Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadotee slp
Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí

Periodo
01 Enero2022

ObligaciónCualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.

Obligación específica.
Más información relacionada_Preguntas frecuentes.

A ) Artículo84

B ) FracciónLIII

C ) IncisoB


Registro general

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ENE-2022-LTAIPSLP84LIIIB.xlsx

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2022.nsf/nombre_de_la_vista/7A246FFA18FD14AC862587E2006B2F47/$File/ENE-2022-LTAIPSLP84LIIIB.xlsx




Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Más información relacionada_Preguntas frecuentes LTAIPSLP84LIIIB Con base en el análisis de la información estadística con que cuentan los sujetos obligados respecto a las preguntas frecuentes realizadas por las personas, se determinará un listado de temas y se publicarán las preguntas planteadas, así como las respuestas a cada una de éstas
Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Temática de las preguntas frecuentes Planteamiento de las preguntas frecuentes Respuesta a cada una de las preguntas frecuentes planteadas Hipervínculo al Informe estadístico (en su caso) Número total de preguntas realizadas por las personas al sujeto obligado Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2022 01/01/2022 31/01/2022 Otros "“1. Asuntos recibidos y resueltos en los últimos 5 procesos electorales en la entidad. (Especificar el número y el tipo por proceso electoral) • Juicios para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía. • Recursos de Apelación. • Recursos de Reconsideración. • Juicios Electorales. • Asuntos Generales. • Juicios de Inconformidad. • Procedimientos Especiales Sancionadores. • Juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales. • Otros. 2. Estadística de actor, denunciado y tercero interesado. Del total de medios de impugnación presentados en los últimos 5 procesos electorales. • Cuantos han sido presentados por mujeres y cuantos por hombres; además cuantos han sido presentados por partidos políticos, especificar cuál partido político. • En cuantos los denunciados han sido mujeres, en cuántos hombres y en cuantos partidos políticos. • En cuántos de ellos han sido tercero interesado, hombres, mujeres y partidos políticos, especificar cuál partido político. 3. Promedio de días de Resolución. Del total de medios de impugnación presentados en los últimos 5 procesos electorales. • Relación de asuntos recibidos por días transcurridos desde su ingreso hasta su sentencia. • Desglose por magistrado, tiempo y medio de impugnación. 4. Del total de medios de impugnación presentados en los últimos 5 procesos electorales. • Desglose del número de asuntos turnados a cada magistrado del Tribunal Estatal Electoral y suma total para cada magistrado por proceso electoral. 5. Sentido del Voto. Del total de medios de impugnación presentados en los últimos 5 procesos electorales. • Número de votos concurrentes, razonados, aclaratorios, particulares, en contra o demás tipos ante el proyecto de sentencia. Por magistrado, 6. Asuntos recibidos/ Asuntos resueltos. Del total de medios de impugnación presentados en los últimos 5 procesos electorales. • Cuantos asuntos se han recibido y cuantos se han resuelto. • De los asuntos resueltos, cuantos fueron impugnados ante Sala Regional. • Cuántos de ellos fueron confirmados por Sala Regional. • Cuántos de ellos fueron revocados por Sala Regional. • Cuántos de los asuntos resueltos fueron impugnados ante Sala Superior. • Cuántos de ellos fueron confirmados por Sala Superior. • Cuántos de ellos fueron revocados por Sala Superior. 7. Magistrados que integran el Tribunal Estatal Electoral • Fecha de ingreso y egreso de cada magistrado ponente.”" "1. “RESPUESTA FUNDADA Y MOTIVADA Se hace constar que mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 13 de febrero de 2014, por el que se reformó la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se crearon los Tribunales Electorales de las 32 entidades federativas, motivo por el cual, el Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí, el día 22 de octubre de 2014, se llevó a cabo el evento protocolario de instalación del Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí de conformidad con lo previsto por el artículo 32 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí. En este sentido la información y los archivos con los que se cuentan en esta Secretaría General, datan de esa fecha, razón por la cual se proporciona la información derivada de los procesos electorales en San Luis Potosí, 2014-2015; 2017-2018; y 2020-2021. Manifestado lo anterior, en cuanto a los “…Asuntos recibidos y resueltos (…) (Especificar el número y el tipo por proceso electoral) …. Juicios para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía. Recursos de Apelación. Recursos de Reconsideración. Juicios Electorales. Asuntos Generales. Juicios de Inconformidad. Procedimientos Especiales Sancionadores. Juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales. Otros. Durante el Proceso Electoral 2014-2015, la información está disponible en el informe de labores 2014-2015 rendido por la presidencia en funciones, específicamente en las páginas 21 a la 23, del cual se proporciona la siguiente liga electrónica para su consulta: https://www.teeslp.gob.mx/wp-content/uploads/2017/03/INFORME-DE-LABORES-2014-2015.pdf Respecto del Proceso Electoral 2017-2018, la información está disponible en el informe de labores 2014-2015 rendido por la presidencia en funciones, específicamente en las páginas 3 a la 11, del cual se proporciona la siguiente liga electrónica para su consulta: https://www.teeslp.gob.mx/wp-content/uploads/2019/04/INFORME-DE-LABORES-2017-2018.pdf Respecto del Proceso Electoral 2020-2021 la información está disponible en la página oficial del Tribunal, en el banner de inicio, para lo cual se proporciona la liga electrónica para su consulta: www.teslp.gob.mx Cabe mencionar, que estos datos del Proceso Electoral 2020-2021 se encuentran contenidos en el Informe de Labores que en los próximos días será rendido por la Presidencia y que estará también disponible para su consulta en la página oficial ya citada. En cuanto a “…Estadística de actor, denunciado y tercero interesado. Cuantos han sido presentados por mujeres y cuantos por hombres; además cuantos han sido presentados por partidos políticos, especificar cuál partido político. En cuantos los denunciados han sido mujeres, en cuántos hombres y en cuantos partidos políticos. En cuántos de ellos han sido tercero interesado, hombres, mujeres y partidos políticos, especificar cuál partido político. Al respecto se da cuenta de que la información se encuentra contenida en las sentencias emitidas por el Pleno de este Tribunal, de las que se desprenden los datos solicitados, encontrándose disponibles en la página oficial del Tribunal para su consulta, en la sección de “Sentencias”, las cuales son desplegadas por año, a partir del 2015 a la fecha y de lo cual se proporciona la liga electrónica para su acceso: https://www.teslp.gob.mx/sentencias/
https://www.teeslp.gob.mx/sentencias/2015-3/
https://www.teeslp.gob.mx/2016-2/
https://www.teeslp.gob.mx/2017-2/
https://www.teeslp.gob.mx/2018-2/
https://www.teeslp.gob.mx/2019-2/
https://www.teeslp.gob.mx/2020-2/
https://www.teeslp.gob.mx/2021-2/ Cabe mencionar que la información como la pide la solicitante, es decir, en formato de estadística, no se encuentra procesada por este Tribunal, sin que exista obligación legal de procesarla de esa forma. Lo anterior de conformidad con lo previsto por el artículo 60 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de San Luis Potosí. Artículo 60. En la formulación, producción, procesamiento, administración, archivo y resguardo de la información, debe atenderse al principio de la máxima publicidad, con el objeto de facilitar el acceso de cualquier persona a su conocimiento. La obligación de entregarla no implica el procesamiento, ni la adecuación de la información al interés del solicitante, salvo la producción de versiones públicas del documento; El tratamiento de documentación histórica deberá hacerse en términos establecidos en el artículo 50 de esta Ley. Razón por la cual la información se proporciona atendiendo el principio de máxima publicidad y facilitando el acceso a la misma, mediante los links proporcionados. En cuanto a: Promedio de días de Resolución. Del total de medios de impugnación presentados en los últimos 5 procesos electorales. Relación de asuntos recibidos por días transcurridos desde su ingreso hasta su sentencia. Desglose por magistrado, tiempo y medio de impugnación. Al respecto se da cuenta de que la información se encuentra contenida en las sentencias emitidas por el Pleno de este Tribunal, de las que se desprenden los datos solicitados, encontrándose disponibles en la página oficial del Tribunal para su consulta, en la sección de “Sentencias”, las cuales son desplegadas por año, a partir del 2015 a la fecha y de lo cual se proporciona la liga electrónica para su acceso: https://www.teslp.gob.mx/sentencias/
https://www.teeslp.gob.mx/sentencias/2015-3/
https://www.teeslp.gob.mx/2016-2/
https://www.teeslp.gob.mx/2017-2/
https://www.teeslp.gob.mx/2018-2/
https://www.teeslp.gob.mx/2019-2/
https://www.teeslp.gob.mx/2020-2/
https://www.teeslp.gob.mx/2021-2/ Cabe mencionar que la información como la pide la solicitante, es decir, en formato de estadística, no se encuentra procesada por este Tribunal, sin que exista obligación legal de procesarla de esa forma. Lo anterior de conformidad con lo previsto por el artículo 60 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de San Luis Potosí. Artículo 60. En la formulación, producción, procesamiento, administración, archivo y resguardo de la información, debe atenderse al principio de la máxima publicidad, con el objeto de facilitar el acceso de cualquier persona a su conocimiento. La obligación de entregarla no implica el procesamiento, ni la adecuación de la información al interés del solicitante, salvo la producción de versiones públicas del documento; El tratamiento de documentación histórica deberá hacerse en términos establecidos en el artículo 50 de esta Ley. Razón por la cual la información se proporciona atendiendo el principio de máxima publicidad y facilitando el acceso a la misma, mediante los links proporcionados. Del total de medios de impugnación presentados en los últimos 5 procesos electorales. Desglose del número de asuntos turnados a cada magistrado del Tribunal Estatal Electoral y suma total para cada magistrado por proceso electoral. Al respecto se da cuenta de que la información se encuentra contenida en las sentencias emitidas por el Pleno de este Tribunal, de las que se desprenden los datos solicitados, encontrándose disponibles en la página oficial del Tribunal para su consulta, en la sección de “Sentencias”, las cuales son desplegadas por año, a partir del 2015 a la fecha y de lo cual se proporciona la liga electrónica para su acceso: https://www.teslp.gob.mx/sentencias/
https://www.teeslp.gob.mx/sentencias/2015-3/
https://www.teeslp.gob.mx/2016-2/
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https://www.teeslp.gob.mx/2019-2/
https://www.teeslp.gob.mx/2020-2/
https://www.teeslp.gob.mx/2021-2/ Cabe mencionar que la información como la pide la solicitante, es decir, en formato de estadística, no se encuentra procesada por este Tribunal, sin que exista obligación legal de procesarla de esa forma. Lo anterior de conformidad con lo previsto por el artículo 60 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de San Luis Potosí. Artículo 60. En la formulación, producción, procesamiento, administración, archivo y resguardo de la información, debe atenderse al principio de la máxima publicidad, con el objeto de facilitar el acceso de cualquier persona a su conocimiento. La obligación de entregarla no implica el procesamiento, ni la adecuación de la información al interés del solicitante, salvo la producción de versiones públicas del documento; El tratamiento de documentación histórica deberá hacerse en términos establecidos en el artículo 50 de esta Ley. Razón por la cual la información se proporciona atendiendo el principio de máxima publicidad y facilitando el acceso a la misma, mediante los links proporcionados. Sentido del Voto. Del total de medios de impugnación presentados en los últimos 5 procesos electorales. Número de votos concurrentes, razonados, aclaratorios, particulares, en contra o demás tipos ante el proyecto de sentencia. Por magistrado. Al respecto se da cuenta de que la información se encuentra contenida en las sentencias emitidas por el Pleno de este Tribunal, de las que se desprenden los datos solicitados, encontrándose disponibles en la página oficial del Tribunal para su consulta, en la sección de “Sentencias”, las cuales son desplegadas por año, a partir del 2015 a la fecha y de lo cual se proporciona la liga electrónica para su acceso: https://www.teslp.gob.mx/sentencias/
https://www.teeslp.gob.mx/sentencias/2015-3/
https://www.teeslp.gob.mx/2016-2/
https://www.teeslp.gob.mx/2017-2/
https://www.teeslp.gob.mx/2018-2/
https://www.teeslp.gob.mx/2019-2/
https://www.teeslp.gob.mx/2020-2/
https://www.teeslp.gob.mx/2021-2/ Cabe mencionar que la información como la pide la solicitante, es decir, en formato de estadística, no se encuentra procesada por este Tribunal, sin que exista obligación legal de procesarla de esa forma. Lo anterior de conformidad con lo previsto por el artículo 60 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de San Luis Potosí. Artículo 60. En la formulación, producción, procesamiento, administración, archivo y resguardo de la información, debe atenderse al principio de la máxima publicidad, con el objeto de facilitar el acceso de cualquier persona a su conocimiento. La obligación de entregarla no implica el procesamiento, ni la adecuación de la información al interés del solicitante, salvo la producción de versiones públicas del documento; El tratamiento de documentación histórica deberá hacerse en términos establecidos en el artículo 50 de esta Ley. Razón por la cual la información se proporciona atendiendo el principio de máxima publicidad y facilitando el acceso a la misma, mediante los links proporcionados. Asuntos recibidos/ Asuntos resueltos. Del total de medios de impugnación presentados en los últimos 5 procesos electorales. Cuantos asuntos se han recibido y cuantos se han resuelto. De los asuntos resueltos, cuantos fueron impugnados ante Sala Regional. Cuántos de ellos fueron confirmados por Sala Regional. Cuántos de ellos fueron revocados por Sala Regional. Cuántos de los asuntos resueltos fueron impugnados ante Sala Superior. Cuántos de ellos fueron confirmados por Sala Superior. Cuántos de ellos fueron revocados por Sala Superior. Al respecto se informa en primer término que todos los asuntos recibidos han sido resueltos, cuyas sentencias ya se han puesto a disposición del solicitante mediante los links proporcionados. En cuantos asuntos fueron impugnados ante la Sala Regional o Sala Superior, la información también ha sido proporcionada mediante los informes de labores citados y la página oficial del Tribunal en el banner de inicio, ya que en dichos informes y ligas se contienen los asuntos que fueron recurridos, incluso el sentido de dichas resoluciones federales. En cuanto a (…)Magistrados que integran el Tribunal Estatal Electoral. Fecha de ingreso y egreso de cada magistrado ponente., s



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad348402BFF8C4D070862587E2006B2326Creado el 02/07/2022 01:30:44 PM
Carátula de registro331D57F71FCC7D58862587E2006B2626Autortee slp
Registro7A246FFA18FD14AC862587E2006B2F47Tipo de documento1 Registro general




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