Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadosecespe slp
Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública del Estado

Periodo
07 Julio2019

ObligaciónLas recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención, hasta su total cumplimiento.

Obligación específica.
Participación ciudadana, Resultado de los mecanismos de participación.

A ) Artículo84

B ) FracciónXLIV

C ) IncisoB


Registro general

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LTAIPSLP84XLIVB.xlsx

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2019.nsf/nombre_de_la_vista/DD0712DB95F1BFB38625872F00018BFE/$File/LTAIPSLP84XLIVB.xlsx




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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Participación ciudadana_Resultado de los mecanismos de participación LTAIPSLP84XLIVB Los resultados de sus mecanismos de participación ciudadana, entendida como la labor de los sujetos obligados para considerar o retomar alguna(s) o todas la(s) propuesta(s) ciudadana(s). Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Denominación del mecanismo de participación ciudadana Resultados Número total de participantes Respuesta del sujeto obligado a los resultados, descripción sintética de lo que se tomó en cuenta Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de Actualización Nota
2019 01/07/2019 31/07/2019 Comité Municipal de Consulta y Participación Ciudadana de Villa de Reyes "se generaron dos acuerdos CCYPC/50/11: El compromiso del Comité de Consulta y Participación Ciudadana de solicitar al Consejo Municipal de Seguridad Pública y la Dirección de Comercio, visitar los comercios establecidos para que no obstruyan el área peatonal con publicidad o mercancía. Se generaron dos acuerdos CCYPC/50/12: El compromiso del Comité de Consulta y Participación Ciudadana de apoyar con la rehabilitación de la colonia San Cristóbal el día 19 de julio. " 6 "CCYPC/50/11: Se cumplió el compromiso del Comité de Consulta y Participación Ciudadana de solicitar al Consejo Municipal de Seguridad Pública y la Dirección de Comercio, visitar los comercios establecidos para que no obstruyan el área peatonal con publicidad o mercancía. CCYPC/50/12: Se encuentra en proceso el compromiso del Comité de Consulta y Participación Ciudadana de apoyar con la rehabilitación de la colonia San Cristóbal el día 19 de julio. " Área de Coordinación 10/08/2019 31/07/2019 "Conforme a lo dispuesto en el Artículo 49, fracción XI de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública, siendo una facultad de los organismos de coordinación en materia de seguridad pública promover el establecimiento de unidades de consulta y participación de la comunidad en las instituciones de seguridad pública. En correlación al artículo 141, fracción I de la misma ley establece con objeto de fomentar la solidaridad y corresponsabilidad de los ciudadanos, hacer compatibles la normatividad y funcionamiento de los servicios de seguridad pública en el Estado, el Ejecutivo y las autoridades municipales podrán acordar la creación de organismos auxiliares del ramo en las siguientes categorías de participación ciudadana. Ante los cual el Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública a través de su Área de Coordinación brinda asesoría técnica a los municipios para la instalación y seguimiento a sus unidades de consulta y participación de la comunidad en las instituciones de seguridad pública, siendo generadas por acuerdos en sesiones de Consejos Municipales de Seguridad Púbica. Teniendo facultad el Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública de dar seguimiento a las sesiones conforme a la convocatoria emitida por el municipio. Estableciendo esta facultad en el Reglamento Interior del Secretariado ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública. Artículo 22BIS fracciones II, III, IV y V. Artículo 22 BIS. El Área de Coordinación, tendrá las siguientes funciones: II. Representar al Secretariado Ejecutivo en las sesiones de los organismos de coordinación en materia de Seguridad Pública y participación ciudadana, en las que tendrá voz y voto; III. Asesorar a los municipios en materia de seguridad pública, durante la celebración de las sesiones de los organismos de coordinación en materia de Seguridad Pública, así como proponer acuerdos; IV. Dar seguimiento a los acuerdos, convenios y resoluciones emanados de los consejos municipales, regionales y delegacionales en materia de Seguridad Pública; V. Llevar el registro de actas de los consejos municipales, delegacionales e instancias regionales; A convocatoria de los municipios para el funcionamiento de los Comités Municipales de Consulta y Participación Ciudadana, las sesiones podrán ser:  Ordinarias: de manera Bimestral 2019 01/07/2019 31/07/2019 Comité Municipal de Consulta y Participación Ciudadana de Santa María del Río "Se generaron dos acuerdos CCYPC/32/09.- El compromiso del Comité de Consulta y Participación Ciudadana de solicitar al Consejo Municipal de Seguridad Pública el apoyo de seguridad pública en la comunidad la Cardona por motivo de la venta de alcohol en la comunidad fuera del horario permitido. CCYPC/32/10.- El compromiso de los integrantes del Comité de Consulta y Participación Ciudadana, Seguridad Pública Municipal y SEDENA, de llevar a cabo un cierre de actividades en el campamento de verano de la comunidad de Bernalejo. " 7 "CCYPC/32/09.- Se encuentra en proceso el compromiso del Comité de Consulta y Participación Ciudadana de solicitar al Consejo Municipal de Seguridad Pública el apoyo de seguridad pública en la comunidad la Cardona por motivo de la venta de alcohol en la comunidad fuera del horario permitido. CCYPC/32/10.- Se encuentra en proceso el compromiso de los integrantes del Comité de Consulta y Participación Ciudadana, Seguridad Pública Municipal y SEDENA, de llevar a cabo un cierre de actividades en el campamento de verano de la comunidad de Bernalejo. " Área de Coordinación 10/08/2019 31/07/2019 "Conforme a lo dispuesto en el Artículo 49, fracción XI de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública, siendo una facultad de los organismos de coordinación en materia de seguridad pública promover el establecimiento de unidades de consulta y participación de la comunidad en las instituciones de seguridad pública. En correlación al artículo 141, fracción I de la misma ley establece con objeto de fomentar la solidaridad y corresponsabilidad de los ciudadanos, hacer compatibles la normatividad y funcionamiento de los servicios de seguridad pública en el Estado, el Ejecutivo y las autoridades municipales podrán acordar la creación de organismos auxiliares del ramo en las siguientes categorías de participación ciudadana. Ante los cual el Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública a través de su Área de Coordinación brinda asesoría técnica a los municipios para la instalación y seguimiento a sus unidades de consulta y participación de la comunidad en las instituciones de seguridad pública, siendo generadas por acuerdos en sesiones de Consejos Municipales de Seguridad Púbica. Teniendo facultad el Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública de dar seguimiento a las sesiones conforme a la convocatoria emitida por el municipio. Estableciendo esta facultad en el Reglamento Interior del Secretariado ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública. Artículo 22BIS fracciones II, III, IV y V. Artículo 22 BIS. El Área de Coordinación, tendrá las siguientes funciones: II. Representar al Secretariado Ejecutivo en las sesiones de los organismos de coordinación en materia de Seguridad Pública y participación ciudadana, en las que tendrá voz y voto; III. Asesorar a los municipios en materia de seguridad pública, durante la celebración de las sesiones de los organismos de coordinación en materia de Seguridad Pública, así como proponer acuerdos; IV. Dar seguimiento a los acuerdos, convenios y resoluciones emanados de los consejos municipales, regionales y delegacionales en materia de Seguridad Pública; V. Llevar el registro de actas de los consejos municipales, delegacionales e instancias regionales; A convocatoria de los municipios para el funcionamiento de los Comités Municipales de Consulta y Participación Ciudadana, las sesiones podrán ser:  Ordinarias: de manera Bimestral



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidadB59C9E0B5D1C2A7D8625872F00015118Creado el 08/11/2021 06:16:53 PM
Carátula de registro5B27DD0E638C99068625872F000158EBAutorsecespe slp
RegistroDD0712DB95F1BFB38625872F00018BFETipo de documento1 Registro general




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