Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadostj slp
Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí

Periodo
02 Febrero2020

ObligaciónCualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.

Obligación específica.
Más información relacionada_Preguntas frecuentes.

A ) Artículo84

B ) FracciónLIII

C ) IncisoB


Registro general

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LTAIPSLP84LIIIB FEBRERO 2020.xlsx

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2020.nsf/nombre_de_la_vista/7FAE1AF01E0E491386258521006E5687/$File/LTAIPSLP84LIIIB+FEBRERO+2020.xlsx




Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Más información relacionada_Preguntas frecuentes LTAIPSLP84LIIIB Con base en el análisis de la información estadística con que cuentan los sujetos obligados respecto a las preguntas frecuentes realizadas por las personas, se determinará un listado de temas y se publicarán las preguntas planteadas, así como las respuestas a cada una de éstas
Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Temática de las preguntas frecuentes Planteamiento de las preguntas frecuentes Respuesta a cada una de las preguntas frecuentes planteadas Hipervínculo al Informe estadístico (en su caso) Número total de preguntas realizadas por las personas al sujeto obligado Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2020 01/02/2020 29/02/2020 ADMINISTRATIVA Y/O JURISDICCIONAL Favor de proporcionar copia de solicitud de divorcio incausado y su estatus, gracias http://www.infomexslp.mx/InfomexSLP/Functions/ArchivoSPIHibrido.aspx?Lista=0&strGUIDModulo=58b3f838-c802-45a9-b0f1-fbda60413a6f&strGUIDCampo=71508954-3b27-446c-9d8b-49cd023d994a&intIndex=0&strAccion=MostrarSinGuardar&strGUIDLlave=20200203-2216-0400-2300-4afd231b4f62|20200217-0845-4700-7800-2c8f20abf492 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020.nsf/nombre_de_la_vista/DBA41E8C72FD74A5862585210063DF1C/$File/rptPublicoSI+FEBRERO+2020.xls 1 UNIDAD DE TRANSPARENCIA 29/02/2020 29/02/2020 NO SE GENERA
2020 01/02/2020 29/02/2020 ADMINISTRATIVA Y/O JURISDICCIONAL Favor de proporcionar resolución del acuerdo del expediente 966/19, resolución de la contravención para visitas reguladas con mis hijos http://www.infomexslp.mx/InfomexSLP/Functions/ArchivoSPIHibrido.aspx?Lista=0&strGUIDModulo=58b3f838-c802-45a9-b0f1-fbda60413a6f&strGUIDCampo=71508954-3b27-446c-9d8b-49cd023d994a&intIndex=0&strAccion=MostrarSinGuardar&strGUIDLlave=20200203-2218-4600-1830-beeb524cdcdf|20200217-0847-0200-3430-198b61c76fe5 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020.nsf/nombre_de_la_vista/DBA41E8C72FD74A5862585210063DF1C/$File/rptPublicoSI+FEBRERO+2020.xls 1 UNIDAD DE TRANSPARENCIA 29/02/2020 29/02/2020 NO SE GENERA
2020 01/02/2020 29/02/2020 ADMINISTRATIVA Y/O JURISDICCIONAL ver solicitud de transparencia men vio VER ARCHIVO ADJUNTO VIA PNT 00180120 http://www.infomexslp.mx/InfomexSLP/Functions/ArchivoSPIHibrido.aspx?Lista=0&strGUIDModulo=58b3f838-c802-45a9-b0f1-fbda60413a6f&strGUIDCampo=71508954-3b27-446c-9d8b-49cd023d994a&intIndex=0&strAccion=MostrarSinGuardar&strGUIDLlave=20200204-2017-1600-0420-9867ba2b0cfd|20200214-1131-0200-1500-c337450d9668 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020.nsf/nombre_de_la_vista/DBA41E8C72FD74A5862585210063DF1C/$File/rptPublicoSI+FEBRERO+2020.xls 1 UNIDAD DE TRANSPARENCIA 29/02/2020 29/02/2020 NO SE GENERA
2020 01/02/2020 29/02/2020 ADMINISTRATIVA Y/O JURISDICCIONAL Solicito la información sobre la cantidad de sentencias condenatorias de las que se tiene registro contra sacerdotes y miembros de órdenes religiosas o del clero por delitos sexuales en ese Estado. Solicito además la información sobre la cantidad de sentencias absolutorias de las que se tiene registro también contra sacerdotes y miembros de órdenes religiosas o del clero por delitos sexuales en ese Estado. http://www.infomexslp.mx/InfomexSLP/Functions/ArchivoSPIHibrido.aspx?Lista=0&strGUIDModulo=58b3f838-c802-45a9-b0f1-fbda60413a6f&strGUIDCampo=71508954-3b27-446c-9d8b-49cd023d994a&intIndex=0&strAccion=MostrarSinGuardar&strGUIDLlave=20200205-1317-5000-6050-d984c1a777b4|20200214-0957-0000-9940-c7320a2cda11 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020.nsf/nombre_de_la_vista/DBA41E8C72FD74A5862585210063DF1C/$File/rptPublicoSI+FEBRERO+2020.xls 1 UNIDAD DE TRANSPARENCIA 29/02/2020 29/02/2020 NO SE GENERA
2020 01/02/2020 29/02/2020 ADMINISTRATIVA Y/O JURISDICCIONAL Favor de responder la información adjunta. De ser posible, entregar en formato de datos abiertos (.xls, .xlsx o .csv) VÉASE ARCHIVO ADJUNTO EN PNT 00187320 VÉASE EN PNT 00187320 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020.nsf/nombre_de_la_vista/DBA41E8C72FD74A5862585210063DF1C/$File/rptPublicoSI+FEBRERO+2020.xls 1 UNIDAD DE TRANSPARENCIA 29/02/2020 29/02/2020 NO SE GENERA
2020 01/02/2020 29/02/2020 ADMINISTRATIVA Y/O JURISDICCIONAL "Reporte de incidencias registradas por el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado respecto del Juzgado Segundo Familiar durante el mes de noviembre de 2019. ¿La titular del Juzgado Segundo Familiar, María del Carmen Gómez Flores, notificó y/o solicito la anuencia u autorización del Consejo de la Judicatura para suspender labores en el juzgado a su cargo el 8 de noviembre de 2019? Copia simple del acuerdo por el que el Consejo de la Judicatura dio respuesta a la notificación o solicitud de la titular del Juzgado Segundo de lo Familiar para suspender labores del juzgado a su cargo el 8 de noviembre de 2019. Relación de las quejas o recursos de inconformidad promovidas ante el Consejo de la Judicatura de parte de usuarios (litigantes o público en general) del Juzgado Segundo Familiar derivado de la suspensión y, en su caso, en qué derivaron cada una. Fecha de alta como juez de María del Carmen Gómez Flores y el periodo ocupado por ella en cada juzgado. La relación de quejas o denuncias interpuestas en su contra durante su desempeño como jueza, en la que se desglose fecha, motivo, nombre de él o los promoventes, así como el estatus actual de cada una." http://www.infomexslp.mx/InfomexSLP/Functions/ArchivoSPIHibrido.aspx?Lista=0&strGUIDModulo=58b3f838-c802-45a9-b0f1-fbda60413a6f&strGUIDCampo=71508954-3b27-446c-9d8b-49cd023d994a&intIndex=0&strAccion=MostrarSinGuardar&strGUIDLlave=20200207-1629-3100-5190-a94f83947de1|20200224-1426-5500-0060-123efae3ef7f http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020.nsf/nombre_de_la_vista/DBA41E8C72FD74A5862585210063DF1C/$File/rptPublicoSI+FEBRERO+2020.xls 1 UNIDAD DE TRANSPARENCIA 29/02/2020 29/02/2020 NO SE GENERA
2020 01/02/2020 29/02/2020 ADMINISTRATIVA Y/O JURISDICCIONAL solicito me envíen el calendario de labores del año 2019 del poder judicial del estado de san luis potosi VÉASE EN PNT 00209020 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020.nsf/nombre_de_la_vista/DBA41E8C72FD74A5862585210063DF1C/$File/rptPublicoSI+FEBRERO+2020.xls 1 UNIDAD DE TRANSPARENCIA 29/02/2020 29/02/2020 NO SE GENERA
2020 01/02/2020 29/02/2020 ADMINISTRATIVA Y/O JURISDICCIONAL "La información puede ser enviada en formato de csv, formato de datos abierto o en el formato en que se disponga. Solicito la siguiente información para el periodo de 2000 y 2019 1) El total de personas privadas de la libertad así como aquellas en prisión preventiva sin una sentencia dictada por un juez para cada año dentro del periodo 2000 a 2019. Así como el total de personas privadas de la libertad en el estado en su respectivo año. 2) El número total de ingresos y/o aperturas de expedientes y/o asuntos nuevos en materia penal que ingresaron por año dentro del periodo 2000 al 2019 desagregado por delito y por el sistema penal que funcionaba en el año, es decir, inquisitivo mixto o acusatorio. 3) El número total cierres y/o bajas de expedientes y/o asuntos en materia penal por año dentro del periodo 2000 al 2019 desagregado por delito y por el sistema penal que funcionaba en el año, es decir, inquisitivo mixto o acusatorio. 4) El número total de expedientes y/o asuntos en materia penal que no fueron resueltos el año anterior por año dentro del periodo 2000 al 2019 desagregado por delito y por el sistema penal que funcionaba en el año (inquisitivo mixto o acusatorio). Es decir, el número total del rezago de expedientes y/o asuntos en materia penal para cada año del periodo. 5) El número de casos resueltos por justicia alternativa por año para el periodo 2000 al 2019 en los años que corresponda. La información puede ser enviada en formato de csv, formato de datos abierto o en el formato en que se disponga." http://www.infomexslp.mx/InfomexSLP/Functions/ArchivoSPIHibrido.aspx?Lista=0&strGUIDModulo=58b3f838-c802-45a9-b0f1-fbda60413a6f&strGUIDCampo=71508954-3b27-446c-9d8b-49cd023d994a&intIndex=0&strAccion=MostrarSinGuardar&strGUIDLlave=20200210-1955-5900-7590-756804dc737a|20200225-1413-4800-8750-8a5dbcb58ba1 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020.nsf/nombre_de_la_vista/DBA41E8C72FD74A5862585210063DF1C/$File/rptPublicoSI+FEBRERO+2020.xls 1 UNIDAD DE TRANSPARENCIA 29/02/2020 29/02/2020 NO SE GENERA
2020 01/02/2020 29/02/2020 ADMINISTRATIVA Y/O JURISDICCIONAL "La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4, párrafo noveno, establece que es obligación de todas las autoridades garantizar el interés superior de la niñez. Por otro lado, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (en adelante LGDNNA) establece obligaciones específicas para los órganos judiciales que conocen asuntos en los que se involucra a una niña, niño o adolescentes. También, la normativa en cita, en su artículo 122, fracción VI, inciso a), hace alusión a que el ingreso de una persona menor de edad a un centro de asistencia social es una medida urgente de protección especial. Por la naturaleza de esta medida, la LGDNNA establece la obligación de que, independientemente que sea dictada por un Ministerio Público o una Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, la o el juez competente deben revisarla para que, en su caso, la ratifique, modifique o cancele; las fracciones VI y VII del artículo 122 establecen tal obligación. En ese sentido
1.¿Cuál es el proceso específico que realizan las y los juzgadores en su entidad federativa al momento de revisar una medida urgente de protección especial que consiste en el ingreso de una niña, niño o adolescente a un Centro de Asistencia Social? 2.Con relación a la pregunta anterior, ¿cómo es que las y los juzgadores de su entidad se cercioran de que la ratificación, modificación o cancelación de la medida atienda al interés superior de la niñez? 3.Con relación a la pregunta marcada con el número 1, ¿en qué momento y de qué manera las y los juzgadores de su entidad garantizan el derecho de las niñas, niños y adolescentes a emitir su opinión y a que ésta sea tomada en cuenta? 4.Con relación a la pregunta marcada con el número 1, cuando las juezas y jueces de su entidad deciden ratificar la medida que coloca a niñas, niños y adolescentes bajo acogimiento residencial, ¿de qué manera se justifica la restricción al derecho humano a vivir en familia? 5.En atención a las obligaciones descritas en la introducción de la presente solicitud, en su entidad federativa, ¿cuántas medidas urgentes de protección especial consistentes en el ingreso de una niña, niño o adolescente bajo acogimiento residencial han sido ratificadas durante los años de 2017, 2018 y 2019 por juezas y jueces competentes? 6.En atención a las obligaciones descritas en la introducción de la presente solicitud, en su entidad federativa, ¿cuántas medidas urgentes de protección especial consistentes en el ingreso de una niña, niño o adolescente bajo acogimiento residencial han sido modificadas durante 2017, 2018 y 2019 por juezas y jueces competentes? 7.En atención a las obligaciones descritas en la introducción de la presente solicitud, en su entidad federativa, ¿cuántas medidas urgentes de protección especial consistentes en el ingreso de una niña, niño o adolescente bajo acogimiento residencial han sido canceladas durante los años de 2017, 2018 y 2019 por juezas y jueces competentes? 8.Previa protección de datos personales, se solicita agregar una resolución (formato pdf) en donde alguna jueza o juez de su entidad haya ratificado alguna medida urgente de protección especial consistente en el ingreso de una niña, niño o adolescente bajo acogimiento residencial. 9.Previa protección de datos personales, se solicita agregar una resolución (formato pdf) en donde alguna jueza o juez de su entidad haya cancelado alguna medida urgente de protección especial consistente en el ingreso de una niña, niño o adolescente bajo acogimiento residencial. 10.Previa protección de datos personales, se solicita agregar una resolución (formato pdf) en donde alguna jueza o juez de su entidad haya modificado alguna medida urgente de protección especial consistente en el ingreso de una niña, niño o adolescente bajo acogimiento residencial." http://www.infomexslp.mx/InfomexSLP/Functions/ArchivoSPIHibrido.aspx?Lista=0&strGUIDModulo=58b3f838-c802-45a9-b0f1-fbda60413a6f&strGUIDCampo=71508954-3b27-446c-9d8b-49cd023d994a&intIndex=0&strAccion=MostrarSinGuardar&strGUIDLlave=20200211-1331-0100-7590-c3c13450370c|20200225-1418-2100-1090-2420fb27ff79 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020.nsf/nombre_de_la_vista/DBA41E8C72FD74A5862585210063DF1C/$File/rptPublicoSI+FEBRERO+2020.xls 1 UNIDAD DE TRANSPARENCIA 29/02/2020 29/02/2020 NO SE GENERA
2020 01/02/2020 29/02/2020 ADMINISTRATIVA Y/O JURISDICCIONAL "La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4, párrafo noveno, establece que es obligación de todas las autoridades garantizar el interés superior de la niñez. Por otro lado, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (en adelante LGDNNA) establece obligaciones específicas para los órganos judiciales que conocen asuntos en los que se involucra a una niña, niño o adolescentes. También, la normativa en cita, en su artículo 122, fracción VI, inciso a), hace alusión a que el ingreso de una persona menor de edad a un centro de asistencia social es una medida urgente de protección especial. Por la naturaleza de esta medida, la LGDNNA establece la obligación de que, independientemente que sea dictada por un Ministerio Público o una Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, la o el juez competente deben revisarla para que, en su caso, la ratifique, modifique o cancele; las fracciones VI y VII del artículo 122 establecen tal obligación. En ese sentido
1.¿Cuál es el proceso específico que realizan las y los juzgadores en su entidad federativa al momento de revisar una medida urgente de protección especial que consiste en el ingreso de una niña, niño o adolescente a un Centro de Asistencia Social? 2.Con relación a la pregunta anterior, ¿cómo es que las y los juzgadores de su entidad se cercioran de que la ratificación, modificación o cancelación de la medida atienda al interés superior de la niñez? 3.Con relación a la pregunta marcada con el número 1, ¿en qué momento y de qué manera las y los juzgadores de su entidad garantizan el derecho de las niñas, niños y adolescentes a emitir su opinión y a que ésta sea tomada en cuenta? 4.Con relación a la pregunta marcada con el número 1, cuando las juezas y jueces de su entidad deciden ratificar la medida que coloca a niñas, niños y adolescentes bajo acogimiento residencial, ¿de qué manera se justifica la restricción al derecho humano a vivir en familia? 5.En atención a las obligaciones descritas en la introducción de la presente solicitud, en su entidad federativa, ¿cuántas medidas urgentes de protección especial consistentes en el ingreso de una niña, niño o adolescente bajo acogimiento residencial han sido ratificadas durante los años de 2017, 2018 y 2019 por juezas y jueces competentes? 6.En atención a las obligaciones descritas en la introducción de la presente solicitud, en su entida



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad7E80F2F3AB4E8C8686258521006E2EC5Creado el 03/04/2020 02:05:11 PM
Carátula de registroEBB5D3D6FE78F7E386258521006E3418Autorstj slp
Registro7FAE1AF01E0E491386258521006E5687Tipo de documento1 Registro general




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
derecho de acceso a la información púbica.
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