Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí.

Sujeto Obligadoslp slp
San Luis Potosí

Periodo
06 Junio2018

ObligaciónLa información sobre los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la versión pública del expediente respectivo y de los contratos celebrados, que deberá contener, por lo menos, lo siguiente.

Obligación específica.
Los convenios de coordinación de concertación con los sectores social y privado.

A ) Artículo84

B ) FracciónXL

C ) Inciso


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CONVENIO DE COLABORACION CEFIM.docx

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“CONVENIO DE COLABORACIÓN INTERINSTITUCIONAL” Que celebran por una parte el H. Ayuntamiento Constitucional de San Luis Potosí, representado en este acto SU PRESIDENTE CONSTITUCIONAL RICARDO GALLARDO JUÁREZ, asistido por la LIC. MARÍA ISABEL GONZÁLEZ TOVAR, en su carácter de PRIMER SÍNDICO MUNICIPAL y el LIC. MARCO ANTONIO ARANDA MARTÍNEZ, SECRETARIO GENERAL, a quien en lo sucesivo se le denominará “El AYUNTAMIENTO”; y por la otra, la Coordinación Estatal Para el Fortalecimiento Institucional de los Municipios, representada por LUIS GERARDO ALDACO ORTEGA, en lo sucesivo “LA CEFIM”; a quienes cuando actúen de manera conjunta se les denominará “LAS PARTES”, mismas que se sujetan a las siguientes declaraciones y clausulas. C O N S I D E R A N D O I.- Que la autoridad municipal es responsable de propiciar un mejoramiento sustancial e inmediato de la calidad de vida de la población y que en esa dinámica, es receptiva a todo apoyo interinstitucional que en materia de fortalecimiento municipal, le provea el Ejecutivo del Estado sin menoscabo de la autonomía municipal; II.-Que “LA CEFIM” es una Institución Pública del Gobierno del Estado de San Luis Potosí, encargada de formular, conducir, orientar, evaluar las políticas y acciones de la administración pública estatal en materia de fortalecimiento Institucional de los municipios y que tiene como principal misión fortalecer las capacidades de los gobiernos municipales para favorecer su autonomía y desarrollo integral, a través de la prestación de servicios de capacitación, investigación, consultaría, asesoría y coordinación interinstitucional, ya sea con otras autoridades municipales o con entidades públicas de los ámbitos estatal y federal, así como con instituciones privadas y organismos internacionales. D E C L A R A C I O N E S 1.- Declara “EL AYUNTAMIENTO”: I.-Que es una entidad de carácter público, dotada de personalidad jurídica y patrimonio propio; autónomo en cuanto a su régimen interior, con libertad para administrar su hacienda, de conformidad con lo establecido por los artículos 115, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 114, fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí y 3° de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí. II. Que sus facultades se contemplan en los preceptos 70 fracción IV y XXIX, 75 fracción VIII y 78 fracción VIII, de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí y acreditan su personalidad como Presidente Municipal, Primer Síndico y Secretario General, con las copias certificadas del Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí de treinta de Septiembre del dos mil quince, que contiene la declaratoria de validez de la elección e integración de los 58 Ayuntamientos que en esta entidad, para el periodo comprendido del uno de octubre de dos mil quince al treinta de septiembre de dos mil dieciocho, así como del nombramiento signado por el C. Ricardo Gallardo Juárez, Presidente Municipal el uno de octubre de dos mil quince. III.- Que para efectos del presente convenio, señala como su domicilio legal el ubicado en Boulevard Salvador Nava Martínez, numero 1580, fraccionamiento santuario, código postal 78380, en la ciudad de San Luis Potosí. IV.- Que en sesión de Cabildo de fecha 14 de diciembre del año 2015, se autorizo la suscripción del presente “Convenio de Colaboración Interinstitucional”. 2.- Declara “LA CEFIM”: I.- Que en términos de lo dispuesto en los Artículos 1º, 2º fracciones I, V incisos a) y b), VIII y 5º fracción II del Decreto Administrativo publicado en el Periódico Oficial del Estado en fecha tres de junio del año dos mil diez, es un Órgano Administrativo Desconcentrado del Poder Ejecutivo Estatal, sectorizado a la Secretaría General de Gobierno del estado de San Luis Potosí, con personalidad jurídica y patrimonio propios. II.- Que está representado en este acto por su titular, Luis Gerardo Aldaco Ortega, quien cuenta con las facultades y la personalidad debidas para celebrar el presente convenio, en virtud del nombramiento de fecha veintiséis de septiembre de dos mil quince signado por el C. Gobernador Constitucional del Estado, Juan Manuel Carreras López. III.- Que para efectos del presente instrumento señala como domicilio sus oficinas ubicadas en el interior del Parque Tangamanga II de Avenida Fray Diego de la Magdalena S/N del Fraccionamiento Industrial Aviación en la Ciudad de San Luis Potosí, S.L.P. 3.- Declaran “LAS PARTES” I.- Que el objeto del presente instrumento es formalizar la colaboración y la suma de esfuerzos y lo adoptan para la realización de acciones conjuntas que contribuyan al complimiento cabal de sus obligaciones y objetivos así como al mejor desempeño de sus funciones, bajo las siguientes: C L Á U S U L A S PRIMERA.- “LAS PARTES” se obligan a colaborar conjuntamente en la implementación de acciones materia de capacitación, elaboración de estudios, implementación de programas y asesoría técnica dirigidos al fortalecimiento institucional de “EL AYUNTAMIENTO” en particular, y de la Institución Municipal en general. SEGUNDA.- “LA CEFIM” a solicitud expresa de “EL AYUNTAMIENTO” proporcionará los recursos económicos y humanos para realizar la adecuada impartición de cursos de capacitación, implementación de programas, asesorías técnicas y elaboración de estudios, así como para la prestación de servicios sin repercusión económica alguna para “EL AYUNTAMIENTO”, mismos que podrán consistir en: 1.- Capacitación para la planeación estratégica, para el desarrollo de planes de trabajo para alcanzar objetivos y metas a corto, mediano y largo plazo; 2.- Capacitación para la implementación del sistema “presupuesto basado en resultados” para mejorar la calidad del gasto público y promover una adecuada rendición de cuentas; 3.- Asesoría para la interpretación y aplicación de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y la operación del Sistema Automatizado de Administración y Contabilidad Gubernamental (SACG6 y SAACG.Net), para dar cumplimiento al registro contable de operaciones presupuestarias y financieras, de conformidad con los lineamientos y acuerdos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC); 4.- Capacitación para el diseño y la implementación de sistemas de medición por indicadores para el análisis de resultados en planes y programas públicos; 5.- Capacitación para la elaboración de manuales de organización, confección de descripción y perfil de puestos; 6.- Asesoría para la difusión exitosa de programas y acciones municipales; 7.- Capacitación para la elaboración de informes de gobierno municipal; 8.- Capacitación y asesoría en técnica legislativa y procedimientos para la elaboración, actualización, revisión y publicación de Reglamentos, Bandos, circulares y disposiciones administrativas y para la elaboración de dictámenes; 9.- Capacitación y asesoría para el desarrollo humano y la calidad en los servicios municipales; 10.- Capacitación y asesoría para Implementación del programa “Agenda Para el Desarrollo Municipal”; 11.- Capacitación y asesoría para el Servicio de hospedaje y diseño de páginas web; y 12.- Capacitación y asesoría para Portal de Transparencia Municipal. TERCERA.- “EL AYUNTAMIENTO”, para el logro del objeto planteado, se obliga a impulsar la participación de sus miembros, de su personal y la de sus dependencias en general en los programas y cursos de “LA CEFIM”, así como a facilitar los espacios necesarios para el desarrollo de los mismos. CUARTA.- “LAS PARTES” designan a las siguientes personas como las responsables de coordinar las acciones contenidas en los programas materia del presente instrumento: a).-Por “EL AYUNTAMIENTO” a la Secretaría Técnica a cargo del Mtro. Vito Lucas Gómez Hernández. b).- Por LA CEFIM y su estructura operativa, al C. Ezequiel Gerardo Torres Campos y al C. Javier Gutiérrez Almendarez. QUINTA.- La vigencia de este convenio inicia desde el momento de su firma y concluye el treinta de septiembre de dos mil dieciocho; no obstante, cualquiera de “LAS PARTES” podrá darlo por terminado anticipadamente por expresa voluntad, previa notificación por escrito con treinta días naturales de anticipación, circunstancia que no afectara la conclusión de las acciones que en su momento se encuentren pendientes o en proceso de ejecución. SEXTA.- “LAS PARTES” acuerdan realizar, durante la vigencia del presente instrumento, las gestiones necesarias tendientes a obtener mayores recursos para mejorar los resultados planteados en su cláusula primera. SÉPTIMA.- “LAS PARTES” se comprometen dentro del ámbito de sus atribuciones, a dar difusión y seguimiento a los cursos de capacitación, programas, publicaciones y en general a todas las actividades que se desarrollen para el logro del objeto del presente instrumento. OCTAVA.- “LAS PARTES” acuerdan que cada una de ellas será responsable de la relación laboral del personal a su cargo así como de la relación que pudiera establecerse con personas físicas o morales cuyos servicios se contraten para el logro del objeto del presente, por lo que ninguna de las partes será responsable, solidario, patrón y/o empleado substituto en forma alguna. NOVENA.- El presente convenio podrá ser modificado o adicionado por voluntad de las partes siempre que conste por escrito, las modificaciones o adiciones se anexarán a este convenio y serán parte del mismo. Leído el presente convenio por las partes, bien impuestos de su contenido y fuerza legal lo firman por triplicado en San Luis Potosí, S.L.P. a los cuatro días del mes de Enero del año dos mil dieciséis”. POR LA “CEFIM” LIC. LUIS GERARDO ALDACO ORTEGA
COORDINADOR ESTATAL PARA EL FORTALECIMIENTO
INSTITUCIONAL DE LOS MUNICIPIOS POR EL “AYUNTAMIENTO” C. RICARDO GALLARDO JUÁREZ
PRESIDENTE MUNICIPAL DE SAN LUIS POTOSÍ LIC. MARÍA ISABEL GONZÁLEZ TOVAR
PRIMER SÍNDICO MUNICIPAL LIC. MARCO ANTONIO ARANDA MARTÍNEZ
SECRETARIO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidadEBAE4128B618879C862582C200712978Creado el 07/06/2018 02:37:32 PM
Carátula de registroCC2E4621DE5DDD9D862582C20071318BAutorslp slp
RegistroBB140DE842CBD987862582C200714CBFTipo de documento3 Hipervínculo




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
derecho de acceso a la información púbica.
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San Luis Potosí, S.L.P. México
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