Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadocedh slp
Comisión Estatal de Derechos Humanos

Periodo
10 Octubre2020

ObligaciónRelacionadas con Derechos Humanos.

Obligación específica.
Toda la información con que cuente, relacionada con hechos constitutivos de violaciones graves de derechos humanos o delitos de lesa humanidad, una vez determinados así por la autoridad competente, incluyendo, en su caso, las acciones de reparación del daño, atención a víctimas y de no repetición

A ) Artículo88

B ) FracciónII

C ) IncisoF


Registro general

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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Violaciones graves de derechos humanos LTAIPSLP88IIF En cumplimiento de esta fracción los Organismos de Protección de los Derechos Humanos organizarán toda la información con que cuenten, relacionada con hechos constitutivos de violaciones graves de derechos humanos o delitos de lesa humanidad, toda vez que hayan sido determinados por la autoridad competente; incluyendo en su caso, las acciones de reparación del daño, atención a víctimas y de no repetición
Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Número(s) de expediente(s) Autoridad competente que determinó la existencia de la violación o delito Descripción de las Acciones de reparación del daño Descripción de las Acciones de atención a víctimas Descripción de las Acciones de no repetición Tipo de documento que integra el expediente de violaciones graves o de lesa humanidad (catálogo) Hipervínculo a versión pública de cada documento que forme parte del expediente Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2020 01/10/2020 31/10/2020 1VQU-114/2019 Comisión Estatal de Derechos Humanos ". Para garantizar a V1 y V2 (Víctimas Directas) así como V3 (Víctima Indirecta) el acceso a la Reparación Integral del Daño, instruya a quien corresponda para que colabore con este Organismo en la inscripción de la misma en el Registro Estatal de Víctimas previsto en la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de San Luis Potosí, previo agote de los
procedimientos que establece la Ley de Atención a Víctimas tengan acceso al
Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, así como a todas aquellas
medidas que le beneficie en su condición de víctimas" colabore con este Organismo en la inscripción de la misma en el Registro Estatal de Víctimas previsto en la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de San Luis Potosí "Como Garantía de No Repetición instruya a quien corresponda, a cumplimiento de este punto. efecto de que se incluya un Programa de Capacitación permanente sobre la
Erradicación de las Detenciones Arbitrarias y la práctica de la Tortura. Para el
cumplimiento de este punto la Comisión Estatal de Derechos Humanos le informa
que la Dirección de Educación ofrece la posibilidad de impartir este curso; asimismo le informo que este Organismo Público Autónomo cuenta además con
un directorio de las Organizaciones de la Sociedad Civil que pudieran apoyar en el " Expediente http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Dos.nsf/nombre_de_la_vista/11EA56BD8A782D7D8625861D00803154/$File/Recomendacion+-11+-+20.pdf SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES 10/11/2020 31/10/2020 EL ÁREA DE SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS DE SAN LUIS POTOSÍ, INFORMA QUE NO SE GENERÓ EN ESTE MES; RESPECTO A LA RESPUESTA DE ACEPTACIÓN, SE ATIENDE A LO ESTIPULADO EN EL ARTICULO 113 DEL REGLAMENTO DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS, EN RAZÓN QUE UNA VEZ EMITIDO EL PRONUNCIAMIENTO, LA AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE, TIENE UN PLAZO DE 10 DÍAS PARA RESPONDER, DE LO CONTRARIO DARÁ LUGAR A QUE SE INTERPRETE QUE LA MISMA NO FUE ACEPTADA, O BIEN LA AUTORIDAD PODRÁ EMITIR SU RESPUESTA DE NO ACEPTACIÓN LO QUE DARÁ LUGAR A QUE LA MISMA TENDRÁ QUE FUNDAR, MOTIVAR Y HACER PÚBLICA SU NEGATIVA; AUNADO A QUE ESTE ORGANISMO PÚBLICO, PODRÁ SOLICITAR SU COMPARECENIA
2020 01/10/2020 31/10/2020 4VQU-44/2019 Comisión Estatal de Derechos Humanos Gire sus instrucciones a la Dirección y/o Coordinación Municipal que corresponda, para que se realicen acciones efectivas tendientes a garantizar la Reparación Integral del Daño en beneficio de V1, víctima directa señalada en esta Recomendación; "debiendo colaborar ampliamente además con este Organismo
Constitucional Autónomo, en el seguimiento e inscripción de la víctima directa
(V1), en el Registro Estatal de Victimas, previsto en la Ley de Victimas para el
Estado de San Luis Potosí, a efecto de que, en el sólo caso que el Ayuntamiento
de Villa de la Paz, no cubra a satisfacción la reparación del daño a la que tienen
derecho la víctima referida, la misma tengan acceso al Fondo de Ayuda,
Asistencia y Reparación Integral que establece la Ley Estatal de Victimas, " "Como Garantía de No Repetición instruya a quien corresponda, a efecto de que se incluya un Programa de Capacitación permanente sobre la Erradicación de la práctica de la Tortura. Para el cumplimiento de este punto la Comisión Estatal de Derechos Humanos le informa que la Dirección de Educación ofrece la posibilidad de impartir este curso; asimismo le informo que este
Organismo Público Autónomo cuenta además con un directorio de las
Organizaciones de la Sociedad Civil que pudieran apoyar en el cumplimiento de este punto." Expediente http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Dos.nsf/nombre_de_la_vista/DEA7EAABF475C0EE8625861D0080F5B7/$File/Recomendacion+-12+-+20.pdf SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES 10/11/2020 31/10/2020 EL ÁREA DE SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS DE SAN LUIS POTOSÍ, INFORMA QUE NO SE GENERÓ EN ESTE MES; RESPECTO A LA RESPUESTA DE ACEPTACIÓN, SE ATIENDE A LO ESTIPULADO EN EL ARTICULO 113 DEL REGLAMENTO DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS, EN RAZÓN QUE UNA VEZ EMITIDO EL PRONUNCIAMIENTO, LA AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE, TIENE UN PLAZO DE 10 DÍAS PARA RESPONDER, DE LO CONTRARIO DARÁ LUGAR A QUE SE INTERPRETE QUE LA MISMA NO FUE ACEPTADA, O BIEN LA AUTORIDAD PODRÁ EMITIR SU RESPUESTA DE NO ACEPTACIÓN LO QUE DARÁ LUGAR A QUE LA MISMA TENDRÁ QUE FUNDAR, MOTIVAR Y HACER PÚBLICA SU NEGATIVA; AUNADO A QUE ESTE ORGANISMO PÚBLICO, PODRÁ SOLICITAR SU COMPARECENIA
2020 01/10/2020 31/10/2020 2VQU-0291/2017 Comisión Estatal de Derechos Humanos Para garantizar a V1 el acceso a la Reparación del Daño, instruya a quien corresponda para que colabore con este Organismo en la inscripción como víctimas en el Registro Estatal de Víctimas previsto en la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de San Luis Potosí, "con motivo de la
violación a derechos humanos precisados en la presente Recomendación, se les
otorgue atención psicológica especializada, y en su caso, previo agote de los
procedimientos que establece la Ley de Atención a Víctimas tenga acceso al
Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, así como a todas aquellas
medidas que les beneficie en su condición de víctima. " que se imparta a los servidores públicos del Hospital General de Ciudad Valles cuente con capacitación en materia de Derechos Humanos y sus implicaciones en la protección a la salud, enfatizando el conocimiento, manejo y observancia de las Normas Oficiales Mexicanas NOM007-SSA2-2016, Para la atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio, y de la persona recién nacida, NOM-004-SSA3-2012 del expediente clínico, NOM-027-SSA3-2013 Regulación de los Servicios de Salud. Que establece los criterios de funcionamiento y atención en los servicios de urgencias de los establecimientos para la atención médica, NOM-197-SSA-1-2000, que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada. Así como la Guía de Práctica Clínica de Parto después de una Cesárea IMSS 605-13, y envíe a esta Comisión las constancias que acrediten su cumplimiento. Expediente http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Dos.nsf/nombre_de_la_vista/C369568C308CD9D18625861D00836688/$File/Recomendacion+-+13-20.pdf SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES 10/11/2020 31/10/2020 EL ÁREA DE SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS DE SAN LUIS POTOSÍ, INFORMA QUE NO SE GENERÓ EN ESTE MES; RESPECTO A LA RESPUESTA DE ACEPTACIÓN, SE ATIENDE A LO ESTIPULADO EN EL ARTICULO 113 DEL REGLAMENTO DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS, EN RAZÓN QUE UNA VEZ EMITIDO EL PRONUNCIAMIENTO, LA AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE, TIENE UN PLAZO DE 10 DÍAS PARA RESPONDER, DE LO CONTRARIO DARÁ LUGAR A QUE SE INTERPRETE QUE LA MISMA NO FUE ACEPTADA, O BIEN LA AUTORIDAD PODRÁ EMITIR SU RESPUESTA DE NO ACEPTACIÓN LO QUE DARÁ LUGAR A QUE LA MISMA TENDRÁ QUE FUNDAR, MOTIVAR Y HACER PÚBLICA SU NEGATIVA; AUNADO A QUE ESTE ORGANISMO PÚBLICO, PODRÁ SOLICITAR SU COMPARECENIA
2020 01/10/2020 31/10/2020 2VQU-0050/2018 Comisión Estatal de Derechos Humanos Para garantizar a V1 (victima directa) y V2 (victima indirecta) el acceso a la Reparación del Daño, instruya a quien corresponda para que colabore con este Organismo en la inscripción como víctimas en el Registro Estatal de Víctimas previsto en la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de San Luis Potosí, "se les otorgue atención psicológica especializada en su calidad
de padres, y en su caso, previo agote de los procedimientos que establece la Ley
de Atención a Víctimas tenga acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación
Integral, así como a todas aquellas medidas que les beneficie en su condición de
víctimas. " Gire sus instrucciones para que se imparta a los servidores públicos capacitación en materia de Derechos Humanos y sus implicaciones en la protección a la salud, enfatizando el conocimiento, manejo y observancia de las Normas Oficiales Mexicanas NOM-007-SSA2-2016, Para la atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio, y de la persona recién nacida, NOM-004- SSA3-2012 del expediente clínico, NOM-027-SSA3-2013 Regulación de los Servicios de Salud, en el que se enfoque en la necesidad de un seguimiento oportuno de control del embarazo. Expediente http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Dos.nsf/nombre_de_la_vista/E4F3CD2BF55582BD8625861E0000766F/$File/Recomendacion+-14-20.pdf SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES 10/11/2020 31/10/2020 EL ÁREA DE SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS DE SAN LUIS POTOSÍ, INFORMA QUE NO SE GENERÓ EN ESTE MES; RESPECTO A LA RESPUESTA DE ACEPTACIÓN, SE ATIENDE A LO ESTIPULADO EN EL ARTICULO 113 DEL REGLAMENTO DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS, EN RAZÓN QUE UNA VEZ EMITIDO EL PRONUNCIAMIENTO, LA AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE, TIENE UN PLAZO DE 10 DÍAS PARA RESPONDER, DE LO CONTRARIO DARÁ LUGAR A QUE SE INTERPRETE QUE LA MISMA NO FUE ACEPTADA, O BIEN LA AUTORIDAD PODRÁ EMITIR SU RESPUESTA DE NO ACEPTACIÓN LO QUE DARÁ LUGAR A QUE LA MISMA TENDRÁ QUE FUNDAR, MOTIVAR Y HACER PÚBLICA SU NEGATIVA; AUNADO A QUE ESTE ORGANISMO PÚBLICO, PODRÁ SOLICITAR SU COMPARECENIA



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad1488E053B469467B8625861E00072C2BCreado el 11/11/2020 07:21:20 PM
Carátula de registro9C7898FEA8AA9A0E8625861E0007343BAutorcedh slp
RegistroFC2D24A5618807608625861E00077259Tipo de documento1 Registro general




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
derecho de acceso a la información púbica.
Avenida Real de Lomas, 1015, piso 4, torre 2, coloniaLomas 4ª sección, código postal 78216
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