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Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí | |
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| Sujeto Obligado |  | cegaip slp |
 |  | Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí |  |  |  |
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| Periodo |  |
| 12 Diciembre |  | 2017 |
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| Obligación |  | Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención, hasta su total cumplimiento. |
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| Obligación específica. |  |  |  |  |  |
 |  | Las resoluciones y laudos que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio. |
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| A ) Artículo |  | 84 |  |  |  |
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| B ) Fracción |  | XLIII |  |  |  |
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| C ) Inciso |  | |  |  |  |
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Hipervínculo |
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 |  | Para Consultar el documento |  |  |  |
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Acceso directo: RR-632-2017-2 VS. SEGE- SEER- BECENE.doc |
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| Hipervinculo |  |  |  |  |  |
| http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018.nsf/nombre_de_la_vista/E7798D8518301358862582100066C3AB/$File/RR-632-2017-2+VS.+SEGE-+SEER-+BECENE.doc |
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| Visor de Datos abiertos |  | Datos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08 |
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RECURSO DE REVISIÓN 632/2017-2. COMISIONADO PONENTE: PAULINA SÁNCHEZ PÉREZ DEL POZO. ENTE OBLIGADO: GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Y OTROS. San Luis Potosí, San Luis Potosí. Acuerdo del Pleno de la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública, correspondiente a la Sesión Ordinaria de 06 seis de diciembre de 2017 dos mil diecisiete. VISTOS, para resolver, los autos del recurso de revisión identificado al rubro; y R E S U L T A N D O: PRIMERO. Solicitud de acceso a la información pública. El 10 diez de julio de 2017 dos mil diecisiete, el hoy recurrente solicitó a la Secretaría de Educación de Gobierno del Estado, lo siguiente: “Los libros de Ingresos y Egresos de los Planteles educativos de Educ. Preescolar, los que dicen ser (61) Sesenta y uno en total y que pertenecen a los Departamentos de Educ. Preescolar Nos.1 y 2 de la Dirección del S.E.E.R., perteneciente a la S.E.G.E a su cargo (…) debiendo anexar los Planes de Trabajo de las Asociaciones de Padres de Familia los que son presentados en la ASAMBLEA para determinar la cantidad que debe IMPONERSE a cada Padres de Familia (…) en los Libros se encontraran los Ciclos escolares del 2013-2014, 20104-2015,2015-2016 y 2016-2017, asi como las Entregas y Recepciones de las Mesas Directivas de las Asociaciones citadas. El libro de las Actas o Recopilación de las Actas en caso de NO EXISTIR LIBRO, en donde se encuentren asentados los REGISTROS documentados de todos y cada uno de los EXAMENES EXTRAORDINARIOS que han presentado los alumnos-as Reprobados- Irregulares de la BECENE durante los Semestres de los Ciclos escolares: 2013-2014, 2014-2015, 2015-2016 y 2016-2017. Solicito Acceso a los Listados, Relaciones, Nombramientos que ha emitido y firmado el Director de la BECENE, designando a docentes para que apliquen los Examenes Extraordinarios a los alumnos Reprobados, NOMBRAMIENTOS EN LOS QUE SE ENCUENTRAN LOS NOMBRES DE LOS ALUMNOS…. Solamente el Nombre del Presidente y Secretario, esto de Semestres de los Ciclos escolares;2013-2014, 2014-2015, 20015-2016 y 2016-2017 y me refiero a las Licenciaturas existentes en la BECENE. La documentación oficial con la que la Dirección del S.E.E.R., la Dirección de Planeación y Evaluación, Depto. De Estadísticas, Jefatura del Depto. De Educ. Preescolar No.2, (…) la Directora del Plantel de Educ. Preescolar (Jardín de Niños) comprueben, respalden, sustenten, justifiquen y mas….que el documento nombrado como: “REPORTE DE RECURSOS HUMANOS DE LOS PLANTELES OFICIALES DEL S.E.E.R…. También deberá documentarse si el servidor publico de NOMBRE:BRONDO SALGADO FAUSTO, aun labora y se desempeña en su función o Plaza: OMS, en ese Centro Educativo a la fecha de HOY… en caso de haber causado BAJA solicito toda la documentación que lo acredite y donde LABORA actualmente…… asi como antigüedad Comprobada a partir del AÑO: 2009 a la fecha. Solicito el Acceso y mas de todos los REPORTES DE RECURSOS HUMANOS DEL PERSONAL DE PLANTELES OFICIALES, que en la parte superior dice: Direccion de Planeacion y Evaluacion, en la parte superior derecha dice: FORMATOS, SEER-RH-PREESCOLAR, OFICIALES y la parte superior izquierda dice: S.E.E.R., del Jardin de Niños “MARGARITA REYES” (…) dichos Reportes deben ser de los AÑOS:2013-2014, 2014-2015, 2015-2016 Y 2016-2017.” (sic). SEGUNDO. Respuesta a la solicitud de acceso a la información pública. El 24 veinticuatro de agosto de 2017 dos mil diecisiete, la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, notificó al solicitante a través de los estrados los oficios DPE/DE/057/2017, signado por la Jefa del Departamento de Estadística, DSE/SEB/DPREES1/408/2016-2017, signado por la Jefa del Departamento de Educación Preescolar, DSE/SEB/DPREES2/136/2017-2018, signado por la Jefa del Departamento de Educación Preescolar 2, oficio DG-068/2017-2018 signado por el Director General de la Benemérita y Centenaria Escuela Normal del Estado y el oficio DSA/1200/2017, signado por la Directora de Servicios Administrativos , a través de los cuales dio respuesta a su escrito de solicitud de información, (visible a fojas 8 a 29 de autos). TERCERO. Interposición del recurso. El 11 once de septiembre de 2017 dos mil diecisiete, el solicitante de la información interpuso el recurso de revisión por estar inconforme con la respuesta del sujeto obligado a su solicitud de acceso a la información pública mencionada en el punto anterior, por medio del cual señaló como inconformidad lo siguiente: “(…) Con fecha 25-AGOSTO-2017, recibí notificación de la Unidad de SEGE, con cinco (5) oficios anexos y son: 1. PRIMERO: DPE-DE-057-2017 de 18-JULIO-2017, dirigido al suscrito y firmado por la Jefa del Depto. De Estadísticas del SEER, quien remitió la información solicitada y ESTOY CONFORME Y SATISFECHO. 2. SEGUNDO: DSE-SEB-DPREES-1-408-2016-2017. De 19-jul-2017, dirigido al suscrito y firmado por la Jefa del Depto. De Educ. Preescolar No. UNO, quien entrego y documenta información INCOMPLETA: Dice: Los Directivos remitieron la información…. NO DICE A DONDE LA REMITIERON. Dice: Se pone a disposición la Información en las Instalaciones de los planteles, pero NO proporciona la totalidad de los domicilios, como se puede ver en los doctos. que anexo. Según la Inf. Pub. Que dice poner a disposición, son el total 16,472 fojas, el suscrito NO solicito Copias sino el Acceso y Consulta. 3. TERCERO: DSE-SEB-DPREES-2-136-2016-2017 de 18-JULIO-2017, dirigido al suscrito y firmado por la Jefa del Depto. De Educ. Preescolar No.2. DOS Quien dice presenta información INCOMPLETA, su número de Planteles es dudoso……si son 28 o 29 Planteles, dice son: 9,293 Copias, el suscrito NO solicite Copias sino Acceso y consulta y decidiré cómo será la reproducción…(sic)
4. CUARTO: DG-068-2017-2018 de 21-AGOSTO-2017, dirigido al suscrito y firmado por el director de la BECENE, quien dice: Poner a disposición 1,308 fojas de las Actas…Pero FALTO el libro de Actas donde se Registran las Actas de los Exámenes Extraordinarios…. Al igual FALTO: La documentación de los docentes PARA NO RESGUARDAR, ARCHIVAR Y MAS…. Los EXAMENES ESTRAORDINARIOS que aplican a los alumnos Reprobados, por lo que la INFORMACION RESULTO INCOMPLETA, se NEGO Y NO SE PERMITIO EL ACCESO A LA INFORMACION. Dice: Que los Listados y los Nombramientos están disponibles y acudiré a consultar y acceder, informaré. 5. QUINTO: DSA-1200-2017 de fecha 21-AGOSTO-2017, dirigido al suscrito y firmado por la directora de Servs. Administrativos del S.E.E.R., quien dice: Poner a disposición 399 fojas, sobre los Libros de los Planteles de las Asociaciones de Padres de Familia y 03 fojas del servidor público de un Jardín de Niños del cual dice su desempeño laboral. Acudiré a consultar las Fojas e informare al Órgano Garante.” (sic). CUARTO. Trámite del recurso de revisión ante esta Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública. Mediante auto de 12 doce de septiembre de 2017 dos mil diecisiete, la Presidencia de esta Comisión de Transparencia tuvo por recibido el recurso de revisión por lo que se asignó el número RR-632/2017-2, al aludido recurso y, por razón de turno, toco conocer a la ponencia de la Licenciada Paulina Sánchez Pérez del Pozo, por lo que se le turnó dicho expediente para que procediera, previo su análisis, a su admisión o desechamiento según fuera el caso. QUINTO. Auto de admisión y trámite. El 20 veinte de septiembre de 2017 dos mil diecisiete, el Comisionado Ponente acordó la admisión del recurso de revisión interpuesto por el recurrente, contra actos del GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, A TRAVÉS DEL SECRETARIO Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, ASÍ COMO DEL SISTEMA EDUCARIVO ESTATAL REGULAR, A TRAVÉS DE LA DIRECTORA GENERAL, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DE LA JEFA DEL DEPARTAMENTO DE ESTADÍSTICA, DE LA JEFA DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN PREESCOLAR 1, DE LA JEFA DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN PREESCOLAR 2 Y DE LA DIRECTORA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS AL IGUAL QUE EL DIRECTOR GENERAL DE LA BENEMÉRITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO, por actualizarse las hipótesis establecidas en las fracciones I y XI del artículo 167 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado. Se puso a disposición de las partes el expediente para que en un plazo máximo de 7 siete días manifestaran lo que a su derecho conviniera –ofrecer pruebas y alegar–. Por lo tanto, el ponente apercibió al sujeto obligado de que en caso de ser omisas para manifestar lo que a su derecho conviniera respecto del presente recurso se aplicarían en su contra las medidas de apremio previstas en el artículo 190, fracción I, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado. SEXTO. Rendición del informe del sujeto obligado. El 05 cinco de octubre de 2017 dos mil diecisiete, el comisionado ponente tuvo por recibido cinco oficios, el primero de ellos sin número, el segundo oficio DSA/1506/2017, el tercer oficio DPE/DE/012/2017, el cuarto oficio DG/266/2017-2018 y el último de ellos UT-1500/2017, signados respectivamente por el C. Francisco José Gerardo Pinilla Llaca, Titular de la Unidad de Transparencia del Sistema Educativo Estatal Regular, C. María Cristina Turrubiartes Hernández, Directora de Servicios Administrativos del Sistema Educativo Estatal Regular, C. Angélica María Martínez Márquez, Jefa del Departamento de Estadística del Sistema Educativo Estatal Regular, C. Francisco Hernández Ortiz, Director General de la Benemérita y Centenaria Escuela Normal del Estado y C. Jazmín Alejandra Torres Guevara, Titular de la Unidad de Transparencia de la Secretaria de Educación de Gobierno del Estado., por lo que esta Comisión los tuvo al sujeto obligado por realizando en tiempo y forma las manifestaciones que a su derecho convino. Asimismo, en el contexto del mismo proveído se decretó la ampliación del plazo para resolver el presente recurso de revisión. Con fecha 19 diecinueve de octubre de 2017 dos mil diecisiete, esta Comisión tuvo por recibido 07 siete oficios, el primero y sexto de ellos sin número, este último, remitido en alcance al primero de los citados, el segundo oficio DPE/DE/017/2017, el tercer oficio DPE/DE/018/2017, este remitido en alcance al segundo de los citados, el cuarto oficio DSE/SEB/DPREES2/030/2017-2018, el quinto oficio DSE/SEB/DPREES1/054/2017-2018 y, el último de ellos UT-1608/2017, signados respectivamente por el C. Francisco José Gerardo Pinilla Llaca, Titular de la Unidad de Transparencia del Sistema Educativo Estatal Regular, C. Angélica María Martínez Márquez, Jefa del Departamento de Estadística, C. María Eugenia Rodríguez Vélez, Jefa del Departamento de Educación Preescolar 2, C. María Juana Loredo Chávez, Jefa del Departamento de Educación Preescolar 1 y C. Jazmín Alejandra Torres Guevara, Titular de la Unidad de Transparencia de la Secretaria de Educación de Gobierno del Estado, en los que se les tuvo por haciendo las manifestaciones que a su derecho convino, por lo que en el contexto del mismo proveído se ordenó remitir de nueva cuenta el presente expediente a efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente y, C O N S I D E R A N D O PRIMERO. Competencia. Esta Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública es competente para conocer del presente asunto, de acuerdo con los artículos 6, párrafo cuarto, apartado A, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 17, fracción III, párrafo tercero, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí; 27, primer párrafo, 34, fracciones I y II, 35, fracción I, y 175 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de este Estado. SEGUNDO. Procedencia. El presente recurso de revisión es procedente en términos del artículo 166 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado ya que el recurrente se inconforma por la respuesta a su solicitud de acceso a la información pública por parte del sujeto obligado. TERCERO. Caso Concreto. En razón de lo solicitado y para efectos de claridad, a continuación se presenta un cuadro en el que se transcribe los contenidos de información requeridos, la respuesta de la entidad y el acto reclamado: SOLICITUD RESPUESTA INCONFORMIDAD
Los libros de Ingresos y Egresos de los Planteles educativos de Educ. Preescolar, los que dicen ser (61) Sesenta y uno en total y que pertenecen a los Departamentos de Educ. Preescolar Nos.1 y 2 de la Dirección del S.E.E.R., perteneciente a la S.E.G.E a su cargo (…) debiendo anexar los Planes de Trabajo de las Asociaciones de Padres de Familia los que son presentados en la ASAMBLEA para determinar la cantidad que debe IMPONERSE a cada Padres de Familia (…) en los Libros se encontraran los Ciclos escolares del 2013-2014, 20104-2015,2015-2016 y 2016-2017, asi como las Entregas y Recepciones de las Mesas Directivas de las Asociaciones citadas. MEDIANTE OFICIO DSE/SEB/DPREES1/408/2016-2017, LA JEFA DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN PREESCOLAR RESPONDIO AL SOLICITANTE DE LA SIGUIENTE MANERA: “Por lo que una vez que los Directivos remitieron la información en el formato existente en sus archivos que en caso es de manera física y que se describe en relación anexa. La información se pone a su disposición en las instalaciones de la Dirección y domicilio de los planteles mencionados, debiéndose dirigir con los servidores públicos que se menciona en relación adjunta, que lo atenderá en el acceso a la información, en un horario de 08:30 a 12:30, de lunes a viernes del Calendario Escolar 2017-2018. Una vez mencionado lo anterior el solicitante determinará la eventual reproducción y previa comprobación del pago realizado en cualquier sucursal del Grupo financiero Banorte con número de cuenta 0439673017 y clave interbancaria 07270000439630172, se realizara la reproducción y se le proporcionara la copia correspondiente.”
MEDIANTE OFICIO DSE/SEB/DPREES2/136/2016-2017, LA JEFA DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN PREESCOLAR 2 RESPONDIO AL SOLICITANTE DE LA SIGUIENTE MANERA: -Puso a su disposición la información, señalando domicilio, horario y nombre de la persona que lo atenderá. MEDIANTE OFICIO DSA/1200/2017, LA DIRECTORA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS RESPONDIO AL SOLICITANTE DE LA SIGUIENTE MANERA: “…le informo que dichos libros de ingresos y egresos de los planteles educativos son generados y elaborados por ellos mismos, motivo por el cual se encuentran en resguardo en sus instalaciones, en ese entendido quienes pueden poner a su disposición la documentación solicitada son los mismos planteles educativos pertenecientes a los departamentos de educación preescolar que usted señala: sin embargo, obedeciendo el principio de máxima publicidad se pone a su disposición, la documentación con la que cuenta el Departamento de Recursos Humanos, misma que consta de “las revisiones que realiza el Departamento de Recursos Financieros a los libros de ingresos y egresos de los Planteles de Educación Preescolar de los ciclos escolares del 2013-2014, 2014-2015, 2015-2016 y 2016-2017” misma información que se encuentra contenida en (399) trescientas noventa y nueve fojas, correspondiente a la información con la que cuenta el Departamento de Recursos Fi |
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| Criterios adjetivos de actualización, de formato y de confiabilidad |  |  |  |
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| Fecha de validación |  | 09/01/2018 |  |  |  |
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| Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) información respectiva y son responsables de publicar y actualizar la información |  | PONENCIA 2 |  |
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| Fecha de actualización |  | 09/01/2018 |  |  |  |
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