Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadopan slp
Partido Acción Nacional

Periodo
02 Febrero2019

ObligaciónLos sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan

Obligación específica.
Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables.

A ) Artículo84

B ) FracciónV

C ) Inciso


Registro general

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LTAIPSLP84Vddddd.xlsx

Hipervinculo
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Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Estructura Orgánica_Estructura Orgánica LTAIPSLP84V Se deberá publicar la estructura vigente, es decir, la que está en operación en el sujeto obligado y ha sido aprobada y/o dictaminada por la autoridad competente. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Denominación del área Denominación del puesto Denominación del cargo (de conformidad con nombramiento otorgado) Área de adscripción inmediata superior Denominación de la norma Fundamento legal Atribuciones, responsabilidades y/o funciones, según sea el caso Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso Número total de prestadores de servicios profesionales Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2019 01/02/2019 28/02/2019 Tesorería Secretario Secretario Tesoreria Secretaria General "Estatutos Generales del Partido Accón Nacional Reglamento del Comité Ejecutivo Nacional" CAPÍTULO OCTAVO DE LAS SECRETARÍAS DE LOS COMITÉS DIRECTIVOS ESTATALES Las Tesorerías Estatales son los órganos responsables de todos los recursos que reciban por concepto de financiamiento público federal, local, donativos, aportaciones privadas y otros que ingresen a las cuentas estatales del Partido. Estarán a cargo de un Tesorero Estatal. Los Tesoreros Estatales quienes podrán ser auxiliados en sus funciones por un cuerpo técnico, tendrán las siguientes atribuciones: a) Recibir, distribuir, fiscalizar y comprobar los recursos a los que referencia el párrafo anterior; b) Fiscalizar el cumplimiento del gasto por rubros, a nivel estatal y municipal; c) Proponer adecuaciones a los manuales, lineamientos o normas, en relación con el cumplimiento de los dos incisos anteriores; d) Presentar al órgano electoral que señale la ley, los informes trimestrales y anuales de ingresos y egresos, y los informes por precampañas y campañas electorales locales; e) Coadyuvar en todo momento con la Tesorería Nacional para la presentación de los informes trimestrales y anuales de ingresos y egresos y los informes por precampañas y campañas electorales federales; f) Presentar ante el Comité Directivo Estatal y el Consejo Estatal para su discusión y aprobación, en su caso, el informe sobre la distribución general y aplicación del financiamiento público federal y local que corresponda a los Comités Directivos Municipales; g) Coadyuvar en la gestión y desarrollo de los órganos estatales y municipales encargados de la administración y recursos del Partido; h) Asegurarse de la procedencia lícita de donativos y aportaciones privadas; i) Atender con oportunidad y diligencia los requerimientos de información que para el ejercicio de sus funciones le presente la Comisión de Vigilancia del Consejo Estatal y j) Las demás que marquen los Estatutos y los reglamentos http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019.nsf/nombre_de_la_vista/DAA34A10B8D35ACA862583B4005D5BA5/$File/Perfil.pdf 0 Recursos Humanos 06/03/2019 06/03/2019 Informamos que no se genero hipervinculo del perfil para el cargo
2019 01/02/2019 28/02/2019 Tesorería Directora Directora Secretaria General "Estatutos Generales del Partido Accón Nacional Reglamento del Comité Ejecutivo Nacional" CAPÍTULO OCTAVO DE LAS SECRETARÍAS DE LOS COMITÉS DIRECTIVOS ESTATALES Las Tesorerías Estatales son los órganos responsables de todos los recursos que reciban por concepto de financiamiento público federal, local, donativos, aportaciones privadas y otros que ingresen a las cuentas estatales del Partido. Estarán a cargo de un Tesorero Estatal. Los Tesoreros Estatales quienes podrán ser auxiliados en sus funciones por un cuerpo técnico, tendrán las siguientes atribuciones: a) Recibir, distribuir, fiscalizar y comprobar los recursos a los que referencia el párrafo anterior; b) Fiscalizar el cumplimiento del gasto por rubros, a nivel estatal y municipal; c) Proponer adecuaciones a los manuales, lineamientos o normas, en relación con el cumplimiento de los dos incisos anteriores; d) Presentar al órgano electoral que señale la ley, los informes trimestrales y anuales de ingresos y egresos, y los informes por precampañas y campañas electorales locales; e) Coadyuvar en todo momento con la Tesorería Nacional para la presentación de los informes trimestrales y anuales de ingresos y egresos y los informes por precampañas y campañas electorales federales; f) Presentar ante el Comité Directivo Estatal y el Consejo Estatal para su discusión y aprobación, en su caso, el informe sobre la distribución general y aplicación del financiamiento público federal y local que corresponda a los Comités Directivos Municipales; g) Coadyuvar en la gestión y desarrollo de los órganos estatales y municipales encargados de la administración y recursos del Partido; h) Asegurarse de la procedencia lícita de donativos y aportaciones privadas; i) Atender con oportunidad y diligencia los requerimientos de información que para el ejercicio de sus funciones le presente la Comisión de Vigilancia del Consejo Estatal y j) Las demás que marquen los Estatutos y los reglamentos http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019.nsf/nombre_de_la_vista/DAA34A10B8D35ACA862583B4005D5BA5/$File/Perfil.pdf 0 Recursos Humanos 06/03/2019 06/03/2019 Informamos que no se genero hipervinculo del perfil para el cargo
2019 01/02/2019 28/02/2019 Administración Auxiliar Administrativo Auxiliar Administrativo Secretaria General "Estatutos Generales del Partido Accón Nacional Reglamento del Comité Ejecutivo Nacional" CAPÍTULO OCTAVO DE LAS SECRETARÍAS DE LOS COMITÉS DIRECTIVOS ESTATALES "Servicios de seguridad, Servicio de lavandería,
limpieza, higiene y fumigación, Mantenimiento,
conservación e instalación de mobiliario" http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019.nsf/nombre_de_la_vista/DAA34A10B8D35ACA862583B4005D5BA5/$File/Perfil.pdf 0 Recursos Humanos 06/03/2019 06/03/2019 Informamos que no se genero hipervinculo del perfil para el cargo
2019 01/02/2019 28/02/2019 Presidencia Presidente Presidente CDE Secretaria General "Estatutos Generales del Partido Accón Nacional Reglamento del Comité Ejecutivo Nacional" CAPÍTULO OCTAVO DE LAS SECRETARÍAS DE LOS COMITÉS DIRECTIVOS ESTATALES a) Elaborar planes de trabajo anuales que someterán para su aprobación al Comité Directivo Estatal; b) Dirigir y vigilar el trabajo de las secretarías, comisiones y demás dependencias del Comité Directivo Estatal, proponiendo a éste la designación de los titulares respectivos; c) Mantener relación permanente con el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional para presentar iniciativas, recibir directrices y asegurar la coordinación adecuada de los trabajos del Partido en la entidad con los que se efectúen en el resto de la República; d) Sostener comunicación frecuente con los demás Comités Directivos Estatales, especialmente con aquellos cuyo territorio sea limítrofe del suyo, y participar en las reuniones interestatales que se organicen con la autorización del Comité Ejecutivo Nacional; e) Mantener estrecha comunicación con los Comités Directivos Municipales de su entidad para apoyarlos en el desempeño de su labor, y supervisar sus resultados; f) Dictar las medidas pertinentes para atender la convocatoria que se expida al efecto de asistir a la Asamblea Nacional; g) Contratar, designar y remover libremente a los funcionarios administrativos y empleados del Comité Estatal, determinar sus facultades y obligaciones, atendiendo a perfiles profesionales, así como verificar el cumplimiento de sus obligaciones; h) Presentar al Consejo Estatal y al Presidente del Comité Ejecutivo Nacional, un informe semestral de las actividades del Partido en la entidad, y enviar los informes relativos a la Cuenta General de Administración, del financiamiento público local y del financiamiento público federal a la Tesorería Nacional; i) Vigilar el cumplimiento de todas las obligaciones fiscales y laborales, establecidas en las leyes correspondientes; y j) Las demás que fijen estos Estatutos y los reglamentos http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019.nsf/nombre_de_la_vista/DAA34A10B8D35ACA862583B4005D5BA5/$File/Perfil.pdf 0 Recursos Humanos 06/03/2019 06/03/2019 Informamos que no se genero hipervinculo del perfil para el cargo
2019 01/02/2019 28/02/2019 Accion Gobierno Directora Directora Presidencia "Estatutos Generales del Partido Accón Nacional Reglamento del Comité Ejecutivo Nacional" Articulo 77 Estatutos vigentes. Aprobados por la XVIII Asamblea Nacional Extraordinaria y publicados en el Diario Oficial de la Federación el 1 de abril de 2016. La Secretaria de Función principal: Diseñar e implementar mecanismos que propicien un acompañamiento respetuoso y critico de las acciones de gobierno, a fin de que los funcionarios públicos emanados de Acción Nacional se conviertan en conductores de la autogestión del Bien Común en la sociedad. • Servir de vinculo entre los funcionarios y servidores públicos panistas y el CDM y CDE, estableciendo canales de comunicación permanentes, tales como reuniones periódicas, juntas de planeación y preparación para una sesión de cabildo, etc. http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019.nsf/nombre_de_la_vista/DAA34A10B8D35ACA862583B4005D5BA5/$File/Perfil.pdf 0 Recursos Humanos 06/03/2019 06/03/2019 Informamos que no se genero hipervinculo del perfil para el cargo
2019 01/02/2019 28/02/2019 Fortalecimiento Interno Asistente Asistente Secretaria General "Estatutos Generales del Partido Accón Nacional Reglamento del Comité Ejecutivo Nacional" CAPÍTULO OCTAVO DE LAS SECRETARÍAS DE LOS COMITÉS DIRECTIVOS ESTATALES La Secretaria de Fortalecimiento es integrar a los Comites Directivos Municipales y el que los mantiene cohesionados y comunicados. Función principal Acrecentar y consolidar la estructura del Partido a través de las diferentes actividades que permitan la comunicación con la militancia, así como dar seguimiento al plan de trabajo para evaluar la eficaci de las acciones y consecución de metas de los militantes. http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019.nsf/nombre_de_la_vista/DAA34A10B8D35ACA862583B4005D5BA5/$File/Perfil.pdf 0 Recursos Humanos 06/03/2019 06/03/2019 Informamos que no se genero hipervinculo del perfil para el cargo
2019 01/02/2019 28/02/2019 Estructura Asistente Asistente Secretaria General "Estatutos Generales del Partido Accón Nacional Reglamento del Comité Ejecutivo Nacional" CAPÍTULO OCTAVO DE LAS SECRETARÍAS DE LOS COMITÉS DIRECTIVOS ESTATALES Coordinar, dirigir los trabajos en las comunidades http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019.nsf/nombre_de_la_vista/DAA34A10B8D35ACA862583B4005D5BA5/$File/Perfil.pdf 0 Recursos Humanos 06/03/2019 06/03/2019 Informamos que no se genero hipervinculo del perfil para el cargo
2019 01/02/2019 28/02/2019 CDM Coxcatlán Auxiliar Administrativo Auxiliar Administrativo CDM Coxcatlán Secretaria General "Estatutos Generales del Partido Accón Nacional Reglamento del Comité Ejecutivo Nacional" CAPÍTULO OCTAVO DE LAS SECRETARÍAS DE LOS COMITÉS DIRECTIVOS ESTATALES a) Vigilar la observancia y promover el cumplimiento dentro de su jurisdicción, de estos Estatutos, de los reglamentos y acuerdos que dicten los órganos competentes del Partido; b) Convocar cada año a la Asamblea Municipal Ordinaria, en donde deberá presentar su informe de actividades, así como a las extraordinarias para aprobar la Plataforma Municipal Electoral y las demás que se requieran. Los candidatos estarán obligados a aceptar y difundir durante su campaña electoral, la plataforma aprobada; c) Designar al Secretario General del Comité, que lo será también de la Asamblea Municipal, y a los demás secretarios, así como integrar las comisiones que estime convenientes para el mejor cumplimiento de sus labores; d) Aprobar, a propuesta del Presidente respectivo, a los miembros del Comité Directivo Municipal que cubrirán las vacantes por renuncia u otras causas, sujetos a la ratificación de la Asamblea Municipal correspondiente; e) Aprobar los programas de actividades específicas de Acción Nacional dentro de su jurisdicción, ajustados a los que aprueben los órganos superiores del Partido, y enfocados primordialmente a consolidar la presencia del Partido en el municipio y el trabajo de todos los militantes en vinculación con la comunidad; f) Enviar al Comité Directivo Estatal informes semestrales de las actividades, que comprenderán el estado que guarde la organización de su jurisdicción, las cuentas de ingresos y egresos, y los demás que el Comité Directivo Estatal, señale; g) Auxiliar al Registro Nacional de Militantes en el cumplimiento de sus funciones, en los términos del Reglamento respectivo; h) Acordar y solicitar las sanciones correspondientes, en términos de lo establecido por estos Estatutos y los reglamentos correspondientes; i) Acreditar a los representantes del Partido ante los órganos electorales de su jurisdicción, o en su caso delegar esta facultad en los términos del Reglamento; j) Impulsar permanentemente, en el ámbito municipal, acciones afirmativas para garantizar la equidad de género; k) Desarrollar mecanismos que orienten la acción del Partido en el ejercicio del gobierno municipal; l) Desarrollar y coordinar la formación y capacitación cívica política y de doctrina entre los militantes del Partido de su jurisdicción; m) Implementar las formas de organización sub-municipal, metropolitana o distrital, establecidas por el Comité Directivo Estatal; n) Llevar puntual seguimiento del Registro de Obligaciones y derechos de los militantes; o) Establecer mecanismos de comunicación con los militantes y simpatizantes; p) Nombrar consejos consultivos ciudadanos en términos del Reglamento; y q) Las demás que fijen estos Estatutos y los reglamentos. http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019.nsf/nombre_de_la_vista/DAA34A10B8D35ACA862583B4005D5BA5/$File/Perfil.pdf 0 Recursos Humanos 06/03/2019 06/03/2019 Informamos que no se genero hipervinculo del perfil para el cargo
2019 01/02/2019 28/02/2019



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad9BBE7070BF764D79862583B50066C8ABCreado el 03/06/2019 12:43:31 PM
Carátula de registro8B6A5ACBB2514C64862583B50066CE42Autorpan slp
Registro2629C6926E20FEAE862583B50066DCCCTipo de documento1 Registro general




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