Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadocedh slp
Comisión Estatal de Derechos Humanos

Periodo
12 Diciembre2021

ObligaciónRelacionadas con Derechos Humanos.

Obligación específica.
El listado y las versiones públicas de las recomendaciones emitidas, su destinatario o autoridad a la que se recomienda y el estado que guarda su atención, incluyendo, en su caso, las minutas de comparecencias de los titulares que se negaron a aceptar las recomendaciones.

A ) Artículo88

B ) FracciónII

C ) IncisoA


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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Recomendaciones emitidas en materia de derechos humanos LTAIPSLP88IIA Información y documentos relativos a las recomendaciones que realicen los organismos de protección de derechos humanos a las autoridades y/o servidores públicos
Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Número de recomendación Número de expediente "Autoridad(es) Responsable(s) y/o servidor público
Tabla_547063" Presuntas violaciones a los derechos humanos Breve descripción de la(s) recomendación(es) Aceptación de la(s) recomendación(es) Estado del cumplimiento de la recomendación Hipervínculo a la versión pública de la recomendación o acuerdo no responsabilidad Hipervínculo fundamentación y motivo de negativa de la autoridad, en su caso Hipervínculo a minutas de comparecencias de autoridades, en su caso Hipervínculo a documentos de acciones de seguimiento y pruebas Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2021 01/12/2021 31/12/2021 17 1VQU-0488/2020 1 derecho a la vida PRIMERA.- Realice las acciones efectivas tendientes a garantizar la Reparación Integral del Daño en beneficio de VI1, VI2, VI3, VI4, VI5 y VI6 víctimas indirectas señaladas en esta Recomendación, así como de aquellas que acrediten su calidad de víctimas indirectas, con motivo de las violaciones a derechos humanos acreditados en agravio de V1; debiendo colaborar ampliamente además con este Organismo Constitucional Autónomo, en el seguimiento e inscripción de las víctimas indirectas en el Registro Estatal de Víctimas, previsto en la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de San Luis Potosí, a efecto de que, en el sólo caso que el Ayuntamiento de Soledad de Graciano Sánchez, no cubra a satisfacción la reparación del daño a la que tienen derecho las víctimas referidas, las mismas tengan acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral que establece la Ley Estatal de Víctimas, sin que el acceso a este beneficio exima al Ayuntamiento de Soledad de Graciano Sánchez, de responder por la Reparación Integral del Daño. SEGUNDA. Colabore ampliamente en la integración de la Carpeta de Investigación 1, que se tramita en Unidad Especializada en la Investigación de Feminicidios y Homicidios de la Fiscalía General del Estado, proporcionándole el acceso a toda la información documental y de cualquier otra índole que pueda considerarse evidencia en la investigación penal y que se encuentre en poder del Ayuntamiento de Soledad de Graciano Sánchez. TERCERA. Realice las acciones necesarias para que el Órgano Competente en el procedimiento disciplinario para que se garantice la integración y resolución del Expediente Administrativo de Investigación 1, con motivo de los hechos que originaron el presente pronunciamiento, se determine el grado de participación y la responsabilidad administrativa en que pudieren incurrir cada uno de elementos AR1 a AR8 de la Dirección de Seguridad Pública Municipal de Soledad de Graciano Sánchez. CUARTA. Como Garantía de No Repetición elabore, publique y difunda un Protocolo de actuación del uso de la fuerza dirigido a elementos de policía municipal. En proceso de aceptación En proceso de aceptación http://www.cegaipslp.org.mx/HV2021Tres.nsf/nombre_de_la_vista/E06BFFA3D74237AA862587C4007C1055/$File/reco-17-21.pdf http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Tres.nsf/nombre_de_la_vista/79272093704B99F28625865D0009BB10/$File/Hipervínculo+88IIA.docx http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Tres.nsf/nombre_de_la_vista/79272093704B99F28625865D0009BB10/$File/Hipervínculo+88IIA.docx http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Tres.nsf/nombre_de_la_vista/79272093704B99F28625865D0009BB10/$File/Hipervínculo+88IIA.docx Unidad de Seguimiento de Recomendaciones 31/12/2021 08/01/2022 EN PROCESO DE SER ACEPTADA
2021 01/12/2021 31/12/2021 18 1VQU-0176/2020 1 derecho a la vida PRIMERA. Realice las acciones efectivas tendientes a garantizar la Reparación Integral del Daño en beneficio de VI 1, VI 2, VI 3 y VI 4, víctimas indirectas señaladas en esta Recomendación así como de aquellas que acrediten su calidad de víctimas indirectas, con motivo de las violaciones a derechos humanos acreditados en agravio de V1; debiendo colaborar ampliamente además con este Organismo Constitucional Autónomo, en el seguimiento e inscripción de las víctimas indirectas en el Registro Estatal de Víctimas. SEGUNDA. Colabore ampliamente en la integración de la Causa Penal 1, brindándole todas las facilidades y proporcionándole el acceso a toda la información documental y de cualquier otra índole que pueda considerarse evidencia, en la integración de la Causa Penal y que se encuentre en poder del Ayuntamiento de Soledad de Graciano Sánchez. TERCERA. Realice las acciones necesarias para que el órgano competente en el procedimiento disciplinario para que se garantice el inicio, integración y resolución del mismo, con motivo de los hechos que originaron el presente pronunciamiento, para que se logre el esclarecimiento de los hechos, se determine el grado de participación y la responsabilidad administrativa en que pudieren incurrir cada uno de elementos AR1, AR2, AR3, AR4 y AR5, de la Dirección de Seguridad Pública Municipal de Soledad de Graciano Sánchez. CUARTA. Como Garantía de No Repetición elabore, publique y difunda un Protocolo de actuación del uso de la fuerza dirigido a elementos de policía municipal. En proceso de aceptación En proceso de aceptación http://www.cegaipslp.org.mx/HV2021Tres.nsf/nombre_de_la_vista/BF3A867CADC5597F862587C4007CE5B3/$File/reco-18-21.pdf http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Tres.nsf/nombre_de_la_vista/79272093704B99F28625865D0009BB10/$File/Hipervínculo+88IIA.docx http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Tres.nsf/nombre_de_la_vista/79272093704B99F28625865D0009BB10/$File/Hipervínculo+88IIA.docx http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Tres.nsf/nombre_de_la_vista/79272093704B99F28625865D0009BB10/$File/Hipervínculo+88IIA.docx Unidad de Seguimiento de Recomendaciones 31/12/2021 08/01/2022 EN PROCESO DE SER ACEPTADA
2021 01/12/2021 31/12/2021 19 1VQU-373/18 2 derecho a la vida PRIMERA.- Realice las acciones efectivas tendientes a garantizar la Reparación Integral del Daño en beneficio de VI 1, VI 2, VI 3, VI 4 y VI 5, víctimas indirectas señaladas en esta Recomendación por los hechos violatorios en agravio de V1; debiendo colaborar ampliamente además con este Organismo Constitucional Autónomo, en el seguimiento e inscripción de las víctimas indirectas en el Registro Estatal de Víctimas. SEGUNDA. Colabore ampliamente en la integración de la Carpeta de Investigación 1, que se tramita en Unidad Especializada en la Investigación de Feminicidios y Homicidios, brindándole todas las facilidades y proporcionándole el acceso a toda la información documental y de cualquier otra índole que pueda considerarse evidencia, en la integración de la investigación penal y que se encuentre en poder del Ayuntamiento de San Luis Potosí. TERCERA. Realice las acciones necesarias para que el Órgano competente en el procedimiento disciplinario garantice el inicio, integración y resolución del mismo, con motivo de los hechos que originaron el presente pronunciamiento, a efecto de que se logre el esclarecimiento de los hechos, se determine el grado de participación y la responsabilidad administrativa en que pudieron incurrir cada uno de elementos AR1, AR2, AR3 y AR4, de la Dirección de Seguridad Pública Municipal de San Luis Potosí. CUARTA. Como Garantía de No Repetición elabore, publique y difunda un Protocolo de actuación del uso de la fuerza. En proceso de aceptación En proceso de aceptación http://www.cegaipslp.org.mx/HV2021Tres.nsf/nombre_de_la_vista/D95E38E59AD2C846862587C4007D9619/$File/reco-19-21.pdf http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Tres.nsf/nombre_de_la_vista/79272093704B99F28625865D0009BB10/$File/Hipervínculo+88IIA.docx http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Tres.nsf/nombre_de_la_vista/79272093704B99F28625865D0009BB10/$File/Hipervínculo+88IIA.docx http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Tres.nsf/nombre_de_la_vista/79272093704B99F28625865D0009BB10/$File/Hipervínculo+88IIA.docx Unidad de Seguimiento de Recomendaciones 31/12/2021 08/01/2022 EN PROCESO DE SER ACEPTADA
2021 01/12/2021 31/12/2021 20 1VQU-0083/18 3.4.5 Derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y de acceso a la justicia Derecho al interés superior de la Niñez Fiscal General del Estado: PRIMERA. Como forma de Reparación del Daño a favor de V1 víctima directa (victima privada de la vida), V2, V3, V4 y V5, así como de VI 1 víctimas indirectas, instruya a quien corresponda para que sean inscritas en el Registro Estatal de Víctimas, para que en los términos en que resulte procedente de acuerdo a la Ley de Atención a Víctimas del Estado de San Luis Potosí, con motivo de la violación a derechos humanos precisados en la presente Recomendación, se les otorgue atención psicológica especializada y, previo agote de los procedimientos que establece la Ley de Atención a Víctimas tengan acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral. SEGUNDA. Realice las acciones necesarias para que los Procedimientos Administrativos de Responsabilidad iniciados con motivo de los hechos de la Presente Recomendación con respecto a AR1 y AR3, se integren y resuelvan en el marco de la normatividad aplicable. TERCERA. Como Garantía de No Repetición, instruya a quien corresponda, a efecto de que se incluya en el programa de capacitación permanente a los Agentes del Ministerio Público adscritos a la Delegación IV de la Fiscalía General del Estado, en el marco de la Alerta de Violencia de Género encargados de la investigación de delitos relacionados con la violencia en contra de niñas y mujeres, derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, los derechos de las personas víctimas, investigación sobre feminicidios y los criterios para emitir medidas de protección a favor de víctimas de violencia de género. CUARTA. De igual forma, instruya a quien corresponda a efecto de que, en tratándose de personal encargado de atender denuncias por violencia de género, se revisen debidamente los perfiles de las y los profesionistas encargados de la investigación de delitos de violencia de género así como a las personas aspirantes a ocupar vacantes, privilegiando en todo momento el Principio de Interés Superior de las Víctimas del Delito, ya que ese personal debe tener conciencia de género y de la subordinación de la construcción social. Director General de Métodos de Investigación PRIMERA. Gire instrucciones precisas a efecto de que esa Dirección General de Métodos de Investigación, realice las acciones necesarias a efecto de dar cumplimiento al mandamiento judicial para la ejecución de las ordenes de aprehensión con motivo de la integración de las Carpetas de Investigación 1, 2 y 3, y/o Causas Penales que a la fecha está pendiente su ejecución, debiéndose desahogar sin demora, las diligencias efectivas para la debida y pronta ejecución. SEGUNDA. Realice las acciones necesarias para que los Procedimientos Administrativos de Responsabilidad iniciados con motivo de los hechos de la Presente Recomendación en los que se señala a AR4, AR5, AR6, AR7 y AR8, se integren y resuelvan en el marco de la normatividad aplicable. Director General de la Unidad de Primer Contacto y Encargado del Despacho de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas PRIMERA. Realice las acciones necesarias para que se inicie, integre y resuelva Procedimiento Administrativo de Responsabilidad con motivo de los hechos de la Presente Recomendación en los que se señala a AR2 y AR9. SEGUNDA. Colabore con la Fiscalía General del Estado en el proceso de capacitación para incluir personal de la Comisión Ejecutiva Estatal de Víctimas asignado a los municipios de la Zona Media del Estado, como se señala el punto recomendatorio Tercero dirigido al Fiscal General del Estado. En proceso de aceptación En proceso de aceptación http://www.cegaipslp.org.mx/HV2021Tres.nsf/nombre_de_la_vista/DD36001791905D14862587C4007F0FA5/$File/reco-20-21.pdf http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Tres.nsf/nombre_de_la_vista/79272093704B99F28625865D0009BB10/$File/Hipervínculo+88IIA.docx http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Tres.nsf/nombre_de_la_vista/79272093704B99F28625865D0009BB10/$File/Hipervínculo+88IIA.doc
x http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Tres.nsf/nombre_de_la_vista/79272093704B99F28625865D0009BB10/$File/Hipervínculo+88IIA.docx Unidad de Seguimiento de Recomendaciones 31/12/2021 08/01/2022 EN PROCESO DE SER ACEPTADA
2021 01/12/2021 31/12/2021 21 1VQU-385/2019 6 Derecho a la protección de la salud y a la vida Derecho a la información en los servicios de salud PRIMERA. Para garantizar a V1 y V2 el acceso a la Reparación del Daño, instruya a quien corresponda para que colabore con este Organismo en la inscripción como víctima en el Registro Estatal de Víctimas previsto en la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de San Luis Potosí, para que en los términos en que resulte procedente de acuerdo al mismo ordenamiento legal, con motivo de la violación a derechos humanos precisados en la presente Recomendación, se le otorgue atención psicológica especializada, y en su caso, previo agote de los procedimientos que establece la Ley de Atención a Víctimas tenga acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, así como a todas aquellas medidas que les beneficie en su condición de víctimas. SEGUNDA. Realice las acciones necesarias a efecto de que en el Hospital del Niño y la Mujer “Dr. Alberto López Hermosa” se cuente con personal en ginecología especializado y capacitado para la atención y seguimiento oportuno de atención del embarazo, parto y puerperio en el área de TRIAGE. TERCERA. Realice las acciones necesarias para que el Titular de la Contraloría Interna de Servicios de Salud a su digno cargo, inicie, integre y resuelva la investigación Administrativa que inicie con motivo de la vista que realice este Organismo con motivo de los hechos que originaron el presente pronunciamiento. CUARTA. Realice las acciones necesarias para que se imparta a los servidores públicos capacitación en materia de Derechos Humanos y sus implicaciones en la protección a la salud, enfatizando el conocimiento, manejo y observancia de las Normas Oficiales Mexicanas NOM-007-SSA2-2016, Para la atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio, y de la persona recién nacida, NOM-004- SSA3-2012 del expediente clínico, NOM-027-SSA3-2013 Regulación de los Servicios de Salud, en el que se enfoque en la necesidad de una valoración adecuada en el área de TRIAGE así como en la revisión médica inicial. Aceptada En proceso de enviar evidencias de cumplimiento http://www.cegaipslp.org.mx/HV2021Tres.nsf/nombre_de_la_vista/9E385CDAF786CA61862587C4008035C3/$File/reco-21-21-.pdf http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Tres.nsf/nombre_de_la_vista/79272093704B99F28625865D0009BB10/$File/Hipervínculo+88IIA.docx http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Tres.nsf/nombre_de_la_vista/79272093704B99F28625865D0009BB10/$File/Hipervínculo+88IIA.docx http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Tres.nsf/nombre_de_la_vista/79272093704B99F28625865D0009BB10/$File/Hipervínculo+88IIA.docx Unidad de Seguimiento de Recomendaciones 31/12/2021 08/01/



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad2476174A905445E8862587C50001B3CDCreado el 01/08/2022 06:20:52 PM
Carátula de registroFD32DC7EF42EDD2E862587C50001D5FDAutorcedh slp
Registro1DB88B046B844F0D862587C50001E919Tipo de documento1 Registro general




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