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Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí. | |
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Sujeto Obligado | | ase slp |
| | Auditoria Superior del Estado de San Luis Potosí | | | |
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Periodo | |
01 Enero | | 2018 |
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Obligación | | Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan |
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Obligación específica. | | | | | |
| | Las facultades de cada área. |
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A ) Artículo | | 84 | | | |
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B ) Fracción | | VI | | | |
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C ) Inciso | | | | | |
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Hipervínculo |
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| | Para Consultar el documento | | | |
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Acceso directo: Coordinación de Fiscalización de Organismos Municipales Descentralizados.pdf |
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Hipervinculo | | | | | |
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/nombre_de_la_vista/6B71FA80E2A3F28D862582D50063384D/$File/Coordinación+de+Fiscalización+de+Organismos+Municipales+Descentralizados.pdf |
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Visor de Datos abiertos | | Datos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08 |
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I.- Llevar a cabo previa instrucción auditorías, visitas e inspecciones de
acuerdo a las cuentas públicas de los organismos descentralizados de
agua potable y sistemas DIF municipales, tomando como base el
programa de trabajo de la Auditoría Especial de Fiscalización Municipal y
sus Organismos Descentralizados; II.- Coordinar, supervisar y orientar al
personal adscrito a la coordinación; en materia de procedimientos de
auditoría, criterios generales de revisión, metodología de fiscalización a
las cuentas públicas; asimismo dar a conocer los acuerdos y disposiciones
que dicte el Auditor Especial de Fiscalización Municipal y sus Organismos
Descentralizados; III.- Coordinar, revisar, analizar y someter a la
consideración del Auditor Especial de Fiscalización Municipal y sus
Organismos Descentralizados, los informes y pliegos de recomendaciones
y observaciones derivados de las auditorías practicadas por el área,
pudiendo en todo caso, requerir al personal a su cargo, los papeles de
trabajo y cualquier documentación relacionada con la misma que los
sustenten, así como la presentada por la entidad auditada; IV.-
Coadyuvar con la elaboración del programa general de auditorías y el
programa anual de trabajo de la Auditoría Especial de Fiscalización
Municipal y sus Organismos Descentralizados; V.- Poner a consideración
del Auditor Especial de Fiscalización Municipal y sus Organismos
Descentralizados, los grupos de trabajo que participaran en las visitas,
inspecciones, revisiones y auditorías de las cuentas públicas de los
organismos descentralizados; VI.- Coordinar y supervisar las auditorías,
visitas e inspecciones practicadas a los organismos descentralizados para
constatar que los ingresos y egresos se ajustaron a lo presupuestado, o en
su caso, que los presupuestos se modificaron de acuerdo con las
disposiciones legales aplicables; asimismo, que las erogaciones fueron
debidamente justificadas y comprobadas y, que los recursos asignados o
transferidos, se aplicaron con apego a los programas aprobados; VII.-
Efectuar los requerimientos de información necesaria a los organismos
fiscalizados para complementar el trabajo de las auditorías practicadas; VII.- Proponer al Auditor Especial de Fiscalización Municipal y sus
Organismos Descentralizados, las solicitudes de información y
documentación necesaria a dependencias federales, estatales y
municipales; y aquellas personas que tuvieran relación con los entes
auditables, para comprobar el cumplimiento de las disposiciones legales
a que están sujetos; IX.- Verificar y dar cumplimiento a los plazos señalados
en los planes y programas de trabajo de la Auditoría Especial de
Fiscalización Municipal y sus Organismo Descentralizados; X.- Proponer,
revisar y aplicar los calendarios de visitas, inspecciones y auditorías a los
organismos fiscalizados; XI.- Informar al Auditor Especial de Fiscalización
Municipal y sus Organismos Descentralizados, de las irregularidades que
se detecten en el ejercicio de las funciones de os sujetos de fiscalización; XII.- Coordinarse con las demás áreas de la Auditoría Superior del Estado,
a efecto de intercambiar información para el logro de los objetivos y
metas establecidos en los planes y programas de trabajo autorizados; XIII.-
Rendir un informe trimestral de las acciones efectuadas al Auditor Especial
de Fiscalización Municipal y sus Organismos Descentralizados; XIV.-
Apoyar al de Fiscalización Municipal y sus Organismos Descentralizados,
en la resolución de las consultas expresas que efectúen los funcionarios
de los organismos descentralizados, en relación a sus obligaciones y
responsabilidades; XV.- En general, todas las demás que se deriven de la
Ley de Auditoría Superior del Estado, otras disposiciones aplicables y las
demás que le señale el presente Reglamento, y aquellas instrucciones que
le expida el Auditor de Fiscalización Municipal y sus Organismos
Descentralizados |
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