Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadopensiones slp
Dirección General de Pensiones

Periodo
10 Octubre2021

ObligaciónLas actas y resoluciones del Comité de Transparencia de los sujetos obligados

Obligación específica.
Informe de Resoluciones del Comité de Transparencia.

A ) Artículo84

B ) FracciónXLVI

C ) IncisoB


Registro general

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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Actas y resoluciones Comité de Transparencia_Informe de Resoluciones del Comité de Transparencia LTAIPSLP84XLVIB Informará de las resoluciones que emita el Comité de Transparencia para dar cumplimiento a las acciones y los procedimientos para asegurar la mayor eficacia en la gestión de las solicitudes en materia de acceso a la información; establecer políticas para facilitar el ejercicio del derecho de acceso a la información; promover la capacitación y actualización en materia de transparencia, acceso a la información, accesibilidad y protección de datos personales
Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Fecha de la resolución y/o acta con el formato día/mes/año Hipervínculo al documento de la resolución y/o acta Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2021 01/10/2021 31/10/2021 07/10/2021 http://201.144.107.246/InfPubEstatal2/_DIRECCI%c3%93N%20GENERAL%20DE%20PENSIONES%20DEL%20ESTADO/Art%c3%adculo%2019.%20fracc.%20VI/Minutas,%20Acuerdos%20y%20Actas%20de%20Reuniones%20Oficiales%20del%20%c3%93rgano%20Colegiado/COMITE%20DE%20TRANSPARENCIA/2021/ACTA%20CONST%20COMITE%20TRANSP%20071021.pdf DIRECCIÓN GENERAL 08/11/2021 08/11/2021 SESIÓN PARA CONSTITUIR EL COMITÉ DE TRANSPARENCIA. 2021 01/10/2021 31/10/2021 08/10/2021 http://201.144.107.246/InfPubEstatal2/_DIRECCI%c3%93N%20GENERAL%20DE%20PENSIONES%20DEL%20ESTADO/Art%c3%adculo%2019.%20fracc.%20VI/Minutas,%20Acuerdos%20y%20Actas%20de%20Reuniones%20Oficiales%20del%20%c3%93rgano%20Colegiado/COMITE%20DE%20TRANSPARENCIA/2021/ACDO%20DEC%20DE%20INEX%20DE%20INF%202021%20VP%20081021.pdf AREAS DE LA DIRECCIÓN DE PENSIONES (JURIDICO, ADMINISTRATIVO, AFILIACIÓN, TESORERÍA E INFORMATICA) 08/11/2021 08/11/2021 SESIÓN PARA ANALISIS DE INFORMACIÓN EN MATERIA DE INEXISTENCIA. En la ciudad de San Luis Potosí, capital del estado del mismo nombre y siendo las 13:00 hrs. del día 07 siete de octubre del año 2021 dos mil veintiuno, en la sala de Juntas de la Dirección de Pensiones, ubicada en el número 365 de la calle de Francisco I. Madero, con la finalidad de constituir el Comité de Transparencia, nos reunimos los CC. Lic. Jorge Adalberto Escudero Villa, Director General de Pensiones, Lic. Gregoria Martínez Onofre, Encargada del Departamento Jurídico, Pensiones y Préstamos Hipotecarios, C.P. Magally Toro Ortiz, Departamento Servicios Administrativos, C. Ivette Amparo Rosales Requenes, Departamento de Afiliación y Devolución de Fondo, ISC. Salvador Martínez Zepeda, Departamento Informática, Ing. Ricardo Sandoval Aguilar, Departamento de Préstamos a Corto Plazo y Tesorería, LB. Marcela López Sánchez, Coordinador de Archivos y LE. Jorge Siller Azuara, Responsable Unidad de Transparencia. PRIMERO.- Se procede al pase de lista de asistencia y en su caso declaratoria de legalidad de la sesión. SEGUNDO.- En cumplimiento a lo establecido por los artículos 24 fracción I y 51 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, y con las facultades que me confiere el articulo 103 y 106 de la Ley de Pensiones y Prestaciones Sociales para los Trabajadores del Estado, al primer punto del orden del día anexo, el Lic. Jorge Adalberto Escudero Villa, Director General de Pensiones y titular de la Dependencia, procede a pasar lista de asistencia y se declara que la sesión es válida en virtud de encontrarse presentes la totalidad de los miembros convocados para la constitución del Comité de Transparencia, así como los acuerdos que en ella se tomen, mismos que quedarán firmes en el acto de suscripción. Con base en lo dispuesto por los artículos 24 fracción I y 51 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de San Luis Potosí, los que a la letra dicen: ARTÍCULO 24. Para el cumplimiento de los objetivos de esta Ley, los sujetos obligados deberán cumplir con las obligaciones siguientes, según corresponda, de acuerdo a su naturaleza: I. Constituir el Comité de Transparencia, las unidades de transparencia y vigilar su correcto funcionamiento de acuerdo a su normatividad interna; ARTÍCULO 51. En cada sujeto obligado se integrará un Comité de Transparencia colegiado e integrado por un número impar. El Comité de Transparencia adoptará sus resoluciones por mayoría de votos. En caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad. A sus sesiones podrán asistir como invitados aquéllos que sus integrantes consideren necesarios, quienes tendrán voz pero no voto. Los integrantes del Comité de Transparencia no podrán depender jerárquicamente entre sí dentro de la estructura funcional del sujeto obligado; tampoco podrán reunirse dos o más de estos integrantes en una sola persona. Cuando se presente el caso, el titular del sujeto obligado tendrá que nombrar a la persona que supla al subordinado. Los integrantes del Comité de Transparencia tendrán acceso a la información para determinar su clasificación, conforme a la normatividad previamente establecida por los sujetos obligados para el resguardo o salvaguarda de la información. TERCERO.- El Comité de Transparencia, es la instancia designada para instituir, coordinar, supervisar, ejercer, coordinar, aplicar y desarrollar las facultades, principios y competencias previstas en las disposiciones en materia de transparencia, acceso a la información, protección de datos personales, participación ciudadana y gobierno abierto. Citado lo anterior, se constituye el Comité de Transparencia, con fundamento a lo dispuesto por los artículos 24 fracción I y 51 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, el cual queda integrado de la siguiente manera: • La C. Gregoria Martínez Onofre, Encargada del Departamento Jurídico, Pensiones y Préstamos Hipotecarios, fungirá como Presidenta del Comité de Transparencia de la Dirección de Pensiones. • La C. Magally Toro Ortiz, Jefa de Departamento de Servicios Administrativos, fungirá como secretaria del Comité de Transparencia de la Dirección de Pensiones. • La C. Ivette Amparo Rosales Requenes, Jefa del Departamento de Afiliación y Devolución de Fondo, fungirá como vocal, voz y voto. • El C. Salvador Martínez Zepeda, Jefe del Departamento de Informática, fungirá como vocal, voz y voto. • El C. Ricardo Sandoval Aguilar, jefe de Departamento de Préstamos a Corto Plazo y Tesorería, fungirá como vocal, voz y voto. • La C. Marcela López Sánchez, Coordinadora de Archivo, fungirá como vocal, solo voz. • El C. Jorge Siller Azuara, Responsable de la Unidad de Transparencia, fungirá como coordinador del Comité de Transparencia, voz. CUARTO.- El Comité de Transparencia tendrá a su cargo realizar las funciones establecidas en el artículo 52 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, así como aquellas que se desprendan de la aplicación de dicho ordenamiento legal y de sus demás correlativos aplicables de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública en vigor; incluyendo las modificaciones que en su oportunidad sean materia de aprobación por los órganos legislativos competentes. Acto seguido, el Comité de Transparencia aprueba que sus atribuciones sean las establecidas en el artículo 52 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, siendo las siguientes: Artículo 52. Cada Comité de Transparencia tendrá las siguientes funciones: l. Instituir, coordinar y supervisar, en términos de las disposiciones aplicables, las acciones y los procedimientos para asegurar la mayor eficacia en la gestión de las solicitudes en materia de acceso a la información; II. Confirmar, modificar o revocar las determinaciones que, en materia de ampliación del plazo de respuesta, clasificación de la información y declaración de inexistencia o de incompetencia realicen los titulares de las áreas de los sujetos obligados; III. Ordenar, en su caso, a las áreas competentes que generen la información que derivado de sus facultades, competencias y funciones deban tener en posesión o que previa acreditación de la imposibilidad de su generación, exponga, de forma fundada y motivada, las razones por las cuales, en el caso particular, no ejercieron dichas facultades, competencias o funciones; IV. Establecer políticas para facilitar la obtención de información y el ejercicio del derecho de acceso a la información; V. Promover la capacitación y actualización de los servidores públicos o integrantes adscritos a las unidades de transparencia; VI. Crear programas de capacitación en materia de transparencia, acceso a la información, accesibilidad y protección de datos personales, para todos los servidores públicos o integrantes del sujeto obligado; VII. Recabar y enviar a la CEGAIP, de conformidad con los lineamientos que esta expida, los datos necesarios para la elaboración del informe anual; VIII. Solicitar y autorizar la ampliación del plazo de reserva de la información a que se refiere el artículo 115 de la presente Ley; IX. Realizar los trámites y gestiones necesarios ante las instituciones u organismos públicos que corresponda, para cumplir con sus funciones; X. Aprobar el Programa Anual de Acciones de Mejoramiento de la Transparencia que le presente la unidad de transparencia de la entidad pública de que se trate, mismo que servirá para evaluar el desempeño de los servidores públicos en la materia; XI. Elaborar el informe anual que cada sujeto obligado deberá enviar a la CEGAIP, en el que se dé cuenta de la aplicación de esta Ley, y XII. Las demás que se desprendan de la normatividad aplicable. QUINTO.- Los asistentes convienen que las sesiones ordinarias del Comité de Transparencia, sean a petición de cualquiera de los integrantes del comité, o a solicitud de las áreas que conforman la Dirección de Pensiones. Habiendo agotado los temas, y no habiendo más asuntos que tratar, se clausura la sesión de instalación del Comité de Transparencia de la Dirección de Pensiones, siendo las 14:00 horas, del día 07 siete de octubre del año 2021 dos mil veintiuno, levantándose la presente acta, firmando al calce y margen los que en ella intervinieron. Jorge Adalberto Escudero Villa
Director General de Pensiones Gregoria Martínez Onofre
Encargada del Departamento Jurídico Presidenta. Magally Toro Ortiz
Departamento
Servicios Administrativos
Secretaria. Ivette Amparo Rosales Requenes
Departamento Afiliación y
Devolución de Fondo
Vocal. Ricardo Sandoval Aguilar
Departamento Préstamos a
Corto Plazo y Tesorería
Vocal. Salvador Martínez Zepeda
Departamento Informática
Vocal. Jorge Siller Azuara
Responsable de la Unidad
de Transparencia Marcela López Sánchez
Coordinadora de Archivo En la Ciudad de San Luis Potosí, S.L.P, capital del estado del mismo nombre y siendo las 12:30 hrs. del día 08 ocho de octubre del año 2021 dos mil veintiuno, constituidos en la sala de juntas de la Dirección de Pensiones del Estado, ubicadas en Zona Centro, con domicilio en Fco. I. Madero #365 esq. con Independencia, Colonia Centro, con la finalidad de celebrar sesión ordinaria del Comité de Transparencia, se reunieron los miembros del Comité, Lic. Gregoria Martínez Onofre; Presidenta, C.P Magally Toro Ortiz; Secretaria Técnica, LE. Jorge Siller Azuara; Coordinador del Comité, ISC. Salvador Martínez Zepeda, Informática, Ing. Ricardo Sandoval Aguilar, Préstamos a Corto Plazo, C. Ivette Amparo Rosales Requenes, Afiliación, LB. Marcela López Sánchez, Coordinadora de Archivos. 1. LISTA DE ASISTENCIA DE LOS MIEMBROS DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA Y EN SU CASO DECLARATORIA DE LEGALIDAD DE LA SESIÓN. En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 52 fracción II, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, y al primer punto del orden del día anexo, la Lic. Gregoria Martínez Onofre; Presidenta del Comité, procede a pasar lista de asistencia, toda vez que se encuentran presentes los miembros que conforman este Órgano Colegiado y de que existe el quórum legal para sesionar, los acuerdos que en esta sesión se dicten serán validados. 2. ANALISIS SOBRE LA PETICIÓN PRESENTADA, EN SOLICITUD DE INFORMACIÓN REGISTRADA CON NUMERO DE FOLIO 240468321000005, Y CON LA FINALIDAD DE LLEVAR A ACABO UN ANALISIS EN MATERIA DE DECLARATORIA DE INEXISTENCIA DE INFORMACIÓN, QUE SE DESPRENDE DE LA SOLICITUD PRESENTADA POR LA C.XXXXXXXXXXXXX, DE FECHA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 DOS MIL VEINTIUNO, EN LA QUE SOLICITA DIVERSA INFORMACIÓN. Visto para resolver el contenido del expediente, relacionado con la solicitud de acceso a la información pública con número de folio 240468321000005 se procede a emitir el presente acuerdo con base en los siguientes:------------------------------------------------------------------------- ANTECEDENTES PRIMERO. El Comité de Transparencia es competente para conocer y resolver del procedimiento de acceso a la información de esta Dirección de Pensiones, de conformidad con los artículos 18, 52 fracción II, 160 fracción I y II, y 161, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- SEGUNDO. Con fecha 23 del mes de septiembre del año 2021 dos mil veintiuno, se registró la solicitud información pública con número de folio 240468321000005 (Anexo 1) mediante la plataforma nacional de transparencia, mecanismo reconocido y administrado formalmente por la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública, en la que la C. XXXXXXXXXXXXXXXX, pidió información relacionada con el punto 1 de la solicitud, consistente en: “…Con respecto al Partido Verde Ecologista de México, me gustaría saber por qué presentaron a Ricardo Gallardo Cardona como su candidato a la gobernatura por el estado de San Luis Potosí a pesar de haber sido vinculado y detenido por el desvío de 700 millones de pesos procedentes del erario público. ¿No afecta de ninguna manera la imagen del Partido?...” TERCERO. A fin de atender lo solicitado por la C. XXXXXXXXXXXXXXXXX, en solicitud de información con número de folio 240468321000005, en fecha 08 de octubre de 2021, se reunió el Comité de Transparencia de la Dirección, para emitir acuerdo en materia de declaratoria de inexistencia de información, con base en las siguientes manifestaciones: M A N I F E S T A C I O N E S 1.- La C. Gregoria Martínez Onofre, encargada del área Jurídica, Pensionados y Préstamos Hipotecarios, señala que en el ejercicio de sus atribuciones y funciones consagradas en el artículo 5° del Reglamento Interior de la Dirección de Pensiones del Estado, no se encuentra considerado que el área a mi cargo, deba documentar, generar, procesar o administrar información relacionada con lo solicitado por la C. XXXXXXXXXXXXXXXXX, ya que lo peticionado, no se refiere a las facultades, competencias y funciones que los ordenamientos jurídicos aplicables otorgan a el área a mi cargo y a la propia Dirección de Pensiones, por lo tanto, no es competencia de mi área conocer lo que requiere el solicitante. Señalo que, la Dirección de Pensiones del Estado, es un organismo público descentralizado encargado de la



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad1216549DD865076586258787005E26D5Creado el 11/08/2021 11:11:42 AM
Carátula de registro80D7949EAFFA7CD486258787005E2E2DAutorpensiones slp
RegistroC21361C24805992186258787005E7496Tipo de documento1 Registro general




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
derecho de acceso a la información púbica.
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