Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadopensiones slp
Dirección General de Pensiones

Periodo
10 Octubre2020

ObligaciónLos sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan

Obligación específica.
Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables.

A ) Artículo84

B ) FracciónV

C ) Inciso


Registro general

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Acceso directo:
LTAIPSLP84V.xlsx

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2020.nsf/nombre_de_la_vista/40931461DC3014F88625861B006680D9/$File/LTAIPSLP84V.xlsx




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2020 01/10/2020 31/10/2020 Dirección General Director General Director General Ninguna Ley de Pensiones y Prestaciones Sociales para los Trabajadores al Servicio del Estado de San Luis Potosí Arts. 104, 105 y 106 "I. Ejecutar los acuerdos de la Junta; II. Presentar cada año, en el mes de octubre, ante la Junta Directiva y Contraloría General del Estado, un informe pormenorizado del estado de la Dirección; III. Presentar al Subdirector Administrativo de cada uno de los grupos cotizadores, un informe del estado financiero de la Dirección, en los primeros cinco días hábiles de cada mes; IV. Otorgar información y todas las facilidades necesarias para que el Subdirector Administrativo que sea nombrado por cada uno de los grupos cotizadores ante la Dirección de Pensiones, realice sus funciones de inspección y vigilancia; V. Someter a la decisión de la Junta Directiva todas aquellas cuestiones que sean de su competencia; VI. Concurrir con el Presidente de la Junta Directiva a la firma de escrituras públicas en que la Dirección intervenga; VII. Representar a la Dirección en toda gestión judicial, extrajudicial y administrativa; VIII. Formular y presentar en el mes de diciembre, ante la Junta Directiva, el presupuesto anual de egresos para el funcionamiento necesario de la Dirección de Pensiones; IX. Proponer ante la Junta Directiva, la adquisición de bienes o servicios necesarios para el funcionamiento de la Dirección no contemplados en el presupuesto anual de egresos; X. Presentar el calendario oficial de la Dirección y autorizar en casos extraordinarios la suspensión de labores; XI. Conceder al personal a su cargo licencias en los términos de las leyes correspondientes; XII. Someter a la consideración de la Junta las reformas o adiciones que considere pertinentes al Reglamento Interno de la Dirección de Pensiones; XIII. Vigilar las labores del personal exigiendo el debido cumplimiento, e imponer a los trabajadores
de la institución las correcciones disciplinarias procedentes; XIV. Convocar a sesión a los miembros de la Junta Directiva cuando existan razones suficientes y
XV. Las demás facultades que fueren necesarias para el debido funcionamiento de la Dirección de Pensiones." http://201.144.107.246/InfPubEstatal2/_DIRECCI%c3%93N%20GENERAL%20DE%20PENSIONES%20DEL%20ESTADO/Art%c3%adculo%2019.%20fracc.%20II/PERFILES%20DE%20PUESTOS%202018/DIRECTOR%20GENERAL.pdf 50 Subdireccion de Servicios Administrativos 09/11/2020 09/11/2020 Ninguno
2020 01/10/2020 31/10/2020 Subdirección Jurídica, Pensiones, Préstamos Hipotecarios y Préstamos Quirografarios para la adquisición de vehículos automotrices Subdirector Subdirector Jurídico, Pensiones, Préstamos Hipotecarios y Préstamos Quirografarios para la Adquisición de Vehículos Automotrices Dirección General Reglamento Interior de la Dirección de Pensiones del Estado Artículo 5o "I. Atender con los apoderados legales, autorizados por la Junta Directiva, a efecto de rendirles la informacion necesaria para el inicio o continuidad de las acciones judiciales o extrajudiciales que demands o sea demandada la Direccion extrajudiciales que demands o sea demandada la Direccion de Pensiones. II. Atender y analizar la solicitudes de todos aquellos trabajadores que se encuentren en ios supuestos de recibir una pension; y las de los familiares de los trabajadores fallecidos que esten en el mismo supuesto. III. Atender y analizar todas aquellas solicitudes de familiares que de acuerdo a la Ley sean beneficiarios a la trasmision de la pension del trabajador pensionado que hubiese
fallecido. IV. Preparar y entregar expedientes al Titular, de los trabajadores o familiares, que han reunido los requisites consignados en la Ley y Reglamentos, para recibir una pensión los cuales a su vez seran turnado por el Funcionario en mención a la Junta Directiva. V. Atender y recibir todas aquellas solicitudes de pago de gastos de funeral, derivadas del fallecimiento del pensionado y cuyos familiares ya no se encuentran en el supuesto de recibir pension alguna. VI. Coordinar con el C. Director y el Departamento de Servicios Ad mini strati vos, los trabajos de la Revista Fisica, de los pensionados tanto local como foranea. VII. Coordinar con el IMSS, la entrega de la documentacion necesaria para que el servicio medico se les preste con oportunidad a los pensionados y su grupo familia. VIII. Coordinar con la Oficialia Mayor del Poder Ejecutivo, la entrega de listados y documentos de los pensionados y su grupo familiar, que reciben el servicio medico a traves del IMSS, para que esa Dependencia efectue puntualmente los pagos anuales en las fechas programadas para ello. IX. Coordinar con el Departamento de Informatica elaboration de las nóminas de los pensionados. X. Solicitar al Departamento de Tesoreria de la Direccion de Pensiones, los recursos financieros para el pago de la nomina general de pensionados. XI. Coordinar con los departamentos de Tesoreria e Informatica, para que en tiempo se aplique el pago de los recursos a cada uno de los pensionados. XII. Recibir y revisar que las solicitudes de Prestamos
Hipotecarios cumpla con los requisites para la obtencion del mismo establecidos en Ley y Reglamentos respectivos y coordinar con el Titular, la entrega de los expedientes a la Junta Directiva para la aprobacion. XIII. Enviar y gestionar ante Notarras para la formulaci6n de los Contratos de Mutuo con interes y Garantia Hipotecaria, de las solicitudes aprobadas por la Junta Directiva y es responsable de la entrega de Prestamos Hipotecarios. XIV. Dar de alta en la Compafiia de Seguros, autorizada para ello, a los trabajadores que obtuvieron Prestamo Hipotecario, asi como gestionar ante dicha compania el pago del seguro de deudor de los trabajadores que fallecen sin haberlo liquidado. XV. Mantener vigente la poliza anual del Seguro Deudores, gestionando los pagos del 100% de la prima anual cada uno de los trabajadores que esten gozando de Prestamos Hipotecario, ante la Compania de Seguros autorizada para ello. XVI. Gestionar ante las Oficinas Pagadoras de Gobierno del Estado, la recuperacidó del 50% del pago de prima anual por concepto de Seguro de Deudores, de cada uno de los trabajadores que esten gozando de Prestamos Hipotecario. XVII. Coordinar con la Seccion 26 Telesecundaria, recibir y analizar las solicitudes de Prestamos Quirografarios de los trabajadores de este sector para la obtencion de vehiculos automotrices, verificando que se apeguen a lo requerido y coordinar con el Titular, la entrega de los expedientes a la Junta Directiva para la aprobacion de los mismos. XVIII. Enviar y gestionar ante Notarias para la formulación de los Contratos de Credito Simple Quirografario con Garantia Hipotecaria, de la solicitudes aprobadas por la Junta Directiva y es responsable de la entrega de los recursos de estos préstamos. XIX. Dar de alta en la Compafiia de Seguros, autorizada para ello a los Trabajadores que obtuvieron Prestamo Quirografario para adquisición de vehiculos automotrices y en coordinación con este sector gestionar ante la Companía de Seguros, el pago del seguro de vida, de aquellos trabajadores que obtuvieron este tipo de prestamos y fallecen sin haber liquidado. XX. Las demas que sefialen las Leyes, Reglamentos, Decretos, Acuerdos y Manuales Aplicables, asi como las que
expresamente le confiera la superioridad. haber liquidado." http://201.144.107.246/InfPubEstatal2/_DIRECCI%c3%93N%20GENERAL%20DE%20PENSIONES%20DEL%20ESTADO/Art%c3%adculo%2019.%20fracc.%20II/PERFILES%20DE%20PUESTOS%202018/SUBDIRECTOR%20JURIDICO.pdf 50 Subdireccion de Servicios Administrativos 09/11/2020 09/11/2020 Ninguno
2020 01/10/2020 31/10/2020 Subdirección de Servicios Administrativos Subdirector Subdirector de Servicios Administrativos Dirección General Reglamento Interior de la Dirección de Pensiones del Estado Artículo 6o "I. Gestionar ante las diversas Dependencias que cotizan al fondo de pensiones la cobranza quincenal sobre las nominas por concepto de cuotas, aportacion gobiemo, fondo
de vivienda y prestamos a corto y largo plazo. II. Recabar contra-recibos de los recursos que entrega la Secretaria de Finanzas de los empleados Burocratas y de la Sección 52 y verificar la liberacion de los recursos para recoger los pagos en las fechas asignadas en dichos contrarecibos. III. Recabar los recursos que deben entregar las demas Dependencias cotizantes al fondo de pensiones y llevar registros de los pagos efectuados. IV. De conformidad con los tineamientos emitidos por la Dirección General a traves del Reglamento Interior de Trabajo de la Direccion de Pensiones que rige a los trabajadores, administrar al personal adscrito a esta Dirección. V. Difundir entre el personal adscrito la information relativa a sus derechos y obligaciones que deriven de las Leyes, Reglamentos, Decretos, Manuales, Acuerdos, Convenios y demas dtsposiciones normativas en la materia. VI. Gestionar ante el Titular las solicitudes de arrendamientos de los locales y despachos propiedad de la Dirección,
controlando la formalizacibn de contratos, los pagos, incrementos, servicios, etc. VII. Realizar las acciones pertinentes para la reparación, conservacion y mantenimiento que requieren los bienes muebles e inmuebles, previa autorizaci6n del Director General. VIII. Formular y mantener actualizado el inventario de los bienes muebles e inmuebtes, que son parte del patrimonio del fondo de pensiones. X. Recabar de los departamentos de pensiones, de prestamos hipotecarios, de prestamos a corto plazo, de devolución del fondo, de descuentos indebidos toda la información para realizar las Estadisticas de donde emana el Informe Anual que rinde el Director. XI. Preparar y entregar a la Direccion General la informaci6n solicitada por la Secretaria de Planeacidn de Desarrollo, la Contraloria General del Estado y la Oficialia Mayor del Poder Ejecutivo. XII. Las demas que le sefialen las Leyes, Reglamentos, Decretos, Acuerdos y Manuales aplicables, asi como aquellas que le confiera la Superioridad." http://201.144.107.246/InfPubEstatal2/_DIRECCI%c3%93N%20GENERAL%20DE%20PENSIONES%20DEL%20ESTADO/Art%c3%adculo%2019.%20fracc.%20II/PERFILES%20DE%20PUESTOS%202018/SUBDIRECTOR%20DE%20SERVICIOS%20ADMINISTRATIVOS.pdf 50 Subdireccion de Servicios Administrativos 09/11/2020 09/11/2020 Ninguno
2020 01/10/2020 31/10/2020 Subdirección de Préstamos a Corto Plazo y Tesorería Subdirector Subdirector de Préstamos a Corto Plazo y Tesorería Dirección General Reglamento Interior de la Dirección de Pensiones del Estado Artículo 7o I. Supervisar que el otorgamiento de los prestamos se apegue a lo establecido en la Ley y a la Reglamentacibn vigente para cada uno de los sectores cotizantes. II. Atender a derecho-habientes y Pensionados y Jubilados sobre sus dudas y movimientos en saldo. III. Supervisar el escaneo de tarjetas de registro de firmas en el sistema de informatica. IV. Controlar diariamente los saldos de las cuentas y de inversiones y realization e investigation de aclaraciones y dudas de movimientos no realizados correctamente por los bancos. V. Capturar y pagar via electronica los impuestos de los que son contribuyentes la Dirección de Pensiones y realización de todo tramite que se requiera de los Bancos. VI. Las demas que le sefialen las Leyes, Reglamentos, Decretos, Acuerdos y Manuales aplicables, asi como aquellas que le confiera la Superioridad. http://201.144.107.246/InfPubEstatal2/_DIRECCI%c3%93N%20GENERAL%20DE%20PENSIONES%20DEL%20ESTADO/Art%c3%adculo%2019.%20fracc.%20II/PERFILES%20DE%20PUESTOS%202018/SUBDIRECTOR%20DE%20PCP%20Y%20TESORERIA.pdf 50 Subdireccion de Servicios Administrativos 09/11/2020 09/11/2020 Ninguno
2020 01/10/2020 31/10/2020 Subdirección de Afiliación, Vigencia de Derechos y Devolución del Fondo Subdirector Subdirector de Afiliación, Vigencia de Derechos y Devolución del Fondo Dirección General Reglamento Interior de la Dirección de Pensiones del Estado Artículo 8o "I. Supervisar el proceso de afiliación. II. Supervisar y aprobar cómputos de tiempo para fines internos y externos. III. Supervisar y aprobar el pago de cuotas efectuadas
directamente en la caja de la Direccion, por permisos sin goce de sueldo, omisiones, reintegro de devolución de fondo. IV. Supervisar el proceso de captura de aportaciones correspondientes a afios anteriores a 1990, y contar con un sistema de informacion completa. V. Supervisar en el sistema de archivo de la Entidad, para que sea lo suficientemente completo y bien estructurado. VI. Revisar y aprobar las devoluciones de fondo elaboradas, cualquiera que sea su tipo. VII. Supervisar la correcta aplicacion del fondo a adeudos del derecho-habiente, tanto internos como externo. VIII. Revisar y aprobar los descuentos indebidos a reintegrarse por solicitud expresa del derecho-habiente, esto en coordinación con el departamento origen del descuento. IX. Elaborar la notification sobre las devoluciones, tanto de aportaciones comb de descuentos indebidos programados para entrega, con el fin de realizar la asignacion de recursos correspondientes. X. Elaborar estadísticas. XI. Las demas que le sefialen las Leyes, Reglamentos, Decretos, Acuerdos y Manuales aplicables, asi como aquellas que le confiera la Superioridad." http://201.144.107.246/InfPubEstatal2/_DIRECCI%c3%93N%20GENERAL%20DE%20PENSIONES%20DEL%20ESTADO/Art%c3%adculo%2019.%20fracc.%20II/PERFILES%20DE%20PUESTOS%202018/SUBDIRECTOR%20DE%20AFILIACION.pdf 50 Subdireccion de Servicios Administrativos 09/11/2020 09/11/2020 Ninguno
2020 01/10/2020 31/10/2020 Subdirección de Informática Subdirector Subdirector de Informática Dirección General Reglamento Interior de la Dirección de Pensiones del Estado Artículo 9o "I. Organizar y operar eficientemente la Subdirección de Informática. II. Elaborar, implementar, operar, mantener y estandarizar el sistema de información de la Dirección de Pensiones. III. Emitir las politicas, procedimientos y normas que deberan adoptar en materia de informatica las unidades administrativas de la Dirección de Pensiones del Estado. IV. Asesorar en los requerimientos tecnicos para cumplir en las adquisiciones que realice la dependencia en materia de equipos de cómputo y software. V. Realizar los estudios de factibilidad tecnica y administrative para la contratacion de equipo y sistemas, incluyendo los servicios tecnicos que se requieran para el desarrollo,
operacion y mantenimiento de los equipos de cómputo. VI. Atender los requerimientos de los usuarios de las unidades administrativas de la Direccidn de Pensiones del Estado en materia de informatica. VII. Promover convenios interinstitucionales gue permitan el intercambio de ideas y superacion en lo referente a informatica. VIII. Las demas que le senalen las Leyes, Reglamentos, Decretos, Acuerdos y Manuales aplicables, asi como aquellas que le confiera la Superioridad. " http://201.144.107.246/InfPubEstatal2/_DIRECCI%c3%93N%20GENERAL%20DE%20PENSIONES%20DEL%20ESTADO/Art%c3%adculo%2019.%20fracc.%20II/PERFILES%20DE%20PUESTOS%202018/SUBDIRECTOR%20DE%20INFORMATICA.pdf 50 Subdireccion de Servicios Administrativos 09/11/2020 09/11/2020 Ninguno
2020 01/10/2020 31/10/2020 Subdirección de Estacionamiento, Intendencia y Vigilancia Subdirector Subdirector de Estacionamiento, Intendencia y Vigilancia Dirección General Reglamento Interior de la Dirección de Pensiones del Estado Artículo 10o



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad1CB19EC684E3F78B8625861B0066538DCreado el 11/09/2020 12:39:36 PM
Carátula de registroCECF1AD589D9FC668625861B006662C8Autorpensiones slp
Registro40931461DC3014F88625861B006680D9Tipo de documento1 Registro general




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