Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadoteja slp
Tribunal Estatal de Justicia Administrativa de San Luis Potosí

Periodo
06 Junio2018

ObligaciónLos sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan

Obligación específica.
El marco normativo aplicable al sujeto obligado, en el que deberá incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas, entre otros

A ) Artículo84

B ) FracciónII

C ) Inciso


Hipervínculo

Para Consultar el documento
Acceso directo:
Manual de Viaticos y Acuerdo control asistencia (18-MAR-2018).pdf

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N.nsf/nombre_de_la_vista/8CFB841236750CBB862582A80078D67E/$File/Manual+de+Viaticos+y+Acuerdo+control+asistencia+(18-MAR-2018).pdf




Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


Tribunal Estatal de Justicia Administrativa
4. MARCO JURÍDICO APLICABLE
MANUAL DE VIÁTICOS
· Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
· Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San
Luis Potosí
· Ley Orgánica del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa
de San Luis Potosí
· Ley General de Contabilidad Gubernamental. · Código Fiscal de la Federación. · Ley del Impuesto Sobre la Renta y su Reglamento. · Ley Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria para el
Estado de San Luis Potosí. · Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de
San Luis Potosí. · Ley Reglamentaria del artículo 133 de la Constitución Local. · Ley de Presupuesto de Egresos del Estado de San Luis
Potosí. · Plan de Cuentas emitido por el CONAC. Febrero 2018
INDICE
1.Antecedentes
2.Objetivo
3.Alcance
4.Marco Jurídico
5.Políticas Generales
6.Sujetos
7.Niveles de aplicación
8.De las Comisiones
9.Viáticos
10.Tarifas
11.Procedimiento para Trámite
12.Comprobación. 13.Reembolso
14.Casos no previstos. Demás normatividad aplicable. 5. POLÍTICAS GENERALES
El pago de los servicios por concepto de traslado y viáticos deberá
ajustarse a las políticas y tarifas establecidas en el presente
manual; el titular de la Unidad de Administración y Finanzas es
responsable de su estricta observancia y aplicación, así como
del uso adecuado de los recursos financieros autorizados para
apoyar el desempeño de comisiones oficiales encomendadas
a los servidores públicos del Tribunal. 1. ANTECEDENTES
En el Marco del Sistema Estatal Anticorrupción y dada la
reforma constitucional en la materia, el Tribunal Estatal de
J us ti ci a Ad mi ni stra ti va d e San L ui s Po to sí, ad vi erte l a
ne ce si da d de d ar s eg ui mi en to a l a im pl em en ta ci ón d e
mecanismos y controles internos que contribuyan a su
desarrollo, modernización y fortalecimiento para garantizar la
eficiencia en la administración de las finanzas públicas y la
eficacia de las decisiones. El pago de viáticos sólo procederá cuando el servidor público
se le comisione a destinos ubicados a más de cien kilómetros
de distancia del lugar de su adscripción. De ahí la consecuencia de emitir el presente manual. 6. DE LOS SUJETOS
2. OBJETIVO
Las comisiones se deben asignar únicamente a servidores
públicos del Tribunal que se encuentren en la plantilla de
personal
a s i g n a d a s
disfrutando de periodo vacacional
licencia. Dar a conocer las políticas, tarifas y los procedimientos para
la solicitud, trámite, autorización y comprobación de los gastos
por concepto de servicios de traslado y viáticos, necesarios
para que los servidores públicos del Tribunal cumplan con
las comisiones derivadas de las funciones o tareas oficiales
a desempeñar en lugar distinto al de su centro de trabajo. y en servicio activo; por ningún motivo deberán ser
a s e r v i d o r e s p ú b l i c o s q u e s e e n c u e n t r e n
o de cualquier otro tipo de
7. NIVELES DE APLICACIÓN. Las
a u s te ri d a d , re d u c i e n d o e l n ú m e r o d e c o m i s i o n e s a l o
estrictamente necesario para la atención de los
su competencia
congruencia entre el
público,
beneficio obtenido. jerárquicos de aplicación de tarifas serán: áreas
del
Tribunal
deberán sujetarse a los
criterios
de
3. ALCANCE
asuntos
; de igual forma deberán mantener
grado de responsabilidad del
la naturaleza de la comisión desempeñada y
Para efectos
de
la debida
servidor
el
de estas políticas los niveles
La aplicación del presente manual es obligatoria para todo el
personal adscrito al Tribunal para el trámite y gestión de los
recursos destinados a los servicios de traslado y viáticos y
que estos a su vez cumplan con el marco normativo que tenga
implementado el Tribunal. SABADO 17 DE MARZO DE 2018
3
1.- Magistrados. 2.- Contralor, Secretario General y Directores. 3.- Personal Jurisdiccional y Administrativo. c) por un tiempo mayor a 24 horas a nivel nacional. PERSONAL
CONCEPTO
IMPORTE TARIFA
De $1,500.00 a
2,900.00
Magistrados
Viáticos
8. DE LAS COMISIONES. Contralor, Secretario
General
De $1,150.00 a
2,600.00
Viáticos
Las comisiones oficiales constituyen la justificación para la
asignación de gastos por concepto de traslado y viáticos, la
asignación de las mismas se establecerá en el documento
denominado Oficio de Comisión. Las comisiones deben ser
estrictamente necesarias y realizarse en día y horarios
laborables, salvo en casos justificados, previa autorización
del Titular del área. y Directores
Personal Jurisdiccional y
Administrativo. Viáticos
De $760.00 a 1,700.00
d) Los costos de Trasporte se cotizarán adicionalmente,
acorde a distancias y lugares. El número de comisionados, la estadía y duración de los viajes
s erá n l os m íni m os in d is p en sa b le s p a ra cu m pl ir co n l a
comisión. Los importes incluyen el Impuesto Al Valor Agregado. 11.- PROCEDIMIENTO PARA TRÁMITE. 9.- CONDICIONES
a).-El personal del Tribunal presentara a la Dirección de
Administración y
menos
solicitud deberá anexar oficio de Comisión con la firma de su
superior
la duración,
comisión. Para tramitar, autorizar y otorgar gastos por concepto de traslado
y viáticos se deberá considerar: Finanzas, la solicitud de viáticos con cuando
24 horas de anticipación a la fecha de partida. A dicha
1. Los niveles jerárquicos de los servidores públicos del
tribunal. 2. La disponibilidad Presupuestal. 3. Las tarifas de viáticos establecidas en el presente manual. inmediato del área que corresponda, especificando
destino, medio de traslado y el propósito de la
b).- En caso de comisiones fuera del Estado que requieran
pasajes
de Administración y Finanzas con anticipación de 15 días a la
salida. 10.- VÍATICOS Y TARIFAS
de avión, se harán del conocimiento de la Dirección
Para tramitar, autorizar y otorgar gastos por concepto de viáticos,
se deberá considerar las erogaciones comprendidas en
hospedaje, alimentación, transporte local y otros gastos
indispensables, con atención a las siguientes tarifas: c).- La Dirección de Administración y Finanzas procederá a la
elaboración del cheque y/o transferencia electrónica, al
personal que lo haya solicitado. Personal comisionado: d).- Se podrá aceptar en casos extraordinarios hasta un
equivalente al 15% del valor de los viáticos autorizados a nivel
Nacional y en el interior del Estado, sin comprobantes que
reúnan los
a) por un tiempo menor a 24 horas en el Estado. IMPORTE
TARIFA
requisitos fiscales. PERSONAL
e).- Las tarifas de viáticos se actualizarán de manera anual,
observando criterios de inflación, experiencia y austeridad. Magistrados
$1,000.00
Contralor, Secretario General, Directores
y Personal Jurisdiccional y Admistrativo. 12. COMPROBACIÓN
750
a).-Los recursos que se otorguen al personal comisionado
por concepto de traslado y viáticos, se comprobarán con la
documentación que compruebe el gasto efectuado, misma
que deberá cumplir
Legislación Fiscal. d e Ga s t o s p o r t r a s l a d o y v i á t i c o s , l o s c o m p r o b a n t e s
d e b i d a m e n t e o r d e n a d o s ,
comisionado; en su caso copia de diplomas o constancias de
participación; u otros documentos que amparen su comisión. También se incluirá un informe breve de la comisión realizada,
lo cual
b) Para comisiones en el interior del Estado por un tiempo
mayor a 24 horas. IMPORTE TARIFA
DIARIA
con los requisitos establecidos en la
Se anexará al formato de Comprobación
PERSONAL
CONCEPTO
De $1,000.00 a
1,800.00
p e g a d o s
y
f i r m a d o s
p o r
e l
Magistrados
Viáticos
Contralor, Secretario
General y Directores
De $750.00 a
1,800.00
Viáticos
se insertará en un formato adecuado. b).-Los comprobantes de gasto deberán apegarse a las
disposiciones
requisitos establecidos en la Legislación Fiscal. Personal Jurisdiccional y
Administrativo. De $750.00 a
1,100.00
Viáticos
en materia de deducibilidad conforme a los
SABADO 17 DE MARZO DE 2018
4
c).-La documentación comprobatoria de hospedaje, deberá
contener la descripción de los días de ocupación y deberá
contener el nombre del servidor público comisionado. Finanzas, dentro de los cinco días hábiles siguientes al último
día de la comisión. Lo anterior sin perjuicio de lo previsto en el punto 12 inciso e). d).-El servidor público comisionado deberá presentar ante la
Dirección de Administración y Finanzas, dentro de los cinco
días hábiles siguientes al último día de la comisión, el formato
de Comprobación de Gastos por traslado y viáticos con sus
anexos. 14.-CASOS NO PREVISTOS. Los casos no previstos en el presente Manual, serán sujetos
de l a nál isi s e interp retaci ón del Pl eno de este Órga no
Jurisdiccional. e).-Si pasado ese lapso el comisionado no presenta la
documentación comprobatoria o no realiza el reembolso, la
Dirección de Administración y Finanzas procederá a requerir
por escrito para que en dos días más cumpla con dicha
comprobación y el respectivo reembolso; y en caso de persistir
dicha circunstancia, se procederá a solicitar a la Dirección de
Recursos Humanos el descuento de los importes adeudados
en la nómina respectiva. TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese debidamente este Manual. SEGUNDO.- La Vigencia de aplicación corresponderá al
ejercicio fiscal del año 2018. Dado y Aprobado por unanimidad de votos de los Magistrados
en sesión de Pleno del
Estado de fecha 1 de marzo del
f).-Tratándose de consumo de alimentos, no se aceptarán
facturas por conceptos de bebidas alcohólicas, cigarros,
propinas y otros similares. Tribunal de Justicia Administrativa del
2018. LA SECRETARIA GENERAL DE ACUERDOS DEL TRIBUNAL
DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE SAN LUIS POTOSI
F I
CONSTAN DE 09 FOJAS UTILES POR SOLO UNO DE SUS
LADOS Y CONCUERDAN FIELMENTE EN TODOS Y CADA UNA
DE SUS PARTES CON LOS ORIGINALES QUE OBRAN EN EL
L I B RO
EXTRAORDINARIAS DE ESTE TRIBUNAL DEL AÑO 2018; CUALES SE CERTIFICAN
DISPUESTO EN EL ARTICULO 51 FRACCION IX DE LA LEY
ORGANICA DE ESTE TRIBUNAL,
SU PUBLICACION EN EL PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO
DE SAN LUIS POTOSI. A LOS DOCE DIAS DEL MES DE MARZO DEL 2018.-
g).-Tampoco se aceptarán comprobantes de gastos en lugares
y fechas distintas a las establecidas en la comisión. Si por
alguna razón se suspende la salida del comisionado, éste
deberá reintegrar de inmediato los recursos otorgados. C E R T I
C A: QUE LAS PRESENTES COPIAS FOTOSTATICAS
h).-En el caso de viáticos para cubrir peajes o derechos por
uso de carretera, pasajes y combustible, se determinará su
procedencia por el destino y/o duración de la comisión, que
se cubrirán con recursos
tabuladores de viáticos. D E
A CTA S
D E
P L E N O
OR D I N A R IA S Y
LAS
DE CONFORMIDAD CON LO
adicionales a los que marcan los
PARA SER REMITIDAS PARA
i).-Así mismo, cuando la comisión de trabajo corresponda a
un evento donde las tarifas del lugar sean superiores a las de
las presentes políticas, se considerarán procedentes por las
características del trabajo a desarrollar. EN LA CIUDAD DE SAN LUIS POTOSI
DOY FE. SECRETARIA GENERAL DE ACUERDOS
DEL TRIBUNAL ESTATAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE
SAN LUIS POTOSI
j).- No procederá el pago de viáticos relativos al concepto de
hospedaje por comisiones a desarrollar dentro del perímetro
que corresponda al municipio de adscripción laboral, o que
en total implique un desplazamiento menor a 100 kilómetros,
salvo que por necesidades del servicio o por causas de fuerza
mayor, deba permanecer en el lugar, para lo que deberá
otorgarse, en todo caso, la autorización del superior jerárquico. LICENCIADA LAURA DEL CASTILLO MARTINEZ
(Rúbrica)
Juan Ramiro Robledo Ruiz
Magistrado Presidente
(Rúbrica)
k).- La autorización de viáticos por montos distintos a los
señalados como máximos, se otorgarán previa solicitud del
superior jerárquico del área que requiera la Comisión, y con
el visto bueno del Magistrado Presidente y del Director de
Administración y Finanzas, que permitan una validación
presupuestal, considerando siempre las medidas para el uso
eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos
Ma. Eugenia Reyna Mascorro
Magistrada
(Rúbrica)
Manuel Ignacio Varela Maldonado
Magistrado
(Rúbrica)
13. REEMBOLSO. Diego Amaro González
Magistrado
(Rúbrica)
En caso de que la comprobación presentada resulte menor a
los viáticos otorgados, el comisionado deberá reintegrar los
recursos remanentes a la Dirección de Administración y



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad7823828D3B79F67F862582A80077A44FCreado el 06/10/2018 03:59:52 PM
Carátula de registro7EC24EAB2D89FE20862582A80078A0EFAutorteja slp
Registro8CFB841236750CBB862582A80078D67ETipo de documento3 Hipervínculo




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de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
derecho de acceso a la información púbica.
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San Luis Potosí, S.L.P. México
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