Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadoirc slp
Instituto Catastral y Registral del Estado de San Luis Potosí

Periodo
05 Mayo2020

ObligaciónLos sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan

Obligación específica.
Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables.

A ) Artículo84

B ) FracciónV

C ) Inciso


Registro general

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LTAIPSLP84V.xlsx

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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Estructura Orgánica_Estructura Orgánica LTAIPSLP84V Se deberá publicar la estructura vigente, es decir, la que está en operación en el sujeto obligado y ha sido aprobada y/o dictaminada por la autoridad competente. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Denominación del área Denominación del puesto Denominación del cargo (de conformidad con nombramiento otorgado) Área de adscripción inmediata superior Denominación de la norma Fundamento legal Atribuciones, responsabilidades y/o funciones, según sea el caso Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso Número total de prestadores de servicios profesionales Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2020 01-may-20 31-may-20 Dirección General Director General Director General Gobernador Constitucional de San Luis Potosí Ley Art. 150 Ley del Registro Público de la Propiedad y del Catastro para el Estado y Municipios de San Luis Potosí Reglamento Interior en proceso de aprobación http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020.nsf/nombre_de_la_vista/2FE9E1DACDB65F4C8625852800519FC6/$File/REGLAMENTOS.pdf 0 Dirección de administración 31-may-20 31-may-20 Para el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Ley, el Instituto contará cuando menos con la siguiente estructura orgánica: I. Dirección General; II. Dirección de Registro Público de la Propiedad; III. Dirección de Catastro; IV. Dirección de Administración; V. Dirección de Finanzas; VI. Dirección Jurídica; VII. Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico; VIII. Dirección de Vinculación y Evaluación, y IX. Contraloría Interna. El Reglamento Interior del Instituto establecerá la estructura orgánica y funciones de las áreas y servidores públicos del mismo. El Director General, los Directores de Registro Público de la Propiedad y de Catastro, así como los Registradores del Instituto, contarán con fe pública en los actos inherentes al ejercicio de sus funciones. / Artículo 150 de la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Catastro para el Estado y Municipios de San Luis Potosí
2020 01-may-20 31-may-20 Dirección de Registro Público de la Propiedad Director de área Director Director General Ley Art. 150 Ley del Registro Público de la Propiedad y del Catastro para el Estado y Municipios de San Luis Potosí Reglamento Interior en proceso de aprobación http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020.nsf/nombre_de_la_vista/2FE9E1DACDB65F4C8625852800519FC6/$File/REGLAMENTOS.pdf 0 Dirección de administración 31-may-20 31-may-20 Para el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Ley, el Instituto contará cuando menos con la siguiente estructura orgánica: I. Dirección General; II. Dirección de Registro Público de la Propiedad; III. Dirección de Catastro; IV. Dirección de Administración; V. Dirección de Finanzas; VI. Dirección Jurídica; VII. Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico; VIII. Dirección de Vinculación y Evaluación, y IX. Contraloría Interna. El Reglamento Interior del Instituto establecerá la estructura orgánica y funciones de las áreas y servidores públicos del mismo. El Director General, los Directores de Registro Público de la Propiedad y de Catastro, así como los Registradores del Instituto, contarán con fe pública en los actos inherentes al ejercicio de sus funciones. / Artículo 150 de la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Catastro para el Estado y Municipios de San Luis Potosí
2020 01-may-20 31-may-20 Dirección de Catastro Director de área Director Director General Ley Art. 150 Ley del Registro Público de la Propiedad y del Catastro para el Estado y Municipios de San Luis Potosí Reglamento Interior en proceso de aprobación http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020.nsf/nombre_de_la_vista/2FE9E1DACDB65F4C8625852800519FC6/$File/REGLAMENTOS.pdf 0 Dirección de administración 31-may-20 31-may-20 Para el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Ley, el Instituto contará cuando menos con la siguiente estructura orgánica: I. Dirección General; II. Dirección de Registro Público de la Propiedad; III. Dirección de Catastro; IV. Dirección de Administración; V. Dirección de Finanzas; VI. Dirección Jurídica; VII. Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico; VIII. Dirección de Vinculación y Evaluación, y IX. Contraloría Interna. El Reglamento Interior del Instituto establecerá la estructura orgánica y funciones de las áreas y servidores públicos del mismo. El Director General, los Directores de Registro Público de la Propiedad y de Catastro, así como los Registradores del Instituto, contarán con fe pública en los actos inherentes al ejercicio de sus funciones. / Artículo 150 de la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Catastro para el Estado y Municipios de San Luis Potosí
2020 01-may-20 31-may-20 Dirección de Administración Director de área Director Director General Ley Art. 150 Ley del Registro Público de la Propiedad y del Catastro para el Estado y Municipios de San Luis Potosí Reglamento Interior en proceso de aprobación http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020.nsf/nombre_de_la_vista/2FE9E1DACDB65F4C8625852800519FC6/$File/REGLAMENTOS.pdf 0 Dirección de administración 31-may-20 31-may-20 Para el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Ley, el Instituto contará cuando menos con la siguiente estructura orgánica: I. Dirección General; II. Dirección de Registro Público de la Propiedad; III. Dirección de Catastro; IV. Dirección de Administración; V. Dirección de Finanzas; VI. Dirección Jurídica; VII. Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico; VIII. Dirección de Vinculación y Evaluación, y IX. Contraloría Interna. El Reglamento Interior del Instituto establecerá la estructura orgánica y funciones de las áreas y servidores públicos del mismo. El Director General, los Directores de Registro Público de la Propiedad y de Catastro, así como los Registradores del Instituto, contarán con fe pública en los actos inherentes al ejercicio de sus funciones. / Artículo 150 de la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Catastro para el Estado y Municipios de San Luis Potosí
2020 01-may-20 31-may-20 Dirección de Finanzas Director de área Director Director General Ley Art. 150 Ley del Registro Público de la Propiedad y del Catastro para el Estado y Municipios de San Luis Potosí Reglamento Interior en proceso de aprobación http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020.nsf/nombre_de_la_vista/2FE9E1DACDB65F4C8625852800519FC6/$File/REGLAMENTOS.pdf 0 Dirección de administración 31-may-20 31-may-20 Para el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Ley, el Instituto contará cuando menos con la siguiente estructura orgánica: I. Dirección General; II. Dirección de Registro Público de la Propiedad; III. Dirección de Catastro; IV. Dirección de Administración; V. Dirección de Finanzas; VI. Dirección Jurídica; VII. Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico; VIII. Dirección de Vinculación y Evaluación, y IX. Contraloría Interna. El Reglamento Interior del Instituto establecerá la estructura orgánica y funciones de las áreas y servidores públicos del mismo. El Director General, los Directores de Registro Público de la Propiedad y de Catastro, así como los Registradores del Instituto, contarán con fe pública en los actos inherentes al ejercicio de sus funciones. / Artículo 150 de la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Catastro para el Estado y Municipios de San Luis Potosí
2020 01-may-20 31-may-20 Dirección Jurídica Director de área Director Director General Ley Art. 150 Ley del Registro Público de la Propiedad y del Catastro para el Estado y Municipios de San Luis Potosí Reglamento Interior en proceso de aprobación http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020.nsf/nombre_de_la_vista/2FE9E1DACDB65F4C8625852800519FC6/$File/REGLAMENTOS.pdf 0 Dirección de administración 31-may-20 31-may-20 Para el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Ley, el Instituto contará cuando menos con la siguiente estructura orgánica: I. Dirección General; II. Dirección de Registro Público de la Propiedad; III. Dirección de Catastro; IV. Dirección de Administración; V. Dirección de Finanzas; VI. Dirección Jurídica; VII. Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico; VIII. Dirección de Vinculación y Evaluación, y IX. Contraloría Interna. El Reglamento Interior del Instituto establecerá la estructura orgánica y funciones de las áreas y servidores públicos del mismo. El Director General, los Directores de Registro Público de la Propiedad y de Catastro, así como los Registradores del Instituto, contarán con fe pública en los actos inherentes al ejercicio de sus funciones. / Artículo 150 de la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Catastro para el Estado y Municipios de San Luis Potosí
2020 01-may-20 31-may-20 Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico Director de área Director Director General Ley Art. 150 Ley del Registro Público de la Propiedad y del Catastro para el Estado y Municipios de San Luis Potosí Reglamento Interior en proceso de aprobación http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020.nsf/nombre_de_la_vista/2FE9E1DACDB65F4C8625852800519FC6/$File/REGLAMENTOS.pdf 0 Dirección de administración 31-may-20 31-may-20 Para el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Ley, el Instituto contará cuando menos con la siguiente estructura orgánica: I. Dirección General; II. Dirección de Registro Público de la Propiedad; III. Dirección de Catastro; IV. Dirección de Administración; V. Dirección de Finanzas; VI. Dirección Jurídica; VII. Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico; VIII. Dirección de Vinculación y Evaluación, y IX. Contraloría Interna. El Reglamento Interior del Instituto establecerá la estructura orgánica y funciones de las áreas y servidores públicos del mismo. El Director General, los Directores de Registro Público de la Propiedad y de Catastro, así como los Registradores del Instituto, contarán con fe pública en los actos inherentes al ejercicio de sus funciones. / Artículo 150 de la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Catastro para el Estado y Municipios de San Luis Potosí
2020 01-may-20 31-may-20 Dirección de Vinculación y Evaluación Director de área Director Director General Ley Art. 150 Ley del Registro Público de la Propiedad y del Catastro para el Estado y Municipios de San Luis Potosí Reglamento Interior en proceso de aprobación http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020.nsf/nombre_de_la_vista/2FE9E1DACDB65F4C8625852800519FC6/$File/REGLAMENTOS.pdf 0 Dirección de administración 31-may-20 31-may-20 Para el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Ley, el Instituto contará cuando menos con la siguiente estructura orgánica: I. Dirección General; II. Dirección de Registro Público de la Propiedad; III. Dirección de Catastro; IV. Dirección de Administración; V. Dirección de Finanzas; VI. Dirección Jurídica; VII. Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico; VIII. Dirección de Vinculación y Evaluación, y IX. Contraloría Interna. El Reglamento Interior del Instituto establecerá la estructura orgánica y funciones de las áreas y servidores públicos del mismo. El Director General, los Directores de Registro Público de la Propiedad y de Catastro, así como los Registradores del Instituto, contarán con fe pública en los actos inherentes al ejercicio de sus funciones. / Artículo 150 de la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Catastro para el Estado y Municipios de San Luis Potosí



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad47AEF35B94856FC0862588DF00780EA4Creado el 10/18/2022 03:53:27 PM
Carátula de registroB8B9B850DC8A9BAD862588DF007815D8Autorirc slp
RegistroF6F72371F135D463862588DF0078405ETipo de documento1 Registro general




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de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
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