Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí.

Sujeto Obligadosegam slp
Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental

Periodo
06 Junio2018

ObligaciónLas convocatorias e información acerca de los permisos, licencias, concesiones, licitaciones de obra, adquisiciones, arrendamientos, prestaciones de servicios y autorizaciones otorgadas

Obligación específica.
Las convocatorias e información acerca de los permisos, licencias, concesiones, licitaciones de obra, adquisiciones, arrendamientos, prestaciones de servicios y autorizaciones otorgadas por las entidades públicas, así como las opiniones argumentos, datos finales incluidos los expedientes y documentos que contengan los resultados de los procedimientos administrativos aludidos. Cuando se trate del otorgamiento de concesiones y licencias, permisos o autorizaciones a particulares, la información al respecto deberá contener el nombre o razón social del titular, el concepto y los objetivos de la concesión, licencia, autorización o permiso, el fundamento legal y el tiempo de vigencia.

A ) Artículo84

B ) FracciónXXXIII

C ) Inciso


Hipervínculo

Para Consultar el documento
Acceso directo:
NUEVA WAL MART MEXICO S. DE R.L. DE C.V. UNIDADES SUPERAMA.PDF.pdf

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/nombre_de_la_vista/A613B1FFFC5490D7862582C6005AA73C/$File/NUEVA+WAL+MART+MEXICO+S.+DE+R.L.+DE+C.V.+UNIDADES+SUPERAMA.PDF.pdf




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Razón Social
NUEVA WAL-MART DE MÉXICO, S. DE R.L. DE C.V. Unidades Superama
Domicilio
TOMASA ESTEVES NO. 300
COL. LOS ÁNGELES
SAN LUIS POTOSÍ S.L.P. En atención al trámite de Registro de Plan de manejo de Residuos de Manejo Especial, recibido en esta Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental, en fechas 30 de julio de 2014 y 10 de octubre de 2016, presentado por la empresa NUEVA WAL-MART DE MÉXICO, S. DE R.L. DE C.V., (Promovente), a través de su Representante Legal, y; RESULTANDO 1. Que en fechas 30 de julio de 2014 y 10 de octubre de 2016, registrado en oficialía de partes con el número 3721, la Promovente, ingresó en esta Secretaría, el trámite de registro de Plan de Manejo de Residuos de Manejo Especial, para la siguiente unidad: UNIDAD FORMATO NOMBRE DIRECCIÓN
1112 Superama Lomas Cordillera de los Alpes No. 710, Col. Lomas 4ta. Sección, C.P. 78216, San Luis Potosí, S.L.P. CONSIDERANDO I. Que esta Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental, es competente para resolver respecto al trámite de Registro de Plan de Manejo de Residuos de Manejo Especial, así como para emitir observaciones y recomendaciones respecto a los mismos, con fundamento en los artículos: 39 fracciones I, VI, XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública en el Estado de San Luis Potosí (LOAPESLP); 1, 2, 3, 5 fracciones XXI y XXX; 6, 9 fracciones I, III, IV y VI, 19, 20, 27, 28 fracción III, 95, 96, 98 y 100 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR); 16, 17, 20, 21 de su Reglamento en materia de Residuos Peligrosos; 1° último párrafo, 3 LIV, 7° fracciones I y XIII, 91 fracción II de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí (LAESLP); 9, 11, 12 y 13 del Reglamento de la LAESLP en materia de Residuos Industriales No Peligrosos; 2, 6, 7 fracción XVII y XX, 12 fracciones III, IV, V, VII, VIII, IX, XI y XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental del Estado de San Luis Potosí. II. Que el artículo 13 del RRINP, establece que las empresas o establecimientos responsables de los planes de manejo presentarán, para su registro a la Secretaría los mismos, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento y demás ordenamientos que de ella deriven. III. Que los Planes de manejo tiene entre otros fines y objetivos, promover la prevención de la generación y la valorización de los residuos, así como su manejo integral, a través de medidas que reduzcan los costos de su administración, faciliten y hagan más efectivos, desde la perspectiva ambiental, tecnológica, económica y social, los procedimientos para su manejo. IV. Que la Promovente, que tiene como actividad la, comercialización que incluye tiendas de autoservicio y clubes de precio con membresía, ingresó en esta Secretaría el trámite de registro de Plan de Manejo de Residuos de Manejo Especial. V. Que la modalidad del Plan de Manejo de la Promovente, es privado, individual y local; su aplicación solo abarcará las instalaciones de NUEVA WAL-MART DE MÉXICO, S. DE R.L. DE C.V. unidad Superama. VI. Los Residuos de Manejo Especial manifestados en el plan para la unidad Superama, son: ACEITE VEGETAL USADO, RESIDUOS DE ALIMENTOS (ORGÁNICOS), RESIDUOS INORGÁNICOS MEZCLADOS, CARTÓN, PLÁSTICO (PLAYO), de acuerdo a lo siguiente: Residuos no valorizables Residuos valorizables
Residuos de alimentos (orgánicos) Merma de alimentos no apto para la venta Cartón Empaque de mercancía
Residuos Inorgánicos Mezclados Plásticos, metales no valorizables, cartón encerado, vidrio, sanitarios y polvo generado por la limpieza de áreas de la tienda Plástico (playo) Empaque de mercancía
Papel Actividades Administrativas
Aceite vegetal usado Preparación de alimentos a) Diagnóstico de residuos no valorizados, cantidad de residuos en total, generados en la unidad Superama: Unidades Cantidad de residuos no valorizados Residuos de alimentos orgánicos Residuos inorgánicos mezclados
1112 kg/día Ton/año kg/día Ton/año
39.0 14.25 23.7 8.65 b) Diagnóstico de residuos valorizados, cantidad de residuos, generados en la unidad Superama: Unidades Cantidad de residuos valorizados Aceite Vegetal usado Cartón Plástico (playo) Papel
6206, 6213, 6242 kg/día Ton/año kg/día Ton/año kg/día Ton/año kg/día Ton/año
1.3 0.4745 161.4 58.91 14.4 5.26 4.5 1.64 c) Que el manejo actual de los Residuos, generados por la Promovente en la unidad Superama es el siguiente: Residuos Almacenamiento Recolección Disposición final o aprovechamiento
Alimentos orgánicos Cuarto de basura o contenedores Servicio municipal o Proveedor autorizado
Red Recolector, S.A. de C.V. Corporativo Alexandro Miranda y Asociados, S.A. de C.V. Disposición final autorizada
Relleno sanitario
Inorgánicos mezclados
Cartón Sitio de almacenamiento temporal y traslado a CEDIS Proveedor autorizado
Smurfit Cartón y Papel de México, S.A. de C.V. Innovative de México RLS, S. de R.L. de C.V. Tratamiento o reciclaje autorizado
Av. Hidalgo No. 91, Col. Santa Clara Coatitla, Ecatepec de Morelos, Estado de México,
Republica Popular de China
Playo
Papel
Aceite vegetal usado En contenedor Sonne Energéticos, S.A. de C.V. Antiguo Camino Minera del Norte, Santa Catarina, Nuevo León VII. Que la Norma Oficial Mexicana NOM-161-SEMARNAT-2011, establece entre otros, el Listado de Residuos de Manejo Especial sujetos a presentar un Plan de Manejo, estableciendo en la fracción VI Los residuos de tiendas departamentales que se generen en una cantidad mayor a 10 toneladas al año por residuo o su equivalente. VIII. Que esta Secretaría analizó y evaluó la información y documentación del trámite de Registro de Plan de Manejo de Residuos de Manejo Especial, ingresado por la Promovente en fecha 30 de julio de 2014 y 10 de octubre de 2016, cumpliendo con el artículo 9 fracción I y 13 del RRINP y, con los requisitos del trámite. Por lo que determina que es procedente. Con fundamento en los artículos: 7° fracciones I, II y VI y 137 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA); 1, 2, 3, 5 fracciones XXI y XXX; 6, 9 fracciones I, III, IV y VI, 19, 20, 27, 28 fracción III, 34, 35, 36, 95, 96, 98 y 100 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR); 16, 17, 20, 21 de su Reglamento en materia de Residuos Peligrosos; 1° último párrafo, 3 LIV, 7° fracciones I y XIII, 91 fracción II de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí (LAESLP); 9, 11 fracciones I y II, 12 y 13 del Reglamento de la LAESLP en materia de Residuos Industriales No Peligrosos; 2, 6, 7 fracción XVII y XX, 12 fracciones III, IV, V, VII, VIII, IX, XI y XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental del Estado de San Luis Potosí, esta Secretaría otorga: El Registro de Plan de Manejo de Residuos de Manejo Especial SEGAM-RME-011.04.2018 Para los residuos: Aceite Vegetal Usado, Cartón, Plástico (Playo), Residuos de Alimentos Orgánicos, Papel. El Registro del Plan de Manejo queda sujeto a los siguientes: TÉRMINOS 1. Las violaciones a los preceptos establecidos en la LGPGIR, su Reglamento, LAESLP, su RRINP y las disposiciones que de ellas emanen, así como el incumplimiento de los Términos y Condicionantes establecidos en este Registro, serán sancionados administrativamente por la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental, de conformidad con la Legislación aplicable. Lo anterior, sin perjuicio de las sanciones penales, civiles o administrativas establecidas en otras disposiciones aplicables. 2. El Registro No. SEGAM-RME-011.04.2018, será vigente mientras se mantengan las condiciones en las que fue realizado, la Promovente podrá solicitar su modificación cuando existan cambios en las cantidades o tipos de Residuos generados, por alguna modificación en la regulación vigente o alguna otra circunstancia, a efecto de que esta Secretaría determine lo procedente. 3. La Secretaría podrá evaluar nuevamente el Registro No. SEGAM-RME-011.04.2018 en cualquier momento o solicitar información adicional, de considerarlo necesario, con el fin de modificar, suspender, anular, nulificar y/o revocar el registro, si se produjeran afectaciones nocivas imprevistas en el ambiente. Para ello ejercerá, las facultades que le confieren el Artículo 42 del RRINP. 4. El Registro No. SEGAM-RME-011.04.2018, es intransferible a otros establecimientos y otras actividades, se otorga sin perjuicio de las autorizaciones, permisos, registros y demás que deban obtenerse de ésta u otra autoridad competente. 5. El presente documento en ningún momento se considera una autorización en términos de la Legislación Ambiental vigente, ni exenta al interesado de tramitar ante las autoridades federales, estatales y/o municipales, los documentos, autorizaciones, licencias y/o permisos correspondientes que sean requisito para la realización de la actividad citada en el presente Oficio. 6. Las formas de manejo contrarias a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y a la Normatividad aplicable, invalidarán el Plan de Manejo. La Promovente, queda sujeta al cumplimiento de las siguientes: CONDICIONANTES 1. Cumplir con las metas de cobertura del plan, de recuperación o aprovechamiento de residuos, descritas en los numerales 16.1, 16.2, 16.3, 16.4, 16.5, 16.6, 16.7 y 16.8 del plan de manejo. 2. Cumplir con el calendario de actividades y medidas a implementar para dar cumplimiento a los objetivos, descritas en los numerales 17.1, 17.2, 17.3, 17.4, 17.5, 17.6, 17.7. 3. Llevar a cabo la estrategia para difundir y comunicar a la sociedad en general, las actividades de minimización, recuperación o aprovechamiento de los residuos. 4. Establecer estrategias de prevención y minimización de residuos, mediante la aplicación de mejores prácticas. 5. Verificar que las empresas de servicios de manejo de los residuos de manejo especial, cuenten con autorización de esta Secretaría Estatal. 6. Para los residuos inorgánicos mezclados, deberá acudir ante la autoridad municipal que corresponda, para que en el ámbito de su competencia le resuelva lo procedente. 7. Para los residuos de alimentos orgánicos, deberá contar con el registro de generadores ante esta Secretaría. 8. Podrá presentar un reporte de seguimiento y cumplimiento del plan de manejo. Se hace del conocimiento de la Promovente, que la presente Resolución, emitida con motivo de la aplicación de la LAESLP, su RRINP, y las demás disposiciones previstas en otros instrumentos legales y reglamentarios en la materia, podrá ser impugnada, mediante el recurso de revisión, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de su notificación ante esta Secretaría, quien procederá conforme a lo establecido en los Artículos 3, 90, 97, 98, 102 y demás relativos de la Ley de Procedimientos Administrativos del Estado y Municipios del Estado de San Luis Potosí (LPAEMSLP). Notificar a la empresa NUEVA WAL-MART DE MÉXICO, S. DE R.L. DE C.V., unidad Superama, a través de su Representante Legal, el contenido del presente Oficio resolutivo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40, 42 y demás aplicables de la LPAEMSLP. ATENTAMENTE LAURA MICHEL ORTIZ
DIRECTORA DE GESTIÓN AMBIENTAL Se suscribe con fundamento en los Artículos 9 fracción XIII y 12 fracción III del Reglamento Interior de la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental de Gobierno del Estado de San Luis Potosí “2018, Año de Manuel José Othón" "Los datos personales recabados serán protegidos y serán incorporados y tratados en el sistema de datos personales Plan de Manejo de Residuos Industriales no Peligrosos, con fundamento en el Artículo 9 del Reglamento de la Ley Ambiental de Estado en Materia de Residuos Industriales no Peligrosos y cuya finalidad es la de Otorgar Autorización para el Manejo de Residuos Industriales no Peligrosos, el cual fue registrado en el sistema de datos personales ante la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública (www.cegaipslp.org.mx), y podrán ser trasmitidos a todas a las áreas administrativas que de acuerdo a sus funciones necesiten conocer dicha información, CEGAIP, Tribunales Judiciales y/o cualquier ente del sector público o privado que de acuerdo a sus funciones necesite conocer dicha información, con la finalidad de recabar opinión, dictamen y conocimiento, además de otras trasmisiones previstas en la Ley. El responsable del Sistema de datos personales es Laura Michel Ortiz y la dirección de la Unidad de Información Pública del ente obligado donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso y corrección ante la misma es Av. Venustiano Carranza No. 905, Col. Moderna, C.P. 78233, teléfono 01 (444) 151.06.09 ext. 115, segamtransparencia@gmail.com. Lo anterior se informa en cumplimiento de la norma Décima Cuarta de las Normas para el Tratamiento y Protección de Datos Personales, publicados en el Periódico Oficial del Estado el 16 de Agosto de 2008.” C.c.p. Expediente: Número SEGAM-RME-011.04.2018
Número de Oficialía de partes: 3721
Minutario LMO/MES/RMGH



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad2A971723A263E77A862582C60057846FCreado el 07/10/2018 10:30:10 AM
Carátula de registroB053812F08B48B7D862582C600578C7AAutorsegam slp
RegistroA613B1FFFC5490D7862582C6005AA73CTipo de documento3 Hipervínculo




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
derecho de acceso a la información púbica.
Cordillera del Himalaya #605, Lomas 4a. Sección C.P. 78216
San Luis Potosí, S.L.P. México
Teléfonos: (444) 825-1020 / 825-6468 / 825-2583 / 825-2584 / 246-3085 / 246-2086
01 800 223 4247