Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadodifrioverde slp
Sistema DIF Municipal del Municipio de Rioverde

Periodo
04 Abril2019

ObligaciónLos sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan

Obligación específica.
Las facultades de cada área.

A ) Artículo84

B ) FracciónVI

C ) Inciso


Registro general

Para Consultar el documento
Acceso directo:
LTAIPSLP84VI Las facultades de cada área.xlsx

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2019.nsf/nombre_de_la_vista/200E3DC79E68F5A7862583B500569A70/$File/LTAIPSLP84VI+Las+facultades+de+cada+área.xlsx




Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Facultades de cada área LTAIPSLP84VI Los sujetos obligados publicarán para cada una de las áreas previstas en el reglamento interior, estatuto orgánico respectivo o normatividad equivalente, las facultades de cada área, entendidas como las aptitudes o potestades que les otorga la ley para para llevar a cabo actos administrativos y/o legales válidos, de los cuales surgen obligaciones, derechos y atribuciones. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Denominación del área Denominación de la norma en la que se establecen sus facultades Fundamento legal Hipervínculo al fragmento de la norma que establece las facultades que correspondan a cada área Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota SE ANEXA HIPERVINCULO DEL REGLAMENTO INTERNO
2019 01 DE FEBRERO DEL 2019 28 DE FEBRERO DEL 2019 PRESIDENCIA REGLAMENTO INTERNO REGLAMENTO INTERNO "I. Convocar y prescindir las sesiones de la Junta de Gobierno del SMDIF y emitir el voto de calidad en caso de empate. II. Autorizar los acuerdos, documentos, escritos en que tenga intervención en la Junta de Gobierno. III. Dirigir los servicios de asistencia social conforme a las políticas asistenciales que la Federación, el Estado y el Municipio determinen. IV. Acudir a las reuniones de trabajo que convoque DIF Estatal. V. Gestionar recursos ante instituciones públicas y privadas. VI. Autorizar la representación del Organismo, al Director General y/o Coordinadora de programas, a giras, eventos de trabajo por las distintas comunidades o bien quien la suplirá en ausencias temporales de esta. VII. Suscribir acuerdos o convenio con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal, así como con Organismos del Sector Privado y Sociales Estatales, Nacionales e Internacionales en materia de competencia del Organismo. VIII. Suscribir convenio de Colaboración con Instituciones Sociales y Privadas, en relación con los objetivos del organismo, e informar a la Junta de Gobierno de los mismos y la Coordinación que celebre el Organismo por su conducto con Dependencias y Entidades Públicas así como con Instituciones Privadas. IX. Evaluar y controlar el desarrollo de los planes y programas de trabajo y en su caso, proponer las medidas correctivas que correspondan. X. En representación del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia presentara un programa Anual de trabajo para su aprobación ante el H. Ayuntamiento. XI. Decidir y designar la existencia de la figura del director general, a la hora de integrar su equipo de trabajo, a criterio de este(a), tomando en cuenta la necesidad y cantidad de población del municipio para atención y servicio; Es decir, tendrá la elección de decidir si en su equipo de trabajo existirán tanto el director General como la Coordinadora General de programas, o bien, únicamente la segunda de estas. Para el caso, en que solo exista coordinadora general de programadas las funciones pasaran a este para su ejecución y desempeño. XII. Las demás que la Ley de Asistencia Social para el Estado y Municipios de S.L.P., reglamentos y disposiciones le atribuyan, así como aquellas que le otorgue el Presidente Municipal. " RECURSOS HUMANOS 06/03/2019 06/03/2019 http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/nombre_de_la_vista/8F2094BD054CA84B86258320005D5A5B/$File/REGLAMENTO+.pdf
2019 01 DE FEBRERO DEL 2019 28 DE FEBRERO DEL 2019 COORDINACIÓN GENERAL REGLAMENTO INTERNO REGLAMENTO INTERNO "I. Suplir las ausencias temporales de la presidenta, en caso de que este sea designado por acuerdo de la presidencia de la Junta de Gobierno. II. Representar legalmente a la Junta de Gobierno del SMDIF de Rioverde, como apoderado para actos de administración y para pleitos y cobranzas, ante cualquier órgano público o privado, municipal, estatal, nacional o internacional. III. Informar a la Junta de Gobierno del cumplimiento de sus acuerdos. IV. Presentar a la Presidencia del Organismo un Informe Anual de las actividades y de los resultados obtenidos, acompañando los informes específicos que se requieran. V. Asumir el carácter de Secretario de Actas en las sesiones de la Junta de Gobierno. Así como, formular el orden del día de los asuntos que deban tratarse en las sesiones del cuidado el libro de actas y el archivo del Organismo. VI. Desempeñar las funciones que le encomiende la Junta de Gobierno o la presidencia de la misma. VII. Asistir con voz y voto las sesiones de la Junta de Gobierno. VIII. Celebrar convenios, contratos y demás actos jurídicos que sean indispensables para el cumplimiento del objetivo del Organismo. IX. Recibir los informes mensuales presentados por los departamentos y direcciones de área del SMDIF. X. Las demás que la Ley de Asistencia Social para el Estado y Municipios de S.L.P., reglamentos y disposiciones le atribuyan. " RECURSOS HUMANOS 06/03/2019 06/03/2019 http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/nombre_de_la_vista/8F2094BD054CA84B86258320005D5A5B/$File/REGLAMENTO+.pdf
2019 01 DE FEBRERO DEL 2019 28 DE FEBRERO DEL 2019 TRABAJO SOCIAL REGLAMENTO INTERNO REGLAMENTO INTERNO "I. Realizar entrevistas iniciales, estudios socioeconómicos. II. Fungir como mediadores y conciliadores durante las entrevistas con parejas o personas en conflicto. III. Realizar canalizaciones a los diferentes departamentos como Psicología, Jurídico y demás instituciones como albergues, Ministerio Público, centros de rehabilitación para alcoholismo y drogadicción, hospitales, etc. IV. Realizar visitas domiciliarias para investigaciones familiares y sociales según sea el caso, así como, realizar visitas colaterales en escuelas, centros de trabajo etc. V. Atender reportes de casos, solicitud de apoyos o gestiones. VI. Gestionar apoyos económicos, de atención, de traslados de pacientes, de medicamentos o de estudios médicos, en colaboración del Departamento de Gestión y Participación Social. VII. Intervención en casos de violencia familiar, casos de pacientes psiquiátricos, que alteran el oren social y familiar y atender los llamados de intervención de la sociedad, así como, de instituciones públicas y privadas en casos de maltrato infantil, o que corra peligro la integridad física y emocional de los menores siendo nuestra prioridad. VIII. Apoyar en las investigaciones del orden familiar y averiguaciones previas solicitadas por el Ministerio Publico o Juzgados. En ocasiones se apoya al departamento jurídico a ratificar sobre las investigaciones o informes de trabajo social. IX. Atender las solicitudes de intervención en centros educativos. X. Realizar los informes de las visitas domiciliarias, toma de fotografía donde se presenten huellas de violencia familiar. XI. Ordenar y realizar notas de trabajo social en los expedientes. XII. Realizar los seguimientos de caso. XIII. Contestar los oficios de investigaciones además de presentarlos con fotografía. XIV. Realizar funciones de apoyo secretarial y recepción de primera instancia de las personas que solicitan audiencia con las trabajadoras sociales. XV. Llevar el control de los expedientes internos del departamento. XVI. Organización de los viajes de traslado a la ciudad de San Luis Potosí de los pacientes que acuden a diferentes instituciones de salud, en colaboración del departamento de Gestión y Participación social. XVII. El titular del departamento acudir a la Junta de Gobierno cuando así se requieran y durante las sesiones de la misma contar con voz y voto. XVIII. Realizar informes mensuales y reportarlos a SMDIF. XIX. Las demás que contemplen en disposiciones legales y reglamento aplicable. " RECURSOS HUMANOS 06/03/2019 06/03/2019 http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/nombre_de_la_vista/8F2094BD054CA84B86258320005D5A5B/$File/REGLAMENTO+.pdf
2019 01 DE FEBRERO DEL 2019 28 DE FEBRERO DEL 2019 RECURSOS HUMANOS REGLAMENTO INTERNO REGLAMENTO INTERNO "Corresponder al titular Administrativo y Contabilidad: I. Ejecutar y supervisar las políticas, normas, sistemas y procedimientos para la administración y salvaguarda de los recursos humanos, materiales, bienes muebles e inmuebles y financieros de lo que disponga el Organismo. II. Operar y ejecutar las acciones de apoyo para la realización de las funciones del Organismo, particularmente de materia de distribución y abasto de insumos, contratación de servicios y obra pública. III. Proponer las políticas y criterios que se consideren convenientes para racionalizar y optimizar el desarrollo de programas de obra pública, adquisiciones, conservación y mantenimiento de bienes muebles e inmuebles del Organismo. IV. Establecer y coordinar los procedimientos recepción, entrega, envío y control de documentos y archivos del Organismo. V. Expedir constancias laborales, autorizar la reubicación, liquidación y pago de cualquier remuneración del personal al servicio del Organismo. VI. Administrar los recursos financieros del SMDIF y proponer acciones correctivas y preventivas para su correcta aplicación previa autorización, previa autorización de la Junta de Gobierno. VII. Difundir y otorgar las prestaciones contractuales y económicas que correspondan al personal del SMDIF
VIII. Administrar y designar el gasto para el mantenimiento, conservación, reparación y aseguramiento del parque vehicular, así como, de los bienes muebles y equipos de cómputo que así lo requieran. IX. Contabilizar las operaciones financieras así como ejercer los recursos financieros del SMDIF, previo acuerdo de la Junta de Gobierno. X. En coordinación con el departamento de recursos humanos, llevara la asignación y control al personal respecto de los bienes muebles, inmuebles y vehículos del SMDIF que tendrá a su cargo, de acuerdo con las necesidades detectadas, así como la formulación del control de inventarios. XI. Coordinar y controlar la recepción, resguardo físico u distribución de los bienes materiales adquiridos o provenientes de donaciones al SMDIF, previa autorización de la Junta de Gobierno para su uso y destino final. XII. Atender y coadyuvar en los procesos de auditoria y revisión por parte de entidades externas o el órgano de control interno. XIII. Elaborar, controlar y contabilizar los egresos correspondientes de la cuenta fiscal para el pago de nómina del personal, pago de proveedores y cualquier otra necesidad que requiera el SMDIF. XIV. Archivar y anexar toda la documentación fiscal y contable en cada movimiento de ingreso y egreso del SMDIF. XV. Elaborar recibos oficiales para registro de ingresos al Organismo. XVI. Gestionar en conjunto al Contralor Interno la entrega de documentación ante Auditoría Superior del Estado, Estados Financieros, Corte de Caja, pólizas de diario, ingresos y egresos debidamente justificados bajo los requisitos fiscales y contables. XVII. Llevar el control y justificación de caja chica. XVIII. Elaboración de requisiciones y órdenes de compra para materiales, insumos, combustibles y necesidades para el buen funcionamiento del SMDIF. XIX. Recepción, supervisión, control y depósito de cuotas de recuperación por: Terapias diversas, consultas médicas y transporte de pacientes. XX. Recepción y entrega de pensiones alimenticias por convenios celebrados en el departamento Jurídico. XXI. Tramitar el pago de impuestos referenciados del Organismo; así como el pago de remuneraciones, prestaciones contractuales y económicas que correspondan. XXII. Apoyar en general a cualquier departamento o dirección de SMDIF para el buen funcionamiento y logro de sus objetivos. XXIII. Calcular y ejecutar el proceso de nómina a fin de efectuar el pago de sueldos, salarios y honorarios en los periodos marcados. XXIV. Realizar informes mensuales y reportarlos al coordinador de programas del SMDIF. XXV. Las demás que contemplen en disposiciones legales y de manera supletoria el reglamento interno de DIF Estatal. CAPITULO XIII
" RECURSOS HUMANOS 06/03/2019 06/03/2019 http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/nombre_de_la_vista/8F2094BD054CA84B86258320005D5A5B/$File/REGLAMENTO+.pdf
2019 01 DE FEBRERO DEL 2019 28 DE FEBRERO DEL 2019 DESARROLLO COMUNITARIO Y ASISTENCIA ALIMENTARIA REGLAMENTO INTERNO REGLAMENTO INTERNO "I. Conducir y aplicar planes, programas y políticas en materia alimentaria, desarrollo familiar y comunitario del SMDIF. II. Conducir estudios e investigación para la detección, registro y diagnóstico de la población vulnerable sujeta a la aplicación de programas y modelo de asistencia alimentaria. III. Establecer normas, políticas y alimentarios para la operación y evaluación de los programas alimentarios y de desarrollo familiar y comunitario del SMDIF. IV. Definir índices y criterios para la identificación y calificación de beneficiarios de apoyo alimentario y de acciones de desarrollo familiar y comunitario por parte del Organismo e integrar los padrones de beneficiarios correspondientes. V. Vigilar la debida aplicación de recursos federales y estatales en los programas de asistencia social alimentaria, desarrollo familiar y comunitario. VI. Asistir a las capacitaciones mensuales que convoca la Coordinación Estatal DIF. VII. Instalación y Reinstalación de programas en la comunidad. VIII. Asesoría y capacitación a las comisiones comunitarias de alimentación. IX. Establecer los procedimientos necesarios de control de inventarios de insumos alimentarios, así como, la entrega y recepción de insumos a la comunidad, de las diferentes variantes. X. Cobro de cuotas de recuperación a las tesoreras de los comités comunitarios de alimentación, llevar el control de cuotas de recuperación. XI. Vigilar la operación de las diferentes variantes que se desarrollan en comunidad y que son responsabilidad de un comité comunitario de alimentación. XII. Entrevista con las autoridades comunitarias para informar el desarrollo de los programas y validar documentos. XIII. Elaborar cedulas de supervisión bimestral. XIV. Entregar acuses de recibo a la Coordinación Regional. XV. Realizar platicas de orientación alimentaria en las localidades donde opere el programa ENOA; elaborando y entregando los informes correspondientes de ENOA a Coordinación Regional. XVI. Elaborar el control de entradas y salidas del Almacén Municipal. XVII. Contar y separar los insumos por comunidad de cada variante. XVIII. Hacer los depósitos bancarios de las diferentes variantes. XIX. Realizar informes mensuales y reportarlos al SMDIF. XX. Las demás que contemplen en disposiciones legales y reglamentos aplicables. " RECURSOS HUMANOS 06/03/2019 06/03/2019 http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/nombre_de_la_vista/8F2094BD054CA84B86258320005D5A5B/$File/REGLAMENTO+.pdf
2019 01 DE FEBRERO DEL 2019 28 DE FEBRERO DEL 2019 INTEGRACION DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD REGLAMENTO INTERNO REGLAMENTO INTERNO "I. Conducir la implementación y aplicación de planes, programas y acciones para la operación y funcionamiento, prevención e integración social de personas con discapacidad y servicios de rehabilitación. II. Acreditar la discapacidad de las personas que así lo soliciten para el uso de los beneficios especiales que se les otorguen. III. Atención, orientación, canalización y gestión de servicios y apoyos especializados a personas con discapacidad. I



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad2969558C281D9755862583B500567FEACreado el 03/06/2019 09:45:56 AM
Carátula de registro4E3DF9FA2898788C862583B500568853Autordifrioverde slp
Registro200E3DC79E68F5A7862583B500569A70Tipo de documento1 Registro general




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
derecho de acceso a la información púbica.
Avenida Real de Lomas, 1015, piso 4, torre 2, coloniaLomas 4ª sección, código postal 78216
San Luis Potosí, S.L.P. México
Teléfonos: (444) 825-1020 / 825-6468 / 825-2583 / 825-2584 / 246-3085 / 246-2086
01 800 223 4247