Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadosf slp
Secretaría de Finanzas

Periodo
02 Febrero2020

ObligaciónLa información sobre los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la versión pública del expediente respectivo y de los contratos celebrados, que deberá contener, por lo menos, lo siguiente.

Obligación específica.
Informe de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero.

A ) Artículo84

B ) FracciónXXXVII

C ) IncisoA


Registro general

Para Consultar el documento
Acceso directo:
LTAIPSLP84XXXVIIA+4to+trimestre+-+anual+febrero+2020.xlsx

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2020.nsf/nombre_de_la_vista/2D58290ED72690978625852A0008E247/$File/LTAIPSLP84XXXVIIA+4to+trimestre+-+anual+febrero+2020.xlsx




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Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Clave del capítulo, con base en la clasificación económica del gasto Clave del concepto, con base en la clasificación económica del gasto Clave de la partida, con base en la clasificación económica del gasto Denominación del capítulo, concepto o partida, con base en la clasificación económica del gasto Gasto aprobado por capítulo, concepto o partida; con base en la clasificación económica del gasto Gasto modificado por capítulo, concepto o partida; con base en la clasificación económica del gasto Gasto comprometido por capítulo, concepto o partida; con base en la clasificación económica de gasto Gasto devengado por capítulo, concepto o partida; con base en la clasificación económica del gasto Gasto ejercido por capítulo, concepto o partida con base en la clasificación económica del gasto Gasto pagado por capítulo, concepto o partida; con base en la clasificación económica del gasto Justificación de la modificación del presupuesto, en su caso Hipervínculo al Estado analítico del ejercicio del Presupuesto de Egresos Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de Actualización Nota
2020 01/02/2020 29/02/2020 1000 1000 1000 Servicios Personales Lo referente al 4° informe trimestral se publicará a la par del informe anual, De acuerdo al Decreto 0871.- En el que se Reforman los artículos 53 y 54 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, nos dice que La Cuenta Pública del Poder Ejecutivo del Estado deberá presentarse en forma anual al Congreso del Estado y, en sus recesos, a la Diputación Permanente, a más tardar el día quince del mes de marzo del año siguiente al que corresponda su ejercicio. Además, las entidades del Poder Ejecutivo del Estado, del Poder Judicial, el Poder Legislativo, los municipios, los organismos municipales descentralizados, y los organismos constitucionales autónomos, rendirán un informe trimestral de su situación financiera, a más tardar el día quince del mes siguiente al periodo de que se trate, conforme lo dispuesto en la ley. Debido a esto y a la normatividad establecida por el CONAC en la cual señala que nuestros estados financieros se realizarán de forma acumulativa, para este Poder Ejecutivo la cuenta trimestral del 4° trimestre contendría y seria específicamente la Cuenta Pública Anual y al no haber sido entregada a esta fecha al congreso anexo link de nuestras cuentas públicas en las que próximamente estarán publicados. Lo referente al 4° informe trimestral se publicará a la par del informe anual, De acuerdo al Decreto 0871.- En el que se Reforman los artículos 53 y 54 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, nos dice que La Cuenta Pública del Poder Ejecutivo del Estado deberá presentarse en forma anual al Congreso del Estado y, en sus recesos, a la Diputación Permanente, a más tardar el día quince del mes de marzo del año siguiente al que corresponda su ejercicio. Además, las entidades del Poder Ejecutivo del Estado, del Poder Judicial, el Poder Legislativo, los municipios, los organismos municipales descentralizados, y los organismos constitucionales autónomos, rendirán un informe trimestral de su situación financiera, a más tardar el día quince del mes siguiente al periodo de que se trate, conforme lo dispuesto en la ley. Debido a esto y a la normatividad establecida por el CONAC en la cual señala que nuestros estados financieros se realizarán de forma acumulativa, para este Poder Ejecutivo la cuenta trimestral del 4° trimestre contendría y seria específicamente la Cuenta Pública Anual y al no haber sido entregada a esta fecha al congreso anexo link de nuestras cuentas públicas en las que próximamente estarán publicados. Lo referente al 4° informe trimestral se publicará a la par del informe anual, De acuerdo al Decreto 0871.- En el que se Reforman los artículos 53 y 54 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, nos dice que La Cuenta Pública del Poder Ejecutivo del Estado deberá presentarse en forma anual al Congreso del Estado y, en sus recesos, a la Diputación Permanente, a más tardar el día quince del mes de marzo del año siguiente al que corresponda su ejercicio. Además, las entidades del Poder Ejecutivo del Estado, del Poder Judicial, el Poder Legislativo, los municipios, los organismos municipales descentralizados, y los organismos constitucionales autónomos, rendirán un informe trimestral de su situación financiera, a más tardar el día quince del mes siguiente al periodo de que se trate, conforme lo dispuesto en la ley. Debido a esto y a la normatividad establecida por el CONAC en la cual señala que nuestros estados financieros se realizarán de forma acumulativa, para este Poder Ejecutivo la cuenta trimestral del 4° trimestre contendría y seria específicamente la Cuenta Pública Anual y al no haber sido entregada a esta fecha al congreso anexo link de nuestras cuentas públicas en las que próximamente estarán publicados. Lo referente al 4° informe trimestral se publicará a la par del informe anual, De acuerdo al Decreto 0871.- En el que se Reforman los artículos 53 y 54 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, nos dice que
La Cuenta Pública del Poder Ejecutivo del Estado deberá presentarse en forma anual al Congreso del Estado y, en sus recesos, a la Diputación Permanente, a más tardar el día quince del mes de marzo del año siguiente al que corresponda su ejercicio. Además, las entidades del Poder Ejecutivo del Estado, del Poder Judicial, el Poder Legislativo, los municipios, los organismos municipales descentralizados, y los organismos constitucionales autónomos, rendirán un informe trimestral de su situación financiera, a más tardar el día quince del mes siguiente al periodo de que se trate, conforme lo dispuesto en la ley. Debido a esto y a la normatividad establecida por el CONAC en la cual señala que nuestros estados financieros se realizarán de forma acumulativa, para este Poder Ejecutivo la cuenta trimestral del 4° trimestre contendría y seria específicamente la Cuenta Pública Anual y al no haber sido entregada a esta fecha al congreso anexo link de nuestras cuentas públicas en las que próximamente estarán publicados. Lo referente al 4° informe trimestral se publicará a la par del informe anual, De acuerdo al Decreto 0871.- En el que se Reforman los artículos 53 y 54 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, nos dice que La Cuenta Pública del Poder Ejecutivo del Estado deberá presentarse en forma anual al Congreso del Estado y, en sus recesos, a la Diputación Permanente, a más tardar el día quince del mes de marzo del año siguiente al que corresponda su ejercicio. Además, las entidades del Poder Ejecutivo del Estado, del Poder Judicial, el Poder Legislativo, los municipios, los organismos municipales descentralizados, y los organismos constitucionales autónomos, rendirán un informe trimestral de su situación financiera, a más tardar el día quince del mes siguiente al periodo de que se trate, conforme lo dispuesto en la ley. Debido a esto y a la normatividad establecida por el CONAC en la cual señala que nuestros estados financieros se realizarán de forma acumulativa, para este Poder Ejecutivo la cuenta trimestral del 4° trimestre contendría y seria específicamente la Cuenta Pública Anual y al no haber sido entregada a esta fecha al congreso anexo link de nuestras cuentas públicas en las que próximamente estarán publicados. Lo referente al 4° informe trimestral se publicará a la par del informe anual, De acuerdo al Decreto 0871.- En el que se Reforman los artículos 53 y 54 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, nos dice que La Cuenta Pública del Poder Ejecutivo del Estado deberá presentarse en forma anual al Congreso del Estado y, en sus recesos, a la Diputación Permanente, a más tardar el día quince del mes de marzo del año siguiente al que corresponda su ejercicio. Además, las entidades del Poder Ejecutivo del Estado, del Poder Judicial, el Poder Legislativo, los municipios, los organismos municipales descentralizados, y los organismos constitucionales autónomos, rendirán un informe trimestral de su situación financiera, a más tardar el día quince del mes siguiente al periodo de que se trate, conforme lo dispuesto en la ley. Debido a esto y a la normatividad establecida por el CONAC en la cual señala que nuestros estados financieros se realizarán de forma acumulativa, para este Poder Ejecutivo la cuenta trimestral del 4° trimestre contendría y seria específicamente la Cuenta Pública Anual y al no haber sido entregada a esta fecha al congreso anexo link de nuestras cuentas públicas en las que próximamente estarán publicados. Lo referente al 4° informe trimestral se publicará a la par del informe anual, De acuerdo al Decreto 0871.- En el que se Reforman los artículos 53 y 54 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, nos dice que La Cuenta Pública del Poder Ejecutivo del Estado deberá presentarse en forma anual al Congreso del Estado y, en sus recesos, a la Diputación Permanente, a más tardar el día quince del mes de marzo del año siguiente al que corresponda su ejercicio. Además, las entidades del Poder Ejecutivo del Estado, de
l Poder Judicial, el Poder Legislativo, los municipios, los organismos municipales descentralizados, y los organismos constitucionales autónomos, rendirán un informe trimestral de su situación financiera, a más tardar el día quince del mes siguiente al periodo de que se trate, conforme lo dispuesto en la ley. Debido a esto y a la normatividad establecida por el CONAC en la cual señala que nuestros estados financieros se realizarán de forma acumulativa, para este Poder Ejecutivo la cuenta trimestral del 4° trimestre contendría y seria específicamente la Cuenta Pública Anual y al no haber sido entregada a esta fecha al congreso anexo link de nuestras cuentas públicas en las que próximamente estarán publicados. http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019.nsf/nombre_de_la_vista/5E75FF5C5789F9CA8625837E000802E3/$File/4TO+INFORME.doc Dirección de Contabilidad Gubernamental 10/04/2020 10/03/2020
2020 01/02/2020 29/02/2020 1000 1100 1100 Remuneraciones al Personal de Carácter Permanente Lo referente al 4° informe trimestral se publicará a la par del informe anual, De acuerdo al Decreto 0871.- En el que se Reforman los artículos 53 y 54 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, nos dice que La Cuenta Pública del Poder Ejecutivo del Estado deberá presentarse en forma anual al Congreso del Estado y, en sus recesos, a la Diputación Permanente, a más tardar el día quince del mes de marzo del año siguiente al que corresponda su ejercicio. Además, las entidades del Poder Ejecutivo del Estado, del Poder Judicial, el Poder Legislativo, los municipios, los organismos municipales descentralizados, y los organismos constitucionales autónomos, rendirán un informe trimestral de su situación financiera, a más tardar el día quince del mes siguiente al periodo de que se trate, conforme lo dispuesto en la ley. Debido a esto y a la normatividad establecida por el CONAC en la cual señala que nuestros estados financieros se realizarán de forma acumulativa, para este Poder Ejecutivo la cuenta trimestral del 4° trimestre contendría y seria específicamente la Cuenta Pública Anual y al no haber sido entregada a esta fecha al congreso anexo link de nuestras cuentas públicas en las que próximamente estarán publicados. Lo referente al 4° informe trimestral se publicará a la par del informe anual, De acuerdo al Decreto 0871.- En el que se Reforman los artículos 53 y 54 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, nos dice que La Cuenta Pública del Poder Ejecutivo del Estado deberá presentarse en forma anual al Congreso del Estado y, en sus recesos, a la Diputación Permanente, a más tardar el día quince del mes de marzo del año siguiente al que corresponda su ejercicio. Además, las entidades del Poder Ejecutivo del Estado, del Poder Judicial, el Poder Legislativo, los municipios, los organismos municipales descentralizados, y los organismos constitucionales autónomos, rendirán un informe trimestral de su situación financiera, a más tardar el día quince del mes siguiente al periodo de que se trate, conforme lo dispuesto en la ley. Debido a esto y a la normatividad establecida por el CONAC en la cual señala que nuestros estados financieros se realizarán de forma acumulativa, para este Poder Ejecutivo la cuenta trimestral del 4° trimestre contendría y seria específicamente la Cuenta Pública Anual y al no haber sido entregada a esta fecha al congreso anexo link de nuestras cuentas públicas en las que próximamente estarán publicados. Lo referente al 4° informe trimestral se publicará a la par del informe anual, De acuerdo al Decreto 0871.- En el que se Reforman los artículos 53 y 54 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, nos dice que La Cuenta Pública del Poder Ejecutivo del Estado deberá presentarse en forma anual al Congreso del Estado y, en sus recesos, a la Diputación Permanente, a más tardar el día quince del mes de marzo del año siguiente al que corresponda su ejercicio. Además, las entidades del Poder Ejecutivo del Estado, del Poder Judicial, el Poder Legislativo, los municipios, los organismos municipales descentralizados, y los organismos constitucionales autónomos, rendirán un informe trimestral de su situación financiera, a más tardar el día quince del mes siguiente al periodo de que se trate, conforme lo dispuesto en la ley. Debido a esto y a la normatividad establecida por el CONAC en la cual señala que nuestros estados financieros se realizarán de forma acumulativa, para este Poder Ejecutivo la cuenta trimestral del 4° trimestre contendría y seria específicamente la Cuenta Pública Anual y al no haber sido entregada a esta fecha al congreso anexo link de nuestras cuentas públicas en las que próximamente estarán publicados. Lo referente al 4° informe trimestral se publicará a la par del informe anual, De acuerdo al Decreto 0871.- En el que se Reforman los artículos 53 y 54 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de S
an Luis Potosí, nos dice que La Cuenta Pública del Poder Ejecutivo del Estado deberá presentarse en forma anual al Congreso del Estado y, en sus recesos, a la Diputación Permanente, a más tardar el día quince del mes de marzo del año siguiente al que corresponda su ejercicio. Además, las entidades del Poder Ejecutivo del Estado, del Poder Judicial, el Poder Legislativo, los municipios, los organismos municipales descentralizados, y los organismos constitucionales autónomos, rendirán un informe trimestral de su situación financiera, a más tardar el día quince del mes siguiente al periodo de que se trate, conforme lo dispuesto en la ley. Debido a esto y a la normatividad establecida por el CONAC en la cual señala que nuestros estados financieros se realizarán de forma acumulativa, para este Poder Ejecutivo la cuenta trimestral del 4° trimestre contendría y seria específicamente la Cuenta Pública Anual y al no



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad99960213F239BE778625852A0008CF6ECreado el 03/12/2020 07:37:02 PM
Carátula de registroCF5751F10B631CE68625852A0008D3CAAutorsf slp
Registro2D58290ED72690978625852A0008E247Tipo de documento1 Registro general




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
derecho de acceso a la información púbica.
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