Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí.

Sujeto Obligadoceepac slp
Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana

Periodo
06 Junio2018

ObligaciónLas actas y resoluciones del Comité de Transparencia de los sujetos obligados

Obligación específica.
Calendario de sesiones ordinarias del Comité de Transparencia.

A ) Artículo84

B ) FracciónXLVI

C ) IncisoD


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Acta CT 29 junio 2018.PDF

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Acta de Sesión Extraordinaria del Comité de Transparencia del
Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de fecha 29 de junio del año 2018. En la ciudad de San Luis Potosí, Capital del estado del mismo nombre, siendo las 12:00 horas del día 29 de junio del año 2018, constituidos los integrantes del Comité de Transparencia del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, en las oficinas de la Unidad de Información Pública del Consejo de referencia, encontrándose presentes los siguientes servidores públicos: Lic. Rafael Rentería Armendáriz, Presidente del Comité; Lic. Ricardo Castañeda Hernández, Jefe de Responsabilidades y Situación Patrimonial; C.P. Claudia Marcela Ledesma González, Directora de Finanzas; Mtra. Isaura Carrillo Martínez, Coordinadora de Archivos; y L.C.C. Juan Manuel Ramírez García, Secretario Técnico. Acto seguido, los servidores públicos antes mencionados proceden a su instalación con el objeto de llevar a cabo la Sesión Extraordinaria a la que oportunamente fueron convocados conforme al siguiente orden del día. Orden del día. 1. Lista de asistencia y establecimiento de Quórum. 2. Presentación, discusión y en su caso confirmación del Acuerdo de confirmación de la clasificación de datos personales contenidos en la documentación del candidato del Partido Nueva Alianza para presidente municipal del ayuntamiento de Villa de la Paz, S.L.P., Jorge Armando Torres Martínez, y aprobación de la versión pública correspondiente, para dar respuesta a la solicitud del C. Juan Enrique Trujillo Castillo, radicada dentro del expediente CEEPAC/UIP/004/INF/257/2018. 3. Presentación, discusión y en su caso confirmación del Acuerdo de confirmación de la clasificación de datos personales contenidos dentro de la solicitud de registro de las candidatas y candidatos postulados por el Partido Verde Ecologista de México para la elección del ayuntamiento de Ébano, S.L.P., así como dentro de la solicitud de sustitución de candidaturas a la primera regiduría de representación proporcional presentada por el mismo partido para la elección referida, y aprobación de la versión pública correspondiente, para dar respuesta a la solicitud de información de la C. Cruz Adriana Linarez Ortiz, radicada dentro del expediente CEEPAC/UIP/004/INF/258/2018. Una vez que se pasó lista de asistencia, consta que están presentes la mayoría de los integrantes del Comité de Transparencia, motivo por el que el Presidente, Lic. Rafael Rentería Armendáriz, declara que existe Quórum y en consecuencia los acuerdos que al efecto se tomen serán válidos. En desahogo del punto 2 del orden del día, la Mtra. Isaura Carrillo Martínez propone que en razón de que en el proyecto de Acuerdo de clasificación de datos personales contenidos en la documentación del candidato del Partido Nueva Alianza para presidente municipal del ayuntamiento de Villa de la Paz, S.L.P., Jorge Armando Torres Martínez, se hace referencia a que no existe obligación para el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de contar con el documento relativo a comprobante de domicilio, se aprueben dos acuerdos para dar respuesta a la solicitud del C. Juan Enrique Trujillo Castillo, radicada dentro del expediente CEEPAC/UIP/004/INF/257/2018; el primero de ellos respecto de la incompetencia parcial para conocer del documento referido, y el segundo respecto de la clasificación de confidencialidad de datos personales contenidos en los documentos “acta de nacimiento, credencial de elector, carta de no antecedentes penales y carta de residencia” [SIC]. Por otra parte, y en razón de que se invoca el criterio de interpretación 07/17de segunda época del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) dentro del proyecto de Acuerdo de clasificación en que se presenta por parte de la Unidad de Información Pública, propone que se atienda también el criterio 18/17, y por lo tanto se tutele en los documentos que corresponda los datos personales relativos a sexo y lugar de nacimiento. En consecuencia, las y los integrantes del Comité de Transparencia aprueban por unanimidad de votos el Acuerdo CT/51/06/2018, por medio del cual se confirma la incompetencia por parte del organismo electoral local, para dar respuesta a la solicitud del peticionario Juan Enrique Trujillo Castillo, radicada dentro del expediente CEEPAC/UIP/004/INF/257/2018, por lo que corresponde a proporcionar copia del comprobante de domicilio del C. Jorge Armando Torres Martínez, en su carácter de candidato del Partido Nueva Alianza para presidente municipal del ayuntamiento de Villa de la Paz, S.L.P.. Lo anterior, con fundamento en el artículo 404 de la Ley Electoral del Estado de San Luis Potosí, toda vez que de su revisión no se contempla como requisito para los partidos políticos y sus candidaturas de entregar al Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana copia de comprobante de domicilio dentro del procedimiento de solicitudes de registro, y por tanto no existe atribución, facultad o competencia para el organismo electoral de contar con el referido documento. Por otra parte y dentro del mismo Punto 2 del Orden del día, una vez que se incorporó la observación planteada relacionada con el criterio 18/17 del INAI en el Acuerdo de clasificación de confidencialidad correspondiente, se aprueba el siguiente Acuerdo: Acuerdo CT/52/06/2018. Con fundamento en los artículos 3° fracción XXXVII, 52 fracción II, 117 y 138 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, por unanimidad de votos se confirma la clasificación de confidencialidad propuesta por conducto de la Unidad de Información Pública por el Comité Municipal Electoral de Villa de la Paz, S.L.P., de la información relativa a día y mes de nacimiento, lugar de nacimiento, sexo, domicilio particular, folio y clave de la credencial para votar, firma, sección del elector, huella dactilar, CURP, códigos QR y códigos de barras, número de Libro, Acta, Foja y folio en copias certificadas del Acta de Nacimiento así como lugar del registro civil, nombre, edad y nacionalidad de los padres y nombre de los abuelos referida en el considerando Décimo del Acuerdo de confirmación de la clasificación de confidencialidad de datos personales contenidos en la documentación del candidato del Partido Nueva Alianza para presidente municipal del ayuntamiento de Villa de la Paz, S.L.P., Jorge Armando Torres Martínez, y se aprueba la versión pública correspondiente presentada por la referida Unidad de Información Pública del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, realizada en apoyo al organismo electoral municipal de Villa de la Paz, S.L.P. Notifíquese al peticionario C. Juan Enrique Trujillo Castillo por conducto del Comité Municipal Electoral de Villa de la Paz, S.L.P. Dicho acuerdo se anexa a la presenta Acta por formar parte integral de la misma. Por lo que corresponde al Punto 3 del Orden del día, las y los integrantes del Comité de Transparencia proponen que, en razón de que la solicitante pide “carta de renuncia y/o constancia de la baja de la suscrita Cruz Adriana Linarez Ortiz”, además del Acuerdo de clasificación correspondiente que se propone, se solicite a la Secretaría Ejecutiva informe el trámite que se dio a la solicitud de sustitución presentada por el Partido Verde Ecologista de México respecto de las candidaturas a la primera regiduría de representación proporcional para la elección del ayuntamiento de Ébano, S.L.P., y acompañe los documentos que derivaron del referido trámite en un plazo no mayor a 12 horas, atendiendo al principio de máxima protección del derecho de acceso a la información. En consecuencia, se aprueban los siguientes Acuerdos: Acuerdo CT/53/06/2018. Con fundamento en los artículos 3° fracción XXXVII, 52 fracción II, 117 y 138 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, se confirma la clasificación de confidencialidad propuesta por conducto de la Unidad de Información Pública por el Comité Municipal Electoral de Ébano, S.L.P., de la información relativa al domicilio particular, día, mes y lugar de nacimiento de las y los candidatos para la elección del ayuntamiento de Ébano, S.L.P., postulados por el Partido Verde Ecologista de México, así como firma del dirigente y representante partidistas, referidos en el considerando Décimo Primero del Acuerdo de confirmación de la clasificación de confidencialidad de datos personales contenidos dentro de la solicitud de registro de las candidatas y candidatos postulados por el Partido Verde Ecologista de México para la elección del ayuntamiento de Ébano, S.L.P., así como dentro de la solicitud de sustitución de candidaturas a la primera regiduría de representación proporcional presentada por el mismo partido para la elección referida, y se aprueba la versión pública presentada por la Unidad de Información Pública del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, realizada en apoyo al Comité Municipal Electoral de Ébano, S.L.P. Notifíquese el presente Acuerdo a la peticionaria C. Cruz Adriana Linarez Ortiz por conducto de la Unidad de Información Pública. Dicho acuerdo se anexa a la presenta Acta por formar parte integral de la misma. Acuerdo CT/54/06/2018. Por unanimidad de votos las y los integrantes acuerdan solicitar a la Secretaría Ejecutiva informe al Comité de Transparencia el trámite que se dio a la solicitud de sustitución presentada por el Partido Verde Ecologista de México respecto de las candidaturas a la primera regiduría de representación proporcional para la elección del ayuntamiento de Ébano, S.L.P., y acompañe los documentos que derivaron del referido trámite en un plazo no mayor a 12 horas, atendiendo al principio de máxima protección del derecho de acceso a la información. No habiendo más asuntos agendados, se clausura la sesión extraordinaria del Comité de Transparencia, siendo las 14:05 horas del día 29 de junio de 2018, dándose por enterados y notificados los presentes de los acuerdos aquí tomados. Lic. Rafael Rentería Armendáriz. Presidente. C.P. Claudia Marcela Ledesma González. Directora de Finanzas. Mtra. Isaura Carrillo Martínez. Coordinadora de Archivos. Lic. Lizbeth Lara Tovar
Directora Ejecutiva de Asuntos Jurídicos. Lic. Ricardo Castañeda Hernández. Jefe de Responsabilidades y Situación Patrimonial Mtro. Edgar Gerardo Sánchez Salazar. Director de Sistemas. L.C.C. Juan Manuel Ramírez García
Secretario Técnico. La presente foja forma parte del Acta de la Sesión Extraordinaria celebrada por el Comité de Transparencia del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de San Luis Potosí, con fecha 29 de junio de 2018.



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidadC485221F985026C6862582D1006EA2ABCreado el 07/21/2018 02:14:16 PM
Carátula de registroD94C074296746989862582D1006EA65DAutorceepac slp
Registro850BA4948F5023BF862582D1006F2B64Tipo de documento3 Hipervínculo




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