Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí.

Sujeto Obligadodif slp
Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia

Periodo
01 Enero2018

ObligaciónLos sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan

Obligación específica.
Las facultades de cada área.

A ) Artículo84

B ) FracciónVI

C ) Inciso


Hipervínculo

Para Consultar el documento
Acceso directo:
ART. 29 REGLAMENTO INTERIOR DIF ESTATAL 2011 DDCAA.pdf

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/nombre_de_la_vista/67222D8A765030588625830D0058D962/$File/ART.+29+REGLAMENTO+INTERIOR+DIF+ESTATAL+2011+DDCAA.pdf




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ARTÍCULO 29.- Corresponde al Subdirector de Coordinaciones Regionales: I. Programar y coordinar las acciones de asistencia social en las Coordinaciones Regionales. II. Diseñar estrategias de logística para las reuniones de asesoría y capacitación a personal directivo y técnico de los Sistemas Municipales DIF. III. Establecer coordinación, concertación y gestión con los Directores de área y Subdirectores, para la instrumentación de las acciones, proyectos y programas institucionales. IV. Planear y Coordinar reuniones de trabajo y seguimiento con las áreas normativas para la priorización de actividades y proyectos de trabajo de las Coordinaciones Regionales y de los Municipios. V. Organiza, instrumenta y envía los requerimientos que competen a las áreas de Infancia y Familia, Integración Social de Personas con Discapacidad, Gestión y Participación Social, Planeación y Desarrollo, Relaciones Públicas, Coordinación del Voluntariado, Dirección Administrativa, Asuntos Jurídicos, Procuraduría de la Defensa del Menor la Mujer y la Familia, Desarrollo Comunitario y Asistencia Alimentaría, al personal operativo de las Coordinaciones Regionales, quien hará la gestión de los programas y servicios institucionales en los Municipios. VI. Brindar orientación, información, asesoría técnica y capacitación a los Coordinadores Regionales para la adecuada operación de los proyectos, programas y servicios a los Municipios. VII. Supervisar el uso adecuado de los recursos materiales y financieros asignados a las Coordinaciones Regionales. VIII. Efectuar la información y reforzar el Proyecto de de Desarrollo Institucional para el fortalecimiento municipal. IX. Proporcionar al personal Directivo y Técnico de los Municipios las herramientas técnicas de profesionalización que incrementen su capacidad de atención, organización y gestión. X. Planear y diseñar el calendario general de actividades de la Subdirección de Coordinaciones Regionales, que aplica a las áreas Normativas del Organismo, Coordinaciones Regionales y Municipios. XI. Promover en los Municipios la participación social comunitaria en corresponsabilidad con la prestación del servicio. XII. Establecer la supervisión de la operatividad correcta de los programas Alimentarios hasta nuestros beneficiarios finales a través de las Coordinaciones Regionales. XIII. Organizar, dirigir y supervisar las estrategias y acciones de promoción y concertación de los Municipios, dependencias locales, así como instituciones y asociaciones. XIV. Sensibilizar al personal a cargo, para que se otorgue con mayor eficacia y calidad la atención y canalización de la problemática social presentada por la población vulnerable. XV. Acordar con su superior inmediato la decisión y resolución de los asuntos relevantes, cuya tramitación corresponda a la subdirección a su cargo, así como mantenerlo informado de éstos. XVI. Levantar actas circunstanciada de hechos a los Coordinadores Regionales, y/o en su caso, al personal operativo de las mismas, que violen alguna de las disposiciones laborales aplicables, mismas que serán enviadas a la Dirección Administrativa y a la Dirección de Asuntos Jurídicos para su tramite conducente,
XVII. Elaborar y mantener actualizados el manual de organización y los procedimientos que aplican a la subdirección de Coordinaciones Regionales,
XVIII. Desempeñar las comisiones que la Presidencia de la Junta Directiva, Dirección General o el Director de área le delegue o encomiende así como mantenerlo informado sobre el desarrollo de las mismas. XIX. Las demás que señalen otras disposiciones legales o le encomiende el Director de Desarrollo Comunitario y Asistencia
Alimentaría



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad4C7958F1E7872E2D8625830D0057585ECreado el 09/19/2018 10:10:28 AM
Carátula de registro3169E133B86392A38625830D00575BA3Autordif slp
Registro67222D8A765030588625830D0058D962Tipo de documento3 Hipervínculo




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