Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí.

Sujeto Obligadodif slp
Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia

Periodo
06 Junio2018

ObligaciónLos sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan

Obligación específica.
Las facultades de cada área.

A ) Artículo84

B ) FracciónVI

C ) Inciso


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HIPERVINCULO FRAGMENDO DE Facultades_Bienestar_Familiar.docx

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Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


Capítulo VI
Dirección de Bienestar Familiar
Sección Primera
Competencia y Estructura
ARTÍCULO 35. Corresponde a la Dirección Bienestar Familiar: I. Promover el desarrollo y adopción de normas, modelos de atención, estrategias y metodologías de participación para la promoción y prevención socio-familiar, por parte de los sectores públicos, social y privado que integran el Sistema Estatal de Asistencia Social; II. Fortalecer habilidades cognitivas y afectivas necesarias para la convivencia de las relaciones familiares; III. Establecer, promover e instrumentar las temáticas, modelos y protocolos necesarios para la prevención socio familiar; IV. Promover la realización de investigaciones y estudios en temas de familia con fines de planeación, prevención, evaluación y diagnóstico; V. Recopilar datos y cifras en materia de familia con los que cuenten los Sistemas Municipales DIF; VI. Proporcionar orientación, cursos y asesorías gratuitas, así como servicios terapéuticos en materia de pareja, maternidad y paternidad entre otros; VII. Promover el desarrollo de factores protectores dentro de las familias en situación de vulnerabilidad; VIII. Instrumentar los programas y acciones del DIF Estatal, orientadas a fomentar una cultura de equidad en la familia, la paternidad responsable y evitar la desintegración familiar; IX. Participar en la coordinación interinstitucional con dependencias públicas, privadas y académicas en la elaboración de programas estatales; X. Apoyar e instrumentar acciones para la formación y profesionalización del personal en materia de familia, así como brindar las herramientas necesarias sobre mediación familiar; XI. Prestar servicios de orientación familiar y asistencia psicológica en apoyo a las familias, como medidas preventivas de la desintegración familiar; XII. Brindar capacitación sobre solución pacífica de conflictos y mediación familiar; XIII. Otorgar la orientación jurídica en materia familiar que soliciten las personas beneficiarias de los servicios de asistencia social, siempre que su intervención sea conveniente para mantener la integración familiar; XIV. Impulsar actividades recreativas, culturales y deportivas a favor de las familias, como parte de los programas y proyectos de la Dirección; XV. Diseñar, impartir, acompañar y orientar a los Sistemas Municipales DIF para la implementación de programas y acciones en materia de prevención de riesgos psico-sociales en las familias; XVI. Gestionar ante la Dirección del Registro Civil a través de las oficinas a su cargo, la regularización de las uniones libres previa orientación y consentimiento de la pareja sobre la naturaleza del matrimonio y los derechos y obligaciones que de él se deriven; XVII. Desarrollar proyectos y programas necesarios para el mejor desempeño de sus facultades; XVIII. Actuar como mediador o amigable componedor en los asuntos del orden familiar que ante ella se tramiten. En caso de no existir conciliación por las partes involucradas se realizara la canalización a la defensoría pública conforme a la Ley de la Defensoría Pública del Estado de San Luis Potosí; XIX. Proporcionar la atención psicológica y de trabajo social especializada en caso de que se presente violencia familiar o maltrato; XX. Diseñar e instrumentar las políticas para establecer programas y proyectos para atención y prevención de la violencia familiar, fomentando la participación corresponsable de la sociedad; XXI. Implementar en el Estado el modelo Red DIF para la solución pacífica de conflictos; XXII. Brindar servicios de orientación para la integración familiar; XXIII. Realizar investigaciones y estudios en temas de familia con fines de planeación y evaluación; XXIV. Elaborar diagnósticos y recopilación de datos y cifras; XXV. Promover la capacitación y profesionalización del personal con el objetivo de brindar un mejor servicio en orientación familiar; XXVI. Organizar al personal para llevar a cabo las acciones en materia familiar; XXVII. Promover los valores en familia con igualdad y perspectiva de género; XXVIII. Combatir la violencia familiar y promover la convivencia pacífica por medio del fomento a la igualdad con perspectiva de género; XXIX. Otorgar tratamiento integral a personas que viven violencia familiar; XXX. Proporcionar servicios de calidad con oportunidad y calidez a las familias en situación de calle que tengan a su cargo personas con discapacidad; XXXI. Establecer y concertar con los municipios los programas y modelos de su competencia, así como coordinar, supervisar y darles seguimiento; XXXII. Desempeñar las comisiones que la Junta Directiva o la Dirección General le delegue o encomiende, así como mantenerlo informado sobre el desarrollo de las mismas, y
XXXIII. Las demás que señalen otras disposiciones legales o le encomiende la Dirección General.



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidadE1FC496541A6904F862582C900656BAACreado el 07/13/2018 12:50:02 PM
Carátula de registro0B61713AB90D2FED862582C900657177Autordif slp
Registro3B13BB134E5F1ECF862582C900677544Tipo de documento3 Hipervínculo




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