Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadocegaip slp
Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí

Periodo
12 Diciembre2017

ObligaciónLas actas y resoluciones del Comité de Transparencia de los sujetos obligados

Obligación específica.
Informe de sesiones del Comité de Transparencia.

A ) Artículo84

B ) FracciónXLVI

C ) Inciso1


Hipervínculo

Para Consultar el documento
Acceso directo:
ACTA 14-12-17.pdf

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018.nsf/nombre_de_la_vista/52A6C52CC705D96A862581FE0066D16E/$File/ACTA+14-12-17.pdf




Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


Acta que se levanta en la ciudad de San Luis Potosí, capital del Estado del mismo nombre, a las12:00docehorasdel día 14 de diciembre de 2017 dos mil diecisiete, en la Sala de Capacitación de la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública (en adelante CEGAIP), ubicada en Cordillera Himalaya No. 605, Lomas Cuarta Sección, Código Postal 78216, en esta ciudad; con motivo de celebrar la Sesión Extraordinaria29/2017, del Comité de Transparencia (en adelante el Comité). En tal sentido, el Licenciado Gabriel Francisco Cortés López, Presidente del Comité de Transparencia, de conformidad con lo estipulado en la fracción IV del artículo 9 del Reglamento Interior del Comité de Transparencia, pasó lista de asistencia, encontrándose presentes: Oscar Villalpando Devo, Director Jurídico de la CEGAIP y vocal del Comité, Licenciado Aram Ezael Rentería Gómez, Director de Datos Personales y vocal del Comité y Ana María Valle Le Vinsón, Titular de la Unidad de Transparencia y Secretaria Técnica del Comité. DESARROLLO DE LA SESIÓN Y ACUERDOS El Presidente del Comité de Transparencia de la CEGAIP, dio la bienvenida a los miembros del comité, y sometió a consideración de los presentes, el siguiente orden del día: 1. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. 2. Aprobación del orden del día. 3. Análisis y en su caso, aprobación de la reserva parcial mediante la elaboración de versiones públicas formulada por la unidad administrativa denominada Dirección de Capacitación, a través de Memorándum DC-0171/2017, de fecha 30 de noviembre de 2017. DESARROLLO DE LOS ASUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA 1. En desahogo de este primer punto, relacionado con la lista de asistencia y verificación del quórum legal, se llega al siguiente: ACUERDO: CT-119/12/2017, Se toma nota que al pasar lista de asistencia se encuentran presentes la totalidad de los integrantes del Comité. 2. En desahogo del segundo punto, relacionado con el análisis, y en su caso, aprobación del orden del día, se llega al siguiente: ACUERDO: CT-120/12/2017, Se aprueba por unanimidad de votos, el Orden del Día de la presente Sesión. 3. En desahogo del tercer punto, relacionado con el análisis y en su caso, aprobación de la petición de la aprobación de la reserva parcialmediante la elaboración de versiones públicas, formulada por la Unidad administrativa denominada Dirección de Capacitación, se llega al siguiente: ACUERDO DE CLASIFICACIÓN DE INFORMACIÓN PÚBLICA. I. La fuente y el archivo donde se encuentra la información. La información se encuentra en las oficinas que ocupa la Dirección de Capacitación de la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública, planta alta del inmueble ubicado en avenida Cordillera Himalaya número 605, Lomas 4ª. Sección, C.P. 78216, San Luis Potosí. S.L.P. II. La fundamentación y motivación del acuerdo. Artículos 114, 117, 118, 120 fracciones I y III, 123, 125, 127, 129 fracción XII de la Ley de Transparencia del Estado de San Luis Potosí; y en los ordinales Primero, Cuarto, Noveno, Trigésimo segundo, Trigésimo Tercero, Quincuagésimo sexto y Quincuagésimo noveno de los Lineamientos generales en materia de clasificación y desclasificación de la información, así como para la elaboración de versiones públicas, divulgados a través del Diario Oficial de la Federación el 15 de abril de 2016, en relación con los diversos ordinales Segundo fracciones XIII, XXXVIII, XXXIX y XLI, Décimo octavo fracción II, Décimo noveno fracción II y Vigésimo cuarto fracciones II y III, de los Lineamientos para la Implementación y Operación de la Plataforma Nacional de Transparencia, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 04 de mayo de 2016. III. El documento, la parte o las partes de los mismos, que se reservan. Se reserva de los oficios con número CEGAIP-017/2017, todos de fecha 16 de enero de 2017, dos campos alfanuméricos, visibles en el folio primero de cada oficio, que conforman la clave de usuario y la contraseña para acceder a la Plataforma Nacional de Transparencia remitida por esa vía a sus destinatarios. IV. El plazo por el que se reserva la información.El plazo de reserva serán de cinco años, plazo en el que, se estima, podrían variar los nombres de usuario y las contraseñas para acceder a la Plataforma Nacional y Estatal de Transparencia. V. La designación de la autoridad responsable de su protección. La persona Titular de la Dirección de Capacitación de la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública. VI. Número de identificación del acuerdo de reserva. El presente Acuerdo de Reserva se identifica con el número ACUERDO: CT-121/12/2017. VII. La aplicación de la prueba del daño. En cumplimiento a lo establecido en el ordinal Trigésimo tercero de los Lineamientos generales en materia de clasificación y desclasificación de la información, así como para la elaboración de versiones públicas, en relación con los artículos 113 fracción XIII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 129 fracción XII de la Ley Estatal de la materia, se funda y motiva la aplicación de la prueba de daño en los términos que siguen: a) La presente reserva parcial de información se apoya en lo dispuesto en el artículo 113 fracción XIII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 29 fracción XII de la Ley Estatal de igual denominación, en relación directa con el ordinal Trigésimo segundo de los Lineamientos generales en materia de clasificación y desclasificación de la información, así como para la elaboración de versiones públicas, así como en los ordinales Segundo fracciones XIII, XXXVIII, XXXIX y XLI, Décimo octavo fracción II, Décimo noveno fracción II y Vigésimo cuarto fracciones II y III, de los Lineamientos para la Implementación y Operación de la Plataforma Nacional de Transparencia, en virtud de que en la especie los oficios en mención contienen las claves de usuario y contraseña otorgadas a los sujetos obligados para el efecto de ingresar la información pública que les atañe tanto en la Plataforma Nacional como en la Plataforma Estatal de Transparencia; claves que de manera expresa el citado ordinal Segundo de los Lineamientos de la Plataforma Nacional, en su fracción XIII, los califica como “elementos de seguridad de la Plataforma Nacional de Transparencia para acceder a los sistemas”. Los Lineamientos que regulan la implementación y operación de la Plataforma Nacional de Transparencia deben considerarse como derivados directamente de una disposición legal para efectos de lo dispuesto en los artículos 113 fracción XIII de la Ley General de Transparencia y 129 fracción XII de la Ley Estatal, en tanto su emisión y alcance se encuentran expresamente establecidos en los artículos 28, 31 fracción VI, 50 y 52 de la propia Ley General. b) La publicidad que se diera a las claves de usuario y contraseña eventualmente podrían generar el riesgo de que terceros ajenos a los sujetos obligados accediesen a las Plataformas Nacional y Estatal de Transparencia, con la capacidad inherente de introducir modificaciones a la información pública en ellas ingresada para su difusión, por lo que la reserva de dichas claves tiene por objeto preservar el interés público existente en mantener la autenticidad, integridad y confiabilidad de la información pública difundida a través de ambas plataformas. c) En tanto la posesión de las claves de usuario y contraseña conllevan la posibilidad real de introducir modificaciones a la configuración de las Plataformas en lo que a los sujetos obligados concierne, se constituye un vínculo directo entre la difusión de la información y el interés público inmerso en la necesidad de mantener la autenticidad, integridad y confiabilidad de la información pública difundida a través de ambas plataformas. d) Como se establece en los antecitados ordinales de los Lineamientos para la Implementación y Operación de la Plataforma Nacional de Transparencia, las claves de usuario y acceso permiten el acceso a la operación de los sistemas que conforman la Plataforma Nacional y, por extensión, la Estatal, lo que implica la posibilidad real y directa de modificar la información pública que a los sujetos obligados concierne difundir a través de aquellas. e) En el caso, no existe un daño efectivo, sino la posibilidad de que se realice en caso de hacerse públicas las claves de usuario y contraseña, en los términos ya expresados. f) En el caso, con la elaboración de versiones públicas de los oficios mencionados, se la optado por la excepción que menor restricción impone al acceso a la información solicitado. VIII. Fecha del acuerdo de clasificación. Diciembre 14 de 2017. ACUERDO: CT-121/12/2017,De conformidad con los artículos 137 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 113, 114, 118, 120 fracción I, 123, 125, 127, 128, 129 y 159 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, y fracción VI del artículo 20 del Reglamento del Comité de Transparencia. Así mismo, con fundamento en los artículos 44, fracción II de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y 52 fracción II de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, y en términos de los previsto en el artículo 8 fracción V, del Reglamento Interior de este Comité; confirma la reserva parcial, así como su correspondiente versión pública propuesta por la unidad administrativa de la CEGAIP. Lo anterior, por encontrarse bajo la hipótesis jurídica que exigen los artículosPrimero, Cuarto, Noveno, Trigésimo segundo, Trigésimo Tercero, quincuagésimo sexto y quincuagésimo noveno de los Lineamientos Generales en Materia de Clasificación y Desclasificación de la Información, así como para la Elaboración de Versiones Públicas. No habiendo más asuntos que tratar, se da por terminada la Sesión Extraordinaria 29/2017 del Comité de Transparencia de la CEGAIP, a las 13:00trecehorasdel día de la fecha, firmando al margen y calce los integrantes del Comité, para los efectos legales a que haya lugar. Así mismo, se deja de manifiesto que la convocatoria, la lista de asistencia de los integrantes del Comité y las resoluciones emitidas respecto de la confirmación de la clasificación de información de las unidades administrativas a que se hace referencia en esta Acta, forma parte integrante de esta Sesión. Presidente del Comité de Transparencia Licenciado Gabriel Francisco Cortés López Secretario Técnico del Comité de Transparencia
Ana María Valle Le Vinsón Vocal del Comité de TransparenciaOscar Villalpando Devo Vocal del Comité de Transparencia Licenciado Aram Ezael Rentería Gómez


Criterios adjetivos de actualización, de formato y de confiabilidad

Fecha de validación01/22/2018

Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) información respectiva y son responsables de publicar y actualizar la informaciónSecretaría técnica de comité

Fecha de actualización22/12/2017


Carátula de captura

Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad8136326E2793E321862581FE0065EA75Creado el 12/22/2017 12:43:02 PM
Carátula de registroDB4F0112F7C926AD862581FE0065EED8Autorcegaip slp
Registro52A6C52CC705D96A862581FE0066D16ETipo de documento3 Hipervínculo




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
derecho de acceso a la información púbica.
Cordillera del Himalaya #605, Lomas 4a. Sección C.P. 78216
San Luis Potosí, S.L.P. México
Teléfonos: (444) 825-1020 / 825-6468
Lada sin costo: 01 800 223 4247
Correo Electrónico:
dirsistemas@cegaipslp.org.mx