Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadosedarh slp
Secretaría de Desarrollo Agropecuario y Recursos Hidráulicos

Periodo
02 Febrero2020

ObligaciónLa información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente

Obligación específica.
La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio.

A ) Artículo84

B ) FracciónXX

C ) IncisoA


Registro general

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LTAIPSLP84XXA FEB 2020 SEGUROS_DGDDR.xlsx

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2020 01/02/2020 29/02/2020 Programas de subsidio Componente Atención a Siniestros Agropecuarios (SAC) No SECRETARIA DE DESARROLLO AGROPECUARIO Y RECURSOS HIDRÁULICOS Dirección General de Distritos de Desarrollo Rural Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a Pequeños Productores de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio 2018. http://transparenciasedarh.gob.mx/84/2018/XXA/COMPONENTE_SEGURO_AGROPECUARIO2018.pdf Si 10/04/2018 30/04/2019 No se Genera 1 19161.00 No se Genera 100446661.52 0 75807301.58 0 151614603.15 http://transparenciasedarh.gob.mx/84/2018/XXA/COMPONENTE_SEGURO_AGROPECUARIO2018.pdf http://www.transparenciasedarh.gob.mx/84/2020/XXA/2020-XXACalendario.presupuestal.de.Entrega.xlsx Productores de Bajos Ingresos con 20 Hectáreas o menos y Productores Pecuarios con 60 Unidades Animal o menos. Identificación oficial. CURP. Comprobante de domicilio no mayor a tres meses. Documento que acredite la posesión de la tierra y que ampare la superficie reportada para la cual se determino elegible la emisión del apoyo. Cuando no sea el productor beneficiario quien se presente a recibir el apoyo, el interesado deberá presentar carta poder general para pleitos, cobranzas y actos de administración y/o dominio y copia de identificación oficial del que cede, acepta. Cuando el productor beneficiario no sea el dueño del terreno, deberá presentar un poder notariado. Cuando no pueda asistir a recibirlo podra otorgar una Carta Poder Notariada. Las cartas poder podrán ser emitidas por fedatarios públicos; para los casos de carta poder, deberán presentar firmas e identificaciones del otorgante y cedente. Constancia Vigente de Cesión de Derechos. 1500 30000 A través de la Presidencia Municipal con Oficio dirigido al Director General de Distritos de Desarrollo Rural o al Secretario de la SEDARH. Productores de Bajos Ingresos con 20 Hectáreas o menos y Productores Pecuarios con 60 Unidades Animal o menos. Cuando rebasen las 60 unidades animal en posesión o tengan más de 20 hectáreas Mensual Auditoría Superior de la Federación Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural http://www.transparenciasedarh.gob.mx/84/2020/XXA/IndicadoresSACXXA.pdf No se Genera 1 Gobierno Federal (Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural). Gobierno Estatal (Secretaría de Desarrollo Agropecuario y Recursos Hidráulicos). Empresa Aseguradora No Componente Atención a Siniestros Agropecuarios Sí http://transparenciasedarh.gob.mx/84/2018/XXA/COMPONENTE_SEGURO_AGROPECUARIO2018.pdf 1 http://www.transparenciasedarh.gob.mx/84/2018/XXA/Anexo Tecnico SAC_SPS_2018.pdf Dirección General de Distritos de Desarrollo Rural 28/10/2020 28/10/2020 En el año fiscal se aplican los recursos Federales y Estatales en la adquisición de la póliza de aseguramiento tal y como lo preven las Reglas de Operación. La empresa Aseguradora entrega Recursos de indemnización a Gobierno del Estado durante el 1er semestre del año siguiente a la vigencia de la póliza por siniestros en los cultivos protegidos, recursos que se radican en la Secretaría de Finanzas al siguiente año de la entrega del recurso. Fundamento: Anexo Técnico del Seguro Agrícola Catastrófico 2018. Folio 301506, operándose en el año calendario 2020. Las indemnizaciones derivadas del año 2019, son entregadas en el año calendario 2020. Los campos de la tabla Tabla_549750, que corresponden a los apellidos se anota leyenda No se genera a los que deberían de ir en blanco, debido a que se anota tal y como esta en la identificación oficial del productor, en caso de agregar un punto o "X", esto modifica el nombre del productor y sería otra persona totalmente distinta al momento de cobrar su cheque. 2020 01/02/2020 29/02/2020 Programas de subsidio Componente Atención a Siniestros Agropecuarios (SPS) No SECRETARIA DE DESARROLLO AGROPECUARIO Y RECURSOS HIDRÁULICOS Dirección General de Distritos de Desarrollo Rural Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a Pequeños Productores de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio 2018. http://transparenciasedarh.gob.mx/84/2018/XXA/COMPONENTE_SEGURO_AGROPECUARIO2018.pdf Si 01/05/2018 30/06/2019 No se Genera 2 0 No se Genera 23428314.00 0 0 0 0 http://transparenciasedarh.gob.mx/84/2018/XXA/COMPONENTE_SEGURO_AGROPECUARIO2018.pdf http://www.transparenciasedarh.gob.mx/84/2020/XXA/2020-XXACalendario.presupuestal.de.Entrega.xlsx Productores de Bajos Ingresos con 20 Hectáreas o menos y Productores Pecuarios con 60 Unidades Animal o menos. Identificación oficial. CURP. Comprobante de domicilio no mayor a tres meses. Registro de la UPP. Cuando no sea el productor beneficiario quien se presente a recibir el apoyo, el interesado deberá presentar carta poder general para pleitos, cobranzas y actos de administración y/o dominio y copia de identificación oficial del que cede, acepta. Cuando el productor beneficiario no sea el dueño del terreno, deberá presentar un poder notariado. Cuando no pueda asistir a recibirlo podra otorgar una Carta Poder Notariada. Las cartas poder podrán ser emitidas por fedatarios públicos; para los casos de carta poder, deberán presentar firmas e identificaciones del otorgante y cedente. Constancia Vigente de Cesión de Derechos. 600 36000 A través de la Presidencia Municipal con Oficio dirigido al Director General de Distritos de Desarrollo Rural o al Secretario de la SEDARH. Productores de Bajos Ingresos con 20 Hectáreas o menos y Productores Pecuarios con 60 Unidades Animal o menos. Cuando rebasen las 60 unidades animal en posesión o tengan más de 20 hectáreas Mensual Auditoría Superior de la Federación Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural http://www.transparenciasedarh.gob.mx/84/2020/XXA/IndicadoresSACXXA.pdf No se Genera 2 Gobierno Federal (Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural). Gobierno Estatal (Secretaría de Desarrollo Agropecuario y Recursos Hidráulicos). Empresa Aseguradora No Componente Atención a Siniestros Agropecuarios Sí http://transparenciasedarh.gob.mx/84/2018/XXA/COMPONENTE_SEGURO_AGROPECUARIO2018.pdf 2 http://www.transparenciasedarh.gob.mx/84/2018/XXA/Anexo Tecnico SAC_SPS_2018.pdf Dirección General de Distritos de Desarrollo Rural 28/10/2020 28/10/2020 En el año fiscal se aplican los recursos Federales y Estatales en la adquisición de la póliza de aseguramiento tal y como lo preven las Reglas de Operación. La empresa Aseguradora entrega Recursos de indemnización a Gobierno del Estado durante el 1er semestre del año siguiente a la vigencia de la póliza por siniestros en los cultivos protegidos, recursos que se radican en la Secretaría de Finanzas al siguiente año de la entrega del recurso. Fundamento: Anexo Técnico del Seguro Pecuario Satélital 2018. Folio 301506, operándose en el año calendario 2020. 2020 01/02/2020 29/02/2020 Programas de subsidio Subcomponente Atención a Siniestros Agropecuarios (SAC) No SECRETARIA DE DESARROLLO AGROPECUARIO Y RECURSOS HIDRÁULICOS Dirección General de Distritos de Desarrollo Rural "ACUERDO por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Agricultura de la
Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para el ejercicio 2019. " http://transparenciasedarh.gob.mx/84/2019/XXA/ROP2019_Componente.pdf Si 03/06/2019 30/04/2020 No se Genera 3 0 No se Genera 71617210.85 0 0 0 0 http://transparenciasedarh.gob.mx/84/2019/XXA/ROP2019_Componente.pdf http://www.transparenciasedarh.gob.mx/84/2020/XXA/2020-XXACalendario.presupuestal.de.Entrega.xlsx Productores de Bajos Ingresos con 20 Hectáreas o menos. Identificación oficial. CURP. Comprobante de domicilio no mayor a tres meses. Documento que acredite la posesión de la tierra y que ampare la superficie reportada para la cual se determino elegible la emisión del apoyo. Cuando no sea el productor beneficiario quien se presente a recibir el apoyo, el interesado deberá presentar carta poder general para pleitos, cobranzas y actos de administración y/o dominio y copia de identificación oficial del que cede, acepta. Cuando el productor beneficiario no sea el dueño del terreno, deberá presentar un poder notariado. Cuando no pueda asistir a recibirlo podra otorgar una Carta Poder Notariada. Las cartas poder podrán ser emitidas por fedatarios públicos; para los casos de carta poder, deberán presentar firmas e identificaciones del otorgante y cedente. Constancia Vigente de Cesión de Derechos. 1300 26000 A través de la Presidencia Municipal con Oficio dirigido al Director General de Distritos de Desarrollo Rural o al Secretario de la SEDARH. Productores de Bajos Ingresos con 20 Hectáreas o menos Cuando tengan más de 20 hectáreas Mensual Auditoría Superior de la Federación Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural http://www.transparenciasedarh.gob.mx/84/2020/XXA/IndicadoresSACXXA.pdf No se Genera 3 Gobierno Federal (Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural). Gobierno Estatal (Secretaría de Desarrollo Agropecuario y Recursos Hidráulicos). Empresa Aseguradora No Subcomponente Atención a Siniestros Agropecuarios (SAC) Sí http://transparenciasedarh.gob.mx/84/2019/XXA/ROP2019_Componente.pdf 3 http://www.transparenciasedarh.gob.mx/84/2019/XXA/Anexo_Tecnico_SAC_2019.pdf Dirección General de Distritos de Desarrollo Rural 28/10/2020 28/10/2020 En el año fiscal se aplican los recursos Federales y Estatales en la adquisición de la póliza de aseguramiento tal y como lo preven las Reglas de Operación.La empresa Aseguradora entrega Recursos de indemnización a Gobierno del Estado durante el 1er semestre del año siguiente a la vigencia de la póliza por siniestros en los cultivos protegidos, recursos que se radican en la Secretaría de Finanzas al siguiente año de la entrega del recurso.Fundamento: Anexo Técnico del Seguro Agrícola 2019. Folio 301547, operándose en el año calendario 2020.



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad42A76DC63E3D2DFE8625860F00730642Creado el 10/28/2020 03:10:39 PM
Carátula de registro84E4AC488223E0738625860F00730F6DAutorsedarh slp
Registro5DD3F2F83C8AEC3F8625860F0074551ETipo de documento1 Registro general




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