Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadosan antonio slp
San Antonio

Periodo
02 Febrero2020

ObligaciónEn materia del medio ambiente y recursos naturales:

Obligación específica.
Información estadística sobre infracciones, identificando la causa que haya motivado la infracción, el precepto legal infringido y la descripción de la infracción.

A ) Artículo85

B ) FracciónI

C ) IncisoM14


Registro general

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LTAIPSLP85IM14 Febrero 2020.xlsx

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2020.nsf/nombre_de_la_vista/169292E99FE846A586258979007238D9/$File/LTAIPSLP85IM14+Febrero+2020.xlsx




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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Información estadística sobre infracciones. LTAIPSLP85IM14 Información estadística sobre infracciones. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Tipo de la infracción Motivo de la infracción Fundamento legal infringido Descripción de la infracción Fecha de la infracción Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de Actualización Nota
2020 01/02/2020 29/02/2020 No se genero informacion No se genero informacion No se genero informacion No se genero informacion 00/00/0000 Seguridad Publica y Transito Municipal 29/02/2020 29/02/2020 "Para este mes de febrero, no se cuentan con estadísticas debido a que no se aplicaron infracciones. Con fundamento en la Ley de Tránsito del Estado del Estado de San Luis Potosí, en su artículo 8°, menciona: Son autoridades estatales en materia de tránsito: Los ayuntamientos; II. Los presidentes municipales, y III. El director. Se considera que las direcciones de seguridad pública municipal, de tránsito, o su equivalente, sea cual sea la denominación que se les dé en los reglamentos municipales, son un cuerpo de seguridad pública en los términos del artículo 22 fracción II de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí. Las atribuciones operativas que esta Ley, los reglamentos municipales y, en su caso, los bandos de policía y gobierno les otorguen, son consideradas como de seguridad pública. Así mismo, el artículo 15. Son atribuciones del director de tránsito municipal o su equivalente, dentro de su jurisdicción territorial: I. Establecer las medidas preventivas tendientes a evitar infracciones y accidentes de tránsito en las vías públicas; VI. Elaborar, por conducto de los agentes, las boletas de infracción y sanción a conductores y vehículos por las violaciones cometidas a la presente Ley y sus reglamentos; VII. Sancionar a los sujetos infractores de esta Ley, de los reglamentos municipales y de los bandos de policía y gobierno, por conducto de los agentes de tránsito municipales."



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidadCCA57A99CD9316E286258979006C65BDCreado el 03/21/2023 02:47:36 PM
Carátula de registro6A2CC8C12622B23E862589790072273DAutorsan antonio slp
Registro169292E99FE846A586258979007238D9Tipo de documento1 Registro general




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