Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí.

Sujeto Obligadocdfernandez slp
-

Periodo
04 Abril2018

ObligaciónAdicionalmente, en el caso de los municipios:

Obligación específica.
Calendario de sesiones del Cabildo.

A ) Artículo85

B ) FracciónII

C ) IncisoC2


Hipervínculo

Para Consultar el documento
Acceso directo:
acta 106.pdf

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/nombre_de_la_vista/EFEF55F20A6461858625830F0067E6C6/$File/acta+106.pdf




Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


En el salón de cabildo de la Presidencia Municipal de Ciudad Fernández, San Luis Potosí, lugar destinado para llevar a cabo las sesiones de cabildo, siendo las dieciocho horas del día veintiséis de abril de dos mil dieciocho, fecha y hora señalada para llevar a cabo la Sesión Ordinaria de Cabildo, previo citatorio que se les hizo llegar a los integrantes del Honorable Ayuntamiento, la Presidente Municipal Interino, Profra. Rosa María Martínez Robles; la Síndico Municipal, Lic. Celia Rosalba López Carranza; los Regidores, Ing. Fausto Martínez Medina, Profr. Gregorio Castillo Cruz, C. Maricela del Carmen Gómez Elizalde, C. Clara Susana Ramos Contreras, C. Antonio Juárez Flores y la C. Aracely Ibarra Ávila; se procede a iniciar la sesión bajo el siguiente: Orden del Día: 1. Pase de Lista. 2. Declaración del Quórum Legal e Instalación de la Sesión. 3. Aprobación del Orden del Día. 4. Aprobación de las actas de cabildo No. 103 de fecha 27 de marzo de 2018 y acta No. 104 de fecha 13 de abril de 2018. 5. Aprobación para asignar recursos económicos al Patronato de la Feria de El Refugio, en su edición 2018. 6. Lectura a oficio que hace llegar el Ing. Víctor Alvarado Landaverde, Encargado de despacho en el Departamento de Catastro Municipal y Desarrollo Urbano, en el cual solicita Análisis y en su caso aprobación del Fraccionamiento denominado “Campestre Rincón de Azahares”, ubicado en calle Francisco I. Madero s/n, en El Refugio, Ciudad Fernández, S.L.P., propiedad de la C. Graciela Juárez Hernández. 7. Lectura a oficio que hace llegar la Regidora Clara Susana Ramos Contreras en el cual solicita licencia temporal para ausentarse del cargo. 8. Clausura de la sesión. En cuanto al punto uno del orden del día referente al “pase de lista”.- El Secretario del H. Ayuntamiento, Lic. Carlos Castañón Reyes, procede a nombrar a los integrantes del H. Ayuntamiento para corroborar su asistencia, dando cuenta a la Presidente Municipal Interino, Profra. Rosa María Martínez Robles, de la asistencia de todos los Regidores y Síndico Municipal, quienes además firman la lista de asistencia para constancia, lo anterior atendiendo a lo establecido por el Artículo 25 del Reglamento Interno del H. Ayuntamiento de Ciudad Fernández, S.L.P. Continuando con el desahogo del punto dos del orden del día se procede a la “Declaración del quórum legal e instalación de la sesión”.- El Secretario del Ayuntamiento, Lic. Carlos Castañón Reyes, informa a la Presidente Municipal Interno, Profra. Rosa María Martínez Robles, que se encuentran presentes los ocho integrantes que conforman el H. Ayuntamiento sesionando en Cabildo, por lo que en uso de la voz la Profra. Rosa María Martínez Robles, declara que siendo las dieciocho horas con quince minutos existe quórum legal y se instala la sesión cuyos acuerdos que se tomen serán válidos. El Secretario del Ayuntamiento, Lic. Carlos Castañón Reyes, en los términos del Artículo 21 Fracción I de la Ley Orgánica del Municipio Libre de San Luis Potosí, solicita a los integrantes del H. Cabildo se manifiesten para acordar si los siguientes puntos del orden del día se discutirán y aprobarán en forma pública o privada, a lo que manifiestan que previo conocimiento del orden del día se aprueba por unanimidad de votos llevar a cabo en audiencia pública la presente sesión. Se procede a desahogar el punto tres referente a la “Aprobación del orden del Día”.- El Secretario del Ayuntamiento, Lic. Carlos Castañón Reyes, da lectura al orden del día la cual somete a votación y se aprueba por unanimidad de votos el orden del día para llevar a cabo la presente sesión. Continuando con la sesión se procede a desahogar el punto cuatro del orden del día referente a la “Aprobación de las actas de cabildo No. 103 de fecha 27 de marzo de 2018 y acta No. 104 de fecha 13 de abril de 2018”.- El Secretario General del H. Ayuntamiento, Lic. Carlos Castañón Reyes, somete a votación dichas Actas de Cabildo, siendo aprobadas por unanimidad de votos las actas de cabildo No. 103 de fecha 27 de marzo de 2018 y acta No. 104 de fecha 13 de abril de 2018. Se procede a desahogar el punto cinco referente a la “La aprobación para asignar recursos económicos al Patronato de la Feria de El Refugio, en su Edición 2018.- El Secretario del Ayuntamiento, Lic. Carlos Castañón Reyes, da lectura al oficio de referencia ordenando se agregue para que forme parte del apéndice de actas. Hace uso de la Profra. Rosa María Martínez Robles, Presidenta Municipal Interina, quien propone que se le asigne la cantidad de $250,000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.) como apoyo al Patronato de la Feria de El Refugio, en su edición 2018. Hace uso de la voz la Síndico Municipal, Lic. Celia Rosalba López Carranza, quien solicita que una vez que finalice la feria, el Patronato deberá entregar a este H. Cabildo un informe detallado de las actividades realizadas y financiero. Por lo que una vez desahogadas las dudas y hechas las aclaraciones correspondientes respecto al presente punto, el Secretario del H. Ayuntamiento, Lic. Carlos Castañón Reyes, lo somete a votación y Se aprueba por unanimidad de votos asignar la cantidad de $250,000.00 (doscientos cincuenta mil pesos 00/100 m.n.) como apoyo al Patronato de la Feria de El Refugio, en su edición 2018, para llevar a cabo el arranque de las actividades con motivo de Feria de El Refugio, asimismo se acuerda que dicho patronato deberá rendir a este H. Cabildo un informe financiero y de las actividades realizadas. Continuando con la sesión se procede a desahogar el punto seis del orden del día referente al “oficio que hace llegar el Ing. Víctor Alvarado Landaverde, encargado del despacho en el Departamento de Catastro Municipal y Desarrollo Urbano, en el cual solicita el análisis y en su caso aprobación del Fraccionamiento denominado “Campestre Rincón de Azahares” ubicado en calle Francisco I. Madero s/n, en El Refugio, Ciudad Fernández, S.L.P., propiedad de la C. Graciela Juárez Hernández, El Secretario del Ayuntamiento, Lic. Carlos Castañón Reyes, da lectura al oficio de referencia ordenando se agregue para que forme parte del apéndice de actas. Hace uso de la voz la Síndico Municipal, Lic. Celia Rosalba López Carranza, quien manifiesta que en cuanto al punto seis del orden del día, donde se solicita el análisis y en su caso aprobación del fraccionamiento denominado Campestre Rincón de Azahares ubicado en calle Francisco I Madero S/N en el Refugio Ciudad Fernández S.L.P. propiedad de la C. Graciela Juárez Hernández. Manifiesta lo siguiente: Continua con el uso de la voz la Síndico Municipal _____Da lectura a los requisitos que marca la Ley y como punto número uno; de acuerdo a la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de San Luis Potosí en su artículo 184, menciona que toda solicitud de autorización de fraccionamiento se presentará por duplicado y deberá ser acompañada por lo menos, según lo especifiquen las respectivas disposiciones reglamentarias, de los documentos que a continuación se mencionan: Que en el expediente que solicito a la Dirección de Catastro referente al Fraccionamiento no encontró el dictamen de diseño urbano el cual debe ser emitido por la Dirección de la Administración Urbana y debe ser evaluado de forma colegiada por un representante del H. Cuerpo de Bomberos, Protección Civil, de tránsito municipal, Desarrollo Urbano o equivalente, y del Organismo operador de agua o equivalente, Cámara u organismo que represente a los constructores del municipio, que manifieste su interés de participar como testigo de la transparencia y cumplimiento de tiempos y procedimientos. Por lo que se le concede el uso de la voz al Ing. Víctor Alvarado Landaverde, encargado del despacho en el Departamento de Catastro Municipal y Desarrollo Urbano, manifiesta que la única comisión está conformada por dos integrantes del cabildo y por el director y/o quien funja como encargado del área de Catastro. Por lo que la Síndico Municipal manifiesta que dicho fraccionamiento no cuenta con este en su expediente, por lo cual está incumpliendo al primer requisito Hace uso de la voz la Presidenta Municipal Interina Profra. Rosa María Martínez Robles quien manifiesta que es la primera vez que la Síndico Municipal, Lic. Celia Rosalba López Carranza, hace petición de este documento ya que hasta el momento en ninguna otra autorización de fraccionamiento lo había solicitado y que a los que han solicitado fraccionamientos siempre se les ha dado un plazo hasta de dos años para cumplir con toda la infraestructura. Hace uso de la voz la Regidora C. Maricela del Carmen Gómez Elizalde y manifiesta que lo que está constituido es una comisión de Desarrollo y Equipamiento Urbano la cual preside junto con el Regidor Profr. Gregorio Castillo Cruz y el director y/o encargado de la Dirección. Con el uso de la voz el Regidor Ing. Fausto Martínez Medina, manifiesta que no existe una comisión apegada a la legalidad que marca la Ley para poder dictaminar. Hace uso de la voz el Regidor, Profr. Gregorio Castillo Cruz, quien manifiesta que si no existe esta comisión por que se han validado los otros fraccionamientos. El Regidor Ing. Fausto Martínez Medina responde que por que confiaba en los dictámenes de la regidora encargada de la comisión, y por la falta de información, asimismo menciona que si el departamento de catastro revisara los dictámenes próximos se consideren tal cual como lo establece la Ley, a las autoridades competentes para poder dictaminar a favor o en su defecto en contra de una autorización. Hace uso de la voz el Regidor C. Antonio Juárez Flores quien comenta que ya se han aprobado varios fraccionamientos en esta condición y no había problema. Hace uso de la voz la Síndico Municipal, Lic. Celia Rosalba López Carranza, quien manifiesta que continuará con las dudas en cuanto a los requisitos para fraccionar las cuales menciona a continuación: Como punto número dos; me refiero a Títulos que acrediten la plena propiedad del inmueble objeto del fraccionamiento, con la constancia de inscripción en el Registro Público de la Propiedad, y comprobante de pago del impuesto predial al corriente; Punto número tres; Proyecto de lotificación; proyecto de memoria descriptiva; y proyecto que contenga la delimitación del cincuenta por ciento de las áreas verdes establecidas en el artículo 177 de ésta Ley, las cuales no podrán ser modificadas ni alteradas, después de haber sido aprobado el proyecto; en cuanto a este punto es de mencionar que no se encuentra tal y como lo estipula la Ley. Por lo que hace uso de la voz el Ing. Víctor Alvarado Landaverde, quien comenta que la memoria descriptiva se refiere a la poligonal del terreno, donde viene el plano con los lotes y sus medidas y superficies, asimismo menciona que también el proyecto de lotificación en lo que adquiere el dominio del municipio, ya que el municipio está obligado a definir el porcentaje de área verde y lo demás puede utilizarlo para construir, ya que no puede disponer de toda la superficie para construirla; las áreas verdes y las áreas comunes solo aplica en condominios de tipo horizontal, a dejar un porcentaje de área verde y la otra superficie ocuparla. Punto cuatro; Plano topográfico; Punto cinco; Certificado de libertad de gravamen actualizado del predio; Punto seis; Comprobante de pago del impuesto predial, y Hace uso de la voz el Ing. Víctor Alvarado Landaverde, encargado de la Dirección de Catastro Municipal, menciona que la memoria descriptiva viene en el Plano Topográfico y que la libertad de gravamen y el comprobante de pago del impuesto predial se encuentran en el expediente del Fraccionamiento. Punto siete; Autorización de impacto ambiental, cuando se encuentren en los supuestos establecidos en los artículos 118, 119 y 123 de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí. El Ing. Víctor Alvarado Landaverde manifiesta que en el Plan de Ordenación viene especificado que tipo de desarrollo necesitan los estudios de impactos ambiental, por lo que no se requiere la autorización de Impacto Ambiental para este tipo de Fraccionamientos, solo si se tratara de un fraccionamiento de alta densidad. Continua la Síndico Municipal, manifestando que en los fraccionamientos de tipo campestre los lotes no podrán tener un frente menor de veinticinco metros, ni una superficie menor de mil metros cuadrados y de acuerdo al plano que se muestra en el expediente no se cumple con estas medidas en dos lotes el primero ubicado en manzana “A” marcado como lote 1 y el segundo ubicado en manzana “B” y marcado como lote 2, ya que ambos tienen un frente de 19.50. Asimismo menciona que el Fraccionamiento que se solicita para su autorización no cumple con los requisitos que estipula la Ley. Por lo que hace uso de la voz el Ing. Víctor Alvarado Landaverde, encargado del despacho en el Departamento de Catastro Municipal y Desarrollo Urbano, quien menciona que el primer Plan de Ordenación el cual se publicó en el 2001, eran muy acotado en cuanto a frentes y superficies de lotes, el cual se deriva de La Ley de Desarrollo Urbano del Estado y posterior a la modificación del 2013, permite que se pueda hacer una combinación de medidas y superficie siempre y cuando no se tenga de una de mayor a uno de menor. Continua la Síndico Municipal manifestando que una vez analizado el expediente es importante notar que el predio a fraccionar es un predio rustico de acuerdo a las escrituras, y la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de San Luis Potosí en su artículo 5 fracción VI, menciona que áreas y predios rústicos son las tierras, aguas y bosques que son susceptibles de explotación racional agropecuaria, piscícola, minera o forestal, por lo cual se considera al predio a fraccionar como una tierra de explotación racional agrícola, por lo que es evidente que el fraccionamiento que se solicita se autorice no cumple con los requisitos que estipula la Ley, por lo cual no es viable su autorización. Asimismo menciona que además de estar ubicado en una zona agrícola de alta productividad, es considerada una área no urbanizable de acuerdo a la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de San Luis Potosí en su artículo 5 fracción V, que dice áreas no urbanizables: son las que se excluyen del desarrollo urbano por contener elementos constitutivos del equilibrio ecológico; tierras de alto o mediano rendimiento agrícola o pecuario, bosques y demás recursos naturales en explotación o susceptibles de serlo, zonas arqueológicas y demás bienes de patrimonio histórico, artístico y cultural, así como, en general, las inadecuadas para su urbanización y que de acuerdo al expediente no se cumplen con las características para poder desarrollar un Fraccionamiento de tipo Campestre ya que la misma ley antes mencionada en su Artículo 92, que dice a la letra “Respecto a las áreas no urbanizables situadas fuera del límite de un centro de población y siempre que los respectivos predios estén ubicados a una distancia no menor de quince kilómetros del mismo y no sean de mediana o alta aptitud o productividad agrícola o forestal, se podrá autorizar la ejecución de fraccionamientos habitacionales campestres, en conformidad a las respectivas disposiciones de ésta Ley y su reglamento”; Por lo que es importante notar que no se cumple con las características mencionadas con anterioridad para que se dé la autoriza



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad019FA0C40DFF34968625830F00644F4ACreado el 09/21/2018 12:54:52 PM
Carátula de registro96C671514182F5048625830F0064A362Autorcdfernandez slp
RegistroEFEF55F20A6461858625830F0067E6C6Tipo de documento3 Hipervínculo




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
derecho de acceso a la información púbica.
Cordillera del Himalaya #605, Lomas 4a. Sección C.P. 78216
San Luis Potosí, S.L.P. México
Teléfonos: (444) 825-1020 / 825-6468 / 825-2583 / 825-2584 / 246-3085 / 246-2086
01 800 223 4247