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Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí | |
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| Sujeto Obligado |  | cegaip slp |
 |  | Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí |  |  |  |
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| Periodo |  |
| 02 Febrero |  | 2018 |
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| Obligación |  | Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención, hasta su total cumplimiento. |
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| Obligación específica. |  |  |  |  |  |
 |  | Las resoluciones y laudos que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio. |
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| A ) Artículo |  | 84 |  |  |  |
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| B ) Fracción |  | XLIII |  |  |  |
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| C ) Inciso |  | |  |  |  |
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Hipervínculo |
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 |  | Para Consultar el documento |  |  |  |
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Acceso directo: RR-794-2017-2 VS. INSTITUTO DE LAS MUJERES.doc |
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| Hipervinculo |  |  |  |  |  |
| http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N.nsf/nombre_de_la_vista/CD315225CAA2B6568625824B005B0C33/$File/RR-794-2017-2+VS.+INSTITUTO+DE+LAS+MUJERES.doc |
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| Visor de Datos abiertos |  | Datos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08 |
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| RECURSO DE REVISIÓN 794/2017-2 PNT. COMISIONADO PONENTE: LIC. PAULINA SÁNCHEZ PÉREZ DEL POZO ENTE OBLIGADO: INSTITUTO DE LAS MUJERES. San Luis Potosí, San Luis Potosí. Acuerdo del Pleno de la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública, correspondiente a la Sesión Extraordinaria de 14 catorce de febrero de 2018 dos mil dieciocho. VISTOS, para resolver, los autos del recurso de revisión identificado al rubro; y R E S U L T A N D O: PRIMERO. Solicitud de acceso a la información pública. Según consta en el Plataforma Nacional de Transparencia con folio 00653717, el 05 cinco de octubre de 2017 dos mil diecisiete, el Instituto de las Mujeres recibió una solicitud de acceso a la información requiriendo lo siguiente: “Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 1, 2, 3, 9, 15, 61 fracción II, 121, 130 y 131 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de mayo de 2016; los artículos 1, 2, 4, 6, 8, 12, 13, 15, 22, 23, 122, 123, 128, 129, 130, 131, 132 y 136 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicada el 4 de mayo de 2015 en el Diario Oficial de la Federación; el artículo 17, inciso III de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, publicada el 9 de febrero de 1918, última reforma del 31 de mayo de 2017 y los artículos 2, 3, 5, 6, 7, 10, 11, 12, 13, 14, 16, 19, 28 , 58, 61, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 73 y 81 de la Ley de Transparencia y Acceso a La Información Pública del Estado de San Luis Potosí, publicada el 18 de octubre de 2007, última reforma del 29 de noviembre de 2014. Solicito en versión electrónica, en formatos abiertos y, en caso de no existir, en copia simple, la siguiente información concerniente al procedimiento de invitación a cuando menos tres personas número: IA-924035981-E5-2017, relativo a la contratación del servicio: “Desarrollo del Diplomado en Cultura Laboral para la Igualdad entre Mujeres y Hombres dirigido a 35 integrantes de los Comités de las Dependencias Estatales y Municipales” y sus bases - convocatoria, llevado a cabo por el Instituto de las Mujeres del Estado de San Luis Potosí y publicada por la Secretaría de la Función Pública Federal a través del Sistema Compranet con Número de Expediente 1451580: • La Invitación a Participar en la Invitación a cuando menos tres personas de carácter nacional No. IA-924035981-E5-2017 para el Servicio “Desarrollo del Diplomado en Cultura Laboral para la Igualdad entre Mujeres y Hombres dirigido a 35 integrantes de los Comités de las Dependencias Estatales y Municipales” de fecha 09 de agosto de 2017, emitida por el Instituto de las Mujeres del Estado de San Luis Potosí, del Poder Ejecutivo del Estado de San Luis Potosí, publicada mediante Compranet con Número de Expediente 1451580. • El Acta de la Junta de Aclaraciones del concurso número IMES/transversalidad/02/2017 a través de la invitación a cuando menos tres personas de carácter nacional número: IA-924035981-E5-2017, relativo a la contratación del servicio para: desarrollo del diplomado en cultura laboral para la igualdad entre mujeres y hombres dirigido a 35 integrantes de los comités de las dependencias estatales y municipales, de fecha 14 de agosto de 2017, por el cual MAKE Consultors S. A. de C. V. envío sus escrito de preguntas mediante correo electrónico señalado en la Invitación a Participar dirigido a la convocante. • El Acta de Presentación, Apertura de Proposiciones y Fallo de Propuestas Técnicas y Económica de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas de Carácter Nacional No. IA-924035981-E5-2017 para el Servicio “Desarrollo del Diplomado en Cultura Laboral para la Igualdad entre Mujeres y Hombres dirigido a 35 integrantes de los Comités de las Dependencias Estatales y Municipales” de fecha 17 de agosto de 2017, la cual fue presentada en Compranet con fecha 21 de agosto y con Número de Expediente 1451580 y se encuentran en poder en la convocante. • Los documentos que integran la Propuesta de la persona física ARACELI NOGUEDA SIMÓN establecidos en el punto 7.2. de la Invitación a Participar en la Invitación a Cuando Menos Tres Personas de Carácter Nacional No. IA-924035981-E5-2017 presentadas por esta persona física en Compranet con Número de Expediente 1451580, y que se encuentran en poder de la convocante (…). El documento que contiene: “DATOS RELEVANTES DEL CONTRATO”, publicados el 21 de agosto de 2017 el cual fue presentado a Compranet con Número de Expediente 1451580 y se encuentran en poder de la convocante. El documento o los documentos que presentó la C. Araceli Nogueda Simón que señalen la participación de discapacitados/as o empresa, organización, asociación o institución académica que cuenten con trabajadores/as con discapacidad, establecido en el inciso b) del punto i “Capacidad del Licitante”, fracción I “Propuesta técnica” de las Bases Convocatoria al procedimiento de invitación a cuando menos tres personas. El Contrato de Prestación de Servicios firmado por el Instituto de las Mujeres del Estado de San Luis Potosí y la persona física ARACELI NOGUEDA SIMÓN. El documento o los documentos oficiales o legales que presentó la C. Araceli Nogueda Simón que señalen la calidad de discapacitados/as, que presentó a la firma del contrato de prestación de servicios profesionales correspondiente, de la persona física o de otras personas físicas o morales presentadas por SEGUNDA RONDA PREGUNTAS A TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO DE LAS MUJERES DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, CON RELACIÓN A LA CONTRATACIÓN.” (sic). SEGUNDO. Respuesta a la solicitud de acceso a la información pública. El 30 treinta de octubre de 2017 dos mil diecisiete, el sujeto obligado consta que a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, otorgó respuesta al escrito de solicitud de información del recurrente de la manera siguiente: “Se envía en archivo adjunto respuesta a su solicitud de información” El archivo adjunto contiene la información siguiente: TERCERO. Interposición del recurso. El 17 diecisiete de noviembre de 2017 dos mil diecisiete, el recurrente interpuso el presente medio de impugnación, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, mismo que quedó presentado ante la oficialía de partes de esta Comisión, mediante el cual señaló la inconformidad siguiente: “Respecto al punto 7.2 de la invitación a participar en la invitación cuando menos a tres personas de carácter nacional número IA-924035981-E5-2017, con número de expediente en compranet 1451580 No nos dieron la información siguiente: El documento o los documentos que presentó la C. Araceli Nogueda Simón que señalen la participación de discapacitados/as o empresa, organización, asociación o institución académica que cuenten con trabajadores/as con discapacidad, establecido en el inciso b) del punto i “Capacidad del Licitante”, fracción I “Propuesta técnica” de las Bases Convocatoria al procedimiento de invitación a cuando menos tres personas. El documento o los documentos oficiales o legales que presentó la C. Araceli Nogueda Simón que señalen la calidad de discapacitados/as, que presentó a la firma del contrato de prestación de servicios profesionales correspondiente, de la persona física o de otras personas físicas o0 morales presentados por SEGUNDA RONDA PREGUNTAS A TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO DE LAS MUJERES DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, CON RELACIÓN A LA CONTRATACIÓN.” (sic). CUARTO. Trámite del recurso de revisión ante esta Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública. Mediante auto de 21 veintiuno de noviembre de 2017 dos mil diecisiete, la Presidencia de esta Comisión tuvo por recibido el recurso de revisión que hoy nos ocupa, por lo que razón de turno, toco conocer a la ponencia de la Comisionada Paulina Sánchez Pérez del Pozo por lo que se le turnó dicho expediente bajo el número RR-794/2017-2 PLATAFORMA, para que procediera, previo análisis a su admisión o desechamiento según fuera el caso. QUINTO. Auto de admisión y trámite. El 28 veintiocho de noviembre de 2017 dos mil diecisiete, el comisionado ponente acordó la admisión del recurso de revisión por actualizarse la hipótesis IV del artículo 167 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, tuvo como ente obligado al GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, A TRAVÉS DEL INSTITUTO DE LAS MUJERES, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, en lo sucesivo sujeto obligado. Se puso a disposición de las partes el expediente para que en un plazo máximo de 7 siete días manifestaran lo que a su derecho conviniera –ofrecer pruebas y alegar–. Por lo tanto, el ponente apercibió al sujeto obligado de que en caso de ser omisas para manifestar lo que a su derecho conviniera respecto del presente recurso se aplicarían en su contra las medidas de apremio previstas en el artículo 190, fracción I, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado. Asimismo, en el contexto del mismo proveído se ordenó dar vista al Pleno de este Órgano Garante para que, por así considerarlo necesario, ordene se inicie la verificación correspondiente en razón de los indicios que presumen la existencia de violaciones a la precitada Ley y, demás normatividad que resulte aplicable toda vez del análisis a las constancias que el sujeto obligado proporcionó como respuesta a la solicitud del recurrente, es de advertirse que por lo que toca a su anexo titulado como “ANEXO IV”, mismo que comprende los documentos que integran la propuesta de la persona física Araceli Nogueda Simón, establecidos en el punto 7.2 de la convocatoria a participar en la invitación a cuando menos tres personas de carácter nacional número: IA-924035981-E5-2017, relativa a la contratación del servicio para: “Desarrollo del Diplomado en cultura laboral para la igualdad entre mujeres y hombres dirigido a 35 integrantes de los comités de las dependencias estatales y municipales”, el mismo contiene información susceptible de ser protegida; situación la anterior que implica que en la especie pudiera actualizarse una conducta infractora prevista en el artículo 163, de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, por lo que con fundamento en lo establecido por el artículo 147, fracción I, del ordenamiento legal en cita. SEXTO. Rendición del informe de los sujetos obligados. El 12 doce de diciembre de 2017 dos mil diecisiete, esta Comisión tuvo por recibido el oficio número DG/IMES/667/2017, signado por la Directora General del Instituto de las Mujeres del Estado de San Luis Potosí, con un anexo al mismo, consistente en un disco compacto que contiene la leyenda “INSTITUTO DE LAS MUJERES DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ”, manifestó lo siguiente, en relación con los agravios hechos valer por el recurrente: “El pasado 30 de octubre del año en curso, se dio respuesta a la solicitud de información 00653717 a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, en el cual se anexo una carpeta comprimida que contenía de manera completa la información que daba respuesta a la solicitud recibida (anexo disco compacto con la información enviada). La información solicitada se encuentra en los archivos de este Instituto de forma impresa, fue digitalizada para poder ser entregada a través de la Plataforma Nacional de Transparencia. De igual forma hago de su conocimiento que se revisó nuevamente los anexos que conforman la respuesta para proteger y resguardar la información confidencial que fue omitida en la respuesta proporcionada.” En cuanto al recurrente, no compareció a realizar las manifestaciones que a su derecho conviniera, por que se procedió a la elaboración delo proyecto de resolución correspondiente. Con fecha 23 veintitrés de enero de 2018 dos mil dieciocho, esta Comisión decretó la ampliación del plazo para resolver el presente recurso de revisión de que se trata y se remitió de nueva cuenta el presente expediente a efecto de que se procediera a elaborar el proyecto de resolución respectivo y, C O N S I D E R A N D O PRIMERO. Competencia. Esta Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública es competente para conocer del presente asunto, de acuerdo con los artículos 6, párrafo cuarto, apartado A, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 17, fracción III, párrafo tercero, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí; 27, primer párrafo, 34, fracciones I y II, 35, fracción I, y 175 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de este Estado. SEGUNDO. Procedencia. El recurso de revisión es procedente en términos del artículo 166 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en virtud de que fue interpuesto en tiempo y se encuentran satisfechos los requisitos que establece la misma; asimismo el recurrente se inconformó en contra de la respuesta a su solicitud de información por parte del sujeto obligado. TERCERO. Caso Concreto. El hoy recurrente solicitó al Instituto de las Mujeres, en versión electrónica, en formatos abiertos y, en caso de no existir, en copia simple respecto al procedimiento de invitación a cuando menos tres personas de carácter nacional número: IA-924035981-E5-2017, relativa a la contratación del servicio para: “Desarrollo del Diplomado en cultura laboral para la igualdad entre mujeres y hombres dirigido a 35 integrantes de los comités de las dependencias estatales y municipales” la información siguiente: 1. La Invitación a Participar en la Invitación a cuando menos tres personas de carácter nacional No. IA-924035981-E5-2017 para el Servicio “Desarrollo del Diplomado en Cultura Laboral para la Igualdad entre Mujeres y Hombres dirigido a 35 integrantes de los Comités de las Dependencias Estatales y Municipales” de fecha 09 de agosto de 2017, emitida por el Instituto de las Mujeres del Estado de San Luis Potosí, del Poder Ejecutivo del Estado de San Luis Potosí, publicada mediante Compranet con Número de Expediente 1451580. 2. El Acta de la Junta de Aclaraciones del concurso número IMES/transversalidad/02/2017 a través de la invitación a cuando menos tres personas de carácter nacional número: IA-924035981-E5-2017, relativo a la contratación del servicio para: desarrollo del diplomado en cultura laboral para la igualdad entre mujeres y hombres dirigido a 35 integrantes de los comités de las dependencias estatales y municipales, de fecha 14 de agosto de 2017, por el cual MAKE Consultors S. A. de C. V. envío sus escrito de preguntas mediante correo electrónico señalado en la Invitación a Participar dirigido a la convocante. 3. El Acta de Presentación, Apertura de Proposiciones y Fallo de Propuestas Técnicas y Económica de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas de Carácter Nacional No. IA-924035981-E5-2017 para el Servicio “Desarrollo del Diplomado en Cultura Laboral para la Igualdad entre Mujeres y Hombres dirigido a 35 integrantes de los Comités de las Dependencias Estatales y Municipales” de fecha 17 de agosto de 2017, la cual fue presentada en Compranet con fecha 21 de agosto y con Número de Expediente 1451580 y se encuentran en poder en la convocante. 4. Los documentos que integran la Propuesta de la p |
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