Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadomatlapa slp
Matlapa

Periodo
04 Abril2019

ObligaciónLa información sobre los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la versión pública del expediente respectivo y de los contratos celebrados, que deberá contener, por lo menos, lo siguiente.

Obligación específica.
De las adjudicaciones directas:

1. La propuesta enviada por el participante.
2. Los motivos y fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo.
3. La autorización del ejercicio de la opción.
4. En su caso, las cotizaciones consideradas, especificando los nombres de los proveedores y los montos.
5. El nombre de la persona física o moral adjudicada.
6. La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución.
7. El número, fecha, el monto del contrato y el plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra.
8. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda.
9. Los informes de avance sobre las obras o servicios contratados.
10. El convenio de terminación.
11. El finiquito

A ) Artículo84

B ) FracciónXXXIV

C ) IncisoB


Registro general

Para Consultar el documento
Acceso directo:
LTAIPSLP84XXXIVB.xlsx

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2019.nsf/nombre_de_la_vista/3BE199B94E41D271862583F50062373E/$File/LTAIPSLP84XXXIVB.xlsx




Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


Resultados adjudicaciones, invitaciones y licitaciones_Procedimientos de adjudicación directa LTAIPSLP84XXXIVB En este apartado se dispone cuáles son los contenidos y la forma en que los sujetos obligados deberán publicar y actualizar la información que generen, relativa a los procedimientos de adjudicación directa, así como los equivalentes que realizan en términos de las normas que resulten aplicables en materia de adquisiciones, arrendamiento de bienes muebles, prestación de servicios y contrataciones de obras públicas, y los servicios relacionados con las mismas
Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Tipo de procedimiento (catálogo) Materia (catálogo) Número de expediente, folio o nomenclatura que lo identifique Motivos y fundamentos legales aplicados para realizar la adjudicación directa Hipervínculo a la autorización del ejercicio de la opción Descripción de obras, bienes o servicios "Nombre completo o razón social de las cotizaciones consideradas y monto de las mismas
Tabla_550223" Nombre(s) del adjudicado Primer apellido del adjudicado Segundo apellido del adjudicado Razón social del adjudicado Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de la persona física o moral adjudicada Área(s) solicitante(s) Área(s) responsable(s) de la ejecución del contrato Número que identifique al contrato Fecha del contrato Monto del contrato sin impuestos incluidos Monto total del contrato con impuestos incluidos (expresado en pesos mexicanos) Monto mínimo, en su caso Monto máximo, en su caso Tipo de moneda Tipo de cambio de referencia, en su caso Forma de pago Objeto del contrato Monto total de garantías y/o contragarantías, en caso de que se otorgaran durante el procedimiento Fecha de inicio del plazo de entrega o ejecución de servicios contratados u obra pública Fecha de término del plazo de entrega o ejecución de servicios u obra pública Hipervínculo al documento del contrato y anexos, versión pública si así corresponde Hipervínculo al comunicado de suspensión, rescisión o terminación anticipada del contrato Origen de los recursos públicos Fuentes de financiamiento "Datos de la obra pública y/o servicios relacionados con la misma
Tabla_550208" Se realizaron convenios modificatorios (catálogo) "Datos de los convenios modificatorios de la contratación
Tabla_550220" Mecanismos de vigilancia y supervisión contratos Hipervínculo, en su caso a los informes de avance físico en versión pública Hipervínculo a los informes de avance financiero Hipervínculo acta de recepción física de trabajos ejecutados u homóloga Hipervínculo al finiquito Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
Colocar el ID de los registros de la Tabla_550223 Colocar el ID de los registros de la Tabla_550208 Colocar el ID de los registros de la Tabla_550220
2019 01/04/2019 30/04/2019 Adjudicación directa Obra pública MAT/CODESOL-AYS-SD02OA/002-FISM/R33/AD/19 "La presente Ley es de orden público y tiene por objeto reglamentar la aplicación del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de contrataciones de obras públicas, así como de los servicios relacionados con las mismas, que realicen: Las unidades administrativas de la Presidencia de la República; II. Las Secretarías de Estado y la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal; Fracción reformada DOF 28-05-2009
III. La Procuraduría General de la República; IV. Los organismos descentralizados; V. Las empresas de participación estatal mayoritaria y los fideicomisos en los que el fideicomitente
sea el Gobierno Federal o una entidad paraestatal, y
VI. Las entidades federativas, los municipios y los entes públicos de unas y otros, con cargo total o
parcial a recursos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal. No quedan comprendidos para la aplicación de la presente Ley los fondos previstos en el
Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal. " http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019Dos.nsf/nombre_de_la_vista/CFE9FEA9AAD322BB862583F30061B330/$File/CUARTA+REUNION+DE+CONSEJO.pdf Rehabilitacion de drenaje sanitario colapsado en el Arroyo Acontla en la col. 12 de octubre 1 Jorge luis salinas salinas Contratista MMS941202EE9 DESARROLLO SOCIAL DESARROLLO SOCIAL MAT/CODESOL-AYS-SD02OA/002-FISM/R33/AD/19 12/04/2019 $1,071,956.42 $1,071,956.42 $1,071,956.42 $1,071,956.42 MEXICANA NO SE HA GENERADO TRANFERENCIA RESPETAR EL CONTRATO Y TERMINARLO AL 100%. NO SE TIENE REGISTRO DE ESTA. 12/04/2019 31/05/2019 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019Dos.nsf/nombre_de_la_vista/BDE42AFCB744E7B4862583F300625996/$File/HIPERVINCULO+DE+CONTRATOS.docx http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019Dos.nsf/nombre_de_la_vista/240BEDE4CA4760CF862583F30064B52F/$File/NO+GENERADO.docx fondo de infraestructura social municipal fism 1 No 1 "El Supervisor de obra es una figura profesional, elegida por el propietario de la obra, para que lo represente en el seguimiento y control de la obra encargada a un constructor o empresa constructora. Las tareas de supervisor de obra son múltiples, y para desempeñarlas, en función de la complejidad de la obra, puede requerirse que la supervisión de la obra sea realizada por todo un equipo multidisciplinar. En estos casos se denomina Supervisor de la obra al Jefe de equipo. Una de las responsabilidades es dar a conocer al propietario de la obra sus avances y mantenerlo informado de algunos detalles de la obra. Las principales tareas del Supervisor de obras son: Verificar y validar el proyecto de la obra, aportando si fuera el caso, las modificaciones que considere oportunas, en acuerdo con el propietario de la obra y el(los) profesional(es) que efectuaron el Diseño. Verificar el cronograma de ejecución de la obra presentado por la empresa constructora. Controlar que la empresa constructora ejecute los trabajos en estricto cumplimiento de los diseños y especificaciones técnicas. En caso de existir discrepancias entre los diseños, especificaciones técnicas y reglamentación vigente, como primer paso deberá informar inmediatamente de la situación al propietario de la obra, para posteriormente coordinar con el(los) diseñador(es), entidades reguladoras de las normas,y otros respecto a las modificaciones en el diseño a realizar. Aprobar progresivamente el inicio los trabajos a ser desarrollados, controlando en todo momento la calidad de las mismas, y una vez concluidos, certificar, la calidad y las cantidades ejecutadas autorizando el pago de las mismas. Verificar el cumplimiento de la normativa vigente en el tema de seguridad para los trabajadores de las obras. Verificar el cumplimiento de la normativa laboral vigente. Verificar el cumplimiento de la normativa ambiental." http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019Dos.nsf/nombre_de_la_vista/A73484C2823DF3B7862583F300685AF1/$File/POA+ABRIL+2019.xlsx http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019Dos.nsf/nombre_de_la_vista/A73484C2823DF3B7862583F300685AF1/$File/POA+ABRIL+2019.xlsx http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019Dos.nsf/nombre_de_la_vista/A73484C2823DF3B7862583F300685AF1/$File/POA+ABRIL+2019.xlsx http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019Dos.nsf/nombre_de_la_vista/F6F226262E963B0F862583F300697F4B/$File/HIPERVINCULO+4.docx DESARROLLO SOCIAL MUNICIPAL 09/05/2019 09/05/2019 NO HAY NOTA
2019 01/04/2019 30/04/2019 Adjudicación directa Obra pública MAT/CODESOL-AGUA-SC01OC/004-FISM/R33/AD/19 "La presente Ley es de orden público y tiene por objeto reglamentar la aplicación del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de contrataciones de obras públicas, así como de los servicios relacionados con las mismas, que realicen: Las unidades administrativas de la Presidencia de la República; II. Las Secretarías de Estado y la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal; Fracción reformada DOF 28-05-2009
III. La Procuraduría General de la República; IV. Los organismos descentralizados; V. Las empresas de participación estatal mayoritaria y los fideicomisos en los que el fideicomitente
sea el Gobierno Federal o una entidad paraestatal, y
VI. Las entidades federativas, los municipios y los entes públicos de unas y otros, con cargo total o
parcial a recursos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal. No quedan comprendidos para la aplicación de la presente Ley los fondos previstos en el
Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal. " http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019Dos.nsf/nombre_de_la_vista/CFE9FEA9AAD322BB862583F30061B330/$File/CUARTA+REUNION+DE+CONSEJO.pdf Construccion de tanque superficial de mamposteria de 30 m3 y linea de conduccion 2 Desarrollo Arquitectonico y Urbanistico S.A. de C.V. Desarrollo Arquitectonico y Urbanistico S.A. de C.V. Desarrollo Arquitectonico y Urbanistico S.A. de C.V. Contratista MMS941202EE9 DESARROLLO SOCIAL DESARROLLO SOCIAL MAT/CODESOL-AGUA-SC01OC/004-FISM/R33/AD/19 10/04/2019 $665,192.28 $665,192.28 $665,192.28 $665,192.28 MEXICANA NO SE HA GENERADO TRANFERENCIA RESPETAR EL CONTRATO Y TERMINARLO AL 100%. NO SE TIENE REGISTRO DE ESTA. 10/04/2019 31/07/2019 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019Dos.nsf/nombre_de_la_vista/BDE42AFCB744E7B4862583F300625996/$File/HIPERVINCULO+DE+CONTRATOS.docx http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019Dos.nsf/nombre_de_la_vista/240BEDE4CA4760CF862583F30064B52F/$File/NO+GENERADO.docx fondo de infraestructura social municipal fism 2 No 2 "El Supervisor de obra es una figura profesional, elegida por el propietario de la obra, para que lo represente en el seguimiento y control de la obra encargada a un constructor o empresa constructora. Las tareas de supervisor de obra son múltiples, y para desempeñarlas, en función de la complejidad de la obra, puede requerirse que la supervisión de la obra sea realizada por todo un equipo multidisciplinar. En estos casos se denomina Supervisor de la obra al Jefe de equipo. Una de las responsabilidades es dar a conocer al propietario de la obra sus avances y mantenerlo informado de algunos detalles de la obra. Las principales tareas del Supervisor de obras son: Verificar y validar el proyecto de la obra, aportando si fuera el caso, las modificaciones que considere oportunas, en acuerdo con el propietario de la obra y el(los) profesional(es) que efectuaron el Diseño. Verificar el cronograma de ejecución de la obra presentado por la empresa constructora. Controlar que la empresa constructora ejecute los trabajos en estricto cumplimiento de los diseños y especificaciones técnicas. En caso de existir discrepancias entre los diseños, especificaciones técnicas y reglamentación vigente, como primer paso deberá informar inmediatamente de la situación al propietario de la obra, para posteriormente coordinar con el(los) diseñador(es), entidades reguladoras de las normas,y otros respecto a las modificaciones en el diseño a realizar. Aprobar progresivamente el inicio los trabajos a ser desarrollados, controlando en todo momento la calidad de las mismas, y una vez concluidos, certificar, la calidad y las cantidades ejecutadas autorizando el pago de las mismas. Verificar el cumplimiento de la normativa vigente en el tema de seguridad para los trabajadores de las obras. Verificar el cumplimiento de la normativa laboral vigente. Verificar el cumplimiento de la normativa ambiental." http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019Dos.nsf/nombre_de_la_vista/A73484C2823DF3B7862583F300685AF1/$File/POA+ABRIL+2019.xlsx http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019Dos.nsf/nombre_de_la_vista/A73484C2823DF3B7862583F300685AF1/$File/POA+ABRIL+2019.xlsx http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019Dos.nsf/nombre_de_la_vista/A73484C2823DF3B7862583F300685AF1/$File/POA+ABRIL+2019.xlsx http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019Dos.nsf/nombre_de_la_vista/F6F226262E963B0F862583F300697F4B/$File/HIPERVINCULO+4.docx DESARROLLO SOCIAL MUNICIPAL 09/05/2019 09/05/2019 NO HAY NOTA
2019 01/04/2019 30/04/2019 Adjudicación directa Obra pública MAT/CODESOL-AGUA-SC01OC/005-FISM/R33/AD/19 "La presente Ley es de orden público y tiene por objeto reglamentar la aplicación del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de contrataciones de obras públicas, así como de los servicios relacionados con las mismas, que realicen: Las unidades administrativas de la Presidencia de la República; II. Las Secretarías de Estado y la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal; Fracción reformada DOF 28-05-2009
III. La Procuraduría General de la República; IV. Los organismos descentralizados; V. Las empresas de participación estatal mayoritaria y los fideicomisos en los que el fideicomitente
sea el Gobierno Federal o una entidad paraestatal, y
VI. Las entidades federativas, los municipios y los entes públicos de unas y otros, con cargo total o
parcial a recursos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal. No quedan comprendidos para la aplicación de la presente Ley los fondos previstos en el
Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal. " http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019Dos.nsf/nombre_de_la_vista/CFE9FEA9AAD322BB862583F30061B330/$File/CUARTA+REUNION+DE+CONSEJO.pdf Construccion de tanque superficial de agua de 30 M3 3 Desarrollo Arquitectonico y Urbanistico S.A. de C.V. Desarrollo Arquitectonico y Urbanistico S.A. de C.V. Desarrollo Arquitectonico y Urbanistico S.A. de C.V. Contratista MMS941202EE9 DESARROLLO SOCIAL DESARROLLO SOCIAL MAT/CODESOL-AGUA-SC01OC/005-FISM/R33/AD/19 11/04/2019 $565,832.20 $565,832.20 $565,832.20 $565,832.20 MEXICANA NO SE HA GENERADO TRANFERENCIA RESPETAR EL CONTRATO Y TERMINARLO AL 100%. NO SE TIENE REGISTRO DE ESTA. 11/04/2019 28/06/2019 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019Dos.nsf/nombre_de_la_vista/BDE42AFCB744E7B4862583F300625996/$File/HIPERVINCULO+DE+CONTRATOS.docx http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019Dos.nsf/nombre_de_la_vista/240BEDE4CA4760CF862583F30064B52F/$File/NO+GENERADO.docx fondo de infraestructura social municipal fism 3 No 3 "El Supervisor de obra es una figura profesional, elegida por el propietario de la obra, para que lo represente en el seguimiento y control de la obra encargada a un constructor o empresa constructora. Las tareas de supervisor de obra son múltiples, y para desempeñarlas, en función de la complejidad de la obra, puede requerirse que la supervisión de la obra sea realizada por todo un equipo multidisciplinar. En estos casos se denomina Supervisor de la obra al Jefe de equipo. Una de las responsabilidades es dar a conocer al propietario de la obra sus avances y mantenerlo informado de algunos detalles de la obra. Las principales tareas del Supervisor de obras son: Verificar y validar el proyecto de la obra, aportando si fuera el caso, las modificaciones que considere oportunas, en acuerdo con el propietario de la obra y el(los) profesional(es) que efectuaron el Diseño. Verificar el cronograma de ejecución de la obra presentado por la empresa constructora. Controlar que la empresa constructora ejecute los trabajos en estricto cumplimiento de los diseños y especificaciones técnicas. En caso de existir discrepancias entre los diseños, especificaciones técnicas y reglamentación vigente, como primer paso deberá informar inmediatamente d



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad06D9110B1E3DB84C862583F500621E47Creado el 05/09/2019 11:52:46 AM
Carátula de registro928D25CF393AAF8A862583F50062228DAutormatlapa slp
Registro3BE199B94E41D271862583F50062373ETipo de documento1 Registro general




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derecho de acceso a la información púbica.
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