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LISTA DE ACUERDOS DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE SAN LUIS POTOSÍ, SAN LUIS POTOSÍ; FIJADA EN LOS ESTRADOS DE LA MISMA, SIENDO LAS 08:00 OCHO HORAS DEL DÍA 31 TREINTA Y UNO DEL MES DE ENERO DEL AÑO 2018 DOS MIL DIECIOCHO.

QUEJA-132/2014-3.- CONTRA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU RECTOR, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE INFORMACION PUBLICA, DE LA FACULTAD DE CIENCIAS QUIMICAS, POR CONDUCTO DE SU DIRECTOR GENERAL Y DE SU SECRETARIO GENERAL. SE MANDA ARCHIVAR ESTE EXPEDIENTE COMO ASUNTO TOTALMENTE CONCLUIDO. Notifíquese.

QUEJA-154/2014-1 CONTRA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU RECTOR, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE INFORMACION PÚBLICA Y DE SU SECRETARIA ACADEMICA. SE MANDA ARCHIVAR ESTE EXPEDIENTE COMO ASUNTO TOTALMENTE CONCLUIDO. Notifíquese.

QUEJA 156/2014-3.- CONTRA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU RECTOR, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE INFORMACION PUBLICA Y DE SU JEFE DE LA DIVISION DE DESARROLLO HUMANO. SE MANDA ARCHIVAR ESTE EXPEDIENTE COMO ASUNTO TOTALMENTE CONCLUIDO. Notifíquese.

QUEJA 157/2014-1.- CONTRA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SAN LUIS POTOSI POR CONDUCTO DE SU RECTOR A TREVES DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE UNFORMACION PUBLICA. Se remite nuevamente este expediente al Archivo de Concentración como asunto totalmente concluido. Notifíquese.

QUEJA 210/2014-3 Y SUS ACUMULADOS 211/2014-1, 212/2014-2, 213/2014-3, 214/2014-1, 215/2014-2, 216/2014-3, 217/2014-1, 218/2014-2, 219/2014-3, 220/2014-1, 221/2014-2, 222/2014-3, 223/2014-1 Y 224/2014-2.- CONTRA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ POR CONDUCTO DE SU RECTOR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN PÚBLICA. Se remite nuevamente este expediente al Archivo de Concentración como asunto totalmente concluido. Notifíquese

QUEJA 263/2014-2 INFOMEX NÚMERO DE FOLIO RR00007014.- CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE TAMAZUNCHALE, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL A TRAVÉS DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN PÚBLICA. Se remite nuevamente este expediente al Archivo de Concentración como asunto totalmente concluido. Notifíquese.

QUEJA 335/2014-2.- CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, A TRAVES DEL H. TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE, A TRAVÉS DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE INFORMACION PUBLICA. Se remite nuevamente este expediente al Archivo de Concentración como asunto totalmente concluido. Notifíquese.

QUEJA 376/2014-1 INFOMEX NUMERO DE FOLIO PF00006214.- CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, A TRAVES DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE INFORMACION PUBLICA. SE MANDA ARCHIVAR ESTE EXPEDIENTE COMO ASUNTO TOTALMENTE CONCLUIDO. Notifíquese.

QUEJA 385/2014-1.- CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, A TRAVÉS DE SU TITULAR, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN PÚBLICA Y DEL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN SECUNDARIAS TÉCNICAS. Se remite nuevamente este expediente al Archivo de Concentración como asunto totalmente concluido. Notifíquese.

QUEJA-390/2014-3 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN, A TRAVÉS DE SU TITULAR, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN PUBLICA, DEL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA TÉCNICA Y DEL DIRECTOR DE LA ESCUELA SECUNDARIA TÉCNICA NUMERO 1. Se manda archivar nuevamente este expediente al Archivo de Concentración como asunto totalmente concluido. Notifíquese.

QUEJA-460/2014-1 INFOMEX NUMERO DE FOLIO PF00006814 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE MATEHUALA, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE INFORMACION PÚBLICA. Se remite nuevamente este expediente al Archivo de Concentración como asunto totalmente concluido. Notifíquese.

QUEJA 506/2014-2 INFOMEX NUMERO DE FOLIO RR00014814 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA OFICIALÍA MAYOR, A TRAVÉS DE SU TITULAR Y DEL RESPONSABLE DE LA UNIDAD DE INFORMACION PUBLICA. Se remite nuevamente este expediente al Archivo de Concentración como asunto totalmente concluido. Notifíquese.

QUEJA 192/2015-1 CONTRA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SNA LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU RECTOR DE SU DIRECTOR DE LA UNIDAD DE ENLACE, TRANSPARENCIA E INFORMACION Y DE SU CONTRALOR GENERAL. Se manda archivar nuevamente este expediente al Archivo de Concentración como asunto totalmente concluido. Notifíquese.

QUEJA 264/2015-1.- CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE CEDRAL, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN PÚBLICA. Se remite nuevamente este expediente al Archivo de Concentración como asunto totalmente concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-053/2016-2 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE CERRO DE SAN PEDRO, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ordena dar vista al Pleno de este Órgano Garante para que en la Sesión Ordinaria Correspondiente determine si resulta necesario formular la denuncia correspondiente por existir elementos que pudieran configurar las hipótesis establecidas en el artículo 197, fracciones I, II Y XV de la citada ley de Transparencia, toda vez que el sujeto obligado no otorgó respuesta al recurrente conforme a los dispuesto por el artículo 154 de la citada Ley, así como no consta en autos que se haya actuado para atender dicha petición, máxime que al ser constreñidos para ello mediante la resolución definitiva emitida en el presente recurso fueron omisos en acreditar haberle dado cumplimiento. En este sentido, se ordena notificar al Pleno de este Órgano Colegiado, para que tenga verificativo la aprobación para integrar la denuncia correspondiente por el probable incumplimiento a las obligaciones de transparencia establecidas en el artículo 197 fracciones I, II Y XV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Notifíquese

CEGAIP-RR-072/2016-2-PNT NUMERO DE FOLIO RR00028716 CONTRA UNIVERSIDADAUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ POR CONDUCTO DE SU RECTOR Y DEL DIRECTOR DE LAUNIDAD DE ENLACE, TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN (UNIDAD DE TRANSPARENCIA). Se ordena dar vista al Pleno de este Órgano Garante para que en la Sesión Ordinaria Correspondiente determine si resulta necesario formular la denuncia correspondiente por existir elementos que pudieran configurar las hipótesis establecidas en el artículo 197, fracciones I, II Y XV de la citada ley de Transparencia, toda vez que el sujeto obligado no otorgó respuesta al recurrente conforme a los dispuesto por el artículo 154 de la citada Ley, así como no consta en autos que se haya actuado para atender dicha petición, máxime que al ser constreñidos para ello mediante la resolución definitiva emitida en el presente recurso fueron omisos en acreditar haberle dado cumplimiento. En este sentido, se ordena notificar al Pleno de este Órgano Colegiado, para que tenga verificativo la aprobación para integrar la denuncia correspondiente por el probable incumplimiento a las obligaciones de transparencia establecidas en el artículo 197 fracciones I, II Y XV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Notifíquese.

CEGAIP-RR-112/2016-2 PNT CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE TANQUIÁN DE ESCOBEDO, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ordena dar vista al Pleno de este Órgano Garante para que en la Sesión Ordinaria Correspondiente determine si resulta necesario formular la denuncia correspondiente por existir elementos que pudieran configurar las hipótesis establecidas en el artículo 197, fracciones I, II Y XV de la citada ley de Transparencia, toda vez que el sujeto obligado no otorgó respuesta al recurrente conforme a los dispuesto por el artículo 154 de la citada Ley, así como no consta en autos que se haya actuado para atender dicha petición, máxime que al ser constreñidos para ello mediante la resolución definitiva emitida en el presente recurso fueron omisos en acreditar haberle dado cumplimiento. En este sentido, se ordena notificar al Pleno de este Órgano Colegiado, para que tenga verificativo la aprobación para integrar la denuncia correspondiente por el probable incumplimiento a las obligaciones de transparencia establecidas en el artículo 197 fracciones I, II Y XV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Notifíquese.

CEGAIP-RR-199/2016-3 PNT NUMERO DE FOLIO PF00005316 CONTRAH. AYUNTAMIENTO DE CEDRAL, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL A TRAVÉS DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se declara incumplida la resolución que en definitiva se dictó en el presente asunto; por lo tanto, para asegurar que el sujeto obligado acate las determinaciones que este Órgano Garante emite, se adoptan las siguientes medidas para garantizar su cumplimiento: De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 115, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el numeral 12, de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí, requiérase al Cabildo del Sujeto Obligado, en su calidad de órgano máximo de dicha autoridad, para que, en un plazo no mayor a cinco días hábiles, lleve a cabo lo necesario para dar cumplimiento a la resolución dictada en el presente sumario, y una vez fenecido dicho plazo deberá remitir a la brevedad a esta Comisión las constancias que lo acrediten. Notifíquese.

CEGAIP-RR-231/2016-2 PNT NUMERO DE FOLIO PF0006716 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, A POR CONDUCTO DEL INSTITUTO POTOSINO DE LA JUVENTUD, A TRAVÉS DE SU TITULAR, Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE MANDA ARCHIVAR ESTE EXPEDIENTE COMO ASUNTO TOTALMENTE CONCLUIDO. Notifíquese.
CEGAIP-RR-267/2016-3 PNT NUMERO DE FOLIO PF00007816 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE VILLA HIDALGO, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL A TRAVÉS DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se declara cumplida la presente resolución y se ordena, con fundamento en los artículos 2°, fracción XII, y 9° de los Lineamientos para la Gestión de Archivos Administrativos y Resguardo de la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, remitir el presente recurso al Archivo de Concentración de esta Comisión, ello por estar totalmente concluido. Notifíquese.
CEGAIP-RR-288/2016-2 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SANTO DOMINGO POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRASPARENCIA. se ordena dar vista al Pleno de este Órgano Garante para que en la Sesión Ordinaria Correspondiente determine si resulta necesario formular la denuncia correspondiente por existir elementos que pudieran configurar las hipótesis establecidas en el artículo 197, fracciones I, II Y XV de la citada ley de Transparencia, toda vez que el sujeto obligado no otorgó respuesta al recurrente conforme a los dispuesto por el artículo 154 de la citada Ley, así como no consta en autos que se haya actuado para atender dicha petición, máxime que al ser constreñidos para ello mediante la resolución definitiva emitida en el presente recurso fueron omisos en acreditar haberle dado cumplimiento. En este sentido, se ordena notificar al Pleno de este Órgano Colegiado, para que tenga verificativo la aprobación para integrar la denuncia correspondiente por el probable incumplimiento a las obligaciones de transparencia establecidas en el artículo 197 fracciones I, II Y XV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Notifíquese.

CEGAIP-RR-291/2016-2 PNT NUMERO DE FOLIO PF00010216 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE CERRO DE SAN PEDRO, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DEL PRESIDENTE MUNICIPAL A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ordena dar vista al Pleno de este Órgano Garante para que en la Sesión Ordinaria Correspondiente determine si resulta necesario formular la denuncia correspondiente por existir elementos que pudieran configurar las hipótesis establecidas en el artículo 197, fracciones I, II Y XV de la citada ley de Transparencia, toda vez que el sujeto obligado no otorgó respuesta al recurrente conforme a los dispuesto por el artículo 154 de la citada Ley, así como no consta en autos que se haya actuado para atender dicha petición, máxime que al ser constreñidos para ello mediante la resolución definitiva emitida en el presente recurso fueron omisos en acreditar haberle dado cumplimiento. En este sentido, se ordena notificar al Pleno de este Órgano Colegiado, para que tenga verificativo la aprobación para integrar la denuncia correspondiente por el probable incumplimiento a las obligaciones de transparencia establecidas en el artículo 197 fracciones I, II Y XV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Notifíquese.

CEGAIP-RR-138/2017-3 PNT NUMERO DE FOLIO PF00004317 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE AQUISMÓN. Visto el contenido del oficio de cuenta, se tiene al Director de Archivos y Encargado de los Asuntos del Despacho de la Dirección del Sistema Estatal de Documentación y Archivo de este Órgano Colegiado, por rindiendo el dictamen que se le requirió mediante auto que antecede, mismo que será considerado al momento de proveer respecto del cumplimiento a la resolución emitida en el recurso de mérito. Ahora bien, del análisis a los autos que integran el presente expediente, se advierte que al sujeto obligado no le fue notificado el auto de veintidós de noviembre de dos mil diecisiete, en ese sentido, se ordena al Área de Notificaciones de este Órgano de Transparencia, realizar la notificación del auto antes señalado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-151/2017-1 PNT NUMERO DE FOLIO PF00004717 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SANTA CATARINA, SAN LUIS POTOSÍ, A TRAVÉS DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL Y SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a la vista de la parte recurrente el oficio y anexos de cuenta, a efecto de que dentro del término de cinco días hábiles, los cuales de conformidad con lo establecido en el artículo 148 de la Ley de la materia, las notificaciones empezarán a transcurrir al día siguiente al que se practiquen, manifieste lo que a su derecho convenga, pues de no manifestar al respecto esta Comisión resolverá con base en las constancias que obran en autos. Notifíquese.

CEGAIP-RR-175/2017-1 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE MATEHUALA, SAN LUIS POTOSÍ, A TRAVÉS DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE SU SECRETARIO GENERAL. se pone a la vista de la parte recurrente los oficios UIP-936-2017 y UIP-941/2017 con 04 anexos, a efecto de que dentro del término de cinco días hábiles, los cuales de conformidad con lo establecido en el artículo 148 de la Ley de la materia, las notificaciones empezarán a transcurrir al día siguiente al que se practiquen, manifieste lo que a su derecho convenga, pues de no manifestar al respecto esta Comisión resolverá con base en las constancias que obran en autos. Notifíquese.

CEGAIP-RR-199/2017-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR00008117 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ A TRAVÉS DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DEL DIRECTOR DE INGRESOS. Se se pone a la vista de la parte recurrente el oficio y anexos de cuenta signado por Jessica Erika Ludivina Acosta Correa, Encargada de Despacho de la Unidad de Transparencia del Ayuntamiento de San Luis Potosí, a efecto de que dentro del término de cinco días hábiles, manifieste lo que a su derecho convenga, pues de no manifestar al respecto esta Comisión resolverá con base en las constancias que obran en autos. Notifíquese.

CEGAIP-RR-343/2017-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00017017 CONTRA SECRETARIA DE FINANZAS, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a la vista de la parte recurrente el oficio de cuenta, a efecto de que dentro del término de cinco días hábiles, los cuales de conformidad con lo establecido en el artículo 148 de la Ley de la materia, las notificaciones empezarán a transcurrir al día siguiente al que se practiquen, manifieste lo que a su derecho convenga, pues de no manifestar al respecto esta Comisión resolverá con base en las constancias que obran en autos. Notifíquese.
CEGAIP-RR-501/2017-3 CONTRA LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. Se declara cumplida la presente resolución y se ordena, con fundamento en los artículos 2°, fracción XII, y 9° de los Lineamientos para la Gestión de Archivos Administrativos y Resguardo de la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, remitir el presente recurso al Archivo de Concentración de esta Comisión, ello por estar totalmente concluido. Notifíquese.
CEGAIR-RR-651/2017-3 CONTRA RAFAEL MEDINA PARRA, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN PRIMARIA. Se declara cumplida la presente resolución y se ordena, con fundamento en los artículos 2°, fracción XII, y 9° de los Lineamientos para la Gestión de Archivos Administrativos y Resguardo de la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, remitir el presente recurso al Archivo de Concentración de esta Comisión, ello por estar totalmente concluido. Notifíquese.
CEGAIP-RR-659/2017-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00026817 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, A TRAVÉS DE LA OFICIALÍA MAYOR, POR CONDUCTO DE SU TITULAR, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE LA DIRECTORA GENERAL DE RECURSOS HUMANOS. se pone a la vista de la parte recurrente el oficio de cuenta con sus anexos, signado por el Jefe de la Unidad de Transparencia de la Oficialía Mayor del Poder Ejecutivo del Estado, para efecto de que dentro del término de 05 cinco días hábiles, los cuales de conformidad con lo establecido por el artículo 148 de la Ley de la materia, empezarán a correr al día siguiente al en que se practique la notificación correspondiente, manifieste lo que a su derecho convenga respecto del cumplimiento dado por el sujeto obligado a la resolución, pues de no manifestar al respecto esta Comisión resolverá con base en las constancias existentes. Notifíquese.
CEGAIP-RR-678/2017-3 CONTRA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. Se declara cumplida la presente resolución y se ordena, con fundamento en los artículos 2°, fracción XII, y 9° de los Lineamientos para la Gestión de Archivos Administrativos y Resguardo de la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, remitir el presente recurso al Archivo de Concentración de esta Comisión, ello por estar totalmente concluido. Notifíquese.
CEGAIP-RR-722/2017-2 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, A TRAVÉS DE SU SECRETARIO, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE LA COORDINADORA GENERAL DE RECURSOS FINANCIEROS, ASÍ COMO DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, A TRAVÉS DE SU DIRECTORA GENERAL, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE LA DIRECTORA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS, AL IGUAL QUE DEL DIRECTOR GENERAL DE LA BENEMÉRITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN REVOCA LA RESPUESTA DEL SUJETO OBLIGADO Notifíquese.
CEGAIP-RR-725/2017-2 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, A TRAVÉS DE LOS SERVICIOS DE SALUD, POR CONDUCTO DE SU TITULAR, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DEL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE VIGILANCIA, URGENCIAS EPIDEMIOLÓGICAS Y DESASTRES. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN SE CONFIRMA LA RESPUESTA DEL SUJETO OBLIGADO Notifíquese.
CEGAIP-RR-734/2017-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00030417 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, A TRAVÉS DE LOS SERVICIOS DE SALUD, POR CONDUCTO DE SU TITULAR, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DEL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN Y DESARROLLO DE PERSONAL. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN REVOCA LA RESPUESTA DEL SUJETO OBLIGADO Notifíquese.
CEGAIP-RR-738/2017-3 CONTRA SECRETARIA DE EDUCACION DE GOBIERNO DEL ESTADO. Dese vista al recurrente con el oficio y anexos de cuenta, para el efecto de que dentro del término de cinco días hábiles, manifieste lo que a su derecho convenga, en el entendido de que de no hacer manifestación alguna al respecto esta Comisión se pronunciará respecto del cumplimiento o en caso contrario, de incumplimiento con base en las constancias que integran el presente expediente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-802/2017-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR00034117 CONTRA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y OBRAS PÚBLICAS, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de la especiales circunstancias del asunto en estudio, las cuales por su naturaleza y la relación que guardan con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, requieren de un profundo análisis acucioso e integral de las cuantiosas constancias que integran el presente expediente bajo los linderos de la normativa aplicable en Transparencia y Acceso a la Información Pública en armonía con los principios constitucionales relativos a la materia que nos ocupa. Notifíquese.

CEGAIP-RR-820/2017-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR00035217 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DIRECTOR DE DESARROLLO SOCIAL, DIRECTORA DEL SISTEMA MUNCIPAL DIF Y EL DIRECTOR DE ADMINISTRACION, PLANEACION Y FINANZAS. Esta Comisión de Transparencia con fundamento en el artículo 184 fracción VI, en relación con el artículo 179 fracción III, SOBRESEE el presente recurso de revisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-814/2017-1 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DIRECTOR DE DESARROLLO SOCIAL, DIRECTORA DEL SISTEMA MUNCIPAL DIF Y EL DIRECTOR DE ADMINISTRACION, PLANEACION Y FINANZAS. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí por conducto de la Unidad de verificaciones, a efecto de que, dentro del término de cinco días hábiles, los cuales de conformidad con lo establecido por el artículo 148 de la Ley de la materia, empezarán a correr al día siguiente al que se practiquen, emita un dictamen en el que determine: Si la información subida a la PETS por el ayuntamiento de San Luis Potosí para el artículo 84 fracción XX, formato 1 del periodo 01 de enero del 2016 al 01 de noviembre del 2017, se encuentra subida correctamente. De la información subida en el artículo 84 fracción XX, formato 1 del periodo 01 de enero del 2016 al 01 de noviembre del 2017, de fondo congruente, veraz y correspondiente con lo reportado en los formatos cargados. En consecuencia, con número de acuerdo CEGAIP-199/2016., por Unanimidad de Votos establece que el estudio y aprobación de la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de acuerdo a las hipótesis aprobados a través del acuerdo CEGAIP-198/2016 en la presente Sesión Ordinaria de Pleno, se efectuara por cada uno de los Comisionados Ponentes en los acuerdos que dicten en sus asuntos de turno…” Notifíquese.

CEGAIP-RR-827/2017-2 PNT NUMERO DE FOLIO PF00012817 CONTRA SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO, POR CONDUCTO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO, A TRAVÉS DE SU PRESIDENTE, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE LA SECRETARIA EJECUTIVA DE PLENO Y CARRERA JUDICIAL. Se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-828/2017-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR0035917 CONTRA SECRETARIA DE ECOLOGIA Y GESTION AMBIENTAL. Se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-005/25018-3 PNT NUMERO FOLIO RR00036117 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, A TRAVÉS DE SU SECRETARIO, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE LA DIRECTORA DEL PLANTEL EDUCATIVO “JARDÍN DE NIÑOS JOSEFA ORTÍZ DE DOMÍNGUEZ”. Se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.
CEGAIP-RR-009/2018-3 CONTRA SECRETARIA DE EDUCACION DE GOBIERNO DEL ESTADO. Visto el contenido del oficio y anexos de cuenta, se advierte que el funcionario que comparece presentó en copia fotostática simple su nombramiento como Titular de la Unidad de Transparencia del Sistema Educativo Estatal Regular. Carácter que se puede corroborar con el oficio DG-062/2018, signado por la Directora General de dicho Sistema, remitido al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de este Órgano Colegiado, por lo que en este momento se ordena registrar en el libro de nombramientos de esta Comisión, quedando inscrito bajo el número CEGAIP-RP-005/2018. En virtud de lo anterior, se le tiene por reconocida la personalidad con la que comparece, para todos los efectos legales a que haya lugar mismas que, se tomarán en consideración al momento de resolver el presente medio de impugnación, asimismo; se tiene como domicilio y personas para oír y recibir notificaciones los que señala en el oficio de cuenta. Por último, agréguese para que obren dentro del presente sumario, y por el momento se reserva de proveer de su contenido en virtud de que a la fecha se encuentra transcurriendo el término para que la Secretaría de Educación de Gobierno del Estado y el recurrente, manifiesten lo que a su derecho convenga y ofrezcan pruebas previo a la resolución del presente recurso. Notifíquese.

CEGAIP-RR-015/2016-3 CONTRA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA SAN LUIS POTOSI. Visto el correo electrónico remitido por el particular, agréguese a los autos del presente sumario, y por el momento se reserva de proveer de su contenido, en virtud de que a la fecha se encuentra transcurriendo el término para que el sujeto obligado manifieste lo que a su derecho convenga y ofrezca pruebas previo a la resolución del recurso de mérito. Notifíquese.
CEGAIP-RR-024/2018-3 CONTRA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. Visto el contenido del oficio y anexos de cuenta, se advierte que el funcionario que comparece presentó en copia fotostática simple su nombramiento como Titular de la Unidad de Transparencia del Sistema Educativo Estatal Regular. Carácter que se puede corroborar con el oficio DG-062/2018, signado por la Directora General de dicho Sistema, remitido al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de este Órgano Colegiado, por lo que en este momento se ordena registrar en el libro de nombramientos de esta Comisión, quedando inscrito bajo el número CEGAIP-RP-005/2018. En virtud de lo anterior, se le tiene por reconocida la personalidad con la que comparece, para todos los efectos legales a que haya lugar, de igual forma, por hechas las manifestaciones que hace valer, mismas que, se tomarán en consideración al momento de resolver el presente medio de impugnación, asimismo; se tiene como domicilio y personas para oír y recibir notificaciones los que señala en el oficio de cuenta. Por último, agréguese para que obren dentro del presente sumario, y por el momento se reserva de proveer de su contenido en virtud de que a la fecha se encuentra transcurriendo el término para que la Secretaría de Educación de Gobierno del Estado y el recurrente, manifiesten lo que a su derecho convenga y ofrezcan pruebas previo a la resolución del presente recurso. Notifíquese.

CEGAIP-RR-028/2018-3 CONTRA SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y OBRA PUBLICA, POR CONDUCTO DE SU TITULAR, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DE SU DIRECTORA DE PLANEACION, CONTROL Y SEGUIMIENTO Y DE SU DIRECTOR DE OBRAS PÚBLICAS Y SUPERVISIÓN. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-028-2018-1 PLATAFORMA interpuesto el diecisiete de enero de dos mil dieciocho, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia de San Luis Potosí, contra la respuesta a la solicitud de información con folio 00813417 presentada el veintisiete de noviembre de dos mil diecisiete a por conducto de SU TITULAR, de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, de su DIRECTORA DE PLANEACION, CONTROL Y SEGUIMIENTO y de su DIRECTOR DE OBRAS PÚBLICAS Y SUPERVISIÓN. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. En concordancia con lo expresado en el párrafo que antecede y con el objetivo de que esta Comisión cuente con los elementos de juicio necesarios para apreciar debidamente la impugnación hecha valer por la parte recurrente, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 58, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado. Hágasele saber al recurrente que tiene expedito su derecho para oponerse a publicación de sus datos personales, en términos de la trigésimo octava Norma para la Protección, Tratamiento, Seguridad y Resguardo de los Datos Personales en Posesión de los Entes Obligados que emitió esta Comisión, cuando se presente alguna solicitud de acceso a alguna de las resoluciones o de las pruebas y demás constancias que obren en el expediente respectivo, siempre y cuando la unidad administrativa que tenga bajo su resguardo las constancias que obren en el expediente respectivo determine si tal oposición puede o no surtir efectos, tomando en cuenta para ello si la resolución citada, las pruebas o las demás constancias contienen información considerada como reservada en términos de lo previsto en la norma en comento, así como para precisar las constancias, que en su caso, consideren reservadas o confidenciales, esto último atendiendo a lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 6° Constitucional. Notifíquese.

CEGAIP-RR-031/2018-1 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN A TRAVÉS DE SU TITULAR, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, POR CONDUCTO DE SU DIRECTOR GENERAL, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, Y DE LA BENEMÉRITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO A TRAVÉS DE SU DIRECTOR GENERAL. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-031/2018-1 interpuesto el diecinueve de enero de dos mil dieciocho, contra la respuesta a la solicitud de información presentada el día ocho de diciembre de dos mil diecisiete ante la GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, por conducto de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN a través de su TITULAR, de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, del SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, por conducto de su DIRECTOR GENERAL, de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, y de la BENEMÉRITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO a través de su DIRECTOR GENERAL. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. En concordancia con lo expresado en el párrafo que antecede y con el objetivo de que esta Comisión cuente con los elementos de juicio necesarios para apreciar debidamente la impugnación hecha valer por la parte recurrente, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 58, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado Hágasele saber al recurrente que tiene expedito su derecho para oponerse a publicación de sus datos personales, en términos de la trigésimo octava Norma para la Protección, Tratamiento, Seguridad y Resguardo de los Datos Personales en Posesión de los Entes Obligados que emitió esta Comisión, cuando se presente alguna solicitud de acceso a alguna de las resoluciones o de las pruebas y demás constancias que obren en el expediente respectivo, siempre y cuando la unidad administrativa que tenga bajo su resguardo las constancias que obren en el expediente respectivo determine si tal oposición puede o no surtir efectos, tomando en cuenta para ello si la resolución citada, las pruebas o las demás constancias contienen información considerada como reservada en términos de lo previsto en la norma en comento, así como para precisar las constancias, que en su caso, consideren reservadas o confidenciales, esto último atendiendo a lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 6° Constitucional. Notifíquese.

CEGAIP-RR-045/2018-3 PNT NUMERO FOLIO RR0001018 CONTRA TRIBUNAL ESTATAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-045/2018-3, derivado de la solicitud de información 00002018, proporcionado por la Plataforma Nacional de Transparencia, contra la falta de respuesta por parte del Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje. se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Finalmente, hágasele saber al recurrente que tiene expedito su derecho para oponerse a la publicación de sus datos personales, en términos de la trigésimo octava Norma para la Protección, Tratamiento, Seguridad y Resguardo de los Datos Personales en Posesión de los Entes Obligados que emitió esta Comisión, cuando se presente alguna solicitud de acceso a alguna de las resoluciones o de las pruebas y demás constancias, siempre y cuando la unidad administrativa que lo tenga bajo su resguardo determine si tal oposición puede o no surtir efectos, tomando en cuenta para ello si la resolución citada, las pruebas o las demás constancias contienen información considerada como reservada en términos de lo previsto en la norma en comento, así como para precisar las constancias, que en su caso, consideren reservadas o confidenciales, esto último atendiendo a lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 6° Constitucional. Notifíquese.

CEGAIP-RR-047/2018-2 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, A TRAVÉS DE SU SECRETARIO Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, ASÍ COMO DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, A TRAVÉS DE SU DIRECTORA GENERAL, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DE LA JEFA DEL DEPARTAMENTO DE CONTROL ESCOLAR Y DE LA INSPECTORA DE EDUCACIÓN SUPERIOR, AL IGUAL QUE DEL DIRECTOR GENERAL DE LA BENEMÉRITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO. admítase y tramítese el presente asunto como Recurso de Revisión; y se tiene como sujeto obligado al GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, A TRAVÉS DE SU SECRETARIO Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, ASÍ COMO DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, A TRAVÉS DE SU DIRECTORA GENERAL, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DE LA JEFA DEL DEPARTAMENTO DE CONTROL ESCOLAR Y DE LA INSPECTORA DE EDUCACIÓN SUPERIOR, AL IGUAL QUE DEL DIRECTOR GENERAL DE LA BENEMÉRITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO. Regístrese el presente recurso en Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-047/2018-2. Póngase a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte de los sujetos obligados y aquellas que sean contrarias a derecho. Al efecto córrase traslado con la copia simple del escrito de revisión y anexos exhibidos, al sujeto obligado, con la aclaración de que en la especie basta con un solo juego de copias de traslado del recurso de revisión que se entregue al Titular de la Dependencia que se encuentra señalada como sujeto obligado, pudiendo hacerse dicha entrega en la Unidad de Transparencia, en la inteligencia de que el sujeto obligado deberá realizar las gestiones que estime pertinentes para hacerle llegar por su cuenta, copia del recurso de revisión a cada una de las Unidades Administrativas que aquí se encuentren también señaladas como sujetos obligados; asimismo requiérase al Secretario y al Titular de la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Educación de Gobierno del Estado, así como a la Directora General, al Titular de la Unidad de Transparencia, a la Jefa del Departamento de Control Escolar y a la Inspectora de Educación Superior, al igual que al Director General de la Benemérita y Centenaria Escuela Normal del Estado, para que al momento de comparecer en el presente expediente, REMITAN COPIA CERTIFICADA POR FUNCIONARIO PÚBLICO AUTORIZADO PARA TAL EFECTO, DE SU NOMBRAMIENTO VIGENTE QUE LOS ACREDITE COMO TAL. Notifíquese.

CEGAIP-RR-048/2018-3 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, S.L.P., Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-048/2018-3, interpuesto por el recurrente, contra la respuesta de veintidós de enero de la presente anualidad, emitida por el H. Ayuntamiento de San Luis Potosí, S.L.P., se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Finalmente, hágasele saber al recurrente que tiene expedito su derecho para oponerse a la publicación de sus datos personales, en términos de la trigésimo octava Norma para la Protección, Tratamiento, Seguridad y Resguardo de los Datos Personales en Posesión de los Entes Obligados que emitió esta Comisión, cuando se presente alguna solicitud de acceso a alguna de las resoluciones o de las pruebas y demás constancias, siempre y cuando la unidad administrativa que lo tenga bajo su resguardo determine si tal oposición puede o no surtir efectos, tomando en cuenta para ello si la resolución citada, las pruebas o las demás constancias contienen información considerada como reservada en términos de lo previsto en la norma en comento, así como para precisar las constancias, que en su caso, consideren reservadas o confidenciales, esto último atendiendo a lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 6° Constitucional. Notifíquese.

CEGAIP-PISA-018/2016-3-VIPO CONTRA C. JULIO CÉSAR GONZÁLEZ RAMÍREZ, PRESIDENTE DEL COMITÉ EJECUTIVO DEL PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL. Se instruye al notificador adscrito a esta Comisión para que notifique al C. Julio Cesar González Ramírez, el acuerdo de 01 uno de septiembre de 2017 dos mil diecisiete, en los dos domicilios proporcionados por el Policía C adscrito al Grupo Jaguar de Moto Patrullas de la 1ª Sección de Módulos de la Policía Ministerial del Estado mediante su oficio número PME/GJ/MP/586/2016, visible a fojas 21 y 22, en la inteligencia de que dicha notificación en razón de la distancia de los domicilios proporcionados, deberá hacerse a través de correo certificado con acuse de recibo. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-027/2018 CONTRA COMISION ESTATAL DE GARANTIA DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI. Se tiene por recibida la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia con número de registro 006BD1E0, presentada el 26 veintiséis de enero de 2018 dos mil dieciocho, a través del Sistema de Denuncia en Línea que se ubica en la Plataforma Estatal de Transparencia San Luis, por el presunto incumplimiento de obligaciones de transparencia comunes por parte del Sujeto Obligado Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí. Asi mismo. Se previene a la parte denunciante para que, en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente acuerdo, para que señale de manera precisa el incumplimiento a las obligaciones de transparencia que pretende imputar al sujeto obligado denunciado, apercibido que de no desahogar la prevención hecha la denuncia será desechada. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-028/2018 CONTRA COMISION ESTATAL DE GARANTIA DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI. Se previene a la parte denunciante para que, en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente acuerdo, para que señale de manera precisa el incumplimiento a las obligaciones de transparencia que pretende imputar al sujeto obligado denunciado, apercibido que de no desahogar la prevención hecha la denuncia será desechada. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-032/2018 CONTRA COMISION ESTATAL DE GARANTIA DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI. Se previene a la parte denunciante para que, en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente acuerdo, para que señale de manera precisa el incumplimiento a las obligaciones de transparencia que pretende imputar al sujeto obligado denunciado, apercibido que de no desahogar la prevención hecha la denuncia será desechada. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-033/2018 CONTRA COMISION ESTATAL DE GARANTIA DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI. Se previene a la parte denunciante para que, en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente acuerdo, para que señale de manera precisa el incumplimiento a las obligaciones de transparencia que pretende imputar al sujeto obligado denunciado, apercibido que de no desahogar la prevención hecha la denuncia será desechada. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-040/2018 CONTRA COMISION ESTATAL DE GARANTIA DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI. Se previene a la parte denunciante para que, en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente acuerdo, para que señale de manera precisa el incumplimiento a las obligaciones de transparencia que pretende imputar al sujeto obligado denunciado, apercibido que de no desahogar la prevención hecha la denuncia será desechada. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-051/2018 CONTRA COMISION ESTATAL DE GARANTIA DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI. Se previene a la parte denunciante para que, en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente acuerdo, para que señale de manera precisa el incumplimiento a las obligaciones de transparencia que pretende imputar al sujeto obligado denunciado, apercibido que de no desahogar la prevención hecha la denuncia será desechada. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-052/2018 CONTRA COMISION ESTATAL DE GARANTIA DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI. Se previene a la parte denunciante para que, en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente acuerdo, para que señale de manera precisa el incumplimiento a las obligaciones de transparencia que pretende imputar al sujeto obligado denunciado, apercibido que de no desahogar la prevención hecha la denuncia será desechada. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-070/2018 CONTRA COMISION ESTATAL DE GARANTIA DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI. Se previene a la parte denunciante para que, en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente acuerdo, para que señale de manera precisa el incumplimiento a las obligaciones de transparencia que pretende imputar al sujeto obligado denunciado, apercibido que de no desahogar la prevención hecha la denuncia será desechada. Notifíquese.


NOTIFICADOR DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ.


LICENCIADO JAVIER PÉREZ LIMON.

Bitácora del formato.
Autor inicial notificaciones cegaip/server
Creado el 01/31/2018 08:51:38 AM
Usuario actual notificaciones cegaip
Accesado el 06/17/2020 04:31:20 AM
Modificado el 01/31/2018 08:51:40 AM
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