • Vigilar que los recursos y aportaciones Federales y Estatales, asignadas al Municipio, se apliquen en los términos estipulados en las Leyes, Reglamentos y convenios respectivos. • Proveer los elementos necesarios para la adecuada toma de decisiones y en su caso promover acciones tendientes a prevenir, corregir o hacer eficientes las operaciones de las áreas administrativas municipales. • Complementar y adecuar su marco reglamentario y normativo en materia de control y evaluación Municipal. • Verificar, examinar y evaluar la organización, la implantación de los controles internos, la productividad tanto externa como interna y la observación de la Legislación, por parte de las áreas administrativas municipales, con el propósito de dictaminar el grado de economía, eficiencia y eficacia en el manejo de los recursos para el efectivo logro de las metas y objetivos. • Comprobar que la implementación, programación, contratación y ejecución de las obras públicas se realice conforme a la normatividad establecida, así como comprobar la correcta y oportuna aplicación de los recursos y su congruencia con los reportes financieros de acuerdo al avance físico. • Promover que los servidores públicos se conduzcan en forma honesta y transparente, en cuanto al uso y aplicación de los recursos puestos a su disposición, mediante la operación del sistema de recepción de las Declaraciones Patrimoniales, y en su caso, de oficio o por denuncia, investigar su riqueza patrimonial y dar el cauce administrativo o legal que proceda. • Vigilar la aplicación y el funcionamiento de los instrumentos, sistemas y procedimientos de control de la administración pública municipal. • Establecer instrumentos que faciliten a la población el trámite de inconformidades, quejas y denuncias que se formulen por el incumplimiento y desviaciones de responsabilidades de los servidores públicos en el desarrollo de sus funciones. • Determinar de oficio o a solicitud de parte, la procedencia de faltas y desviaciones en la actuación de los servidores públicos, mediante el análisis e investigación de éstos, para dictaminar el fincar responsabilidades, cuando así proceda. • Coadyuvar a la modernización y simplificación de los procedimientos de la administración pública municipal, con base en los programas y políticas establecidas al respecto, y en las propuestas y necesidades de la comunidad. " http://www.cegaipslp.org.mx/HV2021Dos.nsf/nombre_de_la_vista/1B64B553D5671C6A86258788006D52F8/$File/TITULO+ERIK.jpeg 0 CONTRALORÍA INTERNA 21/12/2023 21/12/2023 SIN NOTA
2023 01/07/2023 31/07/2023 DIRECCION DE ECOLOGIA Y MEDIO AMBIENTE DIRECTOR DIRECTOR DE ECOLOGIA Y MEDIO AMBIENTE H. AYUNTAMIENTO REGLAMENTO ESTATAL - Art 28 fracc I II III IV V VI Y VII *La vigilancia y control en el municipio del cumplimiento de las disposiciones legales federales que tienden a prevenir las condiciones ambientales.*Autorizacion de permisos de poda de arboles. *Autorizacion de licencia de uso de suelo.*Autorizacion de licencia de construccion.*Canalizar Solicitudes y apoyos a la comición Nacional Forestal.*Trabajar en Coordinación con los diversos programas de Semarnat.*Asistir a los eventos convocados por Presidente municipal o Secretaria General.*Gestionar los apoyos necesarios para el buen funcionamiento del departamento. *Acudir a las reuniones convocadas donde sea requerido.*Firmar, Sellar y expedir documentación que se requiera. http://www.cegaipslp.org.mx/HV2021Dos.nsf/nombre_de_la_vista/61CC1D98D2667C3D8625878900755C69/$File/84V.pdf 0 ECOLOGIA Y MEDIO AMBIENTE 21/12/2023 21/12/2023 SIN NOTA
2023 01/07/2023 31/07/2023 Proteccion civil Director Director H Ayuntamiento Reglamento Estatal Planear y organizar el auxilio que presente el municipio a las personas en estado vulnerable en temporada de frio, Elaborar planes para el combate de incendios forestales, dando mejor atencion a la pevencion de desastres; establecer reglamento interno, organizar la ayuda y a la ciudadania en caso de que ocurra algun desastre natural o provocado por el hombre como (Granizadas, Inundaciones, Sismos, Huracanes, Heladas, derrames de sustancias tòxicas he incendios). http://www.cegaipslp.org.mx/HV2021Dos.nsf/nombre_de_la_vista/B35F95B49D5372678625877A005FBCCA/$File/84V.pdf 1 Proteccion civil 21/12/2023 21/12/2023 sin notas
2023 01/07/2023 31/07/2023 Direccion de agua potable y alcantarillado Director Director de agua potable y alcantarillado Secretaria Ley de aguas del estado de San Luís potosí, Cap. II, Art. 79, Art. 183 De la Prestación de los Servicios por los ayuntamientos (REFORMADO P.O. 30 DE JUNIO DE 2015) ARTÍCULO 79. Cuando los servicios públicos de agua potable, alcantarillado sanitario, alcantarillado pluvial, tratamiento y disposición de aguas residuales sean prestados de forma centralizada por los ayuntamientos, éstos tendrán a su cargo:I.                     Realizar los actos necesarios para la prestación de los servicios públicos en su circunscripción territorial, atendiendo a la Ley de Aguas Nacionales y su reglamento, la legislación de equilibrio ecológico y protección al ambiente, las normas oficiales mexicanas y la legislación aplicable que se emita con relación a los mismos, la presente Ley y sus reglamentos; (REFORMADA P.O. 30 DE JUNIO DE 2015)HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI INSTITUTO DE INVESTIGACIONES LEGISLATIVAS Descargala en: www.congresosanluis.gob.mx 37 II.                   Realizar por sí, o a través de terceros a los que se les concesionen, o con quien se celebre contrato de conformidad con esta Ley, las obras de infraestructura hidráulica para la prestación, operación, conservación y mantenimiento de los servicios públicos de agua potable, alcantarillado sanitario, alcantarillado pluvial, tratamiento y disposición de las aguas residuales; III.                 Planear y programar la prestación de los servicios públicos a que se refiere la presente Ley, elaborando y actualizando anualmente el programa operativo; IV.                Celebrar los contratos y convenios necesarios para el cumplimiento de sus atribuciones, en los términos de la legislación aplicable; V.                  Realizar las gestiones que sean necesarias a fin de obtener los financiamientos que se requieran para la más completa prestación de los servicios públicos, en los términos de la legislación aplicable; VI.                Constituir y manejar fondos de reserva para la rehabilitación, ampliación y mejoramiento de los sistemas a su cargo, para la reposición de sus activos fijos y para el servicio de su deuda; VII.               Pagar oportunamente las contribuciones federales y estatales en materia de agua y bienes inherentes nacionales y estatales, que establece la legislación fiscal aplicable; VIII.             Elaborar los programas y presupuestos anuales de ingresos y egresos derivados de la prestación de los servicios públicos, para su debida autorización en el cabildo; IX.                 Determinar con base en las fórmulas elaboradas por la Comisión y aprobadas por el Congreso, las adecuaciones a las cuotas y tarifas relativas a los servicios públicos, y proponerlas en su ley de ingresos; X.                   Presentar al Congreso, en forma de iniciativa, la propuesta de cuotas y tarifas que le remita el organismo operador, cuando lo hubiere, respetando la estructura y montos propuestos. Tratándose de organismos operadores intermunicipales, la presentación al Congreso correrá a cargo del ayuntamiento cuyo municipio cuente con el mayor número de habitantes; (REFORMADO P.O. 30 DE JUNIO DE 2015) XI.                 Previo apercibimiento, ordenar y ejecutar la suspensión de los servicios públicos en los términos de la presente Ley, siempre y cuando se acredite la notificación que haya otorgado al usuario el término de tres días para realizar el pago; empero, cuando el servicio sea para uso doméstico, únicamente se podrá restringir el suministro a la cantidad necesaria para satisfacer los requerimientos básicos de consumo humano, respetando en todo momento los parámetros constitucionales e internacionales; XII.               Formular y mantener actualizado el padrón de usuarios de los servicios públicos a su cargo; XIII.             Promover la participación de los sectores social y privado en la prestación de los servicios públicos; XIV.             Promover programas de suministro de agua potable, de uso racional
y eficiente del agua y de desinfección intradomiciliaria; XV.              Procurar la selección del personal directivo tomando en consideración la experiencia profesional comprobada en la materia, y desarrollar programas de capacitación y adiestramiento para su personal; HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI INSTITUTO DE INVESTIGACIONES LEGISLATIVAS Descargala en: www.congresosanluis.gob.mx 38 XVI.             Solicitar a las autoridades competentes, para la mejor prestación de los servicios públicos, la expropiación, ocupación temporal, total o parcial de bienes, o la limitación de los derechos de dominio, en los términos de ley; XVII.           Cobrar invariablemente las cuotas y tarifas por los servicios públicos que preste, en términos de ley; XVIII.         Otorgar los permisos de descargas de aguas residuales a los sistemas de drenaje, en los términos de la normatividad aplicable; XIX.             Llevar a cabo campañas continuas de cultura del agua entre la población, primordialmente para promover el uso racional del agua, evitar su contaminación; y colaborar en el sostenimiento y preservación de los servicios públicos; XX.               Realizar las visitas de inspección y verificación conforme lo establecido en la ley; los reglamentos y la Ley de Procedimientos Administrativos del Estado y municipios de San Luis Potosí; XXI.             Aplicar las sanciones por las infracciones que se cometan a esta Ley y sus reglamentos; (REFORMADA P.O. 30 DE JUNIO DE 2015) XXII.           Resolver los recursos y demás medios de impugnación interpuestos en contra de sus actos o resoluciones; (ADICIONADA P.O. 30 DE JUNIO DE 2015) XXIII.         En lo que respecta al alcantarillado pluvial, será a través del ayuntamiento o, de los organismos operadores, en su caso, en el área de su circunscripción, quien determine la elaboración de estudios y obras que se requieran para captar, conducir, regular, aprovechar, controlar y/o transitar los escurrimientos pluviales que se generen en una zona determinada de la ciudad o en nuevos centros de población, hasta su descarga en un c



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidadAE7B408AF3ACA98F06258A8C0066FC3CCreado el 12/21/2023 12:46:00 PM
Carátula de registroA191B02C17748C0106258A8C0066FF16Autorguadalcazar slp
RegistroF2F947AE1FE6B8CC06258A8C006716DETipo de documento1 Registro general




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