Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadodifscatarina slp
Sistema DIF Municipal del Municipio de Santa Catarina

Periodo
02 Febrero2021

ObligaciónLos sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan

Obligación específica.
Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables.

A ) Artículo84

B ) FracciónV

C ) Inciso


Registro general

Para Consultar el documento
Acceso directo:
LTAIPSLP84V Modificado2021.xlsx

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2021N.nsf/nombre_de_la_vista/87D809CC6A5779D18625872500651EFF/$File/LTAIPSLP84V+Modificado2021.xlsx




Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Denominación del área Denominación del puesto Denominación del cargo (de conformidad con nombramiento otorgado) Área de adscripción inmediata superior Denominación de la norma que establece atribuciones, responsabilidades y/o funciones y el fundamento legal (artículo y/o fracción) Atribuciones, responsabilidades y/o funciones, según sea el caso Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso Número total de prestadores de servicios profesionales Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2021 01/02/2021 28/02/2021 Asistencia Social Asistente Social Asistente Social DIF Municipal Reglamento Interno del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia de Santa Catarina, S.L.P. Caítulo X. Artículo 15 "ARTÍCULO 16.- Correspondiente a los titulares y sus homólogos las siguientes facultades comunes: I. Programar, organizar, dirigir y evaluar el desarrollo de las funciones encomendadas al departamento a su cargo. II. Planear, normar y evaluar los programas y aspectos técnicos de los servicios que se desconcentren y funciones que se desconcentren en su área, en coordinación con otras direcciones e instituciones y con la articipación del departamento de asuntos jurídicos. III. Proporcionar la información, los datos, la operación o la asesoría técnica y administrativa que les sean requeridas internamente o por otras dependencias y entidades de la administración pública federal, estatal o municipal, así como instituciones de asistencia privada. IV. Promover la formación, capacitación y actualización de su personal, en coordinación con la competencia de los demás departamentos. V. Administrar los recursos humanos, materiales, técnicos y financieros del departamento a su cargo, estableciendo las medidas necesarias para su optimización y racionalización. VI. Rendir informes y presentar la documentación que requiera el órgano de control interno dentro de los plazos que sean fijos. VII. Las demás que contemplen en disposiciones legales y
de manera supletoria el reglamento interno de DIF Estatal." http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Dos.nsf/nombre_de_la_vista/8B88FAA1F28DC68D862585CE006640C0/$File/04+Reglamento+Interno+DIF+Santa+Catarina+(06-FEB-2018).pdf 1 Coordinación 02/08/2021 28/02/2021 No hay notas
2021 01/02/2021 28/02/2021 Dirección Director y Encargado de Despacho Director y Encargado de Despacho DIF Municipal Reglamento Interno del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia de Santa Catarina, S.L.P. Capítulo IV. Artículo 6. Fracción II. "ARTÍCULO 12.- Son facultades y obligaciones de Coordinadora
de Programas: I. Suplir las ausencias temporales de la presidenta, en caso
de que este sea designado por acuerdo de la presidencia de
la Junta de Gobierno; II. Representar legalmente a la Junta de Gobierno del
Organismo, como apoderado para actos de administración y
para pleitos y cobranzas, ante cualquier órgano público o
privado, municipal, estatal, nacional o internacional; III. Informar a la Junta de Gobierno del cumplimiento de sus
acuerdos; IV. Presentar a la Presidencia del Organismo un informe anual
de las actividades y de los resultados obtenidos,
acompañando los informes específicos que se requieran; V. Asumir el carácter de secretario de actas en las sesiones
de la Junta de Gobierno. Así como, formular el orden del día
de los asuntos que deban tratarse en las sesiones del cuidado
el libro de actas y el archivo del Organismo; VI. Desempeñar las funciones que le encomiende la Junta de
Gobierno o la presidencia de la misma; VII. Celebrar convenios, contratos y demás actos jurídicos que
sean indispensables para el cumplimiento del objetivo del
Organismo; VIII. Recibir los informes mensuales presentados por los
departamentos y direcciones de área del Organismo; y
IX. Ejecutar los acuerdos y disposiciones de la Junta de
Gobierno; X. Vigilar y hacer cumplir las disposiciones legales vigentes
las políticas y lineamientos que orienten el mejoramiento de
la operación del Organismo; XI. Actualizar y vigilar el padrón de los bienes patrimoniales
incluyendo los vehículos oficiales; XII. Elaborar en colaboración del departamento jurídico, los
convenios, contratos y actos jurídicos realizados con
instituciones públicas y privadas, otros sistemas municipales
DIF, ayuntamientos, personas físicas o morales, con el fin de
orientar las acciones para promover e impulsar la presentación
de los servicios de asistencia social; XIII. Presentar a la Junta de Gobierno para su aprobación,
ratificación de los nombramientos y remociones conforme a
la Ley de los Servidores Públicos de la Institución, así como
para aceptar las renuncias y conceder licencias e
incapacidades previa consulta del asesor jurídico y de los
departamentos a fin; XIV. Dirigir, coordinar, nombrar y remover de conformidad con
la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones
Públicas de Gobierno del Estado, a los empleados de base,
eventuales y de confianza del Organismo; XV. Planear, dirigir y controlar el funcionamiento del Organismo
con sujeción a los planes nacional, estatal y municipal de
desarrollo y demás disposiciones legales aplicables; XVI. Vigilar y conducir la gestión de apoyos y beneficios para la
población necesitada ante las distintas instancias federales,
estatales y municipales, públicas o privadas y organismos
gubernamentales sobre todo lo concerniente a asistencia
social, alimentación, vivienda, educación; XVII. Dictaminar las actas administrativas que se levanten con
motivo de las infracciones administrativas y laborales que
cometen los servidores públicos y trabajadores del Organismo,
en el ejercicio de sus funciones o fuera de ellas según sea el
caso, imponiendo las sanciones que en su caso correspondan
y que determinen los ordenamientos legales aplicables; XVIII. Asistir con voz y voto las sesiones de la Junta de
Gobierno; y
XIX. Las demás que la Ley de Asistencia Social para el Estado
y municipios de S.L.P., reglamentos y disposiciones le
atribuyan." http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Dos.nsf/nombre_de_la_vista/8B88FAA1F28DC68D862585CE006640C0/$File/04+Reglamento+Interno+DIF+Santa+Catarina+(06-FEB-2018).pdf 1 Coordinación 02/08/2021 28/02/2021 No hay notas
2021 01/02/2021 28/02/2021 Jurídico Autoridas Substanciadora Autoridas Substanciadora DIF Municipal Reglamento Interno del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia de Santa Catarina, S.L.P. Capítulo XVII. Artículo 23 "ARTÍCULO 25.- El asesor jurídico del Organismo en el ejercicio
de su encargo tendrá las siguientes facultades y obligaciones: I. Orientar, asesorar y en algunos casos representar
legalmente a las familias, mujeres, menores y adultos
mayores y personas con discapacidad física o mental, en
estado de desprotección y situación vulnerable que así se lo
refieran; II. Brindar asesoría jurídica a los miembros de las familias
que lo requieran, siempre que dicha intervención sea
conveniente para mantener la integración familiar; III. Hacer del conocimiento de la autoridad competente, todos
aquellos casos que versen sobre hechos que encuadren en
el tipo penal y que tiendan a trasgredir la integridad física,
emocional y psicosocial de mujeres, de menores, adultos
mayores y personas con discapacidad que sean víctima de
maltrato o de violencia familiar; IV. Evitar que los menores sean depositados en lugares
destinados a los adultos; V. En coordinación con la PRODEIM, vigilar el exacto
cumplimiento de las disposiciones de protección física
psicológica de sujetos de asistencia social contenidas en la
Ley de Asistencia Social del Estado y Municipios de San Luis
Potosí. Así como efectuar coordinación para el resguardo y
albergues de menores víctimas de violencia familiar, abuso
sexual, violación entre otros; VI. Informar a la PRODEIM sobre los menores expósitos o
abandonados que haya acogido el Organismo, a fin de tramitar la adopción de los mismos, en los términos que establezca
dicha institución; VII. Enviar citatorios y fungir como amigable conciliador,
invitando las partes a convenir de acuerdo a lo establecido
por la Ley, respecto al ejercicio de sus derechos y obligaciones
dando como resultados la celebración de actas o convenios
según sea el caso; VIII. Auxiliar en trámites y elaborar documentos legales que se
requieran dentro del Organismo; IX. Representación y asistencia jurídica de menores ante la
autoridad competente; X. Patrocinar en trámites de Derecho Familiar como: a. Pensiones alimenticias; b. Juicios de guarda y custodia definitiva d menores; c. Divorcios voluntarios, previo estudio de las condiciones del
caso, siempre y cuando existan menores de edad de por medio
que se beneficien con el acto o por recomendación del
psicólogo responsable como resultado de la terapia
psicológica; d. Divorcios necesarios, ocasionados por violencia familiar y
solamente se le apoyara a la víctima; e. Interdictos sobre la regulación de visitas, de recuperar la
guarda y custodia del menor y de retener la posesión de estado
de hijo; f. Juicios Sucesorios Intestamentarios siempre y cuando los
beneficiarios sean menores de edad y sujetos de asistencia
social; g. Rectificaciones de actas de nacimiento mediante enmienda
ante la Dirección General de Registro Civil o jurisdicción
voluntaria ante juzgado; h. Juicio de pérdida de patria potestad, en los casos de abuso
sexual, maltrato o violencia familiar; i. Medios preparatorios de juicio para declarar el estado de
abandono del menor, con vista a una adopción plena; j. Canalización a PRODEIM para el asesoramiento y orientación
de procedimiento de adopción plena; k. Juicios de jurisdicción voluntaria como permiso judicial,
para tramitar los documentos migratorios cuando falta el
consentimiento de alguno de los padres; l. Denuncias de abuso sexual, maltrato o violencia familiar a
menores de edad; así como coadyuvar con la autoridad
competente. XI. Brindar asesoría integral a la Junta de Gobierno cuando
así se requiera, durante las sesiones de la misma y contar
con voz y voto; XII. Realizar informes mensuales y reportándolos al
Organismo; y
XIII. Las demás que contemplen en disposiciones legales y
reglamento aplicable." http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Dos.nsf/nombre_de_la_vista/8B88FAA1F28DC68D862585CE006640C0/$File/04+Reglamento+Interno+DIF+Santa+Catarina+(06-FEB-2018).pdf 1 Coordinación 02/08/2021 28/02/2021 No hay notas
2021 01/02/2021 28/02/2021 Asistencia Social Asistente Social Asistente Social DIF Municipal Reglamento Interno del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia de Santa Catarina, S.L.P. Caítulo X. Artículo 15 "ARTÍCULO 16.- Correspondiente a los titulares y sus homólogos las siguientes facultades comunes: I. Programar, organizar, dirigir y evaluar el desarrollo de las funciones encomendadas al departamento a su cargo. II. Planear, normar y evaluar los programas y aspectos técnicos de los servicios que se desconcentren y funciones que se desconcentren en su área, en coordinación con otras direcciones e instituciones y con la articipación del departamento de asuntos jurídicos. III. Proporcionar la información, los datos, la operación o la asesoría técnica y administrativa que les sean requeridas internamente o por otras dependencias y entidades de la administración pública federal, estatal o municipal, así como instituciones de asistencia privada. IV. Promover la formación, capacitación y actualización de su personal, en coordinación con la competencia de los demás departamentos. V. Administrar los recursos humanos, materiales, técnicos y financieros del departamento a su cargo, estableciendo las medidas necesarias para su optimización y racionalización. VI. Rendir informes y presentar la documentación que requiera el órgano de control interno dentro de los plazos que sean fijos. VII. Las demás que contemplen en disposiciones legales y
de manera supletoria el reglamento interno de DIF Estatal." http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Dos.nsf/nombre_de_la_vista/8B88FAA1F28DC68D862585CE006640C0/$File/04+Reglamento+Interno+DIF+Santa+Catarina+(06-FEB-2018).pdf 1 Coordinación 02/08/2021 28/02/2021 No hay notas
2021 01/02/2021 28/02/2021 Asistencia Social Asistente Social Asistente Social DIF Municipal Reglamento Interno del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia de Santa Catarina, S.L.P. Caítulo X. Artículo 15 "ARTÍCULO 16.- Correspondiente a los titulares y sus homólogos las siguientes facultades comunes: I. Programar, organizar, dirigir y evaluar el desarrollo de las funciones encomendadas al departamento a su cargo. II. Planear, normar y evaluar los programas y aspectos técnicos de los servicios que se desconcentren y funciones que se desconcentren en su área, en coordinación con otras direcciones e instituciones y con la articipación del departamento de asuntos jurídicos. III. Proporcionar la información, los datos, la operación o la asesoría técnica y administrativa que les sean requeridas internamente o por otras dependencias y entidades de la administración pública federal, estatal o municipal, así como instituciones de asistencia privada. IV. Promover la formación, capacitación y actualización de su personal, en coordinación con la competencia de los demás departamentos. V. Administrar los recursos humanos, materiales, técnicos y financieros del departamento a su cargo, estableciendo las medidas necesarias para su optimización y racionalización. VI. Rendir informes y presentar la documentación que requiera el órgano de control interno dentro de los plazos que sean fijos. VII. Las demás que contemplen en disposiciones legales y
de manera supletoria el reglamento interno de DIF Estatal." http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Dos.nsf/nombre_de_la_vista/8B88FAA1F28DC68D862585CE006640C0/$File/04+Reglamento+Interno+DIF+Santa+Catarina+(06-FEB-2018).pdf 1 Coordinación 02/08/2021 28/02/2021 No hay notas
2021 01/02/2021 28/02/2021 Almacén Almacenista Almacenista DIF Municipal Reglamento Interno del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia de Santa Catarina, S.L.P. Caítulo X. Artículo 15 "ARTÍCULO 16.- Correspondiente a los titulares y sus
homólogos las siguientes facultades comunes: I. Programar, organizar, dirigir y evaluar el desarrollo de las
funciones encomendadas al departamento a su cargo. II. Planear, normar y evaluar los programas y aspectos técnicos
de los servicios que se desconcentren y funciones que se
desconcentren en su área, en coordinación con otras
direcciones e instituciones y con la participación del
departamento de asuntos jurídicos. III. Proporcionar la información, los datos, la operación o la
asesoría técnica y administrativa que les sean requeridas
internamente o por otras dependencias y entidades de la
administración pública federal, estatal o municipal, así como
instituciones de asistencia privada. IV. Promover la formación, capacitación y actualización de su
personal, en coordinación con la competencia de los demás
departamentos. V. Administrar los recursos humanos, materiales, técnicos y
financieros del departamento a su cargo, estableciendo las
medidas necesarias para su optimización y racionalización. VI. Rendir informes y presentar la documentación que requiera
el ór



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidadE3D44870648524B98625872500650EEBCreado el 08/02/2021 12:24:30 PM
Carátula de registroAA00CD46F7EB58B7862587250065164EAutordifscatarina slp
Registro87D809CC6A5779D18625872500651EFFTipo de documento1 Registro general




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
derecho de acceso a la información púbica.
Avenida Real de Lomas, 1015, piso 4, torre 2, coloniaLomas 4ª sección, código postal 78216
San Luis Potosí, S.L.P. México
Teléfonos: (444) 825-1020 / 825-6468 / 825-2583 / 825-2584 / 246-3085 / 246-2086
01 800 223 4247