Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadosecespe slp
Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública del Estado

Periodo
01 Enero2019

ObligaciónLas recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención, hasta su total cumplimiento.

Obligación específica.
Participación ciudadana, Resultado de los mecanismos de participación.

A ) Artículo84

B ) FracciónXLIV

C ) IncisoB


Registro general

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LTAIPSLP84XLIVB.xlsx

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2019.nsf/nombre_de_la_vista/8286851FACB421B38625872E0082B0BA/$File/LTAIPSLP84XLIVB.xlsx




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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Participación ciudadana_Resultado de los mecanismos de participación LTAIPSLP84XLIVB Los resultados de sus mecanismos de participación ciudadana, entendida como la labor de los sujetos obligados para considerar o retomar alguna(s) o todas la(s) propuesta(s) ciudadana(s). Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Denominación del mecanismo de participación ciudadana Resultados Número total de participantes Respuesta del sujeto obligado a los resultados, descripción sintética de lo que se tomó en cuenta Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de Actualización Nota
2019 01/01/2019 31/01/2019 COMITÉ MUNICIPAL DE CONSULTA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE SANTA MARÍA DEL RÍO, S.L.P. "Se generaron tres acuerdos: CCYPC/32/01: el compromiso de los integrantes de coadyuvar en las acciones de prevención social de la violencia y la delincuencia, implementados por el Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Publica, con el objeto de ser partícipes a la sociedad. CCYPC/32/02: establecer un mecanismo para la captura y recepción de peticiones, sugerencias, felicitaciones y quejas para que sean atendidos por los organismos e instancias permanentes. CCYPC/32/03: Realizar la difusión de las campañas alusivas a la prevención del Delito implementadas por el Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública. “UN LIKE POR LA PREVENCIÓN”, “GROMING Y SEXTING”, “UN ARMA EN CASA ES UN PELIGRO PARA TODOS”, “EXTORCION TELEFONICA”, “VIOLENCIA DE GENERO” Y “TRATA DE PERSONAS”. " 11 "CCYPC/32/01: Se cumple de forma permanente el compromiso de los integrantes de coadyuvar en las acciones de prevención social de la violencia y la delincuencia, implementados por el Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Publica, con el objeto de ser partícipes a la sociedad. CCYPC/32/02: Se encuentra en proceso establecer un mecanismo para la captura y recepción de peticiones, sugerencias, felicitaciones y quejas para que sean atendidos por los organismos e instancias permanentes. CCYPC/32/03: Se cumple de forma permanente la difusión de las campañas alusivas a la prevención del Delito implementadas por el Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública. “UN LIKE POR LA PREVENCIÓN”, “GROMING Y SEXTING”, “UN ARMA EN CASA ES UN PELIGRO PARA TODOS”, “EXTORCION TELEFONICA”, “VIOLENCIA DE GENERO” Y “TRATA DE PERSONAS”. " Área de Coordinación 10/02/2019 31/01/2019 "Conforme a lo dispuesto en el Artículo 49, fracción XI de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública, siendo una facultad de los organismos de coordinación en materia de seguridad pública promover el establecimiento de unidades de consulta y participación de la comunidad en las instituciones de seguridad pública. En correlación al artículo 141, fracción I de la misma ley establece con objeto de fomentar la solidaridad y corresponsabilidad de los ciudadanos, hacer compatibles la normatividad y funcionamiento de los servicios de seguridad pública en el Estado, el Ejecutivo y las autoridades municipales podrán acordar la creación de organismos auxiliares del ramo en las siguientes categorías de participación ciudadana. Ante los cual el Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública a través de su Área de Coordinación brinda asesoría técnica a los municipios para la instalación y seguimiento a sus unidades de consulta y participación de la comunidad en las instituciones de seguridad pública, siendo generadas por acuerdos en sesiones de Consejos Municipales de Seguridad Púbica. Teniendo facultad el Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública de dar seguimiento a las sesiones conforme a la convocatoria emitida por el municipio. Estableciendo esta facultad en el Reglamento Interior del Secretariado ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública. Artículo 22BIS fracciones II, III, IV y V. Artículo 22 BIS. El Área de Coordinación, tendrá las siguientes funciones: II. Representar al Secretariado Ejecutivo en las sesiones de los organismos de coordinación en materia de Seguridad Pública y participación ciudadana, en las que tendrá voz y voto; III. Asesorar a los municipios en materia de seguridad pública, durante la celebración de las sesiones de los organismos de coordinación en materia de Seguridad Pública, así como proponer acuerdos; IV. Dar seguimiento a los acuerdos, convenios y resoluciones emanados de los consejos municipales, regionales y delegacionales en materia de Seguridad Pública; V. Llevar el registro de actas de los consejos municipales, delegacionales e instancias regionales; A convocatoria de los municipios para el funcionamiento de los Comités Municipales de Consulta y Participación Ciudadana, las sesiones podrán ser:  Ordinarias: de manera Bimestral 2019 01/01/2019 31/01/2019 COMITÉ MUNICIPAL DE CONSULTA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE XILITLA, S.L.P. "Se generaron dos acuerdos: CCPC/54/03: Se establece el compromiso de parte de los integrantes del Comité de Consulta y Participación Ciudadana, de gestionar ante las autoridades municipales, la instalación de buzón de quejas y sugerencias. CCPC/54/04: Se establece el compromiso por parte de los integrantes del este Comité de Consulta y participación ciudadana de realizar campaña ciudadana para que se utilicen los puentes peatonales de doble altura y así evitar accidentes con los transeuntes." 4 "CCPC/54/01: Se cumplió, en virtud de que a la fecha siguen desempeñando las funciones como integrantes del Comité de Consulta y Participación Cioudadana los CC. Profra. Sheila Viviana Ledezma Resendia, Lic. Leincio Máximo Antpnio; Lic. Guadalupe Rubí Zavaleta Espino; Lic. Lorenzo Méndez Resendiz y C. Andrea de Jesús Martínez Reyes, como Presidente, Secretario y vocales del mismo. CCPC/54/02: Se cumplió, ya que a la fecha los integrantes de este Comitéde Consulta y Participación Ciudadana, han participado activamente en sesiones de Consejo Municipal de Seguridad Pública." Área de Coordinación 10/02/2019 31/01/2019 "Conforme a lo dispuesto en el Artículo 49, fracción XI de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública, siendo una facultad de los organismos de coordinación en materia de seguridad pública promover el establecimiento de unidades de consulta y participación de la comunidad en las instituciones de seguridad pública. En correlación al artículo 141, fracción I de la misma ley establece con objeto de fomentar la solidaridad y corresponsabilidad de los ciudadanos, hacer compatibles la normatividad y funcionamiento de los servicios de seguridad pública en el Estado, el Ejecutivo y las autoridades municipales podrán acordar la creación de organismos auxiliares del ramo en las siguientes categorías de participación ciudadana. Ante los cual el Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública a través de su Área de Coordinación brinda asesoría técnica a los municipios para la instalación y seguimiento a sus unidades de consulta y participación de la comunidad en las instituciones de seguridad pública, siendo generadas por acuerdos en sesiones de Consejos Municipales de Seguridad Púbica. Teniendo facultad el Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública de dar seguimiento a las sesiones conforme a la convocatoria emitida por el municipio. Estableciendo esta facultad en el Reglamento Interior del Secretariado ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública. Artículo 22BIS fracciones II, III, IV y V. Artículo 22 BIS. El Área de Coordinación, tendrá las siguientes funciones: II. Representar al Secretariado Ejecutivo en las sesiones de los organismos de coordinación en materia de Seguridad Pública y participación ciudadana, en las que tendrá voz y voto; III. Asesorar a los municipios en materia de seguridad pública, durante la celebración de las sesiones de los organismos de coordinación en materia de Seguridad Pública, así como proponer acuerdos; IV. Dar seguimiento a los acuerdos, convenios y resoluciones emanados de los consejos municipales, regionales y delegacionales en materia de Seguridad Pública; V. Llevar el registro de actas de los consejos municipales, delegacionales e instancias regionales; A convocatoria de los municipios para el funcionamiento de los Comités Municipales de Consulta y Participación Ciudadana, las sesiones podrán ser:  Ordinarias: de manera Bimestral



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad3EAB08B98E2974428625872E00819599Creado el 08/11/2021 05:47:29 PM
Carátula de registro996B8A3B830961608625872E00824A9AAutorsecespe slp
Registro8286851FACB421B38625872E0082B0BATipo de documento1 Registro general




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