Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí.

Sujeto Obligadosecespe slp
Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública del Estado

Periodo
04 Abril2018

ObligaciónLos sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan

Obligación específica.
La información contenida en las minutas, acuerdos y actas de las reuniones oficiales de sus órganos colegiados, salvo que por disposición expresa de la Ley, se determine que deban realizarse con carácter reservado.

A ) Artículo84

B ) FracciónXIII

C ) Inciso


Registro general

Para Consultar el documento
Acceso directo:
LTAIPSLP84XIII.xlsx

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/nombre_de_la_vista/607545A5CE6195B5862583590051BCA5/$File/LTAIPSLP84XIII.xlsx




Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Minutas, acuerdos y actas de las reuniones oficiales de los órganos colegiados de los sujetos obligados. LTAIPSLP84XIII Minutas, acuerdos y actas de las reuniones oficiales de los órganos colegiados de los sujetos obligados. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Nombre del órgano colegiado de que se trate, de acuerdo con la normatividad aplicable Fecha del acta o reunión Hipervínculo a los asuntos tratados y/o acuerdos tomados En caso de que no haber sesionado se debe señalar de manera explícita mediante una leyenda En su caso, hipervínculo al catálogo de los expedientes clasificados como reservados Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de Actualización Nota
2018 01/04/2018 30/04/2018 CONSEJO MUNICIPAL DE SEGURIDAD PÚBLICA DE AHUALULCO 11/04/2018 http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/nombre_de_la_vista/DE65386C3CCC30FE8625835900510137/$File/84XIII_ACUERDOS.pptx No se generó http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/nombre_de_la_vista/D0F7E5F9F385E284862583590051342E/$File/84XIII_NO+INFORMACIÓN+RESERVADA.pptx Área de Coordinación 04/12/2018 30/04/2018 "Los Consejos Municipales de Seguridad Pública son encargados de la coordinación, planeación y supervisión de los servicios de seguridad pública en sus respectivos ámbitos de competencia, acorde a lo dispuesto por el Sistema Estatal y Nacional de Seguridad Pública. Lo anterior establecido en el artículo 47 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado. Para lo cual Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública a través de su Área de Coordinación brinda asesoría técnica a los municipios para la instalación y seguimiento a sus organismos de coordinación en materia de seguridad pública. Teniendo facultad el Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública de dar seguimiento a las sesiones conforme a la convocatoria emitida por el municipio. Estableciendo esta facultad en el Reglamento Interior del Secretariado ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública. Artículo 22BIS fracciones I, IV y V. Artículo 22 BIS. El Área de Coordinación, tendrá las siguientes funciones: I. Coordinar la instalación de los consejos municipales, regionales y delegacionales de Seguridad Pública, así como coadyuvar en la celebración de las. Sesiones ordinarias y extraordinarias de dichas instancias; IV. Dar seguimiento a los acuerdos, convenios y resoluciones emanados de los consejos municipales, regionales y delegacionales en materia de Seguridad Pública; V. Llevar el registro de actas de los consejos municipales, delegacionales e instancias regionales; A convocatoria de los municipios para el funcionamiento del Consejo Municipal de Seguridad Pública, las sesiones podrán ser:  Ordinarias: de manera mensual, y
 Extraordinarias: en cualquier tiempo para tratar asuntos de trascendencia o urgencia, el presidente por sí o a petición de uno de los integrantes hará la convocatoria respectiva. 2018 01/04/2018 30/04/2018 CONSEJO MUNICIPAL DE SEGURIDAD PÚBLICA DE MEXQUITIC 10/04/2018 http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/nombre_de_la_vista/DE65386C3CCC30FE8625835900510137/$File/84XIII_ACUERDOS.pptx No se generó http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/nombre_de_la_vista/D0F7E5F9F385E284862583590051342E/$File/84XIII_NO+INFORMACIÓN+RESERVADA.pptx Área de Coordinación 04/12/2018 30/04/2018 "Los Consejos Municipales de Seguridad Pública son encargados de la coordinación, planeación y supervisión de los servicios de seguridad pública en sus respectivos ámbitos de competencia, acorde a lo dispuesto por el Sistema Estatal y Nacional de Seguridad Pública. Lo anterior establecido en el artículo 47 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado. Para lo cual Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública a través de su Área de Coordinación brinda asesoría técnica a los municipios para la instalación y seguimiento a sus organismos de coordinación en materia de seguridad pública. Teniendo facultad el Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública de dar seguimiento a las sesiones conforme a la convocatoria emitida por el municipio. Estableciendo esta facultad en el Reglamento Interior del Secretariado ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública. Artículo 22BIS fracciones I, IV y V. Artículo 22 BIS. El Área de Coordinación, tendrá las siguientes funciones: I. Coordinar la instalación de los consejos municipales, regionales y delegacionales de Seguridad Pública, así como coadyuvar en la celebración de las. Sesiones ordinarias y extraordinarias de dichas instancias; IV. Dar seguimiento a los acuerdos, convenios y resoluciones emanados de los consejos municipales, regionales y delegacionales en materia de Seguridad Pública; V. Llevar el registro de actas de los consejos municipales, delegacionales e instancias regionales; A convocatoria de los municipios para el funcionamiento del Consejo Municipal de Seguridad Pública, las sesiones podrán ser:  Ordinarias: de manera mensual, y
 Extraordinarias: en cualquier tiempo para tratar asuntos de trascendencia o urgencia, el presidente por sí o a petición de uno de los integrantes hará la convocatoria respectiva. 2018 01/04/2018 30/04/2018 CONSEJO MUNICIPAL DE SEGURIDAD PÚBLICA DE MOCTEZUMA 27/04/2018 http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/nombre_de_la_vista/DE65386C3CCC30FE8625835900510137/$File/84XIII_ACUERDOS.pptx No se generó http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/nombre_de_la_vista/D0F7E5F9F385E284862583590051342E/$File/84XIII_NO+INFORMACIÓN+RESERVADA.pptx Área de Coordinación 04/12/2018 30/04/2018 "Los Consejos Municipales de Seguridad Pública son encargados de la coordinación, planeación y supervisión de los servicios de seguridad pública en sus respectivos ámbitos de competencia, acorde a lo dispuesto por el Sistema Estatal y Nacional de Seguridad Pública. Lo anterior establecido en el artículo 47 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado. Para lo cual Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública a través de su Área de Coordinación brinda asesoría técnica a los municipios para la instalación y seguimiento a sus organismos de coordinación en materia de seguridad pública. Teniendo facultad el Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública de dar seguimiento a las sesiones conforme a la convocatoria emitida por el municipio. Estableciendo esta facultad en el Reglamento Interior del Secretariado ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública. Artículo 22BIS fracciones I, IV y V. Artículo 22 BIS. El Área de Coordinación, tendrá las siguientes funciones: I. Coordinar la instalación de los consejos municipales, regionales y delegacionales de Seguridad Pública, así como coadyuvar en la celebración de las. Sesiones ordinarias y extraordinarias de dichas instancias; IV. Dar seguimiento a los acuerdos, convenios y resoluciones emanados de los consejos municipales, regionales y delegacionales en materia de Seguridad Pública; V. Llevar el registro de actas de los consejos municipales, delegacionales e instancias regionales; A convocatoria de los municipios para el funcionamiento del Consejo Municipal de Seguridad Pública, las sesiones podrán ser:  Ordinarias: de manera mensual, y
 Extraordinarias: en cualquier tiempo para tratar asuntos de trascendencia o urgencia, el presidente por sí o a petición de uno de los integrantes hará la convocatoria respectiva. 2018 01/04/2018 30/04/2018 CONSEJO MUNICIPAL DE SEGURIDAD PÚBLICA DE SALINAS 13/04/2018 http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/nombre_de_la_vista/DE65386C3CCC30FE8625835900510137/$File/84XIII_ACUERDOS.pptx No se generó http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/nombre_de_la_vista/D0F7E5F9F385E284862583590051342E/$File/84XIII_NO+INFORMACIÓN+RESERVADA.pptx Área de Coordinación 04/12/2018 30/04/2018 "Los Consejos Municipales de Seguridad Pública son encargados de la coordinación, planeación y supervisión de los servicios de seguridad pública en sus respectivos ámbitos de competencia, acorde a lo dispuesto por el Sistema Estatal y Nacional de Seguridad Pública. Lo anterior establecido en el artículo 47 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado. Para lo cual Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública a través de su Área de Coordinación brinda asesoría técnica a los municipios para la instalación y seguimiento a sus organismos de coordinación en materia de seguridad pública. Teniendo facultad el Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública de dar seguimiento a las sesiones conforme a la convocatoria emitida por el municipio. Estableciendo esta facultad en el Reglamento Interior del Secretariado ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública. Artículo 22BIS fracciones I, IV y V. Artículo 22 BIS. El Área de Coordinación, tendrá las siguientes funciones: I. Coordinar la instalación de los consejos municipales, regionales y delegacionales de Seguridad Pública, así como coadyuvar en la celebración de las. Sesiones ordinarias y extraordinarias de dichas instancias; IV. Dar seguimiento a los acuerdos, convenios y resoluciones emanados de los consejos municipales, regionales y delegacionales en materia de Seguridad Pública; V. Llevar el registro de actas de los consejos municipales, delegacionales e instancias regionales; A convocatoria de los municipios para el funcionamiento del Consejo Municipal de Seguridad Pública, las sesiones podrán ser:  Ordinarias: de manera mensual, y
 Extraordinarias: en cualquier tiempo para tratar asuntos de trascendencia o urgencia, el presidente por sí o a petición de uno de los integrantes hará la convocatoria respectiva. 2018 01/04/2018 30/04/2018 CONSEJO MUNICIPAL DE SEGURIDAD PÚBLICA DE SANTA MARIA DEL RIO 16/04/2018 http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/nombre_de_la_vista/DE65386C3CCC30FE8625835900510137/$File/84XIII_ACUERDOS.pptx No se generó http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/nombre_de_la_vista/D0F7E5F9F385E284862583590051342E/$File/84XIII_NO+INFORMACIÓN+RESERVADA.pptx Área de Coordinación 04/12/2018 30/04/2018 "Los Consejos Municipales de Seguridad Pública son encargados de la coordinación, planeación y supervisión de los servicios de seguridad pública en sus respectivos ámbitos de competencia, acorde a lo dispuesto por el Sistema Estatal y Nacional de Seguridad Pública. Lo anterior establecido en el artículo 47 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado. Para lo cual Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública a través de su Área de Coordinación brinda asesoría técnica a los municipios para la instalación y seguimiento a sus organismos de coordinación en materia de seguridad pública. Teniendo facultad el Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública de dar seguimiento a las sesiones conforme a la convocatoria emitida por el municipio. Estableciendo esta facultad en el Reglamento Interior del Secretariado ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública. Artículo 22BIS fracciones I, IV y V. Artículo 22 BIS. El Área de Coordinación, tendrá las siguientes funciones: I. Coordinar la instalación de los consejos municipales, regionales y delegacionales de Seguridad Pública, así como coadyuvar en la celebración de las. Sesiones ordinarias y extraordinarias de dichas instancias; IV. Dar seguimiento a los acuerdos, convenios y resoluciones emanados de los consejos municipales, regionales y delegacionales en materia de Seguridad Pública; V. Llevar el registro de actas de los consejos municipales, delegacionales e instancias regionales; A convocatoria de los municipios para el funcionamiento del Consejo Municipal de Seguridad Pública, las sesiones podrán ser:  Ordinarias: de manera mensual, y
 Extraordinarias: en cualquier tiempo para tratar asuntos de trascendencia o urgencia, el presidente por sí o a petición de uno de los integrantes hará la convocatoria respectiva. 2018 01/04/2018 30/04/2018 CONSEJO MUNICIPAL DE SEGURIDAD PÚBLICA DE TIERRA NUEVA 09/04/2018 http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/nombre_de_la_vista/DE65386C3CCC30FE8625835900510137/$File/84XIII_ACUERDOS.pptx No se generó http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/nombre_de_la_vista/D0F7E5F9F385E284862583590051342E/$File/84XIII_NO+INFORMACIÓN+RESERVADA.pptx Área de Coordinación 04/12/2018 30/04/2018 "Los Consejos Municipales de Seguridad Pública son encargados de la coordinación, planeación y supervisión de los servicios de seguridad pública en sus respectivos ámbitos de competencia, acorde a lo dispuesto por el Sistema Estatal y Nacional de Seguridad Pública. Lo anterior establecido en el artículo 47 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado. Para lo cual Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública a través de su Área de Coordinación brinda asesoría técnica a los municipios para la instalación y seguimiento a sus organismos de coordinación en materia de seguridad pública. Teniendo facultad el Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública de dar seguimiento a las sesiones conforme a la convocatoria emitida por el municipio. Estableciendo esta facultad en el Reglamento Interior del Secretariado ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública. Artículo 22BIS fracciones I, IV y V. Artículo 22 BIS. El Área de Coordinación, tendrá las siguientes funciones: I. Coordinar la instalación de los consejos municipales, regionales y delegacionales de Seguridad Pública, así como coadyuvar en la celebración de las. Sesiones ordinarias y extraordinarias de dichas instancias; IV. Dar seguimiento a los acuerdos, convenios y resoluciones emanados de los consejos municipales, regionales y delegacionales en materia de Seguridad Pública; V. Llevar el registro de actas de los consejos municipales, delegacionales e instancias regionales; A convocatoria de los municipios para el funcionamiento del Consejo Municipal de Seguridad Pública, las sesiones podrán ser:  Ordinarias: de manera mensual, y
 Extraordinarias: en cualquier tiempo para tratar asuntos de trascendencia o urgencia, el presidente por sí o a petición de uno de los integrantes hará la convocatoria respectiva. 2018 01/04/2018 30/04/2018 CONSEJO MUNICIPAL DE SEGURIDAD PÚBLICA DE VENADO 23/04/2018 http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/nombre_de_la_vista/DE65386C3CCC30FE8625835900510137/$File/84XIII_ACUERDOS.pptx No se generó http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/nombre_de_la_vista/D0F7E5F9F385E284862583590051342E/$File/84XIII_NO+INFORMACIÓN+RESERVADA.pptx Área de Coordinación 04/12/2018 30/04/2018 "Los Consejos Municipales de Seguridad Pública son encargados de la coordinación, planeación y supervisión de los servicios de seguridad pública en sus respectivos ámbitos de competencia, acorde a lo dispuesto por el Sistema Estatal y Nacional de Seguridad Pública. Lo anterior establecido en el artículo 47 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado. Para lo cual Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública a través de su Área de Coordinación brinda asesoría técnica a los muni



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidadA1A3D9C6E8332112862583590050DB7DCreado el 12/04/2018 08:52:47 AM
Carátula de registro290C2A9C8E2B46FA862583590050E172Autorsecespe slp
Registro607545A5CE6195B5862583590051BCA5Tipo de documento1 Registro general




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
derecho de acceso a la información púbica.
Cordillera del Himalaya #605, Lomas 4a. Sección C.P. 78216
San Luis Potosí, S.L.P. México
Teléfonos: (444) 825-1020 / 825-6468 / 825-2583 / 825-2584 / 246-3085 / 246-2086
01 800 223 4247