Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadocegaip slp
Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí

Periodo
11 Noviembre2017

ObligaciónLas recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención, hasta su total cumplimiento.

Obligación específica.
Las resoluciones y laudos que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio.

A ) Artículo84

B ) FracciónXLIII

C ) Inciso


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RECURSO DE REVISIÓN 583-17-1 VS finanzas.pdf

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http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018.nsf/nombre_de_la_vista/76E9EF6D86CD0D60862581E70054B33F/$File/RECURSO+DE+REVISIÓN++583-17-1+VS+finanzas.pdf




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RECURSO DE REVISIÓN 583/2017-1 COMISIONADO PONENTE: MTRO. ALEJANDRO LAFUENTE TORRES MATERIA: ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA ENTE OBLIGADO: GOBIERNO DEL ESTADO A TRAVÉS DE SECRETARIA DE FINANZAS. San Luis Potosí, San Luis Potosí. Acuerdo del Pleno de la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública, correspondiente a la sesión del 21 de noviembre de 2017 dos mil diecisiete. VISTOS, para resolver, los autos del recurso de revisión identificado al rubro; y
RESULTANDO: PRIMERO. Solicitud de acceso a la información pública. Según consta en la Plataforma Nacional de Transparencia en el folio 00480917 cero, cero, cuarenta y ocho mil novecientos diecisiete, el 14 catorce de agosto de 2017 dos mil diecisiete la SECRETARIA DE FINANZAS recibió una solicitud de acceso a la información pública en donde se le pidió la información siguiente : Detalle de adquisiciones realizadas con recursos del Fideicomiso Fondo de Desastres naturales (FONDEN) en el periodo enero de 2011 a agosto de 2017, en las que se especifiquen los siguientes rubros: 1.Tipo de adquisición (Licitación Pública, Invitación a cuando menos tres proveedores o adjudicación directa), 2.Monto del Contrato o adquisición, 3. Fecha de Licitación o adjudicación, dependiendo del caso, 4.Concepto de los bienes o servicios adquiridos, 5.Nombre o razón social del proveedor, RFC y nombre del representante legal”. SEGUNDO. Respuesta a la solicitud de acceso a la información pública. El dieciocho de agosto de dos mil diecisiete el sujeto obligado notificó al solicitante, por el mismo medio electrónico, la respuesta a la solicitud de acceso a la información pública, misma que es como sigue: Se orienta al peticionario a efecto de que dirija su solicitud a la Dirección General de Protección Civil perteneciente a Secretaría General de Gobierno del Estado ubicada en Lago Danés S/N Fracc. Los Lagos, Carretera Querétaro -San Luis Potosí Km 188.8 Delegación Villa de Pozos San Luis Potosí; S.L.P. México. Tel +52 (444) 8337338 y 8143028”. TERCERO. Interposición del recurso. El 04 cuatro de septiembre de dos mil diecisiete, con el mismo registro de la solicitud de información, a través del Sistema de Gestión de Medios de Impugnación de la Plataforma Nacional de Transparencia, el solicitante de la información interpuso recurso de revisión en contra de la respuesta a su solicitud de acceso a la información pública mencionada en el punto anterior, mismo que el mismo día quedó presentado ante la Oficialía de Partes de esta Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública. CUARTO. Trámite del recurso de revisión ante esta Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública. Mediante auto de 05 cinco de septiembre del 2017 dos mil diecisiete la presidencia de esta Comisión de Transparencia tuvo por recibido el recurso de revisión, por lo que, por razón de turno, tocó conocer a la ponencia del Maestro Alejandro Lafuente Torres por lo que se le mandó dicho expediente para que procediera, previo su análisis, a su admisión o desechamiento según fuera el caso. QUINTO. Auto de admisión y trámite. Por proveído de once de septiembre de 2017 dos mil diecisiete la Comisionado Ponente: • Registró en el Libro de Gobierno el presente expediente como RR-583/2017-1 SIGEMI. • Admitió a trámite el presente recurso de revisión. • Tuvo como sujeto obligado a GOBIERNO DEL ESTADO POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE FINANZASDE SAN LUIS POTOSÍ, a través de su TITULAR y del TITULAR de la UNIDAD DE TRANSPARENCIA. • Se le tuvo al recurrente por señalada dirección electrónica para oír notificaciones. • Se puso a disposición de las partes el expediente para que en un plazo máximo de 7 siete días manifestaran lo que a su derecho conviniera –ofrecer pruebas y alegar–. Asimismo, en ese auto la ponente expresó que el sujeto obligado debería informar a esta Comisión de Transparencia si la información que le fue solicitada: • Su contenido, calidad y si se cuenta en la modalidad solicitada. • Si los documentos en los que conste la información -entendiendo documento como se establece en el artículo 3 fracción XIII de la Ley de Transparencia-, se encuentran en sus archivos. • Si tiene la obligación de generar, o bien obtuvo, posee, transforma o mantiene en posesión la información solicitada; y para el caso que manifieste no contar la obligación de generar o poseerla, deberá fundar y motivar las circunstancias que acrediten tal circunstancia. • Las características físicas de los documentos en los que conste la información. • Si se encuentra en bases de datos según lo establecido en el artículo 150 de la Ley de Transparencia. • Si se actualiza algún supuesto de excepción de derecho de acceso a la información, y para efecto deberá fundar y motivar su dicho y apegarse a lo establecido en el artículo 160 de la Ley de Transparencia. • En caso de que la información actualice algún supuesto de reserva, deberá agregar al informe solicitado la citada información de conformidad con lo establecido en el artículo 172 de la Ley de Transparencia. Por lo tanto, el ponente apercibió a las autoridades de que en caso de ser omisas para manifestar lo que a su derecho conviniera respecto del presente recurso se aplicarían en su contra las medidas de apremio previstas en el artículo 190, fracción I, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado. Por otra parte, el ponente ordenó el traslado a las autoridades con la copia simple del recurso de revisión; se les requirió a éstas para que remitieran copia certificada del nombramiento que los acreditara como tales; para que señalaran personas y domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad; y que una vez, que sea decretado el cierre de instrucción no se atendería la información que fuese enviada. SEXTO. Informe de los sujetos obligados y auto de ampliación del plazo para resolver el presente recurso. Por proveído de 28 veintiocho de septiembre de 2017 dos mil diecisiete el ponente del presente asunto tuvo: • Por recibido el oficio firmado por el TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA del sujeto obligado. • Por reconocida su personalidad. • Por rendido en tiempo y forma sus alegaciones. • Por expresados los argumentos relacionados con el presente asunto. • Por ofrecidas las documentales que acompaña
• Por señalado persona y domicilio para oír y recibir notificaciones. Por lo que toca la parte recurrente, se le tuvo por omiso en realizar las manifestaciones que a su derecho convino. Por otra parte, el ponente declaró cerrado el periodo de instrucción y procedió a elaborar el proyecto de resolución respectivo. Finalmente, el veintitrés de octubre de dos mil diecisiete, el ponente en cumplimiento a los acuerdos CEGAIP-198/2016 y CEGAIP-199/2016 del 14 catorce de julio de 2016 dos mil dieciséis amplió el plazo para resolver el presente asunto y, CONSIDERANDO PRIMERO. Competencia. Esta Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública es competente para conocer del presente asunto, de acuerdo con los artículos 6, párrafo cuarto, apartado A, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 17, fracción III, párrafo tercero, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí; 27, primer párrafo, 34, fracciones I y II, 35, fracción I, y 175 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de este Estado. SEGUNDO. Procedencia. El presente recurso de revisión es procedente en términos del artículo 166 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado ya que el recurrente se inconforma por la respuesta a su solicitud de acceso a la información pública por parte del sujeto obligado. TERCERO. Legitimación. El recurrente se encuentra legitimado para interponer el recurso de revisión, ya que fue él quien presentó la solicitud de acceso a la información pública y la respuesta a ésta es precisamente a aquél quien le pudiera deparar perjuicio. CUARTO. Oportunidad del recurso. La interposición del escrito inicial del recurso de revisión fue oportuna al presentarse dentro del plazo de quince días a que se refiere el artículo 166 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, como se expone a continuación: • El 18 dieciocho de agosto de 2017 dos mil diecisiete el solicitante de la información fue notificado de la respuesta a su solicitud. • Por lo tanto, el plazo de los quince días hábiles para interponer el recurso de revisión transcurrió del día 21 veintiuno de agosto del 2017 dos mil diecisiete al 11 once de septiembre de dos mil diecisiete. • Se deben de descontar de dicho cómputo por ser inhábiles los días 19 diecinueve, 20 veinte, 25 veinticinco, 26 veintiséis, 27 veintisiete de agosto, 02 dos, 03 tres, 09 nueve y 10 diez de septiembre de 2017 dos mil diecisiete. • Consecuentemente si el 04 cuatro de septiembre de 2017 dos mil diecisiete el recurrente interpuso el citado medio de impugnación ante esta Comisión de Transparencia, resulta claro que es oportuna su presentación. QUINTO. Certeza del acto reclamado. Es cierto lo que se le reclama a los entes obligados en virtud de que el TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA del sujeto obligado así lo reconoció en el informe que rindió ante esta Comisión de Transparencia. Lo mismo sucede para el TITULAR de la SECRETARÍA DE FINANZAS, es decir, se le tiene por cierto lo que se le reclama en virtud de que la solicitud de acceso a la información pública fue dirigida en la Plataforma Nacional de Transparencia a la Secretaría de Finanzas. SEXTO. Cosa Juzgada, sus elementos y caso concreto. Previo a emitir un pronunciamiento directo a las inconformidades hechas valer por el inconforme, es necesario precisar que esta Comisión advierte que la información requerida guarda identidad con una solicitud que ya fue motivo de estudio por esta Comisión mediante la resolución definitiva que se dictó dentro del expediente RR-582/2017-3; por lo tanto, se procederá a determinar si efectivamente existe dicha identidad, conforme lo siguiente: Figura 1.0
RECURSO 582/2017-3 583/2017-1
Numero de folio de solicitud 00480717 00480917
Información solicitada Detalle de adquisiciones realizadas con recursos del Fideicomiso Fondo de Desastres naturales (FONDEN) en el periodo enero de 2011 a agosto de 2017, en las que se especifiquen los siguientes rubros: 1.Tipo de adquisición (Licitación Pública, Invitación a cuando menos tres proveedores o adjudicación directa), 2.Monto del Contrato o adquisición, 3. Fecha de Licitación o adjudicación, dependiendo del caso, 4.Concepto de los bienes o servicios adquiridos, 5.Nombre o razón social del proveedor, RFC y nombre del representante legal”. Detalle de adquisiciones realizadas con recursos del Fideicomiso Fondo de Desastres naturales (FONDEN) en el periodo enero de 2011 a agosto de 2017, en las que se especifiquen los siguientes rubros: 1.Tipo de adquisición (Licitación Pública, Invitación a cuando menos tres proveedores o adjudicación directa), 2.Monto del Contrato o adquisición, 3. Fecha de Licitación o adjudicación, dependiendo del caso, 4.Concepto de los bienes o servicios adquiridos, 5.Nombre o razón social del proveedor, RFC y nombre del representante legal”. Respuesta Otorgada Se orienta al peticionario a efecto de que dirija su solicitud a la Dirección General de Protección Civil perteneciente a Secretaría General de Gobierno del Estado ubicada en Lago Danés S/N Fracc. Los Lagos, Carretera Querétaro -San Luis Potosí Km 188.8 Delegación Villa de Pozos San Luis Potosí; S.L.P. México. Tel +52 (444) 8337338 y 8143028”. Se orienta al peticionario a efecto de que dirija su solicitud a la Dirección General de Protección Civil perteneciente a Secretaría General de Gobierno del Estado ubicada en Lago Danés S/N Fracc. Los Lagos, Carretera Querétaro -San Luis Potosí Km 188.8 Delegación Villa de Pozos San Luis Potosí; S.L.P. México. Tel +52 (444) 8337338 y 8143028”. Recurrente El mismo en ambas solicitudes. El mismo en ambas solicitudes. Acto impugnado Se me informó que la información es inexistente, sin embargo, requiero que se me oriente de qué dependencia es la que puede atender mi solicitad ya que todas las compras gubernamentales requieren de un proceso licitatorio y, en su defecto, de un contrato”. Se me informó que la información es inexistente, sin embargo, requiero que se me oriente de qué dependencia es la que puede atender mi solicitad ya que todas las compras gubernamentales requieren de un proceso licitatorio y, en su defecto, de un contrato”. Fecha de resolución 20 de octubre de 2017 En trámite. 1. El 14 catorce de agosto de dos mil diecisiete, se presentó a través de la Plataforma Nacional de Transparencia una solicitud de información a la SECRETARÍA DE FINANZAS, a la cual se le asignó el número de folio 00480717, y consistió la petición del solicitante en lo siguiente: “Detalle de adquisiciones realizadas con recursos del Fideicomiso Fondo de Desastres naturales (FONDEN) en el periodo enero de 2011 a agosto de 2017, en las que se especifiquen los siguientes rubros: 1.Tipo de adquisición (Licitación Pública, Invitación a cuando menos tres proveedores o adjudicación directa), 2.Monto del Contrato o adquisición, 3. Fecha de Licitación o adjudicación, dependiendo del caso, 4.Concepto de los bienes o servicios adquiridos, 5.Nombre o razón social del proveedor, RFC y nombre del representante legal”. El mismo día, se presentó a través de la Plataforma Nacional de Transparencia una solicitud de información a la SECRETARÍA DE FINANZAS a la cual se le asignó el número de folio 00480917, y consistió la petición del solicitante en lo siguiente: “Detalle de adquisiciones realizadas con recursos del Fideicomiso Fondo de Desastres naturales (FONDEN) en el periodo enero de 2011 a agosto de 2017, en las que se especifiquen los siguientes rubros: 1.Tipo de adquisición (Licitación Pública, Invitación a cuando menos tres proveedores o adjudicación directa), 2.Monto del Contrato o adquisición, 3. Fecha de Licitación o adjudicación, dependiendo del caso, 4.Concepto de los bienes o servicios adquiridos, 5.Nombre o razón social del proveedor, RFC y nombre del representante legal”. 2. Ahora, en contra de las respuestas recaídas a las citadas solicitudes de información, el día 04 cuatro de septiembre de 2017 dos mil diecisiete, el solicitante de la información interpuso recursos de revisión ante esta Comisión de Transparencia, mismos que, una vez turnado por presidencia, correspondieron como sigue: de la solicitud de información con folio 00480717 quedo registrada como recurso de revisión RR-582/2017-3 ponencia de la Comisionado Claudia Elizabeth Avalos Cedillo, y la solicitud de información 00480917 materia del presente recurso de revisión correspondió a la Ponencia del Comisionado Alejandro Lafuente Torres y quedo registrada con numero de recurso de revisión RR-583/2017-1 3. El dieciocho de agosto de dos mil diecisiete, el sujeto obligado dio respuesta al solicitante a través de la Plataforma, en ambas solicitudes, la misma respuesta, que es como sigue: “Se orienta al peticionario a efecto de que dirija su solicitud a la Dirección General de Protección Civil perteneciente a Secretaría General de Gobierno del Estado ubicada en Lago Danés S/N Fracc. Los Lagos, Carretera Querétaro -San Luis Pot


Criterios adjetivos de actualización, de formato y de confiabilidad

Fecha de validación12/29/2017

Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) información respectiva y son responsables de publicar y actualizar la informaciónPONENCIA 1

Fecha de actualización29/11/2017


Carátula de captura

Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidadB4EAE36E9DB7D986862581E7004EA2ECCreado el 11/29/2017 09:25:09 AM
Carátula de registro5A43A0BADA2E2B9D862581E7004EC5EAAutorcegaip slp
Registro76E9EF6D86CD0D60862581E70054B33FTipo de documento3 Hipervínculo




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
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