Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí.

Sujeto Obligadocoespo slp
Consejo Estatal de Población

Periodo
08 Agosto2018

ObligaciónAdemás de lo señalado en el artículo anterior de esta Ley, el Ejecutivo del Estado y los municipios, según corresponda a su ámbito de competencia, deberán poner a disposición del público, de oficio, y en forma completa y actualizada la siguiente información:

Obligación específica.
El Plan Estatal de Desarrollo, los programas operativos anuales sectoriales y las modificaciones que a los mismos se propongan.

A ) Artículo85

B ) FracciónI

C ) IncisoA1


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Para Consultar el documento
Acceso directo:
ProgramaEspecialPoblacion.pdf

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/nombre_de_la_vista/D5BCF07DD29124CE86258304004BDEE1/$File/ProgramaEspecialPoblacion.pdf




Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


AÑO XCIX, TOMO II
SAN LUIS POTOSI, S.L.P. LUNES 26 DE DICIEMBRE DE 2016
EDICIÓN EXTRAORDINARIA
100 EJEMPLARES
24 PAGINAS
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el sólo hecho de publicarse en este Periódico. 2016 “Año de Rafael Nieto Compeán, promotor del sufragio femenino y la autonomía universitaria”
INDICE
Poder Ejecutivo del Estado
Consejo Estatal de Población
Programa Especial de Población
Responsable: SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
Director: OSCAR IVÁN LEÓN CALVO
PERFECTO AMEZQUITA No.101 2° PISO
FRACC. TANGAMANGA CP 78269
SAN LUIS POTOSI, S.L.P. Actual $ 18.26
Atrasado $ 36.52
Otros con base a su costo a criterio de la
Secretaria de Finanzas
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Poder Ejecutivo del Estado
Consejo Estatal de Población
Directorio
Juan Manuel Carreras López
Gobernador Constitucional del Estado
de San Luis Potosí
Alejandro Leal Tovías
Secretario General de Gobierno
Oscar Iván León Calvo
Director
STAFF
Miguel Romero Ruiz Esparza
Subdirector
Miguel Ángel Martínez Camacho
Jefe de Diseño, Edición y Publicaciones Electrónicas
Distribución
José Rivera Estrada
Para cualquier publicación oficial es necesario presentar oficio de
solicitud para su autorización dirigido a la Secretaría General de Gobierno,
original del documento, disco compacto (formato Word o Excel para
windows , NO imagen, NI PDF)
Para publicaciones de Avisos Judiciales, Convocatorias, Balances, etc.,
realizar el pago de Derechos en las Cajas Recaudadoras de la Secretaría de
Finanzas y acompañar en original y copia fotostática, recibo de pago y
documento a publicar y en caso de balances acompañar con disco compacto
(formato Word o Excel para windows, NO imagen, NI PDF). Avisos Judiciales, Convocatorias, Balances, etc. son considerados
Ediciones Ordinarias. Los días Martes y Jueves, publicación de licitaciones, presentando
documentación con dos días hábiles de anticipación. La recepción de los documentos a publicar será en esta Dirección de
Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 horas. NOTA: Los documentos a publicar deberán presentarse con la debida
anticipación. * Las fechas que aparecen al pie de cada edicto son únicamente para
control interno de ésta Dirección del Periódico Oficial del Gobierno del
Estado “Plan de San Luis”, debiéndose por lo tanto tomar como fecha
oficial la publicada tanto en la portada del Periódico como en los
encabezados de cada página. Este medio informativo aparece ordinariamente los días Lunes, Miércoles,
Viernes y extraordinariamente cuando así se requiera. REGISTRO POSTAL
IMPRESOS DEPOSITADOS POR SUS
EDITORES O AGENTES
CR-SLP-002-99
JUAN MANUEL CARRERAS LÓPEZ
Gobernador Constitucional del Estado de San Luis Potosí y
Presidente del Consejo de Administración del COESPO
ALEJANDRO LEAL TOVÍAS
Secretario General de Gobierno
MÓNICA LILIANA RANGEL MARTÍNEZ
Secretaria de Salud
JOSÉ LUIS UGALDE MONTES
Secretario de Finanzas
JOEL RAMÍREZ DÍAZ
Secretario de Educación
JESÚS ALBERTO ELÍAS SÁNCHEZ
Secretario de Desarrollo Social y Regional
ARMANDO HERRERA SILVA
Secretario de Cultura
MANUEL LOZANO NIETO
Secretario del Trabajo y Previsión Social
YVETTE SALAZAR TORRES
Secretaria de Ecología y Gestión Ambiental
ALEJANDRO CAMBESES BALLINA
Secretario de Desarrollo Agropecuario y Recursos Hidráulicos
CECILIA DE LOS ÁNGELES GONZÁLEZ GORDOA
Directora General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia
ENRIQUE MALACARA MARTÍNEZ
Director del Instituto de Migración
ERIKA VELÁZQUEZ GUTIÉRREZ
Directora del Instituto de las Mujeres
LUIS FERNANDO ALONSO MOLINA
Director del Instituto Potosino de la Juventud
RAÚL GONZÁLEZ VEGA
Director del Instituto de Desarrollo Humano y Social de los Pueblos y
Comunidades Indígenas
JULIETA MÉNDEZ SALAS
Comisionada Presidenta de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención
a Víctimas del Delito
CUAUHTÉMOC MODESTO LÓPEZ
Secretario Técnico del Consejo Estatal de Población
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Mensaje del Secretario Técnico del Consejo Estatal de Población de San Luis Potosí
Los diversos planteamientos en materia demográfica desarrollados por la política nacional de población, han sido un referente
fundamental en la construcción de este Programa Especial de Población 2015-2021, el cual se articula con los Ejes Rectores
del Plan Estatal de Desarrollo 2015-2021. De esta forma, identificar la dinámica, tendencias, características y necesidades de los diversos grupos poblacionales en
San Luis Potosí permitirá impulsar estrategias y líneas de intervención transversales en apego al ejercicio pleno de los
derechos humanos, la equidad de género y la intercultural, que contribuyan a elevar los niveles de bienestar de los habitantes
del Estado. Es así, que el Consejo Estatal de Población de San Luis Potosí, a través del Programa Especial de Población 2015-2021,
presenta las estrategias, proyectos y líneas de acción como parte de la política población en San Luis Potosí, que contribuya
a delinear la acción gubernamental para el logro de los objetivos definidos en el Plan Estatal de Desarrollo 2015-2021. El logro de estas estrategias contribuirá a atender las necesidades presentes en los diversos grupos poblacionales, así
como a visualizar las acciones requeridas para afrontar los retos que traerá consigo el desarrollo de nuestro Estado. Cuauhtémoc Modesto López
Secretario Técnico del Consejo Estatal de Población
Programa Especial de Población de San Luis Potosí 2015-2021
1. Introducción
2. Marco normativo de la Política de Población
3. Visión y principios del Plan Estatal de Desarrollo 2015-2021
4. Filosofía del Programa Especial de Población
5. El Programa Especial y su articulación con la planeación para el desarrollo del Estado
6. Vinculación del Programa Especial de Población
7. Diagnóstico demográfico del Estado
8. Objetivos, estrategias y líneas de acción
9. Matriz de indicadores estratégicos
10. Sistema de evaluación y seguimiento
1. Introducción
Es prioritario considerar a la población y su dinámica como objeto de la planeación estratégica estatal; dimensionar su
composición y tendencia constituye la base para la implementación de políticas públicas efectivas que impulsen un desarrollo
sostenible en las cuatro regiones del Estado de San Luis Potosí, contribuyendo a mejorar las condiciones de vida de la
población. Para lograr lo anterior, es imprescindible identificar las necesidades de los diferentes grupos poblacionales para focalizar las
acciones que permitan atender sus demandas, a fin de contribuir a reducir las desigualdades e incidir en el fortalecimiento de las
capacidades de la ciudadanía a efecto de que accedan a un desarrollo humano, social y económico pleno. La creación de mejores condiciones de igualdad y mayores niveles de bienestar, implica la convergencia de políticas públicas,
desde una perspectiva transversal con enfoque de género, derechos humanos e interculturalidad, en materia de educación,
salud, combate a la pobreza, infraestructura, desarrollo económico, seguridad pública, acceso a la justicia, desarrollo urbano
y vivienda. La dinámica demográfica ha generado desafíos importantes para la población de San Luis Potosí en temas como el embarazo
adolescente, la mortalidad infantil, la cobertura educativa, el acceso a empleo de calidad y bien remunerado, el envejecimiento,
la migración interna, internacional y transmigración, las implicaciones de la concentración de la población en los centros
urbanos y la dispersión en localidades rurales, así como la necesidad de impulsar el desarrollo de ciudades sostenibles. En este sentido, el Programa Especial de Población 2015-2021 para el Estado de San Luis Potosí se sustenta en los
conceptos y líneas de intervención propuestos por organismos internacionales como la Organización de las Naciones Unidas
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(ONU) en los Objetivos de Desarrollo Sostenible, la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) en el
Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo, el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), en el
Programa Nacional de Población 2014-2018 del Consejo Nacional de Población (CONAPO) y el Plan Estatal de Desarrollo
2015-2021, planteándose así como un instrumento de referencia en la planeación estratégica del Estado para el logro de los
objetivos de cambio y transformación del territorio que incidan en la sostenibilidad de la mejora de la calidad de vida y
bienestar de sus habitantes. 2. Marco normativo de la Política de Población
El marco normativo en el que este Programa Especial de Población 2015-2021 encuentra sustento, está conformado por
ordenamientos de observancia nacional y otros específicos para el Estado de San Luis Potosí. I. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
La Constitución Política de nuestro País establece la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos
humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, prohibiendo
todo tipo de discriminación motivada por origen étnico, o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social,
las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra
la dignidad humana. Asimismo, nuestra Carta Magna establece en su Artículo 26° que el Estado organizará un sistema de planeación democrática
del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía
para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación. II. Ley General de Población
La Ley General de Población promulgada en 1974 y reformada el 1 de diciembre de 2015, constituye el sustento jurídico del cual
se derivan las estrategias y los programas para atender los fenómenos que afectan a la población en cuanto a su volumen,
estructura, dinámica y distribución en el territorio nacional, con el fin de lograr que participe justa y equitativamente de los
beneficios del desarrollo económico y social. III. Reglamento de la Ley General de Población
El Reglamento de la Ley General de Población regula la aplicación de la política nacional de población, la cual, de acuerdo al
Artículo 5°, tiene por objeto incidir en el volumen, dinámica, estructura por edades y sexo y distribución de la población en el
territorio nacional, a fin de contribuir al mejoramiento de las condiciones de vida de sus habitantes y al logro de la participación
justa y equitativa de hombres y mujeres en los beneficios del desarrollo económico y social. El respeto a las garantías individuales consagradas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a los
derechos humanos, a la equidad de género y a los valores culturales de la población mexicana, es el principio en el que se
sustenta la política nacional de población y los programas en la materia. IV. Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí
En el Estado de San Luis Potosí, el Artículo 8° de la Constitución establece que todas las personas son libres e iguales en
dignidad y derechos. El varón y la mujer son iguales ante la ley. El Estado promoverá la igualdad de oportunidades de los
varones y las mujeres potosinos en la vida pública, económica, social y cultural. En el Artículo 9° se hace referencia a la composición pluriétnica, pluricultural y multilingüística del Estado sustentada
originalmente en sus pueblos indígenas, y reconoce la existencia histórica y vigente en su territorio de los pueblos Nahuas,
Teének o Huastecos, y Xi´oi o Pames, así como la presencia regular de los Wirrarika o Huicholes. De acuerdo al Artículo 12° la Familia constituye la base fundamental de la sociedad. La familia, las personas con discapacidad,
los senectos y los niños y las niñas serán objeto de especial protección por parte de las autoridades, en materia de salud,
educación, vivienda, alimentación, bienestar social, entre otros, para su desarrollo integral. Asimismo, todos los habitantes del Estado tienen derecho a gozar de un ambiente sano, por lo que el Artículo 15° establece
que el Gobierno del Estado llevará a cabo programas para conservar, proteger y mejorar los recursos naturales de la Entidad,
así como para prevenir y combatir la contaminación ambiental. V. Ley de Planeación del Estado y Municipios de San Luis Potosí
La igualdad de derechos, la atención de las necesidades básicas y el mejoramiento de la calidad de vida de la población, es uno
de los principios fundamentales de la planeación estatal. LUNES 26 DE DICIEMBRE DE 2016 5
De acuerdo al Artículo 4° el proceso de planeación se sujetará a un instrumento rector denominado Plan Estatal de Desarrollo. Con base en él se elaborarán los demás instrumentos de la planeación del desarrollo estatal, tales como planes municipales,
programas regionales, sectoriales, especiales e institucionales. Asimismo, el Artículo 6° refiere el proceso de desarrollo del
Sistema Estatal de Planeación Democrática y Deliberativa, el cual se soportará en los esfuerzos de las administraciones
públicas federal, estatal y municipales, de los sectores sociales y privado, y de los ciudadanos. VI. Decreto de Creación del Consejo Estatal de Población
El Decreto mediante el cual se crea el Consejo Estatal de Población de San Luis Potosí el 14 de octubre de 1988, plantea que
será el Consejo quien analice los cambios demográficos que experimenta la Entidad y particularmente sus municipios, así
como la incorporación del criterio demográfico en los planes y programas del desarrollo socioeconómico, con el objeto de
lograr la congruencia entre los diversos sectores prioritarios que tienen influencia en el desarrollo socioeconómico para la
satisfacción de las necesidades básicas de la población. El Decreto de Creación faculta al Consejo Estatal de Población como el organismo responsable de formular el Programa
Especial de Población en el marco del Plan Estatal de Desarrollo y con base en los lineamientos del Programa Nacional de
Población. VI.I. Decreto Administrativo que reforma el acuerdo por el cual se crea el Consejo Estatal de Población. La reforma al Decreto Administrativo por el cual se crea el Consejo Estatal de Población publicado en noviembre de 2012
establece en el Artículo 4° que el Consejo Estatal de Población tendrá como objetivos integrar a la población y el desarrollo en
el proceso de planeación demográfica estatal, regional así como elaborar y promover la ejecución de acciones regionales
específicas en materia de población, a fin de que la dinámica y distribución de la población en la Entidad sean adecuadas con
los programas de desarrollo económico y social. Asimismo, el Artículo 5° señala que el Consejo coordinará sus actividades con las acciones y programas del Consejo Nacional
de Población, lo anterior con la finalidad de que sea congruente la política nacional, estatal, regional, local y con los pueblos y
comunidades indígenas en materia de población. VII. Normatividad transversal del Programa Especial de Población
· Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí. · Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en el Estado. · Ley de Cambio Climático para el Estado de San Luis Potosí. · Ley de Desarrollo Urbano del Estado de San Luis Potosí. · Ley de Educación del Estado de San Luis Potosí. · Ley de Justicia Indígena y Comunitaria para el Estad



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidadFE176906E5CBC44E86258304004BA746Creado el 09/10/2018 07:48:42 AM
Carátula de registro52EF9BD60203C67886258304004BAD5FAutorcoespo slp
RegistroD5BCF07DD29124CE86258304004BDEE1Tipo de documento3 Hipervínculo




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
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derecho de acceso a la información púbica.
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San Luis Potosí, S.L.P. México
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01 800 223 4247