Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadotangamanga slp
Centros Estatales de Cultura y Recreación Tangamanga I. y II.

Periodo
02 Febrero2020

ObligaciónCualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.

Obligación específica.
Más información relacionada_Preguntas frecuentes.

A ) Artículo84

B ) FracciónLIII

C ) IncisoB


Registro general

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LTAIPSLP84LIIIB.xlsx

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2020.nsf/nombre_de_la_vista/14EC0BD88EDA3D6C862586FD005697E3/$File/LTAIPSLP84LIIIB.xlsx




Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


Más información relacionada_Preguntas frecuentes LTAIPSLP84LIIIB Con base en el análisis de la información estadística con que cuentan los sujetos obligados respecto a las preguntas frecuentes realizadas por las personas, se determinará un listado de temas y se publicarán las preguntas planteadas, así como las respuestas a cada una de éstas
Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Temática de las preguntas frecuentes Planteamiento de las preguntas frecuentes Respuesta a cada una de las preguntas frecuentes planteadas Hipervínculo al Informe estadístico (en su caso) Número total de preguntas realizadas por las personas al sujeto obligado Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2020 01/02/2020 29/02/2020 Solicitud ARCO Buenos días, quisiera saber si tienen acceso a mis datos personales., tipo de derecho ARCO: Acceso, Presento solicitud: Titular, Representante: ,tipo de persona: Titular "Artículo 72. Para el ejercicio de los derechos ARCO, será necesario que el titular acredite ante el responsable su identidad al momento de presentar su solicitud y, en su caso, la identidad y personalidad con la que actué su representante. Artículo 73. Para el ejercicio de los derechos ARCO, será necesario que el titular acredite ante el responsable su identidad al momento de hacer efectivo el derecho siempre y cuando resulte procedente y, en su caso, la identidad y la personalidad con la que actúe su representante. Artículo 74. En la acreditación del titular o su representante, el responsable deberá seguir las siguientes reglas: I.  El titular podrá acreditar su identidad a través de los siguientes medios: a)   Identificación oficial. b)   Instrumentos electrónicos o mecanismos de de autenticación permitidos por otras disposiciones legales o reglamentarias que permitan su identificación fehacientemente. c) Aquellos mecanismos establecidos por el responsable de manera previa, siempre y cuando permitan de forma inequívoca la acreditación de la identidad del titular, y II. Cuando el titular ejerza sus derechos ARCO a través de su representante ,este deberá acreditar su identidad y personalidad presentando ante el responsable : a) Copia simple de la identificación oficial del titular
b) Identificación oficial del representante
c) Instrumento público, o carta poder simple firmada ante dos testigos, o declaración en comparecencia personal del titular. " http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019.nsf/nombre_de_la_vista/B4DAC85269CAE272862583D2005997EB/$File/CECURT.pdf 1 UNIDAD DE TRANSPARENCIA 29/02/2020 29/02/2020 NINGUNA. 2020 01/02/2020 29/02/2020 Objetivos y funciones de la dependencia y cuotas de recuperación 1.-Deseo saber los objetivos y funciones del CECURT.? 2.- Launidad de medida que establecen para recaudar cuotas de recuperación.? 3.- Que definen como cuotas de recuperación.? Los gastos que se cubren con las cuotas de recuperación.? 4.- Los gastos que se cubren con las cuotas de recuperación.? 5.- Deseo Saber si los gimnasios tienen alguna conseción.? 6.- que motivo al incremento de las cuotas de los gimnasios.? 7.- Cuantos aparatos de los gimnasios fueron compraron y cuantos fueron donados? 8.- Las cuotas de recuperación en los espacios publicos son obligatorias y con funmamento en que ley, acuerdo, reglamento, estatuto, decreto etc.... De acuerdo al informe solicitado a la Dirección Administrativa le comento lo siguiente: 1.- RESPUESTA: Se Proporciona link que contiene la normatividad del CECURT: Ley que crea a los CECURT, sus reformas y su Reglamento Interno y sus reformas. http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip.nsf/af56201fa851b94c862580be005c7aa5/5F7E34A3824CD5478625819800566A0E/$file/DEC%20CREACION%20CI.pdf http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip.nsf/af56201fa851b94c862580be005c7aa5/E3F20215F1669DA0862581980056CB0A/$file/REGLAMENTO%20USUARIOS%20CECURT.pdf 2.-RESPUESTA: La unidad de medida de los productos que CECURT cobra es en pesos. Fuente: Exposición de motivos y articulado de la Ley de Ingresos del Estado de San Luis Potosí para el ejercicio fiscal 2020 Se proporciona link que contiene la Ley de Ingresos del Estado de San Luis Potosí para el ejercicio fiscal 2020: http://www.cecurt.com.mx/DATOS/LeydeIngresosdelEstado.pdf 3.- Respuesta: La Ley de Ingresos del Estado de San Luis Potosí para el ejercicio fiscal 2020 establece para el caso específico de los CECURT, la facultad de hacerse de recursos es por concepto de productos. Se proporciona link que direcciona a la Ley de Ingresos del Estado de San Luis Potosí para el ejercicio fiscal 2020, en la cual se describen las fuentes de ingresos como derechos, aprovechamientos y productos: http://www.cecurt.com.mx/DATOS/LeydeIngresosdelEstado.pdf 4.- Respuesta: Los recursos que se captan por CECURT, se invierten para mantenimiento de las diversas áreas que integran a los CECURT 5.- Respuesta: Existe una prohibición expresa dentro de la norma que rige a los CECURT, para no comprometer su patrimonio bajo ninguna circunstancia o modalidad, tal y como lo precisa el artículo 16 de la Ley por la que se crea el CECURT, reformado el pasado treinta de marzo de mil novecientos noventa y cuatro, publicado en el Periódico Oficial del Estado, que a la letra dice: “ARTICULO 16.- Se prohíbe, bajo cualquier circunstancia o modalidad, vender, ceder, enajenar, arrendar, gravar o dar en concesión los bienes que forman parte del patrimonio del organismo. Únicamente con autorización del Consejo de Administración podrán ser otorgados a las personas físicas y morales los permisos para la venta de artículos en estanquillos o área que se instalen para ese propósito.” 6.- Respuesta: Exposición de motivos y articulado de la Ley de Ingresos del Estado de San Luis Potosí para el ejercicio fiscal 2020. 7.- Respuesta: Se han comprado 7 equipos y aparatos de Gimnasio y 4 aparatos de gimnasio donados en Cecurt I. 8.- Respuesta: Exposición de motivos y articulado de la Ley de Ingresos del Estado de San Luis Potosí para el ejercicio fiscal 2020. http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019.nsf/nombre_de_la_vista/B4DAC85269CAE272862583D2005997EB/$File/CECURT.pdf 1 UNIDAD DE TRANSPARENCIA 29/02/2020 29/02/2020 NINGUNA.



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad2C63FBA0877B7696862586FD00568AE0Creado el 06/23/2021 09:45:49 AM
Carátula de registro823A28559B3DBF76862586FD00569173Autortangamanga slp
Registro14EC0BD88EDA3D6C862586FD005697E3Tipo de documento1 Registro general




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