Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadosf slp
Secretaría de Finanzas

Periodo
01 Enero2020

ObligaciónLa información sobre los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la versión pública del expediente respectivo y de los contratos celebrados, que deberá contener, por lo menos, lo siguiente.

Obligación específica.
Informe de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero.

A ) Artículo84

B ) FracciónXXXVII

C ) IncisoA


Registro general

Para Consultar el documento
Acceso directo:
LTAIPSLP84XXXVIIA 4to trimestre - anual enero 2020.xlsx

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2020.nsf/nombre_de_la_vista/03B9E954C0AC9D618625850B006D636B/$File/LTAIPSLP84XXXVIIA+4to+trimestre+-+anual+enero+2020.xlsx




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2020 01/01/2020 31/01/2020 1000 1000 1000 Servicios Personales Lo referente al 4° informe trimestral se publicará a la par del informe anual, De acuerdo al Decreto 0871.- En el que se Reforman los artículos 53 y 54 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, nos dice que La Cuenta Pública del Poder Ejecutivo del Estado deberá presentarse en forma anual al Congreso del Estado y, en sus recesos, a la Diputación Permanente, a más tardar el día quince del mes de marzo del año siguiente al que corresponda su ejercicio. Además, las entidades del Poder Ejecutivo del Estado, del Poder Judicial, el Poder Legislativo, los municipios, los organismos municipales descentralizados, y los organismos constitucionales autónomos, rendirán un informe trimestral de su situación financiera, a más tardar el día quince del mes siguiente al periodo de que se trate, conforme lo dispuesto en la ley. Debido a esto y a la normatividad establecida por el CONAC en la cual señala que nuestros estados financieros se realizarán de forma acumulativa, para este Poder Ejecutivo la cuenta trimestral del 4° trimestre contendría y seria específicamente la Cuenta Pública Anual y al no haber sido entregada a esta fecha al congreso anexo link de nuestras cuentas públicas en las que próximamente estarán publicados. Lo referente al 4° informe trimestral se publicará a la par del informe anual, De acuerdo al Decreto 0871.- En el que se Reforman los artículos 53 y 54 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, nos dice que La Cuenta Pública del Poder Ejecutivo del Estado deberá presentarse en forma anual al Congreso del Estado y, en sus recesos, a la Diputación Permanente, a más tardar el día quince del mes de marzo del año siguiente al que corresponda su ejercicio. Además, las entidades del Poder Ejecutivo del Estado, del Poder Judicial, el Poder Legislativo, los municipios, los organismos municipales descentralizados, y los organismos constitucionales autónomos, rendirán un informe trimestral de su situación financiera, a más tardar el día quince del mes siguiente al periodo de que se trate, conforme lo dispuesto en la ley. Debido a esto y a la normatividad establecida por el CONAC en la cual señala que nuestros estados financieros se realizarán de forma acumulativa, para este Poder Ejecutivo la cuenta trimestral del 4° trimestre contendría y seria específicamente la Cuenta Pública Anual y al no haber sido entregada a esta fecha al congreso anexo link de nuestras cuentas públicas en las que próximamente estarán publicados. Lo referente al 4° informe trimestral se publicará a la par del informe anual, De acuerdo al Decreto 0871.- En el que se Reforman los artículos 53 y 54 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, nos dice que La Cuenta Pública del Poder Ejecutivo del Estado deberá presentarse en forma anual al Congreso del Estado y, en sus recesos, a la Diputación Permanente, a más tardar el día quince del mes de marzo del año siguiente al que corresponda su ejercicio. Además, las entidades del Poder Ejecutivo del Estado, del Poder Judicial, el Poder Legislativo, los municipios, los organismos municipales descentralizados, y los organismos constitucionales autónomos, rendirán un informe trimestral de su situación financiera, a más tardar el día quince del mes siguiente al periodo de que se trate, conforme lo dispuesto en la ley. Debido a esto y a la normatividad establecida por el CONAC en la cual señala que nuestros estados financieros se realizarán de forma acumulativa, para este Poder Ejecutivo la cuenta trimestral del 4° trimestre contendría y seria específicamente la Cuenta Pública Anual y al no haber sido entregada a esta fecha al congreso anexo link de nuestras cuentas públicas en las que próximamente estarán publicados. Lo referente al 4° informe trimestral se publicará a la par del informe anual, De acuerdo al Decreto 0871.- En el que se Reforman los artículos 53 y 54 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, nos dice que
La Cuenta Pública del Poder Ejecutivo del Estado deberá presentarse en forma anual al Congreso del Estado y, en sus recesos, a la Diputación Permanente, a más tardar el día quince del mes de marzo del año siguiente al que corresponda su ejercicio. Además, las entidades del Poder Ejecutivo del Estado, del Poder Judicial, el Poder Legislativo, los municipios, los organismos municipales descentralizados, y los organismos constitucionales autónomos, rendirán un informe trimestral de su situación financiera, a más tardar el día quince del mes siguiente al periodo de que se trate, conforme lo dispuesto en la ley. Debido a esto y a la normatividad establecida por el CONAC en la cual señala que nuestros estados financieros se realizarán de forma acumulativa, para este Poder Ejecutivo la cuenta trimestral del 4° trimestre contendría y seria específicamente la Cuenta Pública Anual y al no haber sido entregada a esta fecha al congreso anexo link de nuestras cuentas públicas en las que próximamente estarán publicados. Lo referente al 4° informe trimestral se publicará a la par del informe anual, De acuerdo al Decreto 0871.- En el que se Reforman los artículos 53 y 54 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, nos dice que La Cuenta Pública del Poder Ejecutivo del Estado deberá presentarse en forma anual al Congreso del Estado y, en sus recesos, a la Diputación Permanente, a más tardar el día quince del mes de marzo del año siguiente al que corresponda su ejercicio. Además, las entidades del Poder Ejecutivo del Estado, del Poder Judicial, el Poder Legislativo, los municipios, los organismos municipales descentralizados, y los organismos constitucionales autónomos, rendirán un informe trimestral de su situación financiera, a más tardar el día quince del mes siguiente al periodo de que se trate, conforme lo dispuesto en la ley. Debido a esto y a la normatividad establecida por el CONAC en la cual señala que nuestros estados financieros se realizarán de forma acumulativa, para este Poder Ejecutivo la cuenta trimestral del 4° trimestre contendría y seria específicamente la Cuenta Pública Anual y al no haber sido entregada a esta fecha al congreso anexo link de nuestras cuentas públicas en las que próximamente estarán publicados. Lo referente al 4° informe trimestral se publicará a la par del informe anual, De acuerdo al Decreto 0871.- En el que se Reforman los artículos 53 y 54 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, nos dice que La Cuenta Pública del Poder Ejecutivo del Estado deberá presentarse en forma anual al Congreso del Estado y, en sus recesos, a la Diputación Permanente, a más tardar el día quince del mes de marzo del año siguiente al que corresponda su ejercicio. Además, las entidades del Poder Ejecutivo del Estado, del Poder Judicial, el Poder Legislativo, los municipios, los organismos municipales descentralizados, y los organismos constitucionales autónomos, rendirán un informe trimestral de su situación financiera, a más tardar el día quince del mes siguiente al periodo de que se trate, conforme lo dispuesto en la ley. Debido a esto y a la normatividad establecida por el CONAC en la cual señala que nuestros estados financieros se realizarán de forma acumulativa, para este Poder Ejecutivo la cuenta trimestral del 4° trimestre contendría y seria específicamente la Cuenta Pública Anual y al no haber sido entregada a esta fecha al congreso anexo link de nuestras cuentas públicas en las que próximamente estarán publicados. Lo referente al 4° informe trimestral se publicará a la par del informe anual, De acuerdo al Decreto 0871.- En el que se Reforman los artículos 53 y 54 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, nos dice que La Cuenta Pública del Poder Ejecutivo del Estado deberá presentarse en forma anual al Congreso del Estado y, en sus recesos, a la Diputación Permanente, a más tardar el día quince del mes de marzo del año siguiente al que corresponda su ejercicio. Además, las entidades del Poder Ejecutivo del Estado, de
l Poder Judicial, el Poder Legislativo, los municipios, los organismos municipales descentralizados, y los organismos constitucionales autónomos, rendirán un informe trimestral de su situación financiera, a más tardar el día quince del mes siguiente al periodo de que se trate, conforme lo dispuesto en la ley. Debido a esto y a la normatividad establecida por el CONAC en la cual señala que nuestros estados financieros se realizarán de forma acumulativa, para este Poder Ejecutivo la cuenta trimestral del 4° trimestre contendría y seria específicamente la Cuenta Pública Anual y al no haber sido entregada a esta fecha al congreso anexo link de nuestras cuentas públicas en las que próximamente estarán publicados. http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019.nsf/nombre_de_la_vista/5E75FF5C5789F9CA8625837E000802E3/$File/4TO+INFORME.doc Dirección de Contabilidad Gubernamental 10/03/2020 10/02/2020
2020 01/01/2020 31/01/2020 1000 1100 1100 Remuneraciones al Personal de Carácter Permanente Lo referente al 4° informe trimestral se publicará a la par del informe anual, De acuerdo al Decreto 0871.- En el que se Reforman los artículos 53 y 54 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, nos dice que La Cuenta Pública del Poder Ejecutivo del Estado deberá presentarse en forma anual al Congreso del Estado y, en sus recesos, a la Diputación Permanente, a más tardar el día quince del mes de marzo del año siguiente al que corresponda su ejercicio. Además, las entidades del Poder Ejecutivo del Estado, del Poder Judicial, el Poder Legislativo, los municipios, los organismos municipales descentralizados, y los organismos constitucionales autónomos, rendirán un informe trimestral de su situación financiera, a más tardar el día quince del mes siguiente al periodo de que se trate, conforme lo dispuesto en la ley. Debido a esto y a la normatividad establecida por el CONAC en la cual señala que nuestros estados financieros se realizarán de forma acumulativa, para este Poder Ejecutivo la cuenta trimestral del 4° trimestre contendría y seria específicamente la Cuenta Pública Anual y al no haber sido entregada a esta fecha al congreso anexo link de nuestras cuentas públicas en las que próximamente estarán publicados. Lo referente al 4° informe trimestral se publicará a la par del informe anual, De acuerdo al Decreto 0871.- En el que se Reforman los artículos 53 y 54 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, nos dice que La Cuenta Pública del Poder Ejecutivo del Estado deberá presentarse en forma anual al Congreso del Estado y, en sus recesos, a la Diputación Permanente, a más tardar el día quince del mes de marzo del año siguiente al que corresponda su ejercicio. Además, las entidades del Poder Ejecutivo del Estado, del Poder Judicial, el Poder Legislativo, los municipios, los organismos municipales descentralizados, y los organismos constitucionales autónomos, rendirán un informe trimestral de su situación financiera, a más tardar el día quince del mes siguiente al periodo de que se trate, conforme lo dispuesto en la ley. Debido a esto y a la normatividad establecida por el CONAC en la cual señala que nuestros estados financieros se realizarán de forma acumulativa, para este Poder Ejecutivo la cuenta trimestral del 4° trimestre contendría y seria específicamente la Cuenta Pública Anual y al no haber sido entregada a esta fecha al congreso anexo link de nuestras cuentas públicas en las que próximamente estarán publicados. Lo referente al 4° informe trimestral se publicará a la par del informe anual, De acuerdo al Decreto 0871.- En el que se Reforman los artículos 53 y 54 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, nos dice que La Cuenta Pública del Poder Ejecutivo del Estado deberá presentarse en forma anual al Congreso del Estado y, en sus recesos, a la Diputación Permanente, a más tardar el día quince del mes de marzo del año siguiente al que corresponda su ejercicio. Además, las entidades del Poder Ejecutivo del Estado, del Poder Judicial, el Poder Legislativo, los municipios, los organismos municipales descentralizados, y los organismos constitucionales autónomos, rendirán un informe trimestral de su situación financiera, a más tardar el día quince del mes siguiente al periodo de que se trate, conforme lo dispuesto en la ley. Debido a esto y a la normatividad establecida por el CONAC en la cual señala que nuestros estados financieros se realizarán de forma acumulativa, para este Poder Ejecutivo la cuenta trimestral del 4° trimestre contendría y seria específicamente la Cuenta Pública Anual y al no haber sido entregada a esta fecha al congreso anexo link de nuestras cuentas públicas en las que próximamente estarán publicados. Lo referente al 4° informe trimestral se publicará a la par del informe anual, De acuerdo al Decreto 0871.- En el que se Reforman los artículos 53 y 54 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de S
an Luis Potosí, nos dice que La Cuenta Pública del Poder Ejecutivo del Estado deberá presentarse en forma anual al Congreso del Estado y, en sus recesos, a la Diputación Permanente, a más tardar el día quince del mes de marzo del año siguiente al que corresponda su ejercicio. Además, las entidades del Poder Ejecutivo del Estado, del Poder Judicial, el Poder Legislativo, los municipios, los organismos municipales descentralizados, y los organismos constitucionales autónomos, rendirán un informe trimestral de su situación financiera, a más tardar el día quince del mes siguiente al periodo de que se trate, conforme lo dispuesto en la ley. Debido a esto y a la normatividad establecida por el CONAC en la cual señala que nuestros estados financieros se realizarán de forma acumulativa, para este Poder Ejecutivo la cuenta trimestral del 4° trimestre contendría y seria específicamente la Cuenta Pública Anual y al no haber sido entregada a esta fecha al congreso anexo link de nuestras cuentas públicas en las que próximamente estarán publicados. Lo referente al 4° informe trimestral se publicará a la par del informe anual, De acuerdo al Decreto 0871.- En el que se Reforman los artículos 53 y 54 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, nos dice que La Cuenta Pública del Poder Ejecutivo del Estado deberá presentarse en forma anual al Congreso del Estado y, en sus recesos, a la Diputación Permanente, a más tardar el día quince del mes de marzo del año siguiente al que corresponda su ejercicio. Además, las entidades del Poder Ejecutivo del Estado, del Poder Judicial, el Poder Legislativo, los municipios, los organismos municipales descentralizados, y los organismos constitucionales autónomos, rendirán un informe trimestral de su situación financiera, a más tardar el día quince del mes siguiente al periodo de que se trate, conforme lo dispuesto en la ley. Debido a esto y a la normatividad establecida por el CONAC en la cual señala que nuestros estados financieros se realizarán de forma acumulativa, para este Poder Ejecutivo la cuenta trimestral del 4° trimestre contendría y seria específicamente la Cuenta Pública Anual y al no



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidadB455D31B09CDE0E78625850B006D5744Creado el 02/11/2020 01:54:48 PM
Carátula de registro9EF15483FCB833318625850B006D5982Autorsf slp
Registro03B9E954C0AC9D618625850B006D636BTipo de documento1 Registro general




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
derecho de acceso a la información púbica.
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