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Periodo de la actualización de la información.11/06/2018

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LISTA DE ACUERDOS DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE SAN LUIS POTOSÍ, SAN LUIS POTOSÍ; FIJADA EN LOS ESTRADOS DE LA MISMA, SIENDO LAS 08:00 OCHO HORAS DEL DÍA 06 SEIS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018 DOS MIL DIECIOCHO.

QUEJA 170/2008-2. CONTRA EX PRESIDENTE MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ARRIAGA, SAN LUIS POTOSÍ. Visto el estado de los presentes autos y en atención a lo ordenado en el acuerdo de fecha 29 veintinueve de octubre de 2018, dictado dentro del expediente PISA 002/2008 derivado de la QUEJA 170/2008-2 se agrega a los presentes autos copia del oficio ASE-CE-275/2018, de fecha 10 diez de septiembre de 2018, recibido en esta Comisión el día 11 once de septiembre de 2018, signado por el Licenciado Humberto Izar Vega, Coordinador de Ejecución de la Auditoría Superior del Estado. Visto el contenido de la copia del oficio de cuenta, se advierte que es atención a lo ordenado en proveído que antecede, en el cual se requirió a la Auditoria Superior del Estado informara de manera precisa cual ha sido el monto de la multa recaudada y cuál ha sido el monto que se ha remitido a esta Comisión, respecto de la multa impuesta al C. MIGUEL ÁNGEL ACOSTA GONZÁLEZ, EX PRESIDENTE MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ARRIAGA, SAN LUIS POTOSÍ, por la cantidad de $25,975.00 (veinticinco mil novecientos setenta y cinco pesos 00/100 M.N.). Asimismo informa también que la Coordinadora General de Administración de la Auditoria Superior del Estado adjuntó un memorándum en el cual da una relación de los pagos recibidos en el departamento de Recursos Financieros, los cuales corresponden a catorce pagos del año 2014 y dos pagos de 2015 por un importe total de $44,882.00 (cuarenta y cuatro mil ochocientos ochenta y dos pesos 00/100 M.N.) mismos que pertenecen a pagos derivados de procedimientos administrativos de responsabilidad de ese Órgano Fiscalizador, por lo que lo recaudado fue abonado a los adeudos de esos expedientes y no a los que fueron instaurados por esta Comisión, igualmente informa que el personal de la Coordinación de Ejecución sigue haciendo las diligencias necesarias para realizar los cobros pendientes. Notifíquese.

QUEJA 171/2008-3. CONTRA EX PRESIDENTE MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ARRIAGA, SAN LUIS POTOSÍ. Visto el estado de los presentes autos y en atención a lo ordenado en el acuerdo de fecha 29 veintinueve de octubre de 2018, dictado dentro del expediente PISA 002/2008 derivado de la QUEJA 170/2008-2 se agrega a los presentes autos copia del oficio ASE-CE-275/2018, de fecha 10 diez de septiembre de 2018, recibido en esta Comisión el día 11 once de septiembre de 2018, signado por el Licenciado Humberto Izar Vega, Coordinador de Ejecución de la Auditoría Superior del Estado. Visto el contenido de la copia del oficio de cuenta, se advierte que es atención a lo ordenado en proveído que antecede, en el cual se requirió a la Auditoria Superior del Estado informara de manera precisa cual ha sido el monto de la multa recaudada y cuál ha sido el monto que se ha remitido a esta Comisión, respecto de la multa impuesta al C. MIGUEL ÁNGEL ACOSTA GONZÁLEZ, EX PRESIDENTE MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ARRIAGA, SAN LUIS POTOSÍ, por la cantidad de $25,975.00 (veinticinco mil novecientos setenta y cinco pesos 00/100 M.N.). Asimismo informa también que la Coordinadora General de Administración de la Auditoria Superior del Estado adjuntó un memorándum en el cual da una relación de los pagos recibidos en el departamento de Recursos Financieros, los cuales corresponden a catorce pagos del año 2014 y dos pagos de 2015 por un importe total de $44,882.00 (cuarenta y cuatro mil ochocientos ochenta y dos pesos 00/100 M.N.) mismos que pertenecen a pagos derivados de procedimientos administrativos de responsabilidad de ese Órgano Fiscalizador, por lo que lo recaudado fue abonado a los adeudos de esos expedientes y no a los que fueron instaurados por esta Comisión, igualmente informa que el personal de la Coordinación de Ejecución sigue haciendo las diligencias necesarias para realizar los cobros pendientes. Notifíquese.

QUEJA 174/2008-3. CONTRA EX PRESIDENTE MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ARRIAGA, SAN LUIS POTOSÍ. Visto el estado de los presentes autos y en atención a lo ordenado en el acuerdo de fecha 29 veintinueve de octubre de 2018, dictado dentro del expediente PISA 002/2008 derivado de la QUEJA 170/2008-2 se agrega a los presentes autos copia del oficio ASE-CE-275/2018, de fecha 10 diez de septiembre de 2018, recibido en esta Comisión el día 11 once de septiembre de 2018, signado por el Licenciado Humberto Izar Vega, Coordinador de Ejecución de la Auditoría Superior del Estado. Visto el contenido de la copia del oficio de cuenta, se advierte que es atención a lo ordenado en proveído que antecede, en el cual se requirió a la Auditoria Superior del Estado informara de manera precisa cual ha sido el monto de la multa recaudada y cuál ha sido el monto que se ha remitido a esta Comisión, respecto de la multa impuesta al C. MIGUEL ÁNGEL ACOSTA GONZÁLEZ, EX PRESIDENTE MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ARRIAGA, SAN LUIS POTOSÍ, por la cantidad de $25,975.00 (veinticinco mil novecientos setenta y cinco pesos 00/100 M.N.). Asimismo informa también que la Coordinadora General de Administración de la Auditoria Superior del Estado adjuntó un memorándum en el cual da una relación de los pagos recibidos en el departamento de Recursos Financieros, los cuales corresponden a catorce pagos del año 2014 y dos pagos de 2015 por un importe total de $44,882.00 (cuarenta y cuatro mil ochocientos ochenta y dos pesos 00/100 M.N.) mismos que pertenecen a pagos derivados de procedimientos administrativos de responsabilidad de ese Órgano Fiscalizador, por lo que lo recaudado fue abonado a los adeudos de esos expedientes y no a los que fueron instaurados por esta Comisión, igualmente informa que el personal de la Coordinación de Ejecución sigue haciendo las diligencias necesarias para realizar los cobros pendientes. Notifíquese.

QUEJA 175/2008-1. CONTRA PRESIDENTE MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ARRIAGA, SAN LUIS POTOSÍ. Visto el estado de los presentes autos y en atención a lo ordenado en el acuerdo de fecha 29 veintinueve de octubre de 2018, dictado dentro del expediente PISA 002/2008 derivado de la QUEJA 170/2008-2 se agrega a los presentes autos copia del oficio ASE-CE-275/2018, de fecha 10 diez de septiembre de 2018, recibido en esta Comisión el día 11 once de septiembre de 2018, signado por el Licenciado Humberto Izar Vega, Coordinador de Ejecución de la Auditoría Superior del Estado. Visto el contenido de la copia del oficio de cuenta, se advierte que es atención a lo ordenado en proveído que antecede, en el cual se requirió a la Auditoria Superior del Estado informara de manera precisa cual ha sido el monto de la multa recaudada y cuál ha sido el monto que se ha remitido a esta Comisión, respecto de la multa impuesta al C. MIGUEL ÁNGEL ACOSTA GONZÁLEZ, EX PRESIDENTE MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ARRIAGA, SAN LUIS POTOSÍ, por la cantidad de $25,975.00 (veinticinco mil novecientos setenta y cinco pesos 00/100 M.N.). Asimismo informa también que la Coordinadora General de Administración de la Auditoria Superior del Estado adjuntó un memorándum en el cual da una relación de los pagos recibidos en el departamento de Recursos Financieros, los cuales corresponden a catorce pagos del año 2014 y dos pagos de 2015 por un importe total de $44,882.00 (cuarenta y cuatro mil ochocientos ochenta y dos pesos 00/100 M.N.) mismos que pertenecen a pagos derivados de procedimientos administrativos de responsabilidad de ese Órgano Fiscalizador, por lo que lo recaudado fue abonado a los adeudos de esos expedientes y no a los que fueron instaurados por esta Comisión, igualmente informa que el personal de la Coordinación de Ejecución sigue haciendo las diligencias necesarias para realizar los cobros pendientes. Notifíquese.

QUEJA 176/2008-2. CONTRA PRESIDENTE MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ARRIAGA, SAN LUIS POTOSÍ. Visto el estado de los presentes autos y en atención a lo ordenado en el acuerdo de fecha 29 veintinueve de octubre de 2018, dictado dentro del expediente PISA 002/2008 derivado de la QUEJA 170/2008-2 se agrega a los presentes autos copia del oficio ASE-CE-275/2018, de fecha 10 diez de septiembre de 2018, recibido en esta Comisión el día 11 once de septiembre de 2018, signado por el Licenciado Humberto Izar Vega, Coordinador de Ejecución de la Auditoría Superior del Estado. Visto el contenido de la copia del oficio de cuenta, se advierte que es atención a lo ordenado en proveído que antecede, en el cual se requirió a la Auditoria Superior del Estado informara de manera precisa cual ha sido el monto de la multa recaudada y cuál ha sido el monto que se ha remitido a esta Comisión, respecto de la multa impuesta al C. MIGUEL ÁNGEL ACOSTA GONZÁLEZ, EX PRESIDENTE MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ARRIAGA, SAN LUIS POTOSÍ, por la cantidad de $25,975.00 (veinticinco mil novecientos setenta y cinco pesos 00/100 M.N.). Asimismo informa también que la Coordinadora General de Administración de la Auditoria Superior del Estado adjuntó un memorándum en el cual da una relación de los pagos recibidos en el departamento de Recursos Financieros, los cuales corresponden a catorce pagos del año 2014 y dos pagos de 2015 por un importe total de $44,882.00 (cuarenta y cuatro mil ochocientos ochenta y dos pesos 00/100 M.N.) mismos que pertenecen a pagos derivados de procedimientos administrativos de responsabilidad de ese Órgano Fiscalizador, por lo que lo recaudado fue abonado a los adeudos de esos expedientes y no a los que fueron instaurados por esta Comisión, igualmente informa que el personal de la Coordinación de Ejecución sigue haciendo las diligencias necesarias para realizar los cobros pendientes. Notifíquese.

CEGAIP-RR-139/2018-1 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN A TRAVÉS DE SU TITULAR, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, POR CONDUCTO DE SU DIRECTOR GENERAL, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, Y DE LA BENEMÉRITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO A TRAVÉS DE SU DIRECTOR GENERAL. Se tiene por recibido y agréguense a los autos un oficio y dos escritos; respecto del oficio sin número signado por, Fernando García Limón, Director General de Cumplimientos y Responsabilidades del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, recibido mediante correo electrónico de este órgano garante el 18 dieciocho de octubre de la anualidad en curso; mientras que los escritos signados por el recurrente fueron recibidos en la oficialía de partes de esta comisión el 23 veintitrés de octubre de 2018 dos mil dieciocho. Visto el contenido del oficio de cuenta se tiene por concedida la ampliación de mérito, por un plazo de quince días adicionales, mismo que comenzara a contar a partir del día hábil siguiente al vencimiento del plazo establecido para dar cumplimiento. Por lo que respecta a los dos escritos de cuenta, se tiene al recurrente por realizadas las manifestaciones que refiere dentro del periodo de instrucción. Ahora bien, en virtud del plazo que otorgo el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales para cumplir con una nueva resolución, a pesar de que este vencerá hasta el día 14 catorce de noviembre, se advierte que el día 13 trece de noviembre de la anualidad que transcurre se llevará a cabo la sesión extraordinaria de pleno para tomar las valoraciones más adecuadas y así realizar las votaciones correspondientes para la aprobación de la nueva resolución; es necesario requerir al sujeto obligado para que cumpla con lo requerido al proveído de fecha 17 diecisiete de octubre, así mismo se le dará 03 tres días que empezaran a correr a partir del día siguiente a la notificación al sujeto obligado para que cumpla con la información solicitada para estar en posibilidades de dictar la resolución de mérito. Notifíquese.

CEGAIP-RR-172/2018-1 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN A TRAVÉS DE SU TITULAR, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, POR CONDUCTO DE SU DIRECTOR GENERAL, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, Y DE LA BENEMÉRITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO A TRAVÉS DE SU DIRECTOR GENERAL. Se tiene por recibido a los autos 01 uno oficio sin número, signados por Titular de la Unidad de Transparencia del Sistema Educativo Estatal Regular; acompañado de 01 uno anexo. Visto el contenido del oficio de cuenta se le tiene al sujeto obligado por realizadas sus manifestaciones y por acompañadas las constancias que refiere en alcance a su oficio de fecha 17 diecisiete de septiembre de 2018 dos mil dieciocho, mismo que se agrega a los autos para que obre como corresponda. En consecuencia se da vista al recurrente para que en el plazo de 03 tres días hábiles a partir del día siguiente de la legal notificación manifieste lo que a su derecho convenga. Notifíquese.

CEGAIP-RR-536/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00025218 CONTRA ORGANISMO INTERMUNICIPAL METROPOLITANO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO, SANEAMIENTO Y SERVICIOS CONEXOS DE LOS MUNICIPIOS DE CERRO DE SAN PEDRO, SAN LUIS POTOSÍ Y SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ (INTERAPAS), POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se requiere al sujeto obligado para que en un término de 03 tres días hábiles, remita a esta Comisión copia fotostática certificada de los documentos necesarios que acrediten el cumplimiento a la resolución de mérito, es decir, aquellos que contengan la información que este Órgano Garante ordenó proporcionar al particular mediante resolución de mérito y que de acuerdo con las constancias de notificación adjuntas a su oficio de cuenta, le fueron enviadas mediante correo electrónico que señaló para tales efectos, en 17 diecisiete de octubre del año en curso. Notifíquese.

CEGAIP-RR-542/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00025518 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA GENERAL, A TRAVÉS DE SU SECRETARIO, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE LA COORDINADORA GENERAL DE APOYO ADMINISTRATIVO. Se pone a la vista de la parte recurrente el oficio de cuenta con sus anexos, signados por el Titular de la Unidad de Transparencia de la Secretaría General de Gobierno del Estado, para efecto de que dentro del término de 05 cinco días hábiles, manifieste lo que a su derecho convenga respecto del cumplimiento dado por el sujeto obligado a la resolución. Asi mismo se requiere al Titular de la Unidad de Transparencia de la Secretaría General Gobierno del Estado, para que en un término de 03 tres días hábiles, remita a esta Comisión copia certificada de las constancias de notificación en cumplimiento a la resolución aquí dictada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-557/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00026018 CONTRA INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU DIRECTOR GENERAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se Requiere al sujeto obligado para que en un término de 03 tres días hábiles, remita a esta Comisión copia fotostática certificada de los documentos necesarios que acrediten el cumplimiento a la resolución de mérito, es decir, aquellos que contengan la información que este Órgano Garante ordenó proporcionar al particular mediante resolución de merito, así como copia fotostática certificada de las constancias de notificación en cumplimiento a la resolución dictada en 19 diecinueve de septiembre de 2018, dos mil dieciocho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-591/2018-3 PNT NUMERO DE FOLIO PF00009118 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN VICENTE TANCUAYALAB. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN MODIFICA LA RESPUESTA EMITIDA POR EL SUJETO OBLIGADO Notifíquese.

CEGAIP-RR-602/2018-3 SIGEMI CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DEL HOSPITAL CENTRAL “DR IGNACIO MORONES PRIETO” A TRAVÉS DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANPARENCIA. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN MODIFICA EL ACTO IMPUGNADO Notifíquese.

CEGAIP-RR-604/2018-1 CONTRA FIDEICOMISO FONDO DE FORMENTO ECONÓMICO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN APLICA EL PRINCIPIO DE AFIRMATIVA FICTA Notifíquese.

CEGAIP-RR-613/2018-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR00028918 CONTRA SECRETARÍA DE FINANZAS, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN CONFIRMA LA RESPUESTA OTORGADA POR EL ENTE OBLIGADO Notifíquese.

CEGAIP-RR-617/2016-2 SIGEMI CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LOS SERVICIOS DE SALUD, A TRAVÉS DE SU TITULAR DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE SALUD, A TRAVÉS DE TITULAR DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA DE LA DIRECTORA DE PLANEACIÓN, EVALUACIÓN Y PROYECTOS ESPECIALES DEL DIRECTOR DE ATENCIÓN MEDICA DEL DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Y DEL DIRECTOR DE LA SALUD PUBLICA. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN MODIFICA EL ACTO IMPUGNADO Notifíquese.

CEGAIP-RR-651/2018-3 CONTRA ORGANISMO INTERMUNICIPAL METROPOLITANO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO, SANEAMIENTO Y SERVICIOS CONEXOS. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN MODIFICA AL RESPUESTA EMITIDA POR EL SUJETO OBLIGADO. Notifíquese

CEGAIP-RR-659/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00030218 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE VANEGAS, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN MODIFICA EL ACTO IMPUGNADO Notifíquese.

CEGAIP-RR-665/2018-2 CONTRA CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN APLICA LA AFIRMATIVA FICTA Notifíquese.

CEGAIP-RR-674/2018-2 SIGEMI CONTRA GOBIERNO DEL ETADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE HOSPITAL CENTRAL “DR IGNACIO MORONES PRIETO” A TRAVÉS DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN MODIFICA EL ACTO IMPUGNADO Notifíquese.

CEGAIP-RR-693/2018-3 CONTRA SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN CONFIRMA LA RESPUESTA EMITIDA POR EL SUJETO OBLIGADO. Notifíquese.

CEGAIP-RR-708/2018-3 CONTRA SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN CONFIRMA LA RESPUESTA EMITIDA Notifíquese

CEGAIP-RR-711/2018-3 CONTRA SERVICIOS DE SALUD. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN CONFIRMA LA RESPUESTA EMITIDA POR EL SUJETO OBLIGADO. Notifíquese.

CEGAIP-RR-717/2018-3 CONTRA PODER JUDICIAL DEL ESTADO. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN MODIFICA LA RESPUESTA EMITIDA POR EL SUJETO OBLIGADO. Notifíquese.

CEGAIP-RR-730/2018-1 SIGEMI CONTRA SECRETARIA DE EDUCACION DE GOBIERNO DEL ESTADO. Se decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, de tal manera que las presentes constancias requieren de un mayor análisis para su estudio; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción III de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión. Se decreta el cierre de la instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-733/2018-1 CONTRA CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Visto el contenido del expediente en que se actúa, el suscrito decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, de tal manera que las presentes constancias requieren de un mayor análisis para su estudio; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción II de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-735/2018-2 CONTRA SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR. Se decreta el cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que emita la resolución que en derecho proceda. Notifíquese.

CEGAIP-RR-776/2018-2 CONTRA SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO, POR CONDUCTO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO, A TRAVÉS DE SU PRESIDENTE Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-779/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00033718 CONTRA SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO, POR CONDUCTO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO, A TRAVÉS DE SU PRESIDENTE Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-782/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00034018 CONTRA SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO, POR CONDUCTO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO, A TRAVÉS DE SU PRESIDENTE Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-785/2018-2 SIGEMI CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL, A TRAVES DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-793/2018-1 CONTRA SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que emita la resolución que en derecho proceda. Notifíquese.

CEGAIP-RR-812/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00035318 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI. Se DESECHA POR IMPROCEDENTE el recurso de revisión interpuesto por la parte recurrente, sin menoscabo del derecho permanente del recurrente para pedir nuevamente la información de su interés a través de una nueva solicitud de información que formule al respecto. Notifíquese al recurrente el presente proveído a través de los ESTRADOS de este Órgano Colegiado y a través de la Plataforma Nacional de Transparencia en los casos en que la propia plataforma lo permita. Lo anterior, a efecto de no dejar en estado de indefensión al antes mencionado. Remítase en su oportunidad este expediente al Archivo de Concentración de este Órgano Colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-850/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00036518 CONTRA AYUNTAMIENTO DE LAGUNILLAS, SAN LUIS POTOSÍ POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite en tiempo y forma el recurso de revisión RR-850/2018-1 Plataforma interpuesto a través la plataforma nacional de transparencia San Luis Potosí, el 29 de octubre de 2018 contra la respuesta a la solicitud de información presentada el 21 de octubre de laño en curso, mediante la Plataforma Nacional de Transparencia San Luis Potosí, al AYUNTAMIENTO DE LAGUNILLAS, SAN LUIS POTOSÍ POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el termino de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. se requiere al sujeto obligado a través de su unidad de transparencia, para que rinda ante este órgano garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada, se decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, de tal manera que las presentes constancias requieren de un mayor análisis para su estudio; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción II de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-853/2018-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR00036818 CONTRA AYUNTAMIENTO DE VENADO, SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite en tiempo y forma el recurso de revisión RR-853/2018-1 Plataforma interpuesto a través la plataforma nacional de transparencia San Luis Potosí, el 29 de octubre de 2018 contra la respuesta a la solicitud de información presentada el 21 de octubre de laño en curso, mediante la Plataforma Nacional de Transparencia San Luis Potosí, al AYUNTAMIENTO DE VENADO, SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el termino de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. se requiere al sujeto obligado a través de su unidad de transparencia, para que rinda ante este órgano garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada, se decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, de tal manera que las presentes constancias requieren de un mayor análisis para su estudio; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción II de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-856/2018-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR00037018 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite en tiempo y forma el recurso de revisión RR-856/2018-1 Plataforma interpuesto a través la plataforma nacional de transparencia San Luis Potosí, el 25 de octubre en curso contra la respuesta a la solicitud de información presentada el 08 de octubre del año en curso, mediante la Plataforma Nacional de Transparencia San Luis Potosí, al AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. se requiere al sujeto obligado a través de su unidad de transparencia, para que rinda ante este órgano garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.


CEGAIP-RR-857/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00037118 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. admítase y tramítese el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. REGÍSTRESE el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-857/2018-2 PLATAFORMA. Póngase a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-860/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00037318 CONTRA ORGANISMO INTERMUNICIPAL METROPOLITANO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO, SANEAMIENTO Y SERVICIOS CONEXOS DE LOS MUNICIPIOS DE CERRO DE SAN PEDRO, SAN LUIS POTOSÍ Y SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ (INTERAPAS), POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Admítase y tramítese el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al ORGANISMO INTERMUNICIPAL METROPOLITANO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO, SANEAMIENTO Y SERVICIOS CONEXOS DE LOS MUNICIPIOS DE CERRO DE SAN PEDRO, SAN LUIS POTOSÍ Y SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ (INTERAPAS), POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Regístrese el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-860/2018-2 PLATAFORMA. Póngase a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Finalmente, SE remíte el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-863/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00037518 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. admítase y tramítese el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Regístrese el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-863/2018-2 PLATAFORMA. Póngase a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-REV-003/2015-3 DERIVADO DEL EXPEDIENTE CEGAIP-PISA-011/2013-2.- CONTRA INGENIERO MONICO JIMENEZ MEDINA, DIRECTOR GENERAL DE COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI. Se requiere a la Auditoría Superior del Estado a efecto de que informe sobre la ejecución de la multa impuesta al C. MÓNICO JIMÉNEZ MEDINA, DIRECTOR GENERAL DEL COLEGIO DE BACHILLERES SAN LUIS POTOSÍ, por la cantidad de $31,885.00 (treinta y un mil ochocientos ochenta y cinco pesos 00/100 M.N), en el presente expediente CEGAIP-PISA-011/2013-2, para lo cual esta Comisión le solicita informar de manera precisa cuál ha sido el monto de la multa recaudada y cuál el monto que se ha remitido a esta Comisión, debiendo remitir copia simple del documento que así lo compruebe. Notifíquese.

CEGAIP-PISA-091/2016-1 CONTRA DE LOS CC. SIRIACO CARREÓN RUCOBA EN SU CARÁCTER DE EX PRESIDENTE MUNICIPAL Y MARÍA LEONIDES SECAIDA LÓPEZ EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE MUNICIPAL, AMBOS DEL H. AYUNTAMIENTO DE ALAQUINES, SAN LUIS POTOSÍ.- Se tiene por recibido a los presentes autos el oficio numero 6611/2018 signados por Gabriela Olvera Leyva, secretaria del juzgado quinto de distrito en el estado. de fecha 24 de julio de 2018 recibido en esta comisión el 06 de agosto de 2018 mediante el cual se la resolución interlocutoria dictada en los autos del incidente de suspensión del juicio de amparo 265/2018-1-a. Promovido por a María Leónides Secaida López contra actos de esta comisión. Visto el contenido del oficio de cuenta, se tiene a la autoridad por informando el resolutivo único de la interlocutoria dictada en el incidente de suspensión del juicio de amparo aludido, en el que se determino que se concede la suspensión definitiva a la quejosa para el efecto de que no se ejecute la resolución de 23 mayo de 2018 pronunciada en el presente expediente que impuso a la quejosa una multa por $34,140.00 ( Treinta y Cuatro Mil Pesos Cuarenta Pesos), su a la fecha no se ha hecho, en medida cautelar que surte sus efectos desde luego y hasta en tanto cause ejecutoria la sentencia que se dicte en cuaderno principal de donde deriva el incidente de suspensión: lo anterior siempre y cuando la quejosa constituya la garantía del interés fiscal en los términos establecidos en el oficio de cuenta, de lo que se toma nota para los efectos legales a que haya lugar. Notifíquese.

CEGAIP-PISA-135/2016-3 EN CONTRA DE LOS CC. GENERAL ARTURO GUTIÉRREZ GARCÍA EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO Y GABRIEL VILLAGRÁN SÁNCHEZ EN SU CARÁCTER DE TITULAR DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN PÚBLICA, AMBOS DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se tiene por recibido y agréguese a los autos la impresión certificada de los 03 tres ejemplares de las ediciones extraordinarias de fechas 25 veinticinco, 26 veintiséis y 27 veintisiete de agosto de 2018 dos mil dieciocho, publicadas en el Periódico Oficial del Estado de San Luis Potosí, mismas que fueron descargadas de la Página de internet del Periódico Oficial del Estado. visto el contenido de las impresiones certificadas de las tres publicaciones de cuenta, se advierte que las mismas son en atención a lo ordenado en el auto de fecha 19 diecinueve de julio de 2018 dos mil dieciocho, mediante las cuales se notificó por edictos la resolución de fecha 14 catorce de diciembre de 2017 dos mil diecisiete al C. Gabriel Villagrán Sánchez, notificaciones realizadas a través de las ediciones extraordinarias del Periódico Oficial del Estado, publicadas los días 25, 26 y 27 de agosto del presente año. En ese sentido, de la certificación que antecede, se advierte que el término para que el C. GABRIEL VILLAGRÁN SÁNCHEZ, interpusiera medio de impugnación en contra de la resolución de fecha 14 catorce de diciembre de 2017 dos mil diecisiete emitida en este asunto, ha fenecido, se declara que la aludida resolución ha causado ejecutoria. Se solicita mediante atento oficio a la Auditoría Superior del Estado, hacer efectiva la multa a que se hizo acreedor el C. GABRIEL VILLAGRÁN SÁNCHEZ, misma que se encuentra establecida en la resolución de fecha 14 catorce de diciembre de 2017 dos mil diecisiete y para tal efecto remítase a la aludida Auditoría Superior del Estado, copia certificada del presente expediente, en virtud de que del mismo se deriva la sanción pecuniaria aludida. Notifíquese al C. GABRIEL VILLAGRÁN SÁNCHEZ, el contenido del presente proveído, a través de los ESTRADOS de este Órgano Colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-970/2018 Y SUS ACUMULADOS CONTRA AYUNTAMIENTO DE MATEHUALA SAN LUIS POTOSI. Se requiere nuevamente al Ayuntamiento de Matehuala, San Luis Potosí, para que dentro del término de 15 quince días hábiles, dé debido cumplimiento a la resolución de 23 veintitrés de mayo de 2018 dos mil dieciocho, atendiendo las observaciones señaladas en el presente proveído, en la inteligencia de que dentro del mismo término deberá remitir a esta Comisión las constancias con las que acredite dicha circunstancia. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-1021/2018 Y SUS ACUMULADOS CONTRA AYUNTAMIENTO DE MATEHUALA SAN LUIS POTOSI. Se requiere nuevamente al Ayuntamiento de Matehuala, San Luis Potosí, para que dentro del término de 15 quince días hábiles, dé debido cumplimiento a la resolución de 23 veintitrés de mayo de 2018 dos mil dieciocho, atendiendo las observaciones señaladas en el presente proveído, en la inteligencia de que dentro del mismo término deberá remitir a esta Comisión las constancias con las que acredite dicha circunstancia. Notifíquese.


NOTIFICADOR DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ.


LICENCIADO JAVIER PÉREZ LIMON.

Bitácora del formato.
Autor inicial notificaciones cegaip/cegaip
Creado el 11/07/2018 11:09:18 AM
Usuario actual notificaciones cegaip
Accesado el 06/17/2020 04:37:15 AM
Modificado el 11/07/2018 11:09:21 AM
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