Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí.

Sujeto Obligadocedh slp
Comisión Estatal de Derechos Humanos

Periodo
12 Diciembre2018

ObligaciónRelacionadas con Derechos Humanos.

Obligación específica.
Toda la información con que cuente, relacionada con hechos constitutivos de violaciones graves de derechos humanos o delitos de lesa humanidad, una vez determinados así por la autoridad competente, incluyendo, en su caso, las acciones de reparación del daño, atención a víctimas y de no repetición

A ) Artículo88

B ) FracciónII

C ) IncisoF


Registro general

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LTAIPSLP88IIF DICIEMBRE 2018.xlsx

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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Violaciones graves de derechos humanos LTAIPSLP88IIF En cumplimiento de esta fracción los Organismos de Protección de los Derechos Humanos organizarán toda la información con que cuenten, relacionada con hechos constitutivos de violaciones graves de derechos humanos o delitos de lesa humanidad, toda vez que hayan sido determinados por la autoridad competente; incluyendo en su caso, las acciones de reparación del daño, atención a víctimas y de no repetición
Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Número(s) de expediente(s) Autoridad competente que determinó la existencia de la violación o delito Descripción de las Acciones de reparación del daño Descripción de las Acciones de atención a víctimas Descripción de las Acciones de no repetición Tipo de documento que integra el expediente de violaciones graves o de lesa humanidad (catálogo) Hipervínculo a versión pública de cada documento que forme parte del expediente Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2018 01/12/2018 31/12/2018 2VQU-040/2017 CEDH Para garantizar a V1 y V2 el acceso a la Reparación del Daño, instruya a quien corresponda para que colabore con este Organismo en la inscripción de los mismos, en el Registro Estatal de Víctimas previsto en la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de San Luis Potosí con motivo de la violación a derechos humanos precisados en la presente Recomendación, se les otorgue atención jurídica, psicológica especializada y en su caso, previo agote de los procedimientos que establece la Ley de Atención a Víctimas tengan acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, así como a todas aquellas medidas que le beneficien en su condición de víctimas Gire sus instrucciones para que se imparta a Agentes del Ministerio Público y elementos de la Policía Ministerial del Estado una capacitación en particular sobre el contenido y alcances de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, y del Protocolo Homologado para la investigación y documentación eficaz de la tortura, así mismo sobre el plazo razonable Expediente http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019.nsf/nombre_de_la_vista/462D8B2A37C7D784862583820054557A/$File/RECO+21-18.pdf SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES 10/01/2019 31/12/2018 S/N
2018 01/12/2018 31/12/2018 CEDH Como forma de reparación del daño, colabore con este Organismo Constitucional Autónomo en la inscripción de la víctima V1 en el Registro Estatal de Víctimas se tomen en consideración las medidas de rehabilitación previstas en el artículo 62 del mismo ordenamiento legal. Además se tome en consideración como una medida de satisfacción lo solicitado por V1 Como Garantía de No Repetición se diseñe e imparta un curso integral de educación, formación y capacitación en materia de derechos de las víctimas y de los límites a la libertad de expresión, dirigido a la totalidad del personal de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Vivienda y Obras Públicas Expediente http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019.nsf/nombre_de_la_vista/02B75AA3EDDDA93D86258382006178E6/$File/RECO+22-18.pdf SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES 10/01/2019 31/12/2018 S/N
2018 01/12/2018 31/12/2018 2VQU-408/2016 CEDH Para garantizar a V1 el acceso a la Reparación del Daño, instruya a quien corresponda para que colabore con este Organismo en la inscripción de los mismos, en el Registro Estatal de Víctimas previsto en la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de San Luis Potosí, con motivo de la violación a derechos humanos precisados en la presente Recomendación, se les otorgue atención jurídica, psicológica especializada y en su caso, previo agote de los procedimientos que establece la Ley de Atención a Víctimas tengan acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, así como a todas aquellas medidas que le beneficie en su condición de víctima. Gire sus instrucciones para que se imparta a personal médico una capacitación en materia de Derechos Humanos y sus implicaciones en la integridad, seguridad personal y libertad sexual en relación a preservar el derecho a una vida libre de violencia para las mujeres Expediente http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019.nsf/nombre_de_la_vista/DECFBA9346CC3755862583820054A87F/$File/RECO+23-18.pdf SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES 10/01/2019 31/12/2018 S/N
2018 01/12/2018 31/12/2018 2VQU-296/2017 CEDH Para garantizar a V1 el acceso a la Reparación del Daño, instruya a quien corresponda para que colabore con este Organismo en la inscripción de los mismos, en el Registro Estatal de Víctimas previsto en la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de San Luis Potos se le otorgue atención médica y psicológica especializada y en su caso, previo agote de los procedimientos que establece la Ley de Atención a Víctimas tengan acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, así como a todas aquellas medidas que le beneficie en su condición de víctima. Gire sus instrucciones para que se imparta a Agentes del Ministerio Público una capacitación en particular sobre el plazo razonable, investigación efectiva y derecho a la verdad Expediente http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019.nsf/nombre_de_la_vista/C89A131D0E7DC4E6862583820054F00B/$File/RECO+24-18.pdf SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES 10/01/2019 31/12/2018 S/N
2018 01/12/2018 31/12/2018 1VQU-451/2017 CEDH Con la finalidad de que a V1 le sea reparado de manera integral el daño ocasionado, colabore con este Organismo en la inscripción de V1, en el Registro Estatal de Víctimas previsto en la Ley de Víctimas para el Estado de San Luis Potosí , a efecto de que se le brinde atención psicológica como medida de rehabilitación prevista en el artículo 62 del mismo ordenamiento legal, y de ser el caso previo agote de los procedimientos, los padres de V1, puedan tener acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral que establece la Ley Estatal de Víctimas, Gire sus apreciables instrucciones a efecto de que se impartan cursos de capacitación dirigidos al personal directivo de la Zona Escolar 121, referentes a los temas: derechos de los niños a una vida libre de violencia, derecho al trato digno, así como a la seguridad escolar, además se privilegie la enseñanza sobre la aplicación de protocolos de actuación inmediata en tratándose de denuncias en contra de personal docente, sobre posibles violaciones a derechos humanos Expediente http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019.nsf/nombre_de_la_vista/A728E36E87666953862583820056A5F0/$File/RECO+25-18.pdf SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES 10/01/2019 31/12/2018 S/N
2018 01/12/2018 31/12/2018 1VQU-487/2017 CEDH Para garantizar a V1 el acceso a la Reparación del Daño, instruya a quien corresponda para que colabore con este Organismo en la inscripción del mismo, en el Registro Estatal de Víctimas previsto en la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de San Luis Potosí con motivo de la violación a derechos humanos precisados en la presente Recomendación, se le otorgue atención psicológica especializada y en su caso, previo agote de los procedimientos que establece la Ley de Atención a Víctimas tenga acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, así como a todas aquellas medidas que le beneficie en su condición de víctima Como Garantía de No Repetición gire sus apreciables instrucciones a efecto de que en el marco del Proyecto Escolar Estratégico de Inclusión Educativa y No Discriminación imparta un Curso de Capacitación y Sensibilización en materia de seguridad e integridad personal, prevención del abuso sexual, detección y atención oportuna sobre casos de abuso y acoso en agravio de menores de edad, dirigidos a la totalidad del personal de Supervisión e Inspección que tienen a su cargo la vigilancia de las Instituciones Particulares que brindan el servicio público de educación en los niveles Expediente http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019.nsf/nombre_de_la_vista/12A33A57EBFBAB5A86258382005EB30B/$File/RECO+26-18.pdf SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES 10/01/2019 31/12/2018 S/N
2018 01/12/2018 31/12/2018 2VQU-452/2016 CEDH Gire sus instrucciones a la Dirección y/o Coordinación Municipal que corresponda, para que se realicen acciones efectivas tendientes a garantizar la Reparación Integral del Daño en beneficio de las víctimas directa e indirectas señaladas en esta Recomendación; colaborar ampliamente además con este rganismo Constitucional Autónomo, en el seguimiento e inscripción de las víctimas directa e indirectas [ amiliares de V y V2], en el egistro Estatal de Victimas, previsto en la Ley de Victimas para el Estado de San Luis Potosí , en el sólo caso que el Ayuntamiento de Ciudad Valles no cubra a satisfacción la reparación integral del daño a la que tienen derecho las víctimas referidas, las mismas tengan acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral que establece la Ley Estatal de Victimas, sin que el acceso a este beneficio exima al Ayuntamiento de Ciudad Valles de responder por la Reparación Integral del Daño Expediente http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019.nsf/nombre_de_la_vista/3B190CC1991DF43E86258382005EF809/$File/RECO+27-18.pdf SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES 10/01/2019 31/12/2018 S/N
2018 01/12/2018 31/12/2018 4VQU-057/2017 CEDH Para garantizar a Q1 y Q2, víctimas indirectas, el acceso a la Reparación del Daño, instruya a quien corresponda para que colabore con este Organismo en la inscripción de la misma en el Registro Estatal de Víctimas previsto en la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de San Luis Potosí con motivo de la violación a derechos humanos precisados en la presente Recomendación, se le otorgue atención psicológica especializada y en su caso, previo agote de los procedimientos que establece la Ley de Atención a Víctimas tenga acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, así como a todas aquellas medidas que le beneficie en su condición de víctima . Gire sus instrucciones para que se imparta a los servidores públicos administrativos y/o directivos a cargo del equipamiento físico y humano en los Hospitales Generales y servicio de ambulancia, una capacitación en materia de Derechos Humanos y sus implicaciones en la protección a la salud, enfatizando el conocimiento, manejo y observancia de la Norma Oficial Mexicana NOM-034-SSA-2013, Regulación de los Servicios de Salud Expediente http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019.nsf/nombre_de_la_vista/A93D82058090112186258382005F2E8E/$File/RECO+28-18.pdf SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES 10/01/2019 31/12/2018 S/N
2018 01/12/2018 31/12/2018 2VQU-230/2018 CEDH Para garantizar a V1 el acceso a la Reparación del Daño, instruya a quien corresponda para que colabore con este Organismo en la inscripción de los mismos, en el Registro Estatal de Víctimas previsto en la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de San Luis Potosí con motivo de la violación a derechos humanos precisados en la presente Recomendación, se les otorgue atención jurídica, psicológica especializada y en su caso, previo agote de los procedimientos que establece la Ley de Atención a Víctimas tengan acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, así como a todas aquellas medidas que le beneficie en su condición de víctima Gire sus instrucciones para que se imparta una capacitación a sus servidores públicos orientada hacia el correcto ejercicio del servicio y el respeto de los derechos humanos, en materia de protección a la salud, enfatizando el conocimiento sobre el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Protección Social en Salud sobre los trámites para acceder al Fondo de Protección Contra Gastos Catastróficos Expediente http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019.nsf/nombre_de_la_vista/B2DC69A3537DD8B4862583820060B6C8/$File/RECO+29-18.pdf SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES 10/01/2019 31/12/2018 S/N
2018 01/12/2018 31/12/2018 3VQU-042/2017 CEDH para garantizar a V1 y V2 el acceso a la reparacion del daño, instruya a quien corresponda para que colabore con este Organismo en la inscripcion de los mismos, en el Registro Estatal de Victimas previsto en la Ley de Atencion a Victimas para el Estado de San Luis Potosi, para que en los terminos en que resulte procedente de acuerdo al mismo ordenamiento legal con motivo de la violacion a derechos humanos precisados en la siguiente recomendacion se le ortorgue a las victimas indirectas que acrediten tener derecho, la atencion juridica, psicologica especializada y en su caso, previo agote de los procedimientos que establece la Ley de Atencion a Victimas tengan un acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparacion Integral, asi como a todas aquellas medidas que kes beneficie en su condicion de vicitmas indirectas. gire instrucciones para que se imparta una capacitacion a los servidores publicos con perfil de seguridad penitenciaria, orientada hacia el correcto ejercicio del servicio publico y el respeto de los derechos humanos, en materia de proteccion de personas en situacion de prision, normatividad actual en materia de ejecucion de sanciones penales, capacitacion tecnica para atender contingencias, disturbios o motines en los Centros de Reincersion con el objeto de resguardar el orden y seguridad en el interior de los mismos. Expediente http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019.nsf/nombre_de_la_vista/C4887E8C09FB052C862583830066ADB0/$File/RECO+30-18.pdf SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES 10/01/2019 31/12/2018 S/N
2018 01/12/2018 31/12/2018 CEDH Como forma de reparación del daño, colabore con este Organismo Constitucional Autónomo en la inscripción de la víctima V1, en el Registro Estatal de Víctimas a efecto de que se realice una reparación integral y se tenga acceso al Fondo de Ayuda y Asistencia como lo establece la Ley Estatal de Víctimas, Gire instrucciones a quien corresponda, a efecto que como forma de reparación y con el fin de evitar se sigan vulnerando los derechos humanos de V1, se investigue de manera pronta, exhaustiva, diligente, acuciosa, puntual, ágil, completa, imparcial, objetiva, expedita, independiente, autónoma, objetiva, técnica y profesional, debiéndose desahogar sin demora, las diligencias efectivas para la debida y pronta resolución de la Carpeta de Investigación . De igual forma, instruya a quien corresponda a efecto de que, el examen médico en estos casos se realice por un profesional con amplio conocimiento y experiencia, así como con formación específica para Expediente http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019.nsf/nombre_de_la_vista/F554338A8FD999C6862583820068C546/$File/RECO+31-18.pdf SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES 10/01/2019 31/12/2018 S/N



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad8A18D7EB504719E28625838300670ADECreado el 01/15/2019 12:45:59 PM
Carátula de registro790A2FEED672A6B78625838300670EA2Autorcedh slp
RegistroDA9808948DFC1427862583830067169CTipo de documento1 Registro general




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