Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí.

Sujeto Obligadodif slp
Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia

Periodo
01 Enero2018

ObligaciónLos sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan

Obligación específica.
Las facultades de cada área.

A ) Artículo84

B ) FracciónVI

C ) Inciso


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HV ARTICULO 37 Y 38 DAJ.docx

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CAPITULO XV
DE LA DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS
ARTÍCULO 37.- Corresponderán al Director de Asuntos Jurídicos las siguientes funciones: I. Atender, dirigir, coordinar, supervisar y, en su caso, representar al Organismo en los asuntos jurídicos de ésta, así como participar en los del sector coordinado; II. Establecer, sistematizar, unificar y difundir entre las unidades administrativas del Organismo los criterios de interpretación y de aplicación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas competencia del Organismo; III. Elaborar, los anteproyectos de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes relativos a los asuntos de la competencia del Organismo, así como opinar sobre lo que formulen las entidades agrupadas administrativamente en el sector y las demás dependencias, para el trámite que corresponda; IV. Compilar, estudiar, y difundir las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, órdenes, normas oficiales mexicanas, y demás disposiciones jurídicas, tanto nacionales, como internacionales relacionados con el Organismo y la Asistencia Social; V. Revisar y remitir los documentos que requieran ser publicados en el Periódico Oficial del Estado; VI. Actuar como órgano de consulta jurídica, asesorar al Director General del Organismo y a las direcciones de área; VII. Participar en la revisión de las Condiciones Generales de Trabajo del Organismo; VIII. Fijar, difundir y revisar los lineamientos y requisitos legales a que deben sujetarse los contratos, convenios, acuerdos, bases de coordinación y autorización que celebre o expida el Organismo y dictaminar sobre su interpretación, suspensión, rescisión, revocación, terminación, nulidad y demás aspectos jurídicos; IX. Revisar los aspectos Jurídicos de los convenios, acuerdos y bases de coordinación que celebre el Organismo, así como de los documentos y disposiciones internas que regulen la actividad administrativa del mismo; X. Asesorar a la Dirección Administrativa en los procesos de regulación inmobiliaria, respecto de los inmuebles que estén destinados al Organismo o que por cualquier título tenga a su servicio; XI. Coadyuvar con la Procuraduría General de Justicia en el Estado en la integración de averiguaciones previas y en el trámite de los procesos que afecten al Organismo; XII. Comparecer y representar al Organismo, ante las autoridades de carácter administrativo o judicial en los juicios o procedimientos en que sea actora o demandada, tenga interés jurídico o se le designe como parte, para lo cual ejercitará toda clase de acciones, defensas y excepciones que correspondan a la entidad; vigilar la continuidad de los juicios, procedimientos, diligencias respectivas; así como formular las demandas, contestaciones y, en general, todas las promociones que se requieran para la prosecución de los juicios, recursos o cualquier procedimientos interpuesto ante dichas autoridades y vigilar el cumplimiento de las resoluciones correspondientes; XIII. Formular denuncias hechos, querellas y los desistimientos, así como otorgar discrecionalmente los perdones legales que procedan; XIV. Elaborar y proponer los informes previos y justificados que en materia de amparo deban rendir el Director General así como los relativos a los demás servidores públicos del Organismo que sean señalados como autoridades responsables, con excepción del Procurador de la Defensa del Menor, la Mujer, la Familia y el Adulto Mayor, así mismo, los escritos de demanda o contestación según proceda en las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad; promover, desistirse, en su caso, de los juicios de amparo cuando el Organismo tenga el carácter de quejoso o intervenir como tercero perjudicado en los juicios de amparo y, en general, formular todas las promociones que a dichos juicios se refieran; XV. Suscribir, por conducto de su titular y en ausencias del Director General y Directores de área, los informes que cada uno de dichos funcionarios deban rendir ante la autoridad judicial, así como los recursos, demandas y promociones en términos de procedimientos judiciales y contencioso administrativos; XVI. Representar al Director General ante el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje en los conflictos que se susciten con motivo de la aplicación de la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado de San Luis Potosí y Ley Federal del Trabajo; formular dictámenes, contestación de demandas laborales, formulación y absolución de posiciones, desistimientos o allanamientos y, en general, todas aquellas promociones que a dichos juicios se refieran; XVII. Dictaminar en definitiva las actas administrativas que se levanten a los trabajadores del Organismo por violación a las disposiciones laborales aplicables, así como reconsiderar, en su caso, los dictámenes de cese que hubiere emitido; XVIII. Representar legalmente al Organismo, y a sus servidores públicos cuando sean parte en juicios o en otros procedimientos judiciales o extrajudiciales, por actos derivados del servicio; XIX. Asesorar a las unidades administrativas del Organismo, para que cumplan adecuadamente las resoluciones jurisdiccionales pronunciadas o las recomendaciones emitidas por la Comisión Nacional y/o Estatal de Derechos Humanos; XX. Instruir los recursos de revisión que se interpongan en contra de actos o resoluciones de las unidades administrativas del Organismo y someterlas a la consideración del Director General, así como proponer a éste los proyectos de resolución de a dichos recursos; XXI. Resolver los recursos administrativos que no sean de la competencia de otra unidad administrativa; XXII. Certificar y recertificar las constancias que obren en los archivos del Organismo para ser exhibidas ante las autoridades judiciales, administrativas o del trabajo y, en general para cualquier trámite, juicio, procedimiento, proceso o averiguación; XXIII. Participar en la Comisión de Estudios Jurídicos de la Administración Pública Estatal y formular los estudios e informes que le sean solicitados; XXIV. Revisar aspectos jurídicos de la documentación relativa al proceso de Adquisiciones, Concursos y Licitaciones Públicas del Organismo,
XXV. Elaborar el Directorio Estatal de Instituciones de Asistencia Social
XXVI. Ejercer las sanciones estipuladas en la Ley de Asistencia Social ante cualquier incumplimiento, incidencia y/o anomalía dentro de la Institución, así como por las actas administrativas que se levanten a los Trabajadores del Organismo por violación a las disposiciones laborales, y en caso de que el hecho sea ilícito hacer del conocimiento al Ministerio Publico. XXVII Fungir como Jefe de la Unidad de Información Pública y desempeñar en coordinación con la Dirección Administrativa las funciones que el artículo 61 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí le atribuye. XXVIII. Elaborar y mantener actualizados los manuales de organización y procedimientos correspondientes a la Dirección
XXIX. Desempeñar las funciones y comisiones que la Presidencia de la Junta Directiva y/o el Director General le delegue o encomiende, así como mantenerlo informado sobre el desarrollo de las mismas; y
XXX. Las demás que señalen otras disposiciones legales o le encomiende el Director General. ARTICULO 38. Corresponde al Subdirector Jurídico: I. Coadyuvar al Director de Asuntos Jurídicos en el ejercicio de sus funciones; II. Supervisar y remitir al Director Jurídico, los documentos que envíen las áreas del Organismo que requieran la revisión previa de la Dirección Jurídica. III. Proponer al Director anteproyectos de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes relativos a los asuntos de la competencia del Organismo, así como opinar sobre lo que formulen las entidades agrupadas administrativamente en el sector y las demás dependencias, para el trámite que corresponda; IV. Coordinar y supervisar las actividades que desarrollen con motivo de sus funciones de los abogados y personal adscrito a la Dirección de Asuntos Jurídicos. V. Asistir y coordinar las audiencias en los tribunales correspondientes, según sea el caso, en apoyo al Director de Asuntos Jurídicos. VI. Apoyar en el levantamiento de las actas administrativas a los trabajadores del Organismo por violación a las disposiciones laborales aplicables, o los dictámenes de cese que hubiere emitido; VII. Coadyuvar en la formulación de los estudios e informes solicitados en apoyo a la participación de la Comisión de Estudios Jurídicos de la Administración Pública Estatal. VIII. Coadyuvar con el Director de Asuntos Jurídicos, en los casos que funcione como Órgano de Consulta Jurídica y en la asesoría a las diversas aéreas del Organismo, revisando los lineamientos y requisitos legales a que deben sujetarse los contratos, convenios, acuerdos, bases de coordinación y autorización que celebre o expida el Organismo y dictaminar sobre su interpretación, suspensión, rescisión, revocación, terminación, nulidad y demás aspectos jurídicos; IX. Suplir al Director de Asuntos Jurídicos en sus ausencias temporales.; X. Elaborar y mantener actualizados los manuales de organización y procedimientos correspondientes a la Subdirección Jurídica; XI. Desempeñar las funciones y comisiones que la Presidencia de la Junta Directiva, el Director General o el Director de Asuntos Jurídicos le delegue o encomiende, así como mantenerlo informado sobre el desarrollo de las mismas; y
XII. Las demás que señalen otras disposiciones legales.



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad4C7958F1E7872E2D8625830D0057585ECreado el 09/19/2018 09:56:26 AM
Carátula de registro3169E133B86392A38625830D00575BA3Autordif slp
Registro715C0510B273F07C8625830D00579098Tipo de documento3 Hipervínculo




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
derecho de acceso a la información púbica.
Cordillera del Himalaya #605, Lomas 4a. Sección C.P. 78216
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