Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí.

Sujeto Obligadodif slp
Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia

Periodo
06 Junio2018

ObligaciónLos sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan

Obligación específica.
Las facultades de cada área.

A ) Artículo84

B ) FracciónVI

C ) Inciso


Hipervínculo

Para Consultar el documento
Acceso directo:
Art 29 y 30 Reglamento-interior-sistema-dif-estatal-(17-may-2018) DDCAA.pdf

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/nombre_de_la_vista/1A6414A78567EF47862582C9006BFDB7/$File/Art+29+y+30+Reglamento-interior-sistema-dif-estatal-(17-may-2018)+DDCAA.pdf




Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


Capítulo IV
Dirección de Desarrollo Comunitario y Asistencia Alimentaria
Sección Primera
Competencia y Estructura de la Dirección de Desarrollo Comunitario
y Asistencia Alimentaria
ARTÍCULO 29. Corresponde a la Dirección de Desarrollo Comunitario y Asistencia Alimentaría: I. Presentar y gestionar anualmente a la Junta Directiva para su aprobación los planes y programas para la operación y
funcionamiento de las subdirecciones bajo su responsabilidad, e instrumentar las medidas conducentes para el adecuado
cumplimiento de sus objetivos; II. Promover y ejecutar las normas, políticas y lineamientos para la operación de los programas y proyectos en materia
alimentaría, y desarrollo familiar y comunitario del DIF Estatal, en congruencia con el Plan Estatal de Desarrollo y el Programa
Sectorial de Desarrollo Social con equidad vigente; III. Establecer coordinación con las instancias correspondientes para la focalización y el diagnóstico de la población en
desventaja susceptible de incorporar a programas y modelos de asistencia social alimentaria y de desarrollo familiar y
comunitario; IV. Dirigir el análisis de riesgos potenciales a los que se enfrenta la operación de los programas de asistencia alimentaria y
de desarrollo comunitario, así como el programa para la prevención de riesgos; V. Instrumentar estrategias, programas y acciones de carácter estatal en materia de asistencia social alimentaria y de
desarrollo familiar y comunitario orientadas a mejorar las condiciones de vida de la población beneficiaria; VI. Diseñar estrategias de focalización de los programas alimentarios y de desarrollo comunitario orientadas a mejorar las
condiciones de vida de la población beneficiaria; VII. Ordenar la realización de los análisis a los insumos alimentarios adquiridos al DIF Estatal auxiliar para que garanticen el
aporte nutricional y la inocuidad de los alimentos; VIII. Promover la organización social y comunitaria para impulsar programas de asistencia social, en su ámbito de competencia; IX. Intervenir en el diseño de los modelos de atención de carácter integral orientado a la asistencia alimentaria y al desarrollo
familiar y comunitario e instrumentar su aplicación; X. Concertar esfuerzos y acciones en materia de desarrollo familiar y comunitario y de asistencia alimentaria con dependencias
e instituciones públicas, federales y estatales, e instituciones privadas; XI. Vigilar la debida aplicación de recursos federales y estatales en los programas de asistencia social alimentaria y desarrollo
familiar y comunitario a los que se encuentran destinados; XII. Establecer las medidas de seguridad e higiene en los almacenes del DIF Estatal y en los municipios en coordinación con
los DIF Municipales, para recibir y resguardar temporalmente los insumos de los programas alimentarios; XIII. Promover una alimentación correcta que contribuya al combate de la desnutrición crónica y aguda, del sobrepeso y la
obesidad, así como de otros trastornos de conducta alimentaria en la población beneficiaria de los programas de asistencia
social; XIV. Asesorar, analizar, monitorear y aprobar los proyectos de aplicación de recursos vinculados a asistencia alimentaria y
desarrollo comunitario; JUEVES 4 17 DE MAYO DE 2018
XV. Promover la aplicación de modelos de atención de carácter integral orientados a la asistencia alimentaria al desarrollo
familiar y comunitario; XVI. Establecer los criterios para la identificación y selección de beneficiarios, así como para la distribución de apoyos
alimentarios y la definición de acciones de desarrollo comunitario; XVII. Implantar los criterios de calidad nutricia para la conformación de insumos alimentarios considerando la disponibilidad
de alimentos y cultura alimentaria de las diversas regiones del Estado; XVIII. Desempeñar las comisiones que la Junta Directiva o Dirección General le delegue o encomiende, así como mantenerlo
informado sobre el desarrollo de las mismas, y
XIX. Las demás que señalen otras disposiciones legales o le encomiende la Dirección General. ARTÍCULO 30. Para el despacho de los asuntos que le corresponden, la Dirección de Desarrollo Comunitario y Asistencia
Alimentaria contará con las siguientes Subdirecciones de: I. Asistencia Alimentaria, y
II. Desarrollo Familiar y Comunitario.



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidadE1FC496541A6904F862582C900656BAACreado el 07/13/2018 01:39:33 PM
Carátula de registro0B61713AB90D2FED862582C900657177Autordif slp
Registro1A6414A78567EF47862582C9006BFDB7Tipo de documento3 Hipervínculo




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
derecho de acceso a la información púbica.
Cordillera del Himalaya #605, Lomas 4a. Sección C.P. 78216
San Luis Potosí, S.L.P. México
Teléfonos: (444) 825-1020 / 825-6468 / 825-2583 / 825-2584 / 246-3085 / 246-2086
01 800 223 4247