Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí.

Sujeto Obligadoase slp
Auditoria Superior del Estado de San Luis Potosí

Periodo
07 Julio2018

ObligaciónLos sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan

Obligación específica.
Las facultades de cada área.

A ) Artículo84

B ) FracciónVI

C ) Inciso


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COORDINACIÓN DE ARCHIVO Y CONTROL DE MATERIALES.pdf

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COORDINACIÓN DE ARCHIVO Y CONTROL DE MATERIALES
LEY DE FISCALIZACION Y RENDICION DE CUENTAS
DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI
ARTÍCULO 78. El Titular de la Auditoría Superior del Estado será auxiliado en sus
funciones por los auditores especiales, así como por los coordinadores,
supervisores, auditores y demás servidores públicos que al efecto señale el
Reglamento Interior de la Auditoría Superior del Estado, de conformidad con el
presupuesto autorizado. En dicho Reglamento se asignarán las facultades y
atribuciones previstas en esta Ley. REGLAMENTO INTERIOR DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO
ARTÍCULO 33.- La Coordinación de Archivo y Control de Materiales tendrá las
siguientes atribuciones y obligaciones: I. Elaborar, con la colaboración de las Unidades Administrativas, los instrumentos
de control archivístico previstos en las diversas disposiciones normativas y
presentarlo a la Coordinación General para su aprobación por parte del Auditor
Superior; II. Elaborar criterios específicos y recomendaciones en materia de organización
y conservación de archivos, así como las políticas de acceso y la conservación
de los archivos, y someterlo a consideración del Coordinador General para la
aprobación del Auditor Superior; III. Elaborar y someter a consideración del Coordinador General el programa
anual de actividades de la Coordinación en materia de archivo; IV. Coordinar los procesos de valoración y disposición documental que realicen
las Unidades Administrativas; V. Coordinar las actividades destinadas a la modernización y automatización de
los procesos archivísticos y a la gestión de documentos electrónicos de las
Unidades Administrativas; VI. Brindar asesoría a las diversas Unidades Administrativas en materia de archivos; VII. Elaborar el programa de capacitación en gestión documental y
administración de archivos y someterlo a consideración del Coordinador General
para su aprobación por parte del Auditor Superior; VIII. Coordinar la operación de los archivos de trámite, concentración y, en su
caso, histórico de la Auditoría Superior, conforme a las disposiciones normativas
aplicables; IX. Proponer los lineamientos y criterios relativos a la recepción, registro,
seguimiento y despacho de la documentación para la integración de los
expedientes de los archivos de trámite, y someterlo a consideración del
Coordinador General para aprobación del Auditor Superior; X. Coordinar las acciones a fin de verificar el estado de los bienes muebles, así
como vigilar que los materiales y suministros proporcionados sean utilizados
correctamente; XI. Proponer e instrumentar las medidas de control sobre los bienes, así como la
existencia de los mismos y sus respectivos resguardos; XII. Verificar el cumplimiento en materia de Transparencia y Archivo de las áreas
de la Coordinación General; y
XIII. Las demás que le señalen disposiciones legales, el presente Reglamento, y
aquellas disposiciones, acuerdos e instrucciones que le dicte el Auditor Superior.



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidadDE4130AF0B3762DB862582E4006B2378Creado el 08/09/2018 01:44:14 PM
Carátula de registro7BE96F1871CFFDE4862582E4006B2574Autorase slp
RegistroED024842A070271F862582E4006C6BA0Tipo de documento3 Hipervínculo




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de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
derecho de acceso a la información púbica.
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